3.500 firmas contra el hotel junto al Palau de la Música

ELPAÍS/Barcelona* : Los dirigentes de la Asociación de Vecinos del Casc Antic y Barcelona Vella han reunido 3.500 firmas de ciudadanos contrarios a la construcción del hotel junto al Palau de la Música, promovido por el Orfeó Català. Los vecinos piden en su escrito que se paralice el proyecto, pero el Ayuntamiento de Barcelona tiene otro plan.

Urbanismo dará luz verde a un hotel adecuado al entorno y que se ajuste a los dictámenes de Patrimonio de la Generalitat y al proceso participativo del distrito.

Los vecinos, que advierten de que continuarán las movilizaciones hasta que el proyecto sea desechado, han reunido las firmas desde marzo de 2008, cuando empezaron la campaña contra el hotel proyectado por el arquitecto Óscar Tusquets, que preveía derribar dos fincas modernistas de la calle de Sant Pere més Alt para levantar un hotel de 76 plazas y un aparcamiento para 100 coches. El plan sufrió, sin embargo, un serio revés por parte de Patrimonio de la Generalitat, que obligó a conservar las fachadas modernistas y a rehacer el boceto original. Tusquets acogió la decisión con desencanto y lamentó la ocasión perdida.

El distrito de Ciutat Vella invitó en otoño a los vecinos a implicarse en un debate sobre el proyecto que no discutía el hotel. La Asociación del Casc Antic y Barcelona Vella se desmarcaron, por tanto, del proceso participativo que finalizó en diciembre. El debate concluyó solicitando que el proyecto fuera más sostenible y respetuoso con el entorno artístico; que justificara "el uso social" de los edificios y buscara soluciones para evitar el aumento del tráfico y alternativas al aparcamiento. Esta petición fue elevada por la edil Itziar González a Urbanismo, que aceptará un hotel sujeto a esos condicionantes.





* ELPAIS.com - À. P. - Barcelona - 20/01/2009
Foto: Barcelona, Palau_de_musica - wikipedia.org

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Maracena: El Supremo ´entierra´ el antiguo proyecto residencial en Jimesa

LAOPINIÓN/Granada* : El Tribunal Supremo ha vuelto a dar la razón a la Junta de Andalucía en su conflicto con el Ayuntamiento de Maracena, entonces gobernado por el PP, en torno a la polémica operación de cambio de uso, de suelo industrial a residencial, en los terrenos de Jimesa, casi 60.000 metros cuadrados donde está previsto proyectar una gran urbanización de viviendas.

Al igual que hiciera la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el Supremo, en una sentencia con fecha de 18 de diciembre, se inclina por impedir, por la vía de la suspensión cautelar, el desarrollo urbanístico en los términos previstos por el anterior gobierno municipal, que optó por clasificar el suelo como urbano consolidado, lo que incrementaba la edificabilidad y posibilitaba construir un mayor número de viviendas.

Lo cierto es que, a efectos prácticos, la decisión del Supremo no altera el presente convenio urbanístico, que fue corregido por el actual gobierno local, la coalición PSOE e IU, adaptándolo a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. Dicha coalición, a su llegada al poder, logró desatascar y legalizar un macroproyecto urbanístico que ha pasado de 638 viviendas a 450, de las que 135 serán de protección oficial, según el compromiso establecido en el nuevo convenio donde se clasifica el suelo como urbano no consolidado.

El origen del conflicto se remonta al acuerdo del pleno municipal, celebrado el 25 de septiembre de 2005, que aprobó el cambio de uso de suelo industrial a residencial por un procedimiento administrativo incorrecto, según denunció la Junta de Andalucía que procedió a impugnarlo en los tribunales. Un auto del TSJA, con fecha del 30 de marzo de 2007, daba la razón a la Junta pues consideraba que la modificación aprobada suponía una reforma estructural del planeamiento general y alteraba el uso del suelo previsto.

El tribunal optó en dicha ocasión por suspender cautelarmente el desarrollo urbanístico ante la posibilidad de que se llevasen a cabo actuaciones urbanísticas con una mayor edificabilidad y luego se consideraran ilegales. Hace unos días, el Supremo, ajeno a la decisión de la nueva corporación local de corregir el convenio, se pronunció en la misma línea y confirmaba la sentencia del TSJA, al tiempo que ordenaba el pago de las costas procesales a la parte recurrente, en esta caso, al Ayuntamiento de Maracena.

Con ello se cierra el capítulo referido al primero de los convenios aunque queda pendiente de desarrollo el nuevo proyecto urbanístico que el actual gobierno quería hacerlo realidad en el actual mandato. Los problemas laborales surgidos en la empresa propietaria de dichos terrenos y la crisis económica, que se ha cebado especialmente en el sector de la construcción, han dejado en el aire el proyecto de zona residencial. Tanto es así que ayer el alcalde maracenero condicionaba el desarrollo del convenio al mantenimiento de los puestos de trabajo en la empresa de pavimento.






* La Opinión de Granada - A.C. - 20.01.2009
Foto: Maracena (Granada) - Jessica Mur (Ideal)

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Albacete: Se multiplican por cuatro las demoliciones por incumplir la normativa

LAVERDAD* : Las actuaciones de restitución de la legalidad vigente mediante demoliciones se multiplicaron por cuatro el pasado ejercicio. Al menos así consta en el memoria del servicio de Disciplina Urbanística que recoge que durante el 2008 se produjeron 25 demoliciones para restituir la legalidad, cuando un año antes apenas fueron 6, y en los tres años anteriores no pasaron de dos derrumbes.

Esta actuación forma parte de unas de las 520 denuncias realizadas por la inspección durante el pasado ejercicio, de las que 105 terminaron con la suspensión de las obras, ya que en ocasiones la sanción no es suficiente. En otros 93 casos los inspectores tuvieron que dictar resoluciones de corte de luz y en otras tantas de corte de agua con el objeto de que la obra no pueda seguir adelante hasta que cumpla con la legalidad vigente. En otros 28 casos, incluso las obras tuvieron que ser precintadas para impedir el acceso a ellas.
Para garantizar el buen funcionamiento del servicio, el Ayuntamiento ofrece una serie de incentivos al personal del Disciplina Urbanística (como ocurre con otros servicios municipales) en función de los frutos de su trabajo. Aunque la cuantía de este año no está todavía determinada, los inspectores del servicio cobrarán por los 530 expedientes tramitados y las 607 actuaciones. Por cada acta, los inspectores reciben diez puntos, cifra que se eleva hasta los 25 en el caso de las suspensiones de obra y 50 por cortes de luz y de agua. Si la obra se precinta el inspector recibe 300 puntos y otros 400 si hay que demoler el edificio construido irregularmente. Por su eficacia en el trabajo, los inspectores recibieron durante el pasado ejercicio 32.625 puntos a los que habrá que sumar un punto por cada 60 euros de sanción impuesta a los infractores de la norma urbanística.





* La Verdad - E.J. - 20.01.2009
Foto: Albacete, ayuntamiento - picasaweb

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La Fiscalía también llevará al juez las ilegalidades urbanísticas que no sean delito

ABC* : La persecución por parte de la Fiscalía de las infracciones urbanísticas y otros atentados contra el medio ambiente no se agotará, como venía ocurriendo hasta ahora, en la vía penal. La Sección de Medio Ambiente del Ministerio Público en Valencia llevará a los juzgados de lo Contencioso Administrativo aquellas ilegalidades -licencias, planes urbanísticos- que, siendo contrarias a la normativa, no son perseguibles por la vía penal porque no alcanzan la categoría de delito.

Se trata de una estrategia legal novedosa, en la medida en que en los procedimientos contencioso-administrativos -aquellos en los que se dirimen conflictos entre dos administraciones o entre la administración y los particulares- el fiscal sólo es parte cuando hay derechos fundamentales en juego. Y esto ocurre las menos de las veces.
La nueva vía de persecución de las infracciones urbanísticas y medioambientales ha sido estrenada ya por las Fiscalías de Cantabria -en defensa del Parque Natural de Oyambre, donde el Ayuntamiento de San Vicente de la Barquera otorgó licencia para construir más de un centenar de viviendas contraviniendo la ley de usos de este espacio protegido-, y también por la Fiscalía de León -contra el Ayuntamiento de Carucedo en defensa de Las Médulas, yacimiento arqueológico declarado Patrimonio de la Humanidad-.

Los civilistas discrepan
La estrategia se basa en la atribución al Ministerio Público de un margen de maniobra mayor para intervenir en el orden Contencioso Administrativo, jurisdicción en la que hasta ahora tenía muy restringida su participación.
Esta nueva forma de actuar, que Valencia pondrá en práctica por recomendación del fiscal de Sala del Tribunal Supremo coordinador de Medio Ambiente y Urbanismo, Antonio Vercher, supondrá una vuelta de tuerca más a aquellos alcaldes y administraciones más díscolos con la normativa y menos respetuosos con el medio ambiente y el urbanismo.
Vercher ha dado instrucciones a todas las Secciones de Medio Ambiente de las Fiscalías españolas para que sigan la estela de Cantabria y León «si así se considera procedente» en «defensa del bien público» y considerando el «medio ambiente» en sentido amplio.
La propuesta, con todo, genera una importante controversia, especialmente entre los expertos en Derecho Civil, en la medida en que en el orden Contencioso los plazos para recurrir las resoluciones son muy reducidos y esto dificulta la intervención de la Fiscalía ya que las administraciones no están obligadas a comunicarle sus resoluciones. En Valencia, según Joaquín Baños, coordinador de Medio Ambiente, no se recurrirá a esta estrategia de manera indiscriminada; solo se aplicará en casos concretos y con una importante incidencia medioambiental.

Aunque no exista dolo
La intervención del fiscal en lo Contencioso Administrativo para estos casos encuentra amparo en la Ley de Responsabilidad Ambiental aprobada en octubre de 2007. En su disposición adicional octava abre un resquicio a la participación del fiscal en procedimientos en los que hasta ahora no intervenía. Dice este precepto que «el Ministerio Fiscal estará legitimado» para intervenir en «cualesquiera procesos contencioso-administrativos que tengan por objeto la aplicación» de la citada Ley. Añade que las Administraciones han de comunicar al fiscal aquellas infracciones perseguibles por esta norma y, además, poner a su personal al servicio del Ministerio Público para que le preste «auxilio técnico, material o de cualquier otra naturaleza para el ejercicio de sus funciones en los procesos contencioso-administrativos».
La ley, según recoge el artículo 3, «se aplicará a los daños medioambientales y a las amenazas inminentes de que tales daños ocurran» cuando hayan sido causados por determinadas actividades económicas o profesionales, «aunque no exista dolo, culpa o negligencia».





* ABC - Valencia - ISABEL RODRÍGUEZ DE LA TORRE - 19.01.2009

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