150 alcaldes imputados/ Forges



Viñeta de Forges - ELPAIS.com- 9.12.2008

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Vandalismos públicos

EUGENIO S. PALOMARES* : De siempre las viñetas de Antonio Fraguas Forges han expresado en sus dibujos y frases lo que muchos sentimos. Da igual el problema que trate. Lo hace fácil porque en la mayoría de las ocasiones, cuando no en todas, nos identificamos con lo que pretende reflejar, y refleja. En la viñeta que ayer publicaba este diario, uno de sus protagonistas leía una noticia y decía en voz alta que 150 alcaldes estaban imputados en causas por corrupción urbanística. Esta noticia era asumida como real por otro ciudadano que, a su vez, preguntaba en qué provincia.

Lo cierto, que es como la verdad sin cinismo alguno, es que ya empiezan a parecernos pocos que pueda haber 150 alcaldes o personas próximas a la causa pública en procesos penales imputados por corrupción. Hagamos la prueba. Tomemos un periódico, cualquiera, y observaremos que entre sus noticias diarias siempre hay temas de corrupción urbanística; que alcaldes, concejales y funcionarios se encuentran imputados por todo el territorio nacional, siendo indiferente a estos efectos la comunidad autónoma o el municipio, como el grupo político que gobierne en la comunidad o en el ayuntamiento.

No obstante, se nota una mayor incidencia en la costa y las grandes ciudades. Ayer mismo, sin ir más lejos, podíamos leer que el Ayuntamiento de Estepona ha despedido a un auditor y lo va a denunciar a la fiscalía por desfalco, ya que cobrar dos o tres millones de euros por trabajar le parece excesivo. También siguen vivos, y con novedades a diario, los llamados casos Astapa, Hidalgo, Ballena Blanca, Camas..., mostrando que la corrupción no sólo no causa extrañeza, sino vive a nuestro lado y a diario. Lo peor es que no se observa una actuación política decidida a cortar por lo sano con este vandalismo y pillaje públicos. Hay una especie de excusa que se utiliza por uno u otro grupo político en función de quién o quiénes sean el autor o autores del desaguisado. No es algo, por lo demás, que quede limitado al ámbito municipal y urbanístico. No ya respecto a la comisión de delitos contra la ordenación del territorio, sino a otros desaguisados que, careciendo normalmente de relevancia penal, sí tienen relevancia pública. En unos y otros se muestra la ausencia de unidad en los grupos políticos para cortar por lo sano y hacer llegar a los ciudadanos un mensaje de coherencia. Así, esta semana hemos visto, como en los mejores tiempos del franquismo, que se puede decir públicamente y emplear la palabra muerte siempre que lo haga un nacionalista y la dirija al Borbón sin que tal empleo implica lo que dicen sus palabras y tenga una respuesta única por parte de todos los grupos políticos. Se ve, a las claras, que unos y otros exigen o justifican, en función de sus intereses, estos usos del lenguaje cuando cualquier individuo público que utilice la palabra muerte en un Estado que la ha abolido constitucionalmente no está capacitado para servir a este Estado. En fin, que en esto de la unidad frente a actos de salvajismo urbanístico o político todo sigue siendo del color que cada uno mira, y si no que se lo pregunte también a Fabra que no sabe qué hacer con el dinero que le toca a la lotería. En cualquier caso, hablemos de corrupción urbanística o de disparates públicos, soy de los que piensan que es necesario que los políticos conozcan sus límites; que sepan que la pertenencia a un grupo no les autoriza a expoliar el sector público y que sus compañeros de grupo no les van a proteger cuando se vean inmersos en una causa penal por temor a que se identifique a unos con otros, como tampoco que van a quedar sin respuesta sus excesos verbales. Y pienso de esta forma porque no es posible, salvo que la hipocresía sea la que rija la forma de hacer política, que los grupos políticos no pueden comprometerse a seguir un patrón de honestidad personal y política y, al mismo tiempo, amparar a quién o quiénes se sirven de lo público o hablan de la muerte con una frivolidad que pone los pelos de punta.






* ELPAIS.com - Opinión - 10.12.2008

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Una plataforma asegura que el plan Rabassa vulneró la ley de contratos

ELPAÍS/Alicante* : El rechazo cívico al plan Rabassa (el mayor programa urbanístico de Alicante, con 13.503 casas, de las que 8.047 serán protegidas) no cesa. Justo cinco días después de que la iniciativa superara el último escollo municipal, la Plataforma de Iniciativas Ciudadanas (PIC) denunció ayer que el Ayuntamiento ha vulnerado la ley de contratos públicos al negar la libre concurrencia empresarial.

Manuel Alcaraz, presidente de la entidad, incidió en que el gobierno local del PP sigue sin aclarar el "porqué" del proyecto. "Quizás la urgencia no sea la ejecución de las viviendas sociales, sino el desarrollo de la zona comercial", puntualizó.

El presidente de la PIC reiteró el anuncio de la plataforma de acudir a los tribunales, si finalmente el Consell da el visto bueno al plan Rabassa. A jucio de Alcaraz, existe jurisprudencia para defender por la vía del contencioso-administrativo la nulidad jurídica del programa. El también profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Alicante señaló que los acuerdos de adjudicación y aprobación provisional del programa por parte del pleno del Ayuntamiento vulneraron la ley estatal de contratos públicos y la legislación europea en esa materia.

Entre esos dos actos administrativos, es decir, el pleno de abril de 2005 y el de junio de 2006, cuando se adjudicó y se aprobó el PAI (Programa de Actuación Integrada), se produjo una modificación sustancial de las condiciones del plan. "En el apartado del presupuesto del programa, el coste pasó de 149 millones de euros a 187, es decir, un 28% más", explicó Alcaraz. Para el catedrático, esta modificación implica que el programa tenía que haber vuelto al principio para facilitar la libre concurrencia. "No se hizo así y se mantuvo la adjudicación al contratista Enrique Ortiz", precisó. "Por esta cuestión, el Tribunal Superior de Justicia ha anulado ya el PAI de Patraix. Creemos que la doctrina sentada por esa sentencia es plenamente aplicable al plan Rabasa", añadió.

Otro elemento que esgrimirá la plataforma en su hipotético recurso a los tribunales es que la iniciativa se ha autorizado con el informe negativo de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre la disponibilidad de recursos hídricos. "Este informe, de acuerdo con la legislación vigente, también es preceptivo", dijo. Alcaraz aseguró, no obstante, que en su recurso no solicitarán la suspensión cautelar de su ejecución. "Pretendemos demostrar su ilegalidad, no que se nos acuse de que vamos contra la creación de empleo", explicó.

El líder del movimiento social contra el plan Rabassa abundó en su crítica al PP (esta formación se ha quedado sola en la ciudad en defensa del Plan Rabassa) porque, en su opinión, no ha explicado "el porqué ni para qué" se aprueba el proyecto, "sólo sabemos el para quién, el promotor Ortiz". Alcaraz señaló que la defensa de las viviendas protegidas contenidas en el plan no se sostiene con la actual coyuntura de crisis inmobiliaria. El presidente de la PIC resaltó el suelo finalmente destinado a zona terciaria: 143.500 metros cuadrados del total de 1.458.361 metros de techo edificable. "Tampoco tenemos claro si esta cifra coincide con la inicial", apuntó.

Alcaraz destacó que el trámite del plan al margen del planeamiento de la ciudad desvirtúa el debate sobre el nuevo PGOU: "Resta credibilidad al PGOU. El documento recoge que el plan Rabasa está en ejecución, otra falsedad, porque ni siquiera ha sido aprobado definitivamente".







* ELPAIS.com - SANTIAGO NAVARRO - Alicante - 11/12/2008
Foto: Ayuntamiento Alicante - wikipedia.org

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La asociación de abogados urbanistas a favor de la consulta popular para aprobar los Planes Generales

DIARIODIRECTO* : Así lo ha manifestado el Presidente de la Asociación D.José Maria García Gutiérrez tras la sentencia dictada por el Tribunal Supremo. Sentencia de 23 de septiembre 2008. La Asociación muestra su conformidad con el criterio seguido por el Tribunal Supremo que ha declarado nulo el acuerdo del Consejo de de Ministros de fecha 1 de septiembre del 2006 por el que se le denegó al Ayuntamiento de Almuñecar (Granada) la autorización para la celebración de una consulta popular sobre la aprobación inicial del PGOU (Plan General de Ordenación Urbana) del Municipio.

El Supremo contrario a la anterior prohibición, en sentencia de 23 de septiembre del 2008, ha reconocido al Ayuntamiento el derecho a convocar ese referéndum.


La Sentencia da conformidad a la normativa Urbanística, ya que en materia de Planeamiento como es el caso de un PGOU, sobre su formulación y aprobación inicial, es el Ayuntamiento, el que tiene atribuida la competencia.
Igualmente el Supremo apela a la doctrina del Tribunal Constitucional por lo que la interpretación que realiza éste respecto al art. 71 de la Ley de las Haciendas Locales es acertada. La Planificación urbanística, reiteramos es competencia de los Ayuntamientos y las Comunidades Autónomas se limitan al control de la legalidad y a las decisiones en el ámbito supramunicipal.
La Asociación, por boca de su Presidente, es partidaria de que los ciudadanos decidan sobre cuál es el modelo de ciudad en la desean vivir, y por tanto hay que contar con éstos.
Los Planes Urbanísticos nacen para resolver los problemas que existen en las ciudades. Estas tienen que crecer, pero el desarrollo de la ciudad afectará inevitablemente a las condiciones de vida de la población destinataria y los redactores deben tratar de mejorarla. Pero el ciudadano tiene derecho a participación y decidir sobre su futuro.

Este criterio no es nuevo y está recogido en la propia Ley del Suelo ( tanto en la anterior Ley 8/2007 de 28 de mayo, como en el reciente Real Decreto Legislativo 2/2008 de 20 de junio que aprueba el Texto Refundido de la nueva Ley, que en su art. 4, anima a los ciudadanos a participar efectivamente en los procedimientos de elaboración y aprobación de cualesquiera instrumento de ordenación del territorio y en la ejecución urbanística, e igualmente en su evaluación ambiental.

Desde esta Asociación entendemos que este será el futuro, que los Planeamientos Urbanísticos tendrán que ser consultados por los ciudadanos antes de ser aprobados y la sentencia de 23 de septiembre del 2008, no será la única, sino que habrá otras en el mismo sentido, pronunciándose a favor de la consulta popular.






* Diario Directo - 10.12.2008

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