La Justicia critica la «pasividad» de la Xunta en el urbanismo de Cangas

LAVOZ/Pontevedra* : En una de las últimas de las numerosas sentencias del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia llegadas al Concello de Cangas en relación con infracciones urbanísticas en suelo rústico, cuya competencia es de la Xunta, el juez ironiza sobre la lentitud de la Administración autonómica en la tramitación de los expedientes. En distintos párrafos califica de llamativa, sorprendente e insólita su pasividad. El Concello cangués envía a la Xunta las actas de infracción para que la Axencia da Legalidade Urbanística inicie el correspondiente expediente de restauración de la legalidad y tramite la oportuna sanción. Cangas ha remitido a la Xunta 405 actas en los últimos 15 años. De ellos, poco más de la mitad están incoados y solo 13 resueltos. Hay actas de hace siete años que todavía no dieron pie al correspondiente expediente.

Al mismo tiempo, el Concello ordena a Fenosa cortarle el suministro eléctrico a la obra ilegal. La mayoría de los infractores presentaron demanda contra esta resolución tras pasar varios años sin que se le notificase la apertura del expediente en cuestión.

En algunos casos, el juez de Pontevedra dio la razón al denunciante y el Concello se vio obligado a permitir que se conectase de nuevo el suministro. Desde hace un año, sin embargo, está recurriendo todas las sentencias ante el Tribunal Superior y, en todos los casos hasta ahora, con fallos favorables al interés municipal.

En uno de los últimos, referido a una caravana y una casa prefabricada en Areabrava, el magistrado resume así el asunto: «Se plantea la cuestión de si sigue o no vigente aquella orden de corte de suministro a aquel inmueble de autos por parte de aquella autoridad municipal una vez que, insólitamente, aquella otra autoridad autonómica significó no haber abierto otrora siquiera expediente alguno al respecto pese a haber recibido previa, oportuna y obligada comunicación» del Concello.

Concluye de que «a pesar» de que la Xunta «incurra en una sorprendente pasividad en inobservancia de sus obligaciones», sería «inaceptable que por el Ayuntamiento se tolerara la construcción de una actividad ilegal sobre suelo rústico».

Afirma que no existe prescripción para restaurar la legalidad urbanística vulnerada y añade que «la llamativa situación creada por la pasividad» de la Administración autonómica no justifica que el Concello también incumpla sus obligaciones.

El infractor argumentaba que había prescrito la ilegalidad, que la alcaldía no era competente para dictar el corte del suministro y que no era acorde a derecho mantener las medidas cautelares cuando la propia Xunta no había abierto aún el expediente de infracción.

El magistrado no admite ninguno de estos argumentos. «Llevaría al absurdo de permitir el uso de una instalación, caravana, que no tiene el amparo de la preceptiva licencia, de tal forma que el ilícito urbanístico se perpetuaría», dice. Impuso, además, el pago de las costas procesales al infractor.




* La Voz de Galicia - 25.11.10
Foto: DEMOLICIÓN FRUSTRADA EN PINTÉNS. El Concello pretendía derribar ayer un cierre en Pinténs. El propietario, en la foto, reclamó la orden judicial y el derribo fue aplazado - lavozdegalicia

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Castellón.- Aparici no adoptó medidas contra el vertedero ilegal, según la fiscalía

ELPAÍS* : El juicio contra el vicepresidente de la Diputación de Castellón Vicent Aparici, por autorizar vertidos tóxicos en un vertedero ilegal en su etapa como alcalde de La Vall d'Uixó, entre 1995 y 2002, quedó ayer visto para sentencia. La fiscalía, en su informe de conclusiones, mantuvo, tras las dos sesiones del juicio, que el vertedero del Garrut no tenía ningún tipo de control, ni vallado, ni control de accesos y que no contaba con ninguna autorización administrativa. Además, insistió en que en el vertedero se depositaban, aparte de las basuras domésticas, vertidos tóxicos, como demostraron las analíticas en las que se hallaron altos niveles de cromo y boro. Así, situó la responsabilidad del entonces alcalde en que este "no trató de legalizar" el vertedero, que presentaba una "situación de riesgo contra la que no adoptó ninguna medida".

Pese a mantener las acusaciones de prevaricación medioambiental y contra los recursos naturales rebajó la solicitud de pena de siete hasta un máximo de cuatro años y seis meses de prisión y una inhabilitación de hasta 11 años.

Por su parte, la defensa de Aparici reclamó la absolución al negar la existencia de vertidos, ya que, apuntó, estos solo pueden considerarse como tales cuando se trata de líquidos. Aseguró que el actual responsable de Medio Ambiente no contravino ninguna ley y que en ningún momento existió peligro. Además, reprodujo la declaración del ex alcalde respecto a su intención política de clausurar el vertedero, aunque este hecho no se produjo hasta 2004, cuando Aparici ya no era alcalde.

La principal base de la defensa fue un análisis de los lixiviados (restos líquidos que emanan de la propia basura) que señalaron unos niveles de toxicidad que no rebasan los límites establecidos. Sin embargo, el perito explicó que estos límites solo se establecen para determinar el tipo de tratamiento que han de seguir los vertidos e insistió en que el análisis de las muestras de los vertidos constató la presencia de metales pesados que "suponen un grave riesgo para el sistema natural" e incluso para la salud de las personas. Entre las sustancias tóxicas que se encontraron destacan los niveles de boro y cromo, un elemento que "afecta a las personas y puede generar cánceres", tal como dijo el perito.

En su declaración, el perito judicial, el ecotoxicólogo Luis Burillo, relató cómo en la inspección realizada al vertedero en 1999, este carecía de las "mínimas medidas de control" y que entre los vertidos se encontraban tanto lodos de depuradora como virutas de piel, procedentes de empresas de calzado. Asimismo, explicó que los vertidos incluso cubrían parte del cauce del Garrut (afluente del río Belcaire) por el que los lixiviados podían ser arrastrados tanto en superficie, en épocas de lluvias, como de forma subterránea, a través de los acuíferos.

La defensa descartó los argumentos del perito judicial y se acogió a los de un ingeniero de caminos contratado por el propio Aparici que visitó el vertedero el año pasado y que ha realizado un informe partiendo de los realizados en su día por distintas empresas y entidades. Este rebatió las conclusiones de Burillo, dijo que no existe ningún mecanismo de transporte de lixiviados, apuntó que no considera que se trate de vertidos al cauce porque "el cauce no lleva caudal" y afirmó que, en cualquier caso, no suponía un "desequilibrio del sistema natural".

Poco antes había declarado el ingeniero municipal, quien aseguró que cuando "observaba algo anormal" informaba al ayuntamiento. Según admitió, el vertedero "estaba sin legalizar" y aseguró que el equipo de gobierno asumió que allí se depositaran los lodos de la depuradora municipal y "de forma implícita" albergara también virutas de pieles. También reconoció que "no tenía todos los requisitos que se exigen en un vertedero controlado".

El juicio por los vertidos en el Garrut ha sentado también en el banquillo al gestor de la recogida de basuras de La Vall d'Uixó durante 1998 y 1999, para quien la fiscal pide las mismas penas de cárcel que para Aparici. Además, la fiscalía considera también responsables a los concejales responsables de Urbanismo de aquellos años, para quienes solicita seis meses de prisión por prevaricación medioambiental.




* 25.11.10
Foto: La Vall d'Uixó (Castellón) - uv.es

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Alto cargo de Urbanismo ve "muchos errores" en la licencia a Sanma para edificar en Mercasevilla

EUROPAPRESS/Sevilla* : El director del Departamento de Obras e Infraestructuras de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla, Luis G.M., ha asegurado este miércoles que "le encuentra muchos errores" a la concesión a 'Sanma Desarrollos Urbanísticos' tanto de la licencia de obras como de la licencia de primera ocupación de una parcela ubicada en los terrenos de Mercasevilla, otorgadas a pesar de que las obras de urbanización y de infraestructura eléctrica no habían concluido. Gómez Martínez, que es ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, ha comparecido este miércoles como testigo ante el Juzgado de Instrucción nº6 de la capital hispalense, que investiga la presunta venta irregular de los suelos de Mercasevilla a la compañía filial de Sando 'Sanma Desarrollos Urbanísticos', que se alzó con la adjudicación a pesar de que en el concurso público concurría una oferta superior por parte del Grupo Noga.

Después de que la juez Mercedes Alaya le preguntara si "puede explicar por qué, subsistiendo las mismas deficiencias y ausencia de obras de infraestructura eléctrica que cuando Larena 98 solicitó su licencia de obras, que finalmente no le fue concedida, a Sanma sí se le concede dicha licencia el 25 de julio de 2007 y, además, en las mismas circunstancias se le concedió licencia de primera ocupación el 30 de enero de 2009", el alto cargo de Urbanismo ha respondido que "le encuentra a ello muchos errores, pues si hubiera conocido este problema de suministro eléctrico hubiera intervenido comunicándose con Endesa y con todas las empresas de servicios que hubiera sido necesario".

En su declaración, a la que ha tenido acceso Europa Press, ha aseverado que, en caso de haber conocido que la situación de falta de suministro eléctrico persistía, hubiera realizado un informe "desfavorable" a la concesión de la licencia de edificación, y ha subrayado que "habitualmente hay problemas con Endesa, pero no con esta magnitud", ya que "no se trata de una incidencia habitual, sino que es bastante peor de lo normal". Ha recordado además que, en un informe que emitió el 12 de abril de 2004 en relación al expediente de licencia de obras de Larena, señaló que "el otorgamiento de la licencia de obras y la licencia de primera ocupación debían condicionarse a que las obras de urbanización estuviesen concluidas".

Al hilo de ello, y tras asegurar que "la posición del Ayuntamiento durante los últimos 20 años ha sido siempre favorable a la simultaneidad" en la ejecución de las obras de urbanización y edificación, ha señalado que "la mayor garantía para la simultaneidad es que las obras de urbanización y las de edificación las realice el mismo promotor", aunque, "cuando no coinciden, también se puede conceder esa simultaneidad mediante avales", un aval que "normalmente lo presta el dueño del terreno".

DENIEGA LA DEVOLUCIÓN DEL AVAL A MERCASEVILLA

El alto cargo de Urbanismo ha dicho además que es "cierto" que su departamento negó al entonces director de Mercasevilla, Fernando Mellet, la devolución del aval entregado, ya que comprobó a través de un informe de Endesa de fecha 18 de agosto de 2005 que las obras de infraestructuras eléctricas no se encontraban ejecutadas en su totalidad, todo ello a pesar de que el propio Mellet consideraba que la ejecución de las obras de urbanización habían finalizado satisfactoriamente.

Asimismo, el testigo, que ha negado a preguntas de la juez haber recibido instrucciones concretas de alguna persona antes de prestar declaración, ha afirmado que el gerente de Urbanismo "desempeña la función de la dirección ejecutiva de la Gerencia y, en definitiva, el control superior de los distintos departamentos", y ha concluido diciendo que el servicio de licencias dependía del Departamento de Control de la Edificación.

Precisamente, el próximo día 22 de diciembre está citada a declarar como imputada la subjefa del Servicio de Licencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Emilia Barrial Chamizo, mientras que la declaración del ex gerente de Urbanismo del Ayuntamiento hispalense, Manuel Marchena, prevista en un principio para ese mismo día, ha sido suspendida 'sine die'.




* Europa Press - 24.11.10
Foto: Sevilla, Mercasevilla - diariodesevilla.es

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"La participación ciudadana en el urbanismo es una obligación"

ALTOARAGÓN/Huesca* : La participación ciudadana en los procesos urbanísticos es un derecho y, "además, tenemos la obligación de ejercerlo", afirmó Miguel Ángel Campo, de Osca XXI, durante la segunda jornada de la Escuela Vecinal, celebrada el pasado viernes en la sede de la Asociación de Vecinos del Casco Viejo. Hizo énfasis en el concepto de participación en el urbanismo, recogido en el Estatuto de Ciudadanía de la Ley de Suelo (2007) y en la Ley Urbanística de Aragón (2009). Explicó los puntos más importantes de leyes urbanísticas como las citadas, así como lo más destacado de un Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) después de repasar su evolución histórica. Hoy, la normativa urbanística tiene tres niveles: estatal, autonómico y municipal, que clasifican los suelos atendiendo a criterios distintos.

En el local, y a través del PGOU, los terrenos se dividen en urbanos ("la ciudad consolidada"), urbanizables ("la previsión de los suelos que se urbanizarán") y los no urbanizables ("el resto", que suponen todo el término municipal).

A su vez, los PGOU engloban diferentes planes. En el nivel más alto se encuentra el propio Plan General, que "ordena el término municipal". Un nivel más abajo están los Planes Parciales, que "desarrollan una parte del Plan General" y "ordenan los sectores de suelo urbanizable". Por poner un ejemplo en Huesca, Campo citó el Sector 3 o Área 3. Estos Planes Parciales, añadió, también "indican cómo van los edificios".

Otra parte son los Planes Especiales, como el caso de las Harineras, que "ordenan el suelo urbano" de una zona.

Planteamiento sostenible

Las leyes actuales recogen "una preo­cupación de la sociedad", afirmó Campo. Esa inquietud es la del desarrollo sostenible del urbanismo. "La actividad urbanística tiene una gran importancia social, económica y ambiental. Y su impacto es negativo, por lo que hay que ponerle freno a un uso excesivo de los recursos del suelo, a una generación de viviendas imposibles, a las urbanizaciones aisladas que causan segregación social"; en definitiva, "lo que ha pasado en los últimos años".

Para paliar estos excesos, leyes como la estatal o la autonómica "intentan corregir" estos abusos con determinadas formas de actuación que "a grandes rasgos" tratan de lograr "una ciudad compacta, que optimice los recursos naturales, que proteja los suelos naturales, no consuman más suelo, apuesten por una gestión eficiente de la energía y los residuos, un transporte más sostenible y eficiente", y subrayando la importancia de la participación ciudadana.




* Diario Alto Aragón - 24.11.10
Foto: Miguel Ángel Campo profundizó en las leyes urbanísticas - altoaragon

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Costa del Sol.- El fiscal de Ballena Blanca critica la mano blanda con el blanqueo

MÁLAGAHOY* : El fiscal Anticorrupción Juan Carlos López Caballero investiga desde hace seis años la criminalidad organizada y la corrupción en la Costa del Sol. Y desde esa experiencia confesó ayer en el juicio por el caso Ballena Blanca contra el lavado de capitales de origen delictivo que tiene la "sensación" de que en los delitos económicos se aplica "el Derecho Penal del amigo". López Caballero arrancó el informe final, en el que relata los hechos e indicios contra los 19 imputados por blanqueo, reivindicando la creación de órganos judiciales y de investigación especializados en delincuencia económica, tal y como "insisten" los "convenios internacionales". Desde su punto de vista, la existencia de jueces y equipos policiales expertos en estos campos "racionalizan los fines de la investigación".

En este punto fue cuando precisó su impresión de que en la delincuencia económica no opera, como han mantenido algunas defensas, la perspectiva del Derecho Penal del enemigo, que define aquellas normas que castigan hechos futuros flexibilizando las garantías procesales e imponiendo penas desproporcionadas, sino "el Derecho Penal del amigo". En definitiva, aludió a la benevolencia de las normas que sancionan el blanqueo de capitales y los fraudes fiscales.

También arremetió contra las críticas que ha recibido la instrucción de este procedimiento por criminalizar la abogacía al indicar que se ha pretendido tratar esta profesión como si fuese "de riesgo" u "objeto de inquina personal".

Para la Fiscalía Anticorrupción hay tres elementos básicos que sostienen la acusación contra el letrado Fernando del Valle: la existencia de sociedades en su bufete ya creadas y listas para utilizar constituidas por entidades extranjeras de aparente buena reputación que gestionan capitales cuyo auténtico titular sólo aparece en documentos privados.

La teoría de Anticorrupción es que en DVA, el bufete de Marbella dirigido por Fernando del Valle, "se proporcionaban estructuras" para ocultar los capitales y que esta era una fórmula apropiada tanto para evadir impuestos como para dar refugio a los beneficios obtenidos en actividades delictivas. La operativa arranca con la constitución de una sociedad en Delaware (Estados Unidos), que desde su punto de vista actúa como un paraíso fiscal, aunque formalmente no lo sea. Esa corporación, a su vez, constituía una sociedad española, con una participación mínima de una persona del despacho de abogados, para realizar inversiones en la Costa. El dueño de los fondos, generalmente aportaciones desde el exterior o ingresos en metálico, nunca salía a la luz. Sólo firmaba un documento privado, que quedaba en poder del bufete, acreditativo de esa titularidad.

Este era, según el fiscal, el "producto estrella" de DVA que, en su opinión, se ofrecía a los clientes y no, como han expresado la defensas de los imputados, se creaban a instancia de los particulares que acudían al despacho.

El fiscal, que subrayó la complejidad del delito de blanqueo para recordar que la doctrina no exige ya que exista una condena para establecer que son fondos ilícitos, sino que basta una "cierta vinculación", establece una docena de conexiones entre DVA con grupos sospechosos de actividades criminales en terceros países. Anticorrupción previsiblemente concluye hoy su informe.




* Málaga Hoy - 24.11.10
Foto: Málaga, ciudad justicia, caso Ballena Blanca - granadaenlared

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Lorca.- El TSJ imputa un «enriquecimiento ilícito» al ex alcalde Navarro en Limusa

LAVERDAD/Murcia : Los fondos de la empresa pública de limpieza (Limusa) de Lorca fueron utilizados durante largo tiempo para propiciar, supuestamente, el «ilícito enriquecimiento» de su director, Francisco Gil Eguino, y de cargos públicos como el durante trece años alcalde de la ciudad, el socialista Miguel Navarro Molina, y del ex concejal del PSOE y actual diputado regional Bartolomé Soler. Tal es la conclusión a la que el magistrado de la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia, Enrique Quiñonero, instructor del presunto caso de corrupción, ha llegado después de casi 16 meses de investigaciones. Un auto dictado este martes determina el número de imputados (ocho) que parecen irremediablemente abocados a sentarse en el banquillo de los acusados, y realiza un resumen de los hechos presuntamente ilícitos en los que incurrieron y una relación de los delitos que se les atribuyen.

El principal encausado, no tanto por su relevancia pública como por el número de imputaciones que acumula, es Francisco Gil Eguino, quien dirigió Limusa entre 1998 hasta el momento, en marzo del 2009, en que fue detenido por agentes de la Unidad contra la Delincuencia y el Crimen Organizado (UDYCO) de la Policía Nacional. El magistrado considera que Gil Eguino propició «un auténtico desajuste en el control de cuentas» de Limusa, a las que eran cargadas de forma irregular gastos personales como comidas familiares (con copas, tabaco y propinas incluidas), viajes a Madrid y a Barcelona para ver el fútbol, e incluso una noche de juerga en el conocido club de alterne sevillano de La Casita, al que habría acudido acompañado de varios concejales lorquinos.
Además le imputa haber conseguido la obtención de dinero mediante la presentación de facturas falsas; haber utilizado la estructura y el personal de Limusa en su propio beneficio, incluso empleado a los trabajadores para llevar el control de sus empresas particulares; haber utilizado su influencia para meter a trabajar a conocidos; tener amedrentados a los empleados, e incluso haber obtenido «cantidades desproporcionadas» de dinero para los estudios de sus hijos con cargo a la empresa pública...
Respecto del ex alcalde Miguel Navarro, del diputado Bartolomé Soler y del ex concejal Jesús Molina, el juez les imputa haberse beneficiado personalmente del descontrol en las cuentas de Limusa, a la que habrían cargados gastos particulares y, en el segundo y tercer caso, haber participado en las fiestas, viajes y comidas que se abonaban con dinero público. El resto de los imputados son el ex interventor municipal, Francisco Javier Poyato; la mujer de Gil Eguino, Ofelia González, y los empresarios Juan Antonio Franco y Antonio Francisco Córcoles.
En la práctica, el auto del magistrado condena a los ocho imputados a sentarse en el banquillo, pues insta al fiscal y a las acusaciones particulares a que pidan el archivo de la causa o, al contrario, a que formulen su escrito de acusación. Un hecho, este último, que se da por supuesto que se producirá.
El auto exculpa al resto de quienes fueron citados como imputados.

LOS PRINCIPALES IMPUTADOS Y LOS CARGOS QUE SE LES ATRIBUYEN

FRANCISCO GIL EGUINO EX DIRECTOR DE LIMUSA

Hechos atribuidos. El juez le imputa haber utilizado los recursos económicos, materiales y personales de Limusa en provecho propio, para enriquecerse.
Delitos. Se le atribuye un delito contra la integridad moral, malversación, falsedad y prevaricación.

MIGUEL NAVARRO MOLINA EX ALCALDE DE LORCA (PSOE)
Hechos atribuidos. Quien fue alcalde entre 1993 y 2006 «conocía el funcionamiento del sistema de caja de Limusa, absolutamente ilícito, y se benefició y lucró personalmente del mismo».
Delitos. Malversación de caudales públicos.

BARTOLOMÉ SOLER SÁNCHEZ DIPUTADO REGIONAL (PSOE)
Hechos atribuidos. Fue concejal y consejero delegado de Limusa entre 2003 y 2007. Actual diputado regional. Se le imputa haber disfrutado de comidas, viajes, fútbol y fiestas pagadas con el dinero de la firma pública.
Delitos. Malversación, prevaricación y falsedad.

JESÚS MOLINA MARTÍNEZ EX CONCEJAL (PSOE)
Hechos atribuidos. Fue consejero de Limusa entre 1999 y 2003 y está acusado de participar en comidas, viajes y gastos impropios a cargo de la empresa pública. «Partícipe del abuso que del dinero público se hacía».
Delitos. Malversación y falsedad documental.

FRANCISCO JAVIER POYATO EX INTERVENTOR
Hechos atribuidos. «Participó en viajes, desplazamientos y comidas no justificados y no ejerció el control económico debido sobre las cuentas de Limusa. Participaba directamente en el funcionamiento ilícito».
Delitos. Malversación de caudales y prevaricación.

OFELIA GONZÁLEZ SÁNCHEZ MUJER DE GIL EGUINO
Hechos atribuidos. «Perceptora de importantes sumas de dinero (de Limusa) en concepto de gastos por estudios de sus hijos». Además conocía «las actividades irregulares de su marido y se lucró de ellas».
Delitos. Cooperadora en malversación y prevaricación.



* La Verdad - 25.11.10
Foto: Lorca (Murcia), vista término - laverdad.es

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Castelló.- Fabra tiene 5 días para justificar los fondos con los que adquirió 3 parcelas y un piso

LEVANTE* : Carlos Fabra dispone de 5 días para justificar, entre otras cosas, el origen de los fondos millonarios con los que adquirió cuatro propiedades inmobiliarias, entre ellas tres parcelas en Castelló y un piso en Madrid. Ése es el plazo que le ha dado el juez de Nules, Jacobo Pin, tras la declaración de los inspectores de Hacienda del pasado lunes. Fabra y su esposa, María Amparo Fernández, adquirieron en el periodo investigado (1999-2004) una serie de inmuebles cuya compra no ha podido ser aclarada hasta el momento, según hacen constar los peritos en su informe patrimonial. Entre estas parcelas figura una que el matrimonio adquirió en la urbanización La Coma, otra en Torre Bellver y una tercera en la urbanización Les Platgetes, donde la pareja construyó el actual chalé familiar.

En cuanto a la parcela de la urbanización La Coma, la pareja compró estos terrenos, según escritura pública de 10 de febrero de 1999, a la empresa Planning y Promociones SL. Se trata de la finca número 44 de la fase 1B del proyecto urbanístico, según consta en el informe que la Unidad Regional de Inspección de Valencia realizó en 2005. El precio de la compraventa ascendió a 9.616 euros, que "la parte vendedora declara haber recibido con anterioridad al acto" notarial. Según los peritos de la Fiscalía Anticorrupción, Carlos Fabra no ha podido justificar "el origen de los fondos con los que satisface el citado precio, no constando en las cuentas bancarias, transferencias o disposiciones de fondos (reintegros o cheques) que pudieran corresponder a dicho pago".
Tampoco ha podido el presidente de la Diputación acreditar de dónde le llegó el dinero con el que adquirió una parcela en la urbanización Torre Bellver. Se trata de la finca registral número 15.975, que en el año 1998 María Amparo Fernández y sus cuatro hijos ?-entre ellos la diputada Andrea Fabra- adquirieron "al 100% de la nuda propiedad y una quinta parte indivisa por un precio de 115.394 euros". Según los inspectores de Hacienda, una parte del precio de este terreno se declara "recibida", quedando aplazado el pago de 107.085 euros. Sin embargo, los peritos han detectado que "comprobadas las cuentas bancarias, no consta en ellas disposiciones de fondos que puedan considerarse aplicables al pago de dichos plazos, sin que tampoco conste justificación del origen de los fondos con los que se realizaron los pagos de esta parcela".
Los inspectores de la Agencia Tributaria han detectado la misma falta de transparencia en la compra que la familia Fabra hizo de una parcela en la urbanización Les Platgetes en el año 1998 y que costó 60 millones de las antiguas pesetas (360.607 euros).
Por último, los Fabra adquirieron, según escritura pública, un piso en la plaza de Las Salesas de Madrid en diciembre de 2002. Los inspectores especifican que el precio declarado de esta vivienda fue de 901.518 euros, "importe que la parte vendedora declara haber recibido con anterioridad". En relación con el pago de esta casa, los peritos aseguran que el mismo día de la compraventa María Amparo Fernández emitió un cheque bancario por importe de 841.518 euros. Otro cheque de Caja Madrid fue emitido a favor de la vendedora del piso por el precio restante (60.000 euros), pero una vez más "no consta el origen de los fondos con que fue emitido este cheque bancario, ya que en esa fecha no existen adeudos en cuentas bancarias" de la familia Fabra por dicho importe.



* levante - 24.11.10
Foto: Castellón, presidente Diputación C.Fabra - elpais.com

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