Marbella: Nueva condena contra Julián Muñoz por delitos urbanísticos

LAOPINIÓN/Málaga* : El ex alcalde de Marbella Julián Muñoz y la que fuera edil en esta ciudad María Luisa Alcalá han sido condenados a un año de prisión y nueve años de inhabilitación para cargo público por un delito urbanístico al otorgar una licencia para construir 108 viviendas en suelo clasificado como zona deportiva.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, ha sido dictada hoy por el Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga y absuelve a los ex ediles de Marbella Mario Jiménez Notario, Rafael González Carrasco, Manuel Calle Arcal y Dolores Zurdo, que habían sido acusados por la Fiscalía de un delito continuado contra la ordenación del territorio.

Muñoz y Alcalá formaban parte de la comisión de gobierno del Ayuntamiento de Marbella celebrada el 27 de marzo de 1998 que aprobó el proyecto de ejecución correspondiente a una licencia de obras concedida a las entidades Jotsa y Promotora Uno SA para la construcción de un edificio de 108 viviendas, locales comerciales y aparcamientos en el núcleo marbellí de San Pedro de Alcántara.

En la resolución judicial, que una vez firme deberá remitirse al Consistorio marbellí, se declara asimismo la nulidad de las licencias de obra mayor concedidas a ambas entidades.

No obstante, señala que la anulación no conllevará la demolición del edificio porque en el procedimiento no figuran como responsables civiles los titulares de las licencias, y debido a la actual calificación urbanística que otorga al terreno el actual Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Marbella.

El terreno, situado en la avenida Príncipe de Asturias, en la parcela conocida como Los Arquillos, tenía la clasificación de suelo rústico según el PGOU de 1968, la cual cambió a zona de equipamiento deportivo de uso público conforme al plan parcial de ordenación aprobado el 22 de julio de 1982.

En los hechos probados se señala que no consta que el secretario municipal hiciera objeción alguna de legalidad a las licencias, ni advirtiera de que existían informes técnicos contrarios. Tampoco existe decreto de la Alcaldía por el que se delegara a la comisión de gobierno el otorgamiento de licencias urbanísticas, añade.

El juez no accede a la petición de atenuante por dilación indebida del proceso porque, aunque el procedimiento ha tardado casi 9 años en tramitarse, de este tiempo debe descontarse el periodo que estuvo suspendido por planteamiento de la cuestión prejudicial (cinco años).

Según el magistrado, el periodo restante, "si bien prolongado, no puede calificarse de excesivo", habida cuenta del número de acusados, de los cambios de letrados, del número de recursos interpuestos y de pruebas propuestas y admitidas por las partes, que han determinado que la causa cuente con siete tomos, argumenta.

Julián Muñoz, imputado en el caso Malaya, cumple actualmente condena por dos causas urbanísticas.






* La Opinión de Málaga - EFE - 06 de febrero de 2008
Foto: Marbella (Málaga), vista aérea - laopiniondemalaga.es


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Murcia: La juez investiga si Armero pagó con pisos y locales los favores urbanísticos que recibía

LAVERDAD* : ¿Pisos a nueve, diez u once millones de pesetas en el año 2005? Parece que sí, que todavía existían. Al menos, para el alcalde de Torre Pacheco, Daniel García Madrid, quien adquirió una vivienda al supuesto precio de 64.193,7 euros (unos 10.695.000 pesetas) a su amigo y antes jefe, el constructor Facundo Armero.

La adquisición se formalizó el 23 de marzo del 2005 y, según se recoge en la denuncia interpuesta por la Fiscalía, fue la empresa Explotaciones Lo Ruiz S.L., de la que era administrador el propio Armero, quien le vendió el piso.

«Lo del piso, (Facundo) me vendió el piso al mismo precio que se lo vendió a todos los que están vivienda allí. O sea, que yo tengo las notas simples de todos los pisos, y el mío no es el más caro ni el más barato. Todos están entre los nueve, diez y once millones de pesetas», explicaba en mayo del 2007 el alcalde al entonces consejero de Presidencia, Fernando de la Cierva, cuando éste le preguntaba por las posible razones por las que la Fiscalía podía haber abierto una investigación a García Madrid.

Pero el fiscal no cree que el valor real del piso sean esos 64.193,7 euros, ni piensa que sea casual que se lo comprara a la firma Explotaciones Lo Ruiz S.L.

Y no lo cree porque se da la circunstancia de que, al cabo de poco más de un año de que se cerrase esa compra, la citada empresa de Facundo Armero se vio favorecida por una decisión municipal, consistente en una licencia para construir un salón de celebraciones y banquetes, de nombre Acuario, en unos terrenos no urbanizables y en contra del informe jurídico de los técnicos del Ayuntamiento, que advertían de que esta obra no podía considerarse «al servicio de la carretera».

Así lo relata el fiscal en la denuncia que dio origen a la investigación coordinada por la titular del juzgado de Primer Instancia e Instrucción número 4 de San Javier, Aránzazu Moreno.

«PREVARICACIÓN Y COHECHO»

Estos hechos, según el Ministerio Público, podrían ser constitutivos de un delito de prevaricación, «al conceder una licencia posiblemente ilegal, que supondría dictar una resolución arbitraria en un asunto administrativo, a sabiendas de su injusticia». También podrían ser constitutivos, según señala, de otro delito de cohecho, «por la aceptación (por parte del alcalde) de adquisición de un piso, por un precio muy reducido, a cambio de favores posteriores».

Si el constructor Facundo Armero hubiese pagado de esa forma el supuesto trato preferente que se le estaría dando desde el Ayuntamiento de Torre Pacheco -algo que está tratando de determinar la investigación judicial en curso-, no se habría tratado de un hecho aislado.

Así, y según se recoge en el relato realizado por el Ministerio Fiscal, al que La Verdad ha tenido acceso, la concejal de Infraestructuras, Josefa Marín Otón, que igualmente trabajó para Armero antes de entrar en política, también se habría beneficiado por la adquisición de bienes inmuebles a un precio presuntamente más bajo del de mercado. Dos empresas del constructor pachequero, Suelos Urbanos Pacheco S.L. y Promociones Nueva Sucina S.L., habrían vendido a la edil Marín Otón y a su marido, Francisco Javier Rodríguez Mañogil, un bajo comercial de 139 m2, por importe de 66.642 euros, y una nave industrial de 2.097 m2, por importe de 267.773 euros. En este último caso, el fiscal ha aportado en su denuncia un certificado de tasación de otra nave en el mismo polígono, por importe de 413.693 euros.

El propio fiscal reseña en su denuncia que «se desconoce la razón por la que se vende a la concejal o a su marido -casados en régimen de gananciales- los citados inmuebles a unos precios tan bajos».

«IRREGULARIDADES URBANÍSTICAS»

«En el año 2004 se realizan en el seno del Ayuntamiento citado un gran número de operaciones urbanísticas que podrían exceder en muchos casos las meras irregularidades administrativas», señala en su denuncia el Ministerio Público, para dar paso a otro capítulo de supuestas corruptelas.

Tras indicar que las relaciones entre el alcalde García Madrid y la concejal Josefa Marín con el constructor Armero «vienen de épocas inmediatamente anteriores a coger aquéllos sus cargos políticos», especifica que García Madrid ejerció como abogado para el empresario y que la edil fue también empleada suya.

Pues bien, pese a que la ley les obligaba a ambos a abstenerse de participar en cualquier acto administrativo que pudiera tener relación con su antiguo patrón, ambos votaron en comisión de gobierno, en varias ocasiones, a favor de que se abonasen a Facundo Armero distintas facturas, obras, certificaciones y órdenes de pago, en concreto a su empresa Construcciones Torre Pacheco S.A. Constan al menos siete pagos de facturas, por un importe global de 755.872 euros (casi 126 millones de pesetas).

«En esas votaciones -insiste el fiscal- incumplen ambos denunciados el deber de abstención que les viene impuesto por el artículo 28 de la Ley 30/92», de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Y considera que, sólo por estos hechos, pueden haber incurrido el alcalde y la concejal en los supuestos delitos de negociaciones prohibidas a los funcionarios, fraude y tráfico de influencias.

«ADJUDICACIONES DIRECTAS»

Otra de las cuestiones que la Fiscalía consideraba que debían ser investigadas es la que se refiere a los convenios urbanísticos suscritos entre empresas de Facundo Armero -y que, en algún caso, como es el de Polaris World Development S.L., también lo eran de quien fue su socio Pedro García Meroño- y el Ayuntamiento de Torre Pacheco.

Reseña aquí el fiscal que «otra de las actividades realizadas por el Ayuntamiento encabezado por el alcalde consiste en utilizar los convenios urbanísticos para adjudicar de forma directa obras a determinadas empresas (...), y ello evitando la aplicación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

De esta forma, en al menos tres convenios firmados con las empresa Polaris World Development S.L., Mar Menor Capital S.L. y Promlev S.L. habrían sido eximidos de abonar el 10% del aprovechamiento urbanístico al Ayuntamiento, a cambio de construir, respectivamente, un edificio para los servicios de seguridad, una biblioteca y una escuela infantil en Balsicas, además de asfaltar una carretera.

El problema, en estos casos, no era que el municipio se viese compensado, sino que con esas decisiones se estaba incumpliendo supuestamente la ley que obliga a adjudicar esas obras (biblioteca, centro integral de seguridad, guardería...) mediante concurso público. Y ello, según el fiscal, constituye una irregularidad más.






* La Verdad - M. BUITRAGO / R. FERNÁNDEZ - 6 febrero 2008
Foto: REGISTRO. Agentes de la Policía Judicial de la Guardia Civil se llevan cientos de expedientes del Ayuntamiento de Torre Pacheco en el registro realizado el 19 de junio pasado. / JOSÉ M RODRIGUEZ / AGM


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Anticorrupción estudia utilizar el delito de asociación ilícita en el ´caso Teresitas´

LAPROVINCIA/Tenerife* : ¿Fue un cúmulo de irregularidades independientes llevadas a cabo sin ningún tipo de organización o el pelotazo de Las Teresitas responde a una maquinaria político-empresarial puesta en marcha de forma coordinada y con el fin de delinquir? Ésa es la duda que existe en la actualidad en la Fiscalía Anticorrupción para definir penalmente el caso cuyo sumario ocupa gran parte del despacho de la magistrada Carla Bellini.

Según los datos que ha podido manejar este periódico, la teoría de que el delito de asociación ilícita pudiera imputarse en el caso Las Teresitas no es ningún disparate y, con los argumentos que pudieran encontrarse en la parte del sumario que aún permanece secreto, es muy posible.

Según recoge el Artículo 515 del Código Penal, "son punibles las asociaciones ilícitas", y para definir la actuación de los imputados en Las Teresitas habría que ceñirse a lo que reza en el apartado primero del citado artículo: se considera delito a "las asociaciones que tengan por objeto cometer algún delito o, después de constituidas, promuevan su comisión".

Es por ello que, según el Artículo 515 del Código Penal, se podría encuadrar lo ocurrido en el caso Las Teresitas como un ejemplo de asociación ilícita. Para ello, la Fiscalía Anticorrupción tendría que hilvanar toda la trama desde el principio y cuadrar los papeles de todos y cada uno de los agentes que participaron en la ejecución del pelotazo.

Para empezar, es clave delimitar el papel del abogado de la Junta de Compensación, Mauricio Hayek, que como ha quedado probado cobró tanto de la parte que lo contrató (la Junta) como de Inversiones Las Teresitas, la sociedad propiedad de Ignacio González y Antonio Plasencia, que ganó 120 millones de euros en la operación.

En este punto, la relación entre la parte que compra los terrenos de la playa y la que los vende parece acreditada con la figura del letrado Mauricio Hayek.

EL CRÉDITO. Otra pata para poder imputar el delito de asociación ilícita está en el crédito que se concedió a Inversiones Las Teresitas. Con una presunta filtración de una sentencia del Tribunal Supremo que otorgaba a los terrenos la posibilidad de construir en el frente de playa, la investigación tendrá que acreditar si los altos cargos de la entidad bancaria estaban informados de todos los datos y por eso accedieron a la concesión del crédito sin apenas garantías.

Y por último está el Ayuntamiento de Santa Cruz, con Miguel Zerolo a la cabeza. En este punto, la investigación deberá acreditar que el consistorio era conocedor de la intención de los empresarios de dar el pelotazo, y facilitó el mismo con recalificaciones de suelo y a través de la compra del frente de playa por un valor muy superior al de mercado. Esta parte, por lo que se ha sabido en fuentes consultadas, también parece acreditada para imputar la asociación ilícita.







* La Provincia - PEDRO GUERRA - LAS PALMAS DE GRAN CANARIA - 06 de febrero de 2008
Foto: Santa Cruz de Tenerife, manifestación Ayuntamiento (archivo)- laprovincia.es


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Alboraia: Los padres de un colegio denuncian 'mobbing' inmobiliario

ELPAÍS/Valencia* : La falta de suelo público en el núcleo urbano de Alboraia debida al exponencial crecimiento demográfico de este municipio -casi pegado a Valencia a través de cuatro kilómetros de huerta- está provocando el caos entre los padres del colegio Ausiàs March, que desde el 31 de marzo de 2007 llevan a sus hijos a una escuela cuyo suelo ya no es de propiedad municipal, pues se permutó hace años.

Al calvario de las familias de los 190 niños de 3 a 12 años del Ausiàs March por la provisionalidad del centro se añade ahora una situación que califican de "mobbing inmobiliario", según han denunciado varios padres entrevistados. "El mobbing consiste en que todas las calles y accesos al colegio están afectadas por obras que hacen imposible seguir las clases, porque los decibelios superan lo permitido", explican Carmen y María Ángeles, dos madres que padecen esta situación desde hace años.

"Por un lado, están dos grandes máquinas de una depuradora que limpia el barro y las aguas procedentes de las ya de por sí ruidosas obras de ampliación del metro. Por otro, los contenedores que remueven la tierra; y, finalmente, está el inicio de las obras de una finca que fue demolida por aluminosis".

"Estamos viviendo una situación de mobbing inmobiliario total", según ha acuñado Juan Carlos, otro padre que adelanta que "la solución" del Ayuntamiento pasa por convertirlos en desplazados saharauis a un centro cívico de la Patacona, a tres kilómetros del casco urbano.

La asociación de padres de alumnos del Ausiàs March, que se reúne hoy, se debate entre llevar a sus hijos a la Patacona o solicitar al Ayuntamiento, gobernado por el PP, que les ceda un espacio provisional en el polideportivo que hay al final del pueblo. "Aunque se tendrían que instalar aulas prefabricadas", comenta Carmen, "sería una opción más razonable, sobre todo, para las familias con hijos pequeños que tienen que ser cambiados por las mamás".

El pelotazo -ya que "en vez de hacer una expropiación se permutó y reclasificó el suelo rústico del nuevo colegio por suelo urbanizable, lo que ha desembocado en el Tribunal Supremo"- supone "una renuncia al derecho de los hijos a tener una escuela en el núcleo urbano", según denuncian el PSOE, el Bloc y los independientes de CIALBO. "Éste es el mejor resumen de la política educativa del PP estos años", remató el edil socialista Josep Moratal.






* ELPAIS.com - NEUS CABALLER - Valencia - 06/02/2008
Foto: Alboraia protesta 2005, Salvem L'Horta clama contra la urbanización de más de un millón de metros cuadrados - T.Castro, elpais.com


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Córdoba: El TSJA anula el plan que daba cobertura a las naves de Colecor, que seguirán ilegales

TERRA* : Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anula el acuerdo del Pleno municipal del 12 de enero de 2006 por el que se aprobaba el plan especial Carretera de Palma del Río que, entre otras cuestiones, daba cobuertura legal a las naves ilegales de Colecor edificadas por Arenal 2000, propiedad de Rafael Gómez Sánchez.

El fallo del Alto Tribunal estima así el recurso presentado por la Consejería de Obras Públicas y otros propietarios de suelo en la zona de afección del plan a finales de 2006, aunque las causas que esgrime para ello se alejan de la cuestión matriz de la polémica que se ha arrastrado estos años: la edificación de unos naves de 40.000 metros cuadrados para venta al por mayor detrás de la antigua lechera y de forma ilegal. La sentencia de la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, argumenta como motivo principal para estimar el recurso que el Ayuntamiento permitió que fuera un privado y no la institución pública quien 'formulara' el plan especial que recogía el PGOU de Córdoba para ordenar los usos de una vasta zona al oeste de 155 hectáreas. En este caso, Arenal 2000 inició la tramitación con el primer avance en mayo de 2003 hasta su aprobación por el Pleno el 12 de enero de 2006.

Curiosamente, como pone de manifiesto el auto, Gómez sólo posee 10 hectáreas de las 155,5 que regula este plan (apenas un 7 por ciento). Al respecto, el auto deja claro que 'la ordenación urbanística constituye una función pública y no sólo una expectativa privada'. Si bien admite que los planes especiales 'pueden formularse por los particulares', en este caso, matiza que 'no era posible por tratarse de un plan especial de desarrollo del PGOU, por disposición expresa de este planeamiento general'.

Los otros dos reparos que acepta el Alto Tribunal son también de índole formal. Por un lado, el no haberse innovado el PGOU para alterar el trazado de la vía pecuaria Cañada Real Soriana, paralela a la A-431, y para la que se planteaba su traslado a la espalda del ámbito del plan, en paralelo al Canal del Guadalmellato. De igual modo, el tribunal ha considerado que nunca se justificó la razón por la que se designó un área de unos 80.000 metros cuadrados junto a Colecor, el centro de menores y otras edificaciones antiguas, para fijar usos recreativos, hostelero y turístico, con el consiguiente beneficio privado de tal elección.

Sobre el epicentro del recurso de la Junta (que también aludía a la formulación, vía pecuaria y usos recreativos y turísticos, como los otros demandantes privados), la sobredimensión de lo edificado en el área de Colecor y la inadecuación de los usos (almacén de venta al por mayor) habilitados para un suelo clasificado como no urbanizable de especial protección, el TSJA rechaza de plano las argumentaciones de Obras Públicas, y considera 'correcto' el tratamiento dado en el plan especial a esa zona (una de las nueve en que se dividen las 155 hectáreas).

El fallo otorga 'discrecionalidad razonable' al Ayuntamiento para fijar los usos en esta zona de suelo no urbanizable 'en función del mejor interés público' aunque se 'primen los privados'. En el caso de Colecor, el TSJA recuerda que el PGOU permite conservar los usos industriales históricos de la antigua lechera, rehabilitarlos, ampliarlos y hasta fijar otros nuevos complementarios, cuestiones que mantiene el plan especial.

Entiende pues que está justificado por el Ayuntamiento su inclusión sin, además, especificar cuánto se puede edificar, elemento que deja para el proyecto de actuación. Sí admite el TSJA que dicho plan podría haber 'limitado la edificabilidad', aunque considera 'suficiente' lo hecho por Urbanismo al respecto.

De otro lado, la sentencia tumba otros argumentos de la Junta como el riesgo de asentamientos irregulares o la permisividad de edificar viviendas en las partes agrícolas sobre un tope de superficie.

Cuatro años de trámites

Las consecuencias de este fallo, esperado y más rápido de lo que otros asuntos de lo Contencioso-Administrativo arrastran, apuntan en varios frentes en un tempo político de precampaña electoral. Por un lado, el Ayuntamiento, a través del presidente de la Gerencia de Urbanismo, dejó ayer claro que no recurrirán la sentencia, que no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Tampoco parece que la Junta lo vaya a hacer, quedando esta vía en manos de Gómez y los otros propietarios.

Palma, todos los trámites posteriores en cascada se suprimen. Esto es, Urbanismo deberá formular de nuevo el plan especial con una tramitación que conllevará más de un año mínimo. Se tendrá que ver las caras de nuevo con la Junta. Y, posteriormente, tendrá que tramitar el proyecto de actuación que Rafael Gómez le elevará de nuevo (más años) para solicitar, a posteriori, las pertinentes licencias (momento en el que se encontraba ahora mismo).

Es decir, las naves siguen siendo ilegales, la sanción por valor de 24 millones de euros, sin pagar (es firme en la vía administrativa municipal, que aún no ha ejecutado, y está recurrida en el TSJA), aunque este fallo no le afecta. Las dudas sobre la actividad real en las instalaciones, persisten.

Una tramitación urbanística que ha durado casi cuatro años (en enero se aprobó el proyecto de actuación), empieza de nuevo. Y la consecuencia política: Ayuntamiento y Junta (IU y PSOE) tendrán que verse de nuevo las caras para resolver el punto caliente del plan (Colecor) a sabiendas de que 'todos' llevan razón en parte.








* Terra Actualidad - VMT - 06/02/2008
Foto: Córdoba, naves de Colecor - terra.es


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El urbanismo insostenible amenaza las Reservas de la Biosfera

ECOLOGISTASENACCIÓN* : Coincidiendo con la celebración del III Congreso Mundial de las Reservas de la Biosfera, Ecologistas en Acción expone el riesgo que supone el urbanismo insostenible para la conservación de estos espacios declarados por la UNESCO. El hotel El Algarrobico, en Almería, o el hotel Papagayo Arena, en Lanzarote, son sólo algunos de los ejemplos más conocidos.

La Red de Reservas de la Biosfera españolas, son espacios singulares declaradas por la UNESCO como áreas en las que demostrar, promover y presentar relaciones armoniosas del ser humano con su entorno, aplicando el desarrollo sostenible. Por ello, los gobiernos autonómicos y los responsables de estos espacios deberían poner en marcha mecanismo de desarrollo socioeconómico diferentes al urbanismo.

Sin embargo, en la mayor parte de las 38 áreas que forman la Red de Reservas de la Biosfera, el urbanismo insostenible, previsto o en ejecución, está causando graves daños.

A modo de ejemplo, algunas de las Reservas Biológicas (RB) con proyectos urbanísticos son:

R.B. Sierra de Grazalema (Cádiz): Construcción de viviendas en Benaocaz denunciadas por su incompatibilidad con la conservación del paisaje y de la tipología tradicional de los pueblos blancos. Reclasificaciones masivas de terrenos en Prado del Rey, dos millones de metros cuadrados para construir 1.000 nuevas viviendas.

R.B. Cabo de Gata-Nijar (Almería): Construcciones ilegales y reclasificaciones de una superficie de dos millones de metros cuadrados. Hay destacar las construcciones de el hotel El Algarrobico, Agua Amarga, urbanizaciones en San José y la Isleta del Moro. Estas actuaciones está destruyendo los valores etnográficos y paisajísticos de la Reserva de la Biosfera.

R.B. Urdabai (Vizcaya): Reclasificación de 270.000 metros cuadrados para la construcción de 50 chales en Ibarrangelu, entre las marismas y el encinar cantábrico.

R.B. La Palma (Canarias): En esta isla declarada en su totalidad Reserva de la Biosfera el plan general de la capital, Santa Cruz de la Palma, ha provocado el rechazo de la coordinadora de vecinos de la ciudad por considerar que incumple los objetivos de sostenibilidad ambiental. Además el cabildo está tramitando un Plan Territorial Especial de la Ordenación de la Actividad Turística junto con un documento titulado Sostenibilidad y viabilidad económica de la red completa de campos de golf. Estos proyectos consolidan el modelo de turismo convencional (ocupación y destrucción del territorio, elevado consumo de agua, etc). Además el Plan Territorial ordena para uso turístico suelo incluido en la Red de Espacios Naturales de Canarias, algo contrario a la Ley de Espacios Naturales de Canarias.

R.B. Lanzarote (Canarias): Otra isla declarada Reserva de la Biosfera, en su totalidad. Sin embargo el puerto deportivo Marina Rubicón, en Yaiza, destruyó un sebadal, una playa y el entorno de Bahía de Berrugo. Uno de los casos más conocidos es la construcción del hotel Papagayo Arena sobre terrenos que el ministerio de Medio Ambiente quiere expropiar.

R.B. Gran Canaria (Canarias): Dentro de la zona de Reserva de la Biosfera se ha planteado el proyecto Anfi-Tauro, que incluye 3.600 nuevas camas y puertos deportivos en el litoral de Tauro. El proyecto afecta al Lugar de Interés Comunitario (LIC) “Franja Marina Costera de Mogán”, Reserva Mundial de la Biosfera, a especies en peligro de extinción como la tortuga boba (Caretta caretta).

R.B. Ordesa Viñamala (Huesca): Proyecto de ampliación de la urbanización de Formigal junto con la ampliación de la estación de esquí, y el nuevo aparcamiento de Espelunciecha, todo ello en la Reserva de la Biosfera de Ordesa Viñamala (Aragón).

R.B. Cuenca Alta del Manzanares (Madrid): Construcción de viviendas en el pie de La Pedriza, zona núcleo de la reserva de la Cuenca Alta del Manzanares. Nuevo plan general de Torrelodones plantea la reclasificación de 1.300.000 metros cuadrados de encinar para construir 1.500 viviendas y un campo de golf.

R.B. Sierra del Rincón (Madrid): En Puebla de la Sierra, municipio de 60 habitantes permanentes, se prevé la construcción de 51 chales sobre un robledal centenario, único en la Comunidad de Madrid.

Estos son solo una parte de los proyectos que demuestran como las Reservas de la Biosfera se declaran sin interés de aplicar los principios fundamentales de estos espacios, el fomento de un desarrollo armónico entre el ser humano y la naturaleza.







* Ecologistas en Acción - Naturaleza, 6 de febrero 2008
Foto: Reservas de la Biosfera - ecologistasenaccion.org


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El Supremo bloquea una gran urbanización en el Cabo de Gata

ELPAÍS/Almería* : El proyecto para la construcción de Marinas de Aguamarga, la urbanización más ambiciosa de todas las que se proyectan en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar, se quedará en el papel. El Tribunal Supremo (TS) ha anulado parcialmente una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que había validado la construcción de la macrourbanización, frente a la declaración de impacto ambiental desfavorable que dictó la Junta.

La consejera de Medio Ambiente, Fuensanta Coves, subrayó ayer que el fallo del Supremo le da la razón a su departamento "en todos sus extremos" y supone una "importantísima victoria jurídica" tras diez años de procesos judiciales.

La sentencia, del pasado 12 de diciembre, se conoció ayer a la par que el Consejo de Gobierno andaluz aprobó los planes de ordenación de recursos naturales y rector del parque natural de Cabo de Gata-Níjar, que elevan la protección de los terrenos donde se proyecta Marinas de Aguamarga y también La Fabriquilla. Ambos suelos pasan de ser urbanizables (nivel D) a de especial protección y no urbanizables (nivel B).

No obstante, en el caso de La Fabriquilla, los promotores cuenta con sentencias firmes del Supremo que les autorizan a construir. La nueva ordenación impide igualmente edificar en la zona donde se levantó el hotel Algarrobico, que pasa a ser pública y deberá regenerarse.

La promoción de Aguamarga contempla la construcción de 350 viviendas en 48 hectáreas y un complejo hotelero de 300 camas en una pedanía que supera escasamente los 200 habitantes y que, además de encontrarse en pleno parque natural, está catalogada como Reserva de la Biosfera, zona Hábitat y de Especial Protección para las Aves.

En las normas subsidiarias del planeamiento de Níjar de 1987 (entonces gobernada por el PSOE) los terrenos a desarrollar aparecen clasificados como urbanos o urbanizables. Fue en 1996, coincidiendo con el trámite para la renovación de las normas nijareñas, cuando la declaración de impacto ambiental de la zona aconsejó una nueva catalogación del espacio, motivo por el que la delegación provincial de la Consejería de Obras Públicas denegó la aprobación del nuevo planeamiento.

La decisión de la Junta abrió un dilatado proceso judicial en el que el Ayuntamiento de Níjar y por el promotor de Marinas de Aguamarga planearon hasta 14 recursos, el penúltimo, aceptado por el TSJA, pero finalmente rechazado por el Supremo.

"El fallo ratifica la lucha que la Junta está haciendo en la protección y conservación de Cabo de Gata", dijo ayer la consejera, quien explicó que la sentencia también estipula que el Gobierno no tiene por qué indemnizar al promotor ni compensar al Ayuntamiento de Níjar con permutas de terrenos.

La consejera expresó su confianza en que el caso del hotel Algarrobico tenga idéntica conclusión.

A la espera del pronunciamiento de TSJA sobre el fondo del asunto, el suelo sobre el que se asienta será ya público (cuando entre en vigor los decretos de los planes aprobados). De momento, hay dos fallos judiciales que favorecen a las tesis del Gobierno y la Junta.






* ELPAIS.com - ROSABEL RODRÍGUEZ / ISABEL PEDROTE - Almería / Sevilla - 06/02/2008
Foto: Aguamarga - Níjar (Almería) - teleprensa.net


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¿Ciudades difusas?

ORIOL BOHIGAS* : La Diputación de Barcelona, a través de su Observatorio Territorial, está publicando en estos últimos años algunos trabajos de investigación urbanística oportunos y cualificados. Desde 2002 han salido a la luz los diversos títulos de la colección Territorio y Gobierno: Visiones y en 2007 se inició Estudios, que incluye la serie Territorio. El primer volumen es La ciudad de baja densidad. Lógicas, gestión y contención, un conjunto de textos coordinados por Francesco Indovina, procedentes de un curso del Centre Ernest Lluch de noviembre de 2004. No hay duda de que la dispersión urbana es uno de los fenómenos más contradictorios de la ciudad reciente.

¿Por qué se mantiene y aumenta continuamente esa tendencia hacia la ciudad difusa, la extensión desordenada más allá de sus límites naturales, sus murallas, fuera de la cohesión y la compacidad que la tradición urbana había establecido? No hay duda de que esa dispersión tiene unos elevados costes económicos, ambientales y, sobre todo, sociales. Porque no se trata sólo del despilfarro de suelo o de la multiplicación excesiva de servicios y flujos circulatorios. Se trata, sobre todo, de la pérdida de los valores sociales de la urbanidad, de la eliminación de las bases colectivas y cohesionadoras de la ciudad. En algunos capítulos del libro que comentamos se analizan estos costes y se comprende que son objetivamente insostenibles con los recursos económicos disponibles. La ciudad dispersa es, en principio, una ciudad imposible, pero, paradójicamente, no sólo existe en todas partes, sino que se produce con una intensidad creciente desde hace 50 años. Es una realidad en ciudades y países muy distintos, lo cual hace pensar que hay razones profundas y complejas que la justifican en términos muy esenciales.
En diversos textos del libro se intentan algunas explicaciones a este fenómeno. Indovina resume así el tema: "En definitiva, este es el circuito: desarrollo económico (industrial) de la ciudad, emigración del campo a la ciudad, crecimiento de la densidad, aumento de los precios inmobiliarios y predisposición del campo a dejarse urbanizar constituyen los ingredientes que dieron origen a una transformación del territorio que ya no se ha detenido". Pero a estos elementos -propios de la lógica del crecimiento en el auge de un cambio productivo-, se añaden otros factores, como pueden ser los cambios de formas de vida, la mitología de la segunda residencia, la avasallante especulación territorial, las facilidades de un transporte aparentemente rápido, el populismo político y vecinal que acaba logrando las infraestructuras aparentemente urbanizadoras, las necesidades de grandes superficies productivas que sólo son posibles en el espacio fuera murallas o la imposibilidad de que la industria fraccionada absorba los costos especulativos del suelo dentro de las murallas.

La cuestión fundamental es, no obstante, decidir -o, en este caso, sugerir a partir del análisis sociológico- qué política se podría adoptar para conseguir la reurbanización, es decir, una nueva calidad urbana para esa dispersión suburbial. Para ello hay dos puntos de partida radicales: el de los que creen que la única solución es volver a meter a la ciudad dentro de las murallas, imponer el diseño de la coherencia y la compacidad y, enfrente, el de los que creen que la situación, en manos del mercado, es ya irreversible y que no hay más solución que aceptar -e incluso favorecer- ese nuevo tipo de ciudad, apoyándola e incluso favoreciéndola con servicios y estructuras, asumiendo colectivamente los costes elevadísimos. Pero, entre extirpar y favorecer, la mayor parte de autores de los textos se deciden a favor del corregir, con la doble aceptación contradictoria de que el fenómeno es nefasto pero irreversible, permanente pero corregible.

Como suele ocurrir en la mayoría de textos teóricos sobre urbanismo, los resultados prácticos son de eficacia muy discutible. Al fin, incluso, la voluntad de corregir implica la aceptación acrítica de una injusticia social implantada con el señuelo de una felicidad prefabricada por la propaganda consumista y por los intereses especulativos. Corregir es, en parte, aceptar y, quizá, rendirse. Es aceptar que el suburbio no puede ser más que el resultado del fomento de una sociedad suburbial, una sociedad coherente con la permanente contradicción entre bienestar y malestar. Es decir, la corrección no va a resolver el problema, sino aplazarlo, esperando cambios más revolucionarios e intransigentes. Pero, sea como sea, el conjunto de textos incluidos en La ciudad de baja densidad son unos estudios magníficos sobre un fenómeno urbano paradójico que se ha convertido en un virus mortal para las esencias sociales de la ciudad europea.






* ELPAIS.com - Cataluña - Opinión - 06/02/2008




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