El TS ratifica la anulación del Plan Especial del Parque Temático Al-Mansur

EUROPAPRESS/Córdoba* : El consejo rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) de Córdoba tomó hoy conocimiento de la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que ratifica la anulación del Plan Especial del Parque Temático Al-Mansur que la empresa Antrax TDL pretendía levantar cerca del yacimiento arqueológico Medina Azahara.

Según informó hoy en rueda de prensa el presidente de la GMU, Francisco Tejada (IU), esta sentencia confirma una anterior del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sobre el acuerdo plenario de febrero del año 2000 en el que se denegaba la aprobación provisional del plan especial.

Tejada recordó que la empresa interpuso un recurso diciendo que el Ayuntamiento había cometido una infracción por ello y el TSJA confirmó el acuerdo municipal.

Por otro lado, el consejo rector abordó también el expediente de expropiación forzosa de los terrenos por donde discurrirá la futura travesía de Villarrubia, por lo que calculó que el inicio de las obras se llevarán a cabo el año que viene.

La actuación permitirá adaptar la actual carretera A-431 a las necesidades actuales y futuras de la circulación y de la población, dando un carácter más urbano a la vía y dotándola de mayor seguridad vial y accesibilidad en el entramado urbano

El responsable de urbanismo recordó que la Junta de Andalucía asume el cien por cien de la ejecución de la obra, que supone un ahorro de dos millones de euros para el Ayuntamiento de Córdoba. Por su parte, el Ayuntamiento se hará cargo de los gastos de las expropiaciones.








* Europa Press - 14.09.09
Foto: Córdoba, vista Medina_Azahara - wikanda.cordobapedia.es

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La Coordinadora Ecologista denuncia la falta de planificación del Principado

LNE* : La Coordinadora Ecologista de Asturias ha sido la primera en responder a la adjudicación de parques eólicos efectuada por la Consejería de Industria este fin de semana. En un comunicado hecho público ayer acusa al Gobierno regional de efectuar un proceso energético «sin planificación ni lógica que nos lleva a aumentar los problemas ambientales que ya tenemos».

Los ecologistas consideran que los cuarenta parques autorizados para el Occidente suponen «un disparate ambiental» e indican que el Principado no ha tenido en cuenta el impacto conjunto de las instalaciones, lo que «precisaría un estudio de impacto estructural que no se ha realizado». El estudio de impacto estructural está recogido en el decreto 1/2004 de 22 abril y se refiere a los proyectos de ordenación del territorio y urbanismo que afectan a numerosos núcleos de población de forma conjunta, según los datos que expone la Coordinadora.

Además, explica, todos esos parques precisarán líneas de evacuación energética, además de subestaciones eléctricas con sus consiguientes impactos en el territorio. Este aumento de la producción energética motivará, según los ecologistas, que «de hacerse todo lo que consiente el Principado, van a ser insuficientes las tres líneas de 400 Kv proyectadas, las 15 nuevas subestaciones de alta tensión y sus 30 líneas de alta».

La Coordinadora dice que los proyectos del sector empresarial energético que ha aprobado el Principado «suponen una muestra de su ceguera, que persiste en convertirnos en monocultivo energético primario». Además, los ecologistas dicen que la postura del Gobierno asturiano desdice al Gobierno central, que apuesta por instalar las centrales lo más cerca posible del punto de consumo, para evitar el transporte de energía y las pérdidas energéticas durante su evacuación.






* La Nueva España - T. CASCUDO - 15.09.09
Foto: parque_eolico - ecologismo.com

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Daños colaterales de la corrupción urbanística

MANUEL PARDO CASTILLO* : Es difícil abrir las páginas de un periódico, escuchar la radio o hacer "zapping" en la televisión sin que nos encontremos con uno o más casos de corrupción urbanística en España. "Transparencia internacional" es un organismo que hace anualmente el ranking de la corrupción de los diferentes paises del mundo. En el año 2.007 España ocupaba el poco honroso lugar vigésimo tercero y hoy ha descendido al puesto trigésimo sexto.

En una encuesta publicada por el DIARIO MONTAÑES el 30 de enero de 2.007 se decía que el 82,4% de los preguntados pensaban que la corrupción era preocupante en Cantabria, responsabilizando a políticos y funcionarios, aunque, añadían, que creían que no se había llegado al nivel de otras partes.
El ciudadano normal cuando oye hablar de corrupción urbanística piensa que alguna autoridad o funcionario ha dictado una resolución injusta a sabiendas (prevaricación) a cambio de la percepción de una determinada cantidad de dinero (cohecho). Es decir, que se ha dado un 'pelotazo urbanístico'. Mediante este censurable y delictivo proceder se han amasado grandes fortunas en España.
Pero decir que alguién se ha beneficiado a título personal prevaliéndose de su cargo público es decir poco. Y es que con ser grave el enriquecimiento injusto que conlleva la corrupción urbanística ésta tiene numerosos efectos colaterales que, creo, interesa resaltar porque suelen pasar desapercibidos.
España, al constituirse en un Estado social y democrático está consagrando el carácter servicial de la Administración y, por tanto, su carácter instrumental puesta al servicio de los ciudadanos. El artículo 103 de la Constitución dice que «la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales ... con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho».
La ética pública y la preparación deben ser señales identificadoras de la función pública que se caracteriza por el servicio público. De entre los informes y documentos más conocidos e importantes sobre esta materia en el mundo occidental está el informe Nolan, denominado así por el apellido del Presidente de la Comisión que elaboró en 1.994, a petición del Primer Ministro británico, un documento sobre 'Normas de conducta para la vida pública' y cuyos principios más relevantes son: 1. Desinterés privado. Sólo deben tomarse decisiones con arreglo al interés público. 2. Integridad. Los que ocupan cargos públicos no debieran tener relación financiera o de otra índole con personas o empresas que puedan influir en sus decisiones. 3. Responsabilidad. Deben ser responsables de sus decisiones. 4. Transparencia. Tienen obligación de declarar sus intereses privados y 5. Liderazgo. Los que ocupan cargos públicos deben fomentar estos principios con su liderazgo y ejemplo.
Llegados a este punto podemos decir que la corrupción supone un grave atentado a la misma esencia del servicio público al convertirse el interés público en interés personal. Lo que se produce cuando hay corrupción es una falta de confianza en la democracia ya que los intereses de los ciudadanos son postergados en beneficio privado de quienes les gobiernan.
Se falsea el sistema de mercado y se socavan los principios de publicidad y concurrencia, porque ¿de qué le vale a una empresa hacer inversiones en mejorar su funcionamiento y eficacia si otras de menos entidad gozan del favor de las autoridades o funcionarios de turno?
Las prácticas corruptas rompen el principio de igualdad ya que aquellos que no las practican se ven en clara desigualdad a la hora de ejercer su actividad mercantil. Y no nos olvidemos de que desde el punto de vista económico, se elevan los precios de los bienes y servicios porque en el presupuesto hay que repercutir el precio de la 'mordida' y que muchos adquirentes de buena fe resultan seriamente perjudicados.
En definitiva, lo que prevalece es un clima social de engaño y mentira en el que todo se mide en función del dinero y del poder y en el que se pierde, poco a poco, la referencia humana que es fundamental en el sistema democrático.
Armas hay para frenar la corrupción (véanse en el ámbito municipal el art. 75 de la Ley de Bases de Régimen Local y su modificación por la nueva legislación urbanística nacional). Echamos en falta más periodismo de investigación y una justicia más ágil porque como dicen los ingleses 'Justice delayed, justice denied' (Justicia demorada, justicia denegada) y, desde luego, acabar con la tolerancia ante los corruptos como cuando oimos frases como 'roba pero es de los nuestros'.
Instrumentos no faltan pero ¿hay voluntad?



*Manuel Pardo Castillo es abogado





* El Diario Montañés - Opinión - 15.09.09

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El Atrium está parado a los 6 años de detectarse sus 88.576 metros de más

ELPAÍS/Alicante* : ESta semana se cumplen seis años de la muerte de tres trabajadores en las obras del complejo Gran Magic Atrium Beach, y de su paralización. A raíz de los accidentes, se reveló que la obra tenía un exceso de volumetría no permitido equivalente a once plantas de altura (88.576 metros cuadrados), que motivaron el anuncio de Rafael Blasco, entonces consejero de Territorio, de una "sanción ejemplar" que quedó en nada. Las obras, a día de hoy, siguen paradas por problemas legales y falta de financiación.

La primera licencia de obras que recibió el hotel en 1999 estaba condicionada al otorgamiento de la licencia de actividad y a la entrada en vigor de la revisión del PGOU y del estudio de detalle en tramitación. Aunque los informes municipales confirman que la empresa no subsanó las deficiencias notificadas, el empresario dio por concedida la licencia por silencio administrativo e inició la obra en 2002.

Las obras recibieron siete decretos de paralización entre el 21 de marzo de 2002 y el 17 de ese mes de 2003. A principios de 2003 un informe de la arquitecta municipal daba cuenta de un exceso de edificabilidad de 88.576 metros cuadrados cuando ya estaba acabándose la estructura del complejo, que tasó en 102 millones. Pero estos dos expedientes sancionadores se archivaron porque, como los decretos de paralización, se notificaron a Atrium Beach SL, del mismo dueño, pero no a Hotel Luna SA, responsable del Atrium.

El 11 de septiembre de 2003 falleció un trabajador en accidente y seis días más tarde otros dos. El Consell concluyó que las obras no se ajustaban a la normativa urbanística municipal. Y un año después impuso una sanción de 12 millones de euros que no se pagó al aducir la empresa que había recibido la resolución fuera del plazo legal de seis meses. Y ganó. El fallo judicial llegó en 2007, cuando la infracción había prescrito.

El 20 de octubre de 2005 el Pleno aprobó definitivamente el Plan de Reforma Interior y Mejora (PRIM) que debía legalizar la situación. Y acabó en el juzgado.

Dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de 2008 habrían modificado sustancialmente la situación legal de la obra. Una desestimó la idea de Hotel Luna SA de elevar la edificabilidad del PRIM y la otra anuló su aprobación al no ser conforme a derecho. Las licencias de obra del 18 de diciembre de 2006 y del 21 de mayo de 2007 quedaron sin cobertura legal.

Mientras el PRIM espera la sentencia definitiva del recurso presentado por el promotor al Tribunal Supremo, la empresa Garocala presentó otro Plan de Reforma para reordenar toda la zona donde está el Atrium. Ese nuevo PRIM ha sido aprobado por la Consejería y nadie ha recurrido, según Javier García, vicepresidente de la promotora del Atrium. Por ello pase lo que pase con el primero, García cree que disponen de una licencia de obras en vigor ratificada por una cédula urbanística. El Consistorio guarda un absoluto hermetismo. "El tema del Atrium está aparcado", repite.

Hotel Luna ha gastado ya 70 millones en la obra, que rebautizará como La Vila Resort y tendrá 1.404 habitaciones. La inversión total superará los 250 millones. El promotor espera encontrar financiación y retomar la obra antes de final de año.

La historia del Atrium Beach

- Licencia. El Ayuntamiento de La Vila Joiosa otorga licencia en junio de 1999, condicionada a una serie de requisitos

- Proyecto. La empresa presenta un proyecto de ejecución en julio de 2001 con la solicitud de concesión de licencia

- Exceso de construcción. Un informe detecta en febrero de 2003 la construcción de 88.576 metros de más.

- Expediente. Primer expediente sancionador del Ayuntamiento en marzo de 2003 por obras sin licencia

- Tres muertos. Dos accidentes, el 11 y el 17 de septiembre de 2003, causan la muerte a tres obreros. La obra se paraliza el 18.

- Sanción fallida. En octubre de 2004, Territorio comunica la sanción de 12 millones fuera del plazo legal.

- Legalización. La Vila aprueba el PRIM en julio de 2004.

- Permiso de obras. Decreto municipal en mayo de 2007 para retomar las obras

- Demolición incumplida. Un informe municipal revela que no se demolió el exceso de obra y que la licencia superaba la volumetría autorizada

- Anulación. El TSJ anula el PRIM en julio de 2008








* ELPAIS.com - ARTUR BALAGUER - Benidorm - 14/09/2009
Foto: La Vila Joiosa (Alicante), hotel Atrium Beach (archivo) - laverdad.es

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