La revalorización de los cascos viejos reaviva el acoso inmobiliario

LAVOZDEGALICIA* : La recuperación de zonas degradadas en las ciudades gallegas y la revalorización social y económica de estos barrios ha reavivado el acoso inmobiliario. Este fenómeno, que hace poco ha dado lugar a las primeras condenas de prisión en Bilbao y Barcelona, suele darse en edificios viejos pero céntricos y, por ello, con un gran atractivo inmobiliario.

La presión al inquilino puede durar años y, habitualmente, el propietario se niega a realizar reparaciones y deja que el piso se vaya deteriorando con la única intención de conseguir la ruina del inmueble y el desahucio del inquilino. «Sabemos de casos polos concellos e tamén a través de particulares. A maioría destas situacións danse en cascos históricos e zonas vellas, en casas con renda antiga», señalan desde la Consellería de Vivenda.
No hay estadísticas oficiales para cuantificar el mobbing inmobiliario. «No tenemos datos, pero con eso no digo que no existan estos casos», señala Martín Bermúdez de la Puente, presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Galicia. Otras fuentes conocedoras del sector inmobiliario gallego, sin embargo, aseguran que sí hay acoso, que se da en todas las ciudades y que son los inquilinos de más edad que pagan alquileres muy pequeños (anteriores al conocido como decreto Boyer, que data de 1985) quienes se han convertido en blanco de algunos propietarios que ven cómo sus casas les rentan cantidades simbólicas frente a las que se cobran en inmuebles justo al lado de los suyos.
Por miedo a represalias, añaden las mismas fuentes, muchos casos nunca llegan a ver la luz. «Si hay empresas especializadas en la compra de casas de renta antigua, es que hay mercado», razonan. «Porque esto no ocurre en pisos que están bien alquilados, sino donde pagan 10, 20 o 50 euros de renta en vez de 600», añaden.
Plan piloto
A falta de estadísticas, un buen termómetro del mobbing inmobiliario es el plan piloto que el Ministerio de Vivienda puso en marcha en febrero del 2007 en diez ayuntamientos de toda España para combatir este tipo de acoso. Uno de ellos es A Coruña. A través de un teléfono gratuito (900 900 707), el ministerio ha recibido ya 546 denuncias de afectados de toda España. De ellas, 69 corresponden a la decena de municipios con los que Vivienda desarrolla el programa. De A Coruña llamaron 13 inquilinos a los que sus caseros hostigaban para que hiciesen las maletas y abandonasen el piso. Estas 13 quejas suponen poco más del 2% del total a nivel nacional, pero son casi el 20% de las que llegaron desde los diez ayuntamientos con el plan piloto. Según los datos de Vivienda, también se recibieron llamadas de afectados de otros municipios gallegos como Vigo, Santiago, Pontevedra, Vilagarcía o Lugo.




* La Voz de Galicia - S. Basterrechea - 4.01.2009
Foto: Imagen del casco antiguo de Santiago, donde se ha denunciado algún caso de acoso inmobiliario - lavozdegalicia.es

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El Supremo anula el PGOU de Castelló de 2000 porque no se expuso al público

LEVANTE* : El fallo invalida cambios de calificación de suelos y el Plan Especial del Puerto. La sala quinta de lo contencioso del Tribunal Supremo ha invalidado la modificación del Plan General de Ordenación Urbana del año 2000 por aprobarse sin previamente salir a exposición pública.

El fallo, al que ha tenido acceso Levante de Castelló y que fue emitido el 9 de diciembre, revoca la resolución del 1 de marzo de 2000 de la Conselleria de Obras Públicas y Urbanismo por la que se daba luz verde a la revisión de dicho PGOU por no haber sido expuestas a información pública las modificaciones introducidas entonces, y ordena «la retroacción del procedimiento administrativo al momento anterior al acuerdo del Consell»y sacarlo a exposición pública . En aquel momento el alcalde de la ciudad era el popular José Luis Gimeno y el concejal de Urbanismo, el actual alcalde, Alberto Fabra. El Supremo también censura la antigua Ley Reguladora de la Actividad Urbanística Valenciana (LRAU), de la que señala que no «garantiza la participación pública» tal como exigen, afirma, normas superiores como la Ley Estatal de Suelo o la misma Constitución Española.
Esta decisión paraliza los planes parciales en fase de ejecución y deja en el aire el desarrollo futuro de la ciudad. Castelló depende ahora del Plan General anterior a la revisión de 2000, es decir, del planeamiento de 1984. Fuentes jurídicas consultadas por este diario explicaron que en base a esta sentencia el PGOU de 2000 queda automáticamente suspendido. Se anulan por ejemplo los cambios de suelo de no urbano a urbanizable contemplados hace ocho años, la previsión de zonas verdes e infraestructuras, o el Plan Especial del Puerto. La sentencia no tiene ya efecto sobre las dotaciones o zonas residenciales ya levantadas pero sí sobre los proyectos en trámite. Las mismas fuentes señalaron que al equipo de gobierno local sólo le queda la posibilidad de presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, y éste no llevaría consigo la suspensión cautelar de la sentencia.
El fallo de la sala quinta de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo da la razón a unos vecinos de Castelló que apelaron contra la revisión del PGOU de 2000 al considerarse perjudicados, estima su recurso de casación y corrige una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, de mayo de 2003, que se pronunciaba a favor del proceso seguido para modificar el Plan de Urbanismo en 2000.
Los magistrados argumentan que el Consell y el Ayuntamiento incurrieron en una irregularidad al no sacar a información pública las modificaciones incluidas en el PGOU de 2000. Las dos administraciones se escudaron en la LRAU, que en su artículo 38 indica que no «es preceptivo reiterar este trámite en un mismo procedimiento, ni aún cuando se introduzcan modificaciones sustanciales». El letrado de la Generalitat adujo además que los cambios planteados no eran importantes.
Carga contra la LRAU
La sala quinta del Supremo rebate que en la tramitación se dejó «sin posibilidad de participar en la elaboración del planeamiento a la generalidad de los ciudadanos», infringiéndose, señala, el artículo 105 de la Constitución Española relativo «a la audiencia de los ciudadanos en la elaboración de las disposiciones administrativas», y la Ley Estatal de Suelo de 1998 que dispone «que el documento aprobado inicialmente debe ser sometido a información pública, y que ese trámite de información pública debe reiterarse después de la aprobación provisional cuando en ésta se introduzcan modificaciones sustanciales». El fallo carga a este respecto contra la antigua LRAU valenciana, derogada en 2006. Destaca que no «garantiza la participación pública en el planeamiento, que es lo exigido de manera inequívoca en la Ley Estatal de 1998». Además, apunta que esta última, la Ley del Suelo estatal, ha de prevalecer sobre las normas autonómicas.
Asimismo, el Supremo responde al Consell que en la revisión del PGOU sí se incluyeron modificaciones significativas, según el informe del perito municipal, ya que éste concluía que las revisiones introducidas sí que «eran sustanciales dado que se han modificado tantos parámetros estructurales, nos encontramos en la aprobación ante un PGOU distinto al de la aprobación inicial».





* Levante-EMV - Joan Mestre - 4.01.2009
Foto: Castelló - wikipedia

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La Fiscalía insta a investigar por separado la corrupción en Alhendín

LAOPINIÓN/Granada* : La Fiscalía ha considerado oportuno activar el ´caso Marchelo´ cuando se cumplen casi dos años de la detención del ex concejal de Urbanismo de Alhendín, Manuel Fernández (PP), que permitió destapar una supuesta trama urdida por políticos locales y relevantes empresarios sobre operaciones de dudosa legalidad con dinero negro de por medio.

La fiscal Marta Martín trasladó el pasado 22 de diciembre un escrito al juez de Primera Instancia e Instrucción 2 de Santa Fe, Miguel Ángel Gómez Torres, donde se muestra partidaria, dada la ingente cantidad de supuestas irregularidades cometidas durante el anterior gobierno municipal de Alhendín, de que el Juzgado opte por abrir piezas separadas ya que entiende que, cada una de las operaciones tiene, por sí solas, suficiente entidad como para investigarlas de forma independiente. El objetivo no es otro que desatascar una investigación que tiene varios frentes delictivos y que en la actualidad parece encontrarse en punto muerto.
Lo último que trascendió de cierta entidad sobre la ´Operación Marchelo´ tuvo que ver con los informes recabados por la Policía Nacional y Hacienda, a petición del juez, que revelaban un frenético cruce de operaciones económicas realizadas por los imputados. Dicha investigación desvelaba numerosos pagos de promotoras, cancelaciones de préstamos y participaciones en sociedades de los principales imputados -el entonces concejal de Urbanismo, Manuel Fernández, y el ex alcalde José Guerrero-, que se vieron obligados a dimitir y que, según dicho informe, disponían de 20 y 30 cuentas bancarias respectivamente aunque no se precisaba las cantidades que allí se guardaban ni los bienes patrimoniales que poseían.
El Ayuntamiento de Alhendín, gobernado hoy por el PSOE y personado como acusación popular, solicitó precisamente que se ampliara la investigación sobre los bienes patrimoniales de los imputados y sus familiares, titulares algunos de ellos de numerosos negocios, algunos ya sin actividad.
Junto a dicha petición, el Ayuntamiento presentaba un recurso de reforma contra la decisión del juez de denegar la entrega de las cintas donde se recogen las escuchas intervenidas por la Policía que permitieron destapar una de las tramas de corrupción urbanística más importantes de la provincia.
El magistrado entendió meses antes que dicha solicitud no era procedente en aras a proteger la intimidad de los imputados y de aquellas personas que resultan aludidas en las conversaciones. Sin embargo, el Ayuntamiento argumentaba su petición en el hecho de que las transcripciones por escrito de las conversaciones están incompletas, y entendía que el acceso al contenido íntegro de las cintas ayudaría a avanzar en la investigación para conocer con exactitud los detalles de los diálogos que mantiene el principal imputado, el ex edil de Urbanismo, con los distintos empresarios, también bajo sospecha.
El municipio, a su vez, pidió al juez instructor que librara un oficio para que reclamara al Ministerio de Defensa todos los requerimientos que en su día hizo el anterior equipo de gobierno del PP sobre las infracciones urbanísticas que se estaban produciendo en la construcción de las viviendas que promovió la empresa FRAi y que precisamente ahora el Ayuntamiento se ha visto obligado a corregir porque violaban la servidumbre de paso de la base aérea de Armilla.
Sobre todas estas cuestiones y algunas más, como fraccionamientos de obras menores para eludir el proceso de contratación y adjudicarlas a dedo, el Ayuntamiento solicitaba ampliar las pesquisas, a lo que la Fiscalía no pone objeción alguna salvo que se haga por separado.
En su escrito, la fiscal Marta Martín muestra su conformidad "a extender mediante la práctica de nuevas diligencias de investigación el objeto del proceso debiendo deducirse testimonio de si existen indicios de comisión de otros delitos que deben tramitarse en causa separada".
En definitiva, la representante del ministerio público considera que, al margen de las investigaciones sobre las presuntas irregularidades cometidas en la tramitación administrativa del polígono industrial Marchalhendín, el plan parcial donde se han edificado más de mil viviendas o la venta presuntamente fraudulenta de una finca del alcalde y su familia para hacer una gasolinera, sería conveniente trocear el ´caso Marchelo´ para aclarar la trama de corrupción.





* La Opinión de Granada - ÁLVARO CALLEJA - 4.01.2009
Foto: Alhendín - andaluciarustica.com

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