La Ley del Suelo es insuficiente para lograr la total coordinación entre el Registro y la Administración

ELECONOMISTA* : La legislación actual sobre el Suelo "es insuficiente para lograr una total coordinación entre el Registro de la Propiedad y la acción administrativa urbanística". Así lo denuncia una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en una sentencia en la que señala que "esta total coordinación entre el Registro y la acción urbanística es del todo imprescindible para garantizar la protección de terceros adquirentes de buena fe, que pueden ver cómo después de adquirir una vivienda con el elevadísimo esfuerzo económico que hoy supone, pueden verse privados de manera total o parcial de su vivienda, y ello porque la acción dirigida para restaurar la legalidad ha de entenderse con el propietario o poseedor actual, aun cuando no haya sido el responsable de las obras materializadas sin licencia, por cuanto sólo él tiene la posibilidad de proceder a la restauración del orden urbanístico infringido.

De esta forma, resulta que, incluso en los supuestos de transmisión de la finca en la que se han realizado obras contrarias a la legalidad urbanística, "será el nuevo propietario el que venga obligado a realizar las actividades necesarias para legalizar dichas obras" o, en el supuesto de que sean ilegalizables, o que no se haya procedido a su legalización, "será el propietario actual de la finca en cuestión el obligado a la demolición" de las obras.

Según explica la ponente, la magistrada González de Lara Mingo, "todo lo dicho anteriormente, ha de entenderse sin perjuicio de las acciones civiles que para reclamar el valor de las obras de demolición puedan tener los interesados. Se constituyen así las acciones de protección de la legalidad a modo de obligaciones propter rem, que han de ser cumplidas por aquél que tiene la titularidad efectiva de la finca al momento de ejercitarse por la entidad pública las acciones que el ordenamiento jurídico le otorga para la protección de la legalidad. Y ello en virtud de operar en esta materia el principio de subrogación, en el que el particularismo individual resulta indiferente, sin perjuicio, como hemos dicho, de las acciones civiles que pudieran ejercitarse".

Para evitar estas situaciones, continúa la sentencia, "sería deseable que las comunidades autónomas que son las que actualmente tienen competencia en materia de urbanismo, establecieran la obligatoriedad para los ayuntamientos de proceder a la anotación preventiva de incoación de expedientes de disciplina urbanística, y que el legislador estatal efectuara igualmente las reformas necesarias para que en los supuestos de ejercerse la acción pública en materia urbanística se procediera de manera obligatoria a la anotación preventiva de la demanda, efectuando las modificaciones necesarias para armonizar los principios hipotecarios con la protección de los terceros adquirentes de buena fe".

En este sentido, la Sala pone de ejemplo la normativa gallega. El Decreto 28/1999, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de disciplina urbanística, para el desarrollo y aplicación de la Ley del Suelo de Galicia, dispone en su artículo 7.1 que, "con la finalidad de reforzar la eficacia de los actos en materia de disciplina urbanística, las administraciones competentes procurarán la coordinación de su acción administrativa con el Registro de la Propiedad , mediante la utilización de los mecanismos establecidos en la legislación hipotecaria para la inscripción y anotación preventiva de actos de naturaleza urbanística". Y el artículo 65.1 de la misma normativa dice que "anulada la licencia u orden de ejecución realizada a su amparo no quedará incorporada al patrimonio del propietario del terreno". El alcalde ordenará su demolición.







* El Economista - Almudena Vigil - 13.10.09
Foto: eleconomista.es

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La plaza de la corrupción

CONFIDENCIALBA* : Abonados a la corrupción, tituló este medio su crónica de apertura del pasado viernes. El mismo día, El Digital de Castilla-La Mancha optó por un formato bien similar: Trama contra trama. Gürtel versus CCM, o si se prefiere Gürtel versus (indicios de) Malaya. Un total de tres (supuestas) tramas que además presentan en algunos puntos coincidencias. Nada para señalar a nadie como culpable, pero sí para ser investigadas. Gobierne quien gobierne. La semana recién terminada nos deja así un retrogusto amargo: además de la imparable crispación, hay que lamentar el asentamiento de la cultura de la corrupción.

Porque cuando dos partidos políticos mayoritarios se echan en cara el uno al otro estar inmersos en casos de corrupción, es porque se está dando por válida la tesis de que la corrupción es una realidad en el día a día de las altas esferas de la política y la economía. Por tanto, la crispación, siendo muy grave para la salud de la convivencia democrática, no es nada comparado con la verdadera enfermedad de la que el rifirrafe político es sólo un síntoma: se acepta como mal necesario las corruptelas, las corrupciones, el bandidaje y el gangsterismo, de guante más o menos blanco, de perfil más o menos amable, de bolsillo más o menos generoso.

¿Por qué gusta tanto la corrupción en España? ¿Se puede decir que hay corrupción por unos trajes de más, o unas anchoas cántabras, o unos miles de euros en gastos de representación? El verbo corromper está definido por la Real Academia Española como "sobornar a alguien con dádivas o de otra manera" (tercera acepción). La RAE incide en cierta tautología al definir el verbo sobornar como "corromper a alguien con dádivas para conseguir de él algo". Así que hay que buscar otra palabra para salir del atolladero. Por ejemplo, cohecho: "delito consistente en sobornar a un juez o a un funcionario en el ejercicio de sus funciones, o en la aceptación del soborno por parte de aquellos".

Estas definiciones nos sirven para trascender la óptica limitada de los trajes, las anchoas o los (miles de) euros. Se trata, en cualquier caso, de "conseguir algo" de alguien, y en la búsqueda activa o la aceptación pasiva de lo que se entrega con la expectativa razonable de que la dádiva modificará una conducta legislativa, ejecutiva o juidicial que de otro modo sería casi imposible obtener. El peligro, por tanto, de la corrupción, no estriba en qué es lo que se regala, sino en qué es lo que se obtiene a cambio del regalo, sea o no proporcional a la valía de lo regalado: influencia, contratos o poder de decisión.

De eso tan grave es de lo que se acusan mutuamente socialistas y populares en Castilla-La Mancha. Acusaciones que, como veremos, están relacionadas con la crisis económica, como compendio de una nula politica financiera a escala global, y la suma de elementos perniciosos en España: el modelo de gratificación política, el crecimiento basado en el ladrillo, la escasa efectividad de la legislación específica, la impudicia e impunidad de los representantes públicos, los niveles nauseabundos de clientelismo en los medios de comunicación y, por si fuera poco y de remate, la actitud contemplativa, adormecida y autocomplaciente de una ciudadanía, la española, incapaz de rebelarse ante semejante escenario.

En el artículo ¿Por qué hay tanta corrupción en España?, publicado en El País por Víctor Lapuente Giné, profesor de Ciencia Política en el Quality of Government Institute de Gotemburgo (Suecia), su autor niega que las tradiciones culturales o los vacíos legales sean causa de la corrupción. Antes bien, son su consecuencia, junto a otras tan indeseables o más como la pérdida de espacios públicos, la desmotivación ciudadana y la inversión del esquema de político al servicio del ciudadano. La causa ha de ser buscada, según Lapuente, en una práctica intencionada: estructuras de poder vinculadas a los partidos políticos, verdaderos mecenas de cientos, miles, de puestos de trabajo cuya pervivencia depende de sus servicios a la causa electoral.

Para evitar que la necesaria fluidez entre los cargos de confianza y la maquinaria legislativa se contamine, existe en España una exhaustiva legislación al respecto. Sólo a modo de cita, y tomando como fuente el Informe Global 2008 sobre la corrupción en España, editado por Transparency International España, valga nombrar el Código de Buen Gobierno aprobado en febrero de 2005, la Ley 5/2006 de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y altos cargos, o La Ley del Suelo de 2007, que amplía las exigencias sobre declaraciones de bienes y patrimonio a quienes tengan o hayan tenido relación con las instituciones.

Sin embargo, la lectura de algunos preceptos contemplados en dichos documentos es, cuando menos, sonrojante. Código de Buen Gobierno: se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que, más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, puedan condicionar el desempeño de sus funciones. Ley del suelo: los representantes locales que hayan ostentado responsabilidades ejecutivas en las diferentes áreas en que se organice el gobierno local, y también los directivos locales (...) durante los dos años siguientes a su cese no podrán desempeñar sus servicios en empresas o sociedades privadas relacionadas directamente con las competencias del cargo desempeñado.

Además, y ya que hablamos de Ley del Suelo, la política de protección, amparo o impulso a la especulación inmobiliaria ha estado enfocada no a dimensionar el bienestar público, sino el privado, a cambio de ciertas prebendas. Así lo establece el informe de Transparency International, que cifra en un 150% el incremento de los precios de la vivienda entre 1998 y 2008. Por otro lado, el artículo de la enciclopedia abierta de Internet, Wikipedia, sobre la Corrupción en España, es sólo un apartado del título general, relativo a Corrupción Urbanística en España. Lo que rompe todas las reglas de la jerarquización lógica de la información. Por algo será.

En todo caso, la legislación no parece estar para los líderes de la cosa política. A cualquier ciudadano, a cualquier empresa (a este mismo Confidencial, sin ir más lejos), que se le ocurriera acusar a diestro y siniestro, en público y mediante la legítima imitación de sus representantes públicos, sería conducido directo a los tribunales, y puesto en la picota por una temporada. Sobran los ejemplos: la acusación de la presidenta regional y secretaria general del PP, sobre el doble rasero en la Fiscalía Genral y en el Cuerpo Nacional de Policía; o la elevación a sospechosos por parte del PSOE de una categoría legislativa inferior, cual es la de imputado, si a lo que nos referimos es a la supuesta trama Gürtel.

En la cima del despropósito, cuando un líder acusa, lo hace con total impudicia y práctica impunidad. Pero cuando es acusado, califica la operación de "cortina de humo". El secretario de organización del PSOE, José Manuel caballero, entre muchos otros, es experto en estas lides. Nadie da pruebas. Ni siquiera los medios de comunicación: los grandes, al servicio de la facción de turno; los más modestos, y la mayoría de los provinciales, pendientes de que no se pase ninguna nota de prensa de ningún cliente publicitario, y de que el cacique local de turno no "ladre" sobre quién debe o no debe salir en la foto. Crea el lector que en Albacete sobran ejemplos de estas dos últimas prácticas tan perniciosas para ese artículo por el que todos se rasgan las vestiduras: el 20 de la Constitución Española, el de la libertad de expresión.

No es de extrañar que, de vuelta al informe de Transparency International, los españoles consideren que los partidos son las instituciones más corruptas, con un 3,8 sobre 5, seguida de los medios, con un 3,6. Y en una fenomenal vuelta de tuerca, hasta se entiende que ante tamaño ejercicio de desinformación, los españoles sean los europeos más "ingenuos": el 18% considera que su gobierno es "muy eficaz" en la lucha contra la corrupción, frente a un 5% del total de la muestra, que queda en un 4% si se atiende sólo a la UE y el resto de Europa occidental.

Así nos va. Impasibles ante el espectáculo. Pero deseando que haya sangre para comentar la jugada con el vecino. Quedan pocos taurófilos: la mayoría va a la plaza por si hay cornada. El resto es una de pipas y, si puede ser, el tendido de sombra.







* SOITU - 13.10.09

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Urbanizaciones en el aire y 2.000 pinos menos en Ávila

ELMUNDO* : Los proyectos de Las Navas y Villanueva de Gómez se encuentran paralizados. En octubre de 2006, la provincia de Ávila saltó a los principales medios de comunicación españoles debido a dos polémicos proyectos urbanísticos que hoy en día se encuentran paralizados y en los tribunales, después de que varias organizaciones ecologistas y algún particular denunciaran estas actuaciones en espacios protegidos.

Se trata de la controvertida 'Ciudad del Golf', de Las Navas del Marqués (5.000 habitantes), localidad situada a 40 kilómetros al este de la provincia, muy cerca de la Comunidad de Madrid, y de la macrourbanización de Villanueva de Gómez (156 habitantes), que se convertiría en el segundo municipio de la provincia, con más de 20.000 habitantes.

El primer proyecto promovido por 'Residencial Aguas Nuevas, S.L.' incluía 1.600 viviendas, un campo de golf y dos hoteles de lujo en un espacio de 210 hectáreas. Sin embargo, a finales de septiembre, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCyL paralizó el proyecto en un espacio protegido donde existen miles de pinos.

En torno a 2.000 árboles fueron talados, hasta que el 9 de octubre el Ayuntamiento ordenó detener las cortas tras conocer el fallo. Desde entonces, el proyecto está paralizado, a la espera de lo que determine el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ávila, que instruye las diligencias previas. Por el momento, este proceso que comenzó con cuatro imputados, suma ya 19 y 13 testigos. Asimismo, hace unos meses, la Audiencia Provincial dio el visto bueno a la división en cuatro partes el caso.

Tres años después, el lugar se encuentra como entonces. En medio del tupido bosque de pinos del paraje denominado 'Cuerda de la Estación', aún pueden verse las grandes 'calvas' que dejaron las máquinas que cortaban y limpiaban árboles, a razón de un pino cada 25 segundos.

Las 'calvas' dejan ver lo que habrían sido algunas de las calles de la urbanización. Sin embargo, ahora sólo se observan numerosos tocones, algunos de los cuales han sido devorados por la carcoma. De los troncos de madera talados y colocados debidamente ordenados junto al camino, nada de nada.

A unos 30 kilómetros al norte de la capital, se encuentra la pequeña localidad de Villanueva de Gómez, envuelta también en la polémica urbanística, debido a la intención de construir 7.500 viviendas, tres campos de golf, una casa club y una EDAR en un pinar de 800 hectáreas por parte de Inveralde, S.L..

Uno de los mayores problemas, aparte del medioambiental, radica en la falta de agua en la zona. Tanto es así, que los vecinos tienen que recibir agua embotellada, debido a la sobre explotación que sufre el acuífero de 'Los Arenales', gravemente contaminado y con altas concentraciones de arsénico y nitratos. La Confederación del Duero ya denegó la concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas de 35.200 metros cúbicos al año procedente del acuífero.






* El MUndo - Antonio García Gónzalez - 13.10.09
Foto: Tocones que permanecen en una de las zonas en las que se talaron miles de pinos en Las Navas.| R.Múñoz, elmundo.es

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La Xunta de Fraga infló un contrato con la promotora de la sede del PP

ELPAÍS/Santiago* : Oficialmente, todo se debió a una simple "corrección de errores". Pero esos errores le costaron al erario público un millón de euros, al elevar el precio de la sede de una fundación de la Consellería de Sanidade de 2,07 millones a 3,07 millones de euros. Corría el año 2003, el mismo en que el PP de Galicia, entonces al frente de la Xunta, se hacía con su actual sede de San Lázaro, ubicada en el mismo edificio que la fundación de Sanidade.

Las coincidencias no acaban ahí, ya que el promotor inmobiliario que se benefició de la corrección de los "errores" es el mismo que construyó el local del PP. El valor de escritura de la sede de los populares se corresponde con el sobreprecio abonado a la promotora.

En el plazo de 18 días, los representantes de la Fundación Pública Escola Galega de Administración Sanitaria (Fegas), que depende de Sanidade, y de la inmobiliaria tuvieron que presentarse dos veces ante notario. La primera, para elevar a público un contrato privado mixto, de venta y alquiler con opción de compra, de acuerdo con unas condiciones supervisadas por el patronato de la fundación. Eso fue el 13 de marzo de 2003. El 31 del mismo mes, volvieron a la notaría para dar cuenta de varias incorrecciones. Se eliminó así, y sin dar cuenta al patronato, la exención de materializar abono alguno para ejercer la opción de compra. La operación se encarecía en 1.004.004 euros.

La sociedad vendedora mejoró así sustancialmente unas condiciones de venta que originalmente ya le eran muy favorables. Según un informe de la consultora Tinsa, el valor de tasación del inmueble a fecha de marzo de 2003 era de 1.756.800 euros, esto es, un 53% menos de lo finalmente acordado. La sede fue comprada por 3.073.879 euros sobre plano y sin acondicionar.

Entre una y otra visita al notario, el entonces director de la fundación, Javier Bouzada, eludió someter al criterio del patronato las nuevas condiciones del contrato de arrendamiento y opción de compra, a pesar de que encarecían la operación en un 50%. Las correcciones afectaban de un lado a cálculos menores. Pero venían acompañadas de una carga de profundidad: la eliminación literal de dos párrafos, en los que se establecía que las cantidades ingresadas como alquiler eximían a la Fegas de realizar "el abono de cantidad alguna" en el momento de ejercer la opción de compra.

La sede de la fundación del Sergas ocupa todo el primer piso del edificio donde el PP tiene sus oficinas, y otros 128 metros cuadrados de la planta baja, contiguos al local de los populares. Su adquisición se realizó mediante un sistema mixto de venta y optativa, por el que la fundación se hizo con una parte de forma directa, en 2003, y el resto, ejercitando sucesivas opciones de compra en los años siguientes.

De acuerdo con las cláusulas rectificadas ante notario, 128 metros cuadrados de la planta baja y otros 320 del primer piso se cerraron por un precio de 820.992 euros. El pago de los alquileres entre 2004 y 2009 del resto de la sede, dos piezas de 440 metros cada una, ascendería a 1.248.883 euros, lo que arrojaba un precio final de 2.069.875 euros. Las correcciones supusieron una leve disminución de los alquileres, pero al incorporar una cláusula de opción de compra, el precio definitivo se elevó a 3.073.879 euros.

La entrega del inmueble a la fundación, cuyo patronato presidía el entonces conselleiro de Sanidade, José María Hernández Cochón, estaba establecida en el contrato el 1 de enero de 2004. El Partido Popular inscribió su sede en el registro de la propiedad tres semanas más tarde, el 22 de enero de ese mismo año. Su local, de 500 metros cuadrados, fue escriturado en 961.620 euros. El PP solicitó una hipoteca que le fue concedida por 1.111.872 euros, según consta en la escritura del 17 de diciembre de 2003.

El promotor fue el mismo: Sociedade Civil San Lázaro, una compañía participada por las empresas Gestinfor Inversores y Kotlas, S L.

Fuentes de la dirección del PP en aquella época sostienen que fue una operación inmobiliaria "clara y transparente" y que no hubo "ninguna conexión" con la compra que hizo la fundación sanitaria. "Si los de arriba [el Fegas] compraron más caro, que sean ellos los que den explicaciones", señalan. La compra la firmó el gerente del PP gallego, que se valió de un poder que expidió la dirección nacional del partido. Las mismas fuentes aseguran que el local del PP "se compró ya completamente acondicionado".
Un pliego de condiciones a la medida

Todo ocurrió a velocidad de vértigo. El 1 de octubre de 2002, el patronato de la Fegas fue informado del fracaso de las negociaciones para instalarse en el Palacio de Congresos de Santiago, facultó al director a "realizar todas las actuaciones que posibiliten que la Fegas pueda tener una sede propia" y aprobó el pliego de condiciones para su adquisición. En un par de meses, el 11 de diciembre, la Sociedade Civil San Lázaro se hacía con el contrato.

San Lázaro fue la única promotora que presentó oferta. Claro que las condiciones no ayudaban a abrir el abanico. La adjudicataria las cumplía todas. Así, por ejemplo, la proximidad a las sedes de la Consellería de Sanidade y Sergas en San Lázaro. O de una conexión con la AP-9 (hay una a apenas 300 metros). Por supuesto, también contaba con "suficientes plazas de aparcamiento en el entorno", dada su cercanía al parking del estadio de fútbol del Compostela. No era necesario un edificio construido; bastaba con estar en obras. La elegida por la Fegas -y por el PP- cumplía todos esos requisitos, y hasta ofrecía una superficie (1.328 metros cuadrados) que encajaba como un guante en la demanda de "entre 1.100 y 1.400 metros cuadrados" que figuraba en el pliego.







* ELPAIS.com - PABLO LÓPEZ - Santiago - 13/10/2009
Foto: Santiago, pazo Raxoi, sede Xunta y Ayuntamiento - Vasco Roxo (wikipedia.org)

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La Fiscalía investiga al ex alcalde de Barbate De Jesús por malversación

DIARIODECÁDIZ* : La Fiscalía de la Audiencia Provincial de Cádiz, a través de un decreto del fiscal César Turégano, ha abierto diligencias para que el Juzgado de Barbate investigue un posible delito de prevaricación, de malversación de caudales públicos "u otros delitos análogos contra la administración pública" que habrían sido cometidos por el anterior alcalde de Barbate, Juan Manuel de Jesús, del PP. Los hechos se refieren a la reventa de unos terrenos municipales que habría beneficiado con más dos millones de euros a quien se los compró al Ayuntamiento.

Para argumentar esta petición, el fiscal apunta como hechos la denuncia presentada el pasado 3 de marzo por el ex concejal de Urbanismo Jesús López contra el entonces alcalde, Juan Manuel de Jesús.

En esa denuncia se afirmaba que una empresa privada. Hijos de Juan Moreno Amaya SL, había conseguido hacerse con un solar del Ayuntamiento de Barbate, concretamente un terreno de 1.355,72 metros cuadrados, situado en el Paseo Marítimo de la playa del Carmen de Barbate, mediante el pago de dos cheques sin fondos.

Según los datos proporcionados por Jesús López, se trataba de dos talones ordinarios, con numeración CE 7856998-2 y CE 7856996-0, librados contra la cuenta corriente del Banco Bilbao-Vizcaya-Argentaria número 0182 1076 91 0000022455.

La operación compensaba una supuesta deuda municipal, deuda que no había sido reconocida como tal por el pleno municipal, señalaba la denuncia.

Existía, además, un informe jurídico del Ayuntamiento de Barbate que señalaba la ilegalidad de compensar los citados cheques con esa supuesta deuda municipal.

En su decreto de fecha de 24 de agosto de 2009, el fiscal expone que "librados los cheques en cuestión por la citada mercantil, el Ayuntamiento de Barbate otorgó Carta de Pago, con fecha de 2 de octubre de 2001 y por un importe de 70.100.000 pesetas (421.309,49 euros)".

El fiscal añade que "el motivo que tenía el alcalde para actuar en la forma descrita era devolver un favor que supuestamente le había hecho anteriormente la citada mercantil, consistente en haber pagado ésta deuda que aquél tenía contraída con el Banco Santander-Central-Hispano".

Por último, el fiscal César Turégano expone que "finalmente y como consecuencia de estas maniobras, la citada mercantil obtuvo el solar anteriormente referenciado, que revendió con fecha de 22 de marzo de 2006, por un importe de 2.600.000 euros, obteniendo con ello elevadas ganancias económicas, cuantificadas en 2.278.700 euros, en perjuicio de las arcas municipales y de los vecinos de Barbate".

Con estos datos, el ministerio público cree que "hay indicios de prevaricación y malversación de caudales públicos en su actuación, que favoreció que esta compañía consiguiera más de dos millones con la reventa de esos terrenos", una investigación que ya ha sido trasladada al juzgado de Barbate para que se investigue "por haber tenido lugar los hechos denunciados en dicha población". El propio Jesús López tiene previsto desplazarse hoy al juzgado barbateño para conocer si ya ha llegado dicha petición de la Fiscalía.

López ha comentado que hay "una cosa mucho más grave". "El alcalde", explicó, "estaba devolviendo un favor y eso también está acreditado ante la Fiscalía, y supongo que terminará de investigarlo". En su opinión, "los favores personales los devolvía el alcalde con beneficios de otras acciones que beneficiaban al particular y perjudicaban al patrimonio municipal".

De momento no ha sido posible conocer la opinión del ex alcalde Juan Manuel de Jesús, quien ha sido recientemente condenado a seis meses de inhabilitación para cargo público porque no abonó una deuda acumulada diez años atrás a una empresa contratada por el Ayuntamiento en 1992.

Por aquella fecha, el entonces alcalde, Serafín Núñez, adquirió diverso equipamiento público, entre el que había una serie de papeleras de plástico, que no abonó. El pago de la factura fue reclamado cuando era ya alcalde Juan Manuel de Jesús.







* Diario de Cádiz - José María Ruiz - 13.10.09
Foto: Paseo Marítimo de la playa del Carmen, en Barbate, donde se encuentra el terreno al que se refiere la investigación del fiscal. - diariodecadiz.es

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