La reforma penal ataca la corrupción privada y exime a los partidos

CUARTOPODER* : El Estado no es punible penalmente y los partidos políticos, sindicatos, administraciones públicas y sociedades mercantiles estatales que ejecuten políticas públicas o presten servicios de interés económico general, tampoco. Por eso la reforma del Código Penal que aprobará mañana, 29 de abril, el pleno del Congreso, les deja al margen de la sanción penal por corrupción que establece para las “personas jurídicas” privadas. No obstante, por primera vez los legisladores han decidido castigar con penas de uno a tres años de cárcel las autorizaciones urbanísticas contrarias a la ley y han ampliado el delito de “cohecho” a las omisiones y silencios de las inspecciones preceptivas.

Esta modificación del Código Penal de la democracia que negociaron hace 15 años Joaquín Almunia, Diego López Garrido, Federico Trillo y Julio Padilla soslaya la responsabilidad penal subsidiaria de las formaciones políticas, sindicatos y organismos y empresas públicas en los delitos de corrupción. Es más, el preámbulo de advierte expresamente que “no les serán exigibles responsabilidades penales”. Las modificaciones no afectarán a la trama Gürtel vinculada al PP ni a otros casos de corrupción que afectan a varias formaciones políticas, pues carecen de efecto retroactivo y entrarán en vigor tras una vacatio legis de seis meses.

La reforma se limita a tipificar los “cohechos” en el sector privado y extiende la responsabilidad penal a las “personas jurídicas”. Cuando entre en vigor, los jueces podrán condenar a las empresas y sociedades privadas por una doble vía: “por los delitos que cometan en su nombre o por su cuenta las personas que tienen poder de representación en las mismas y por no haber ejercido el debido control”. Para evitar que recurran al socorrido “cabeza de turco”, un precepto faculta a los jueces a exigir la responsabilidad de la persona jurídica con independencia de que exista o no responsabilidad penal de una persona física. Para graduar la sanción se introduce la atenuante de “la confesión, la reparación del daño y la aplicación de medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos en el futuro”.

Otras formas para combatir la corrupción consisten en extender el delito de “prevaricación” a la ocultación de actos ilícitos observados por la inspección y a la omisión de inspecciones obligatorias, lo que tiene especial importancia para atacar la corrupción urbanística, el empleo negro y el fraude social y fiscal. En los delitos urbanísticos se dispone que la sanción económica sea “proporcional”, no equivalente al lucro. Los legisladores han extendido también el delito de cohecho a los funcionarios extranjeros en el marco de la Unión Europea.

Junto con la corrupción privada, que incluye el soborno de administradores y directivos de empresas, el falseamiento de datos contables, balances y otros instrumentos bursátiles y societarios, la reforma opta por la vía italiana de penalizar el soborno en el deporte y consagra como delito la piratería de contenidos y el encubrimiento de la misma. La figura del “encubrimiento” se extiende además al tráfico ilegal de órganos y a la trata de seres humanos.

Finalmente, aunque en primer lugar por los bienes y derechos que hay que proteger, los legisladores acentúan el castigo a los violadores y asesinos de menores de 13 años y de otras personas indefensas con unas penas que “no están muy distantes de la cadena perpetua”, según afirman. Y fijan medidas pospenitenciaras como la “libertad vigilada” y la “localización permanente” que pueden durar hasta diez años para prevenir la reincidencia.

Ni los delincuentes patológicamente peligrosos ni los condenados por terrorismo a penas de reclusión superior a cinco años podrán acceder al tercer grado sin haber cumplido la mitad de la pena y, en todo caso, quedarán sometidos a un “periodo de seguridad”. Con estas nuevas fórmulas y otras referidas a la protección y dignidad de las víctimas frente a los agresores, han querido dar respuesta a los casos que mayor indignación social han provocado en los últimos años.




* Cuarto Poder - 28.04.10
Viñeta: Corrpción urbanística - torreviejadigital


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Portonovo: Desalojan para derribarlo un edificio cuyos pisos se alquilaban desde 1984

LAVOZDEGALICIA/Pontevedra* : El litigio para demoler los más de 1.000 metros cuadrados de exceso de edificabilidad se remonta a 1994. La piqueta ya está dispuesta en Portonovo para empezar a derribar hoy mismo el edificio Boavista, primera ilegalidad urbanística de gran volumen que caerá en el municipio pontevedrés de Sanxenxo, tras un largo litigio -de 16 años- entre sus dueños y el Concello.

La resistencia no ha sido poca, tanta que ayer, cuando se procedía al desalojo de los inquilinos con un amplio dispositivo policial, uno de sus propietarios, Pedro Prieto, salió esposado del edificio ante su negativa a levantarse de la cama en un intento de obstaculizar una acción avalada por los tribunales.

Licencia para dos pareados

La historia del inmueble Boavista arranca en 1984, cuando se levantó de forma ilegal a escasos metros de la playa de Baltar un bloque de siete alturas con una licencia que en realidad solamente admitía la construcción de dos viviendas pareadas de dos plantas cada una. El resultado fue una mole de 1.789 metros cuadrados de superficie, de los que 1.079 suponen un exceso de edificabilidad.

La llegada de la piqueta, que hoy comenzará un trabajo que se prevé que durará un mes, se produce después de un largo carrusel de sentencias y recursos. Aunque el litigio comenzó en 1994, la licencia urbanística para edificar la concedió diez años antes el entonces regidor Ramón Guisasola.

Los dos mandatarios municipales que lo sucedieron se mostraron aparentemente indiferentes a la desproporción de la estructura, al borde de una playa de bandera azul y zona dunar de Portonovo. Pero quejas vecinales llevaron en 1994 al alcalde José Luis Rodríguez a interponer la primera denuncia. Aunque otras fuentes apuntan que el primer recurso judicial se habría formulado ya en el año 1992. En época estival, los 24 apartamentos del Boavista eran alquilados a turistas. Con esta actuación, el Concello logra acometer el primer derribo de calado para recuperar la legalidad urbanística de una zona costera. La operación contempla la demolición total de las cuatro últimas plantas, así como el derribo parcial de otra de ellas. La intervención se prolongará aproximadamente hasta junio.

La primera sentencia favorable a las tesis municipales data de 1996 y el último fallo judicial se dictó hace apenas dos semanas, cuando el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) autorizaba al gobierno local a proceder a la demolición parcial y al desalojo previo del inmueble.

La alcaldesa de Sanxenxo, Catalina González (PP), lamentó ayer que los propietarios «abusaran» del sistema judicial para dilatar en el tiempo el derribo del Boavista. «Foi un proceso longo e iso que se intentou en varias ocasións que o legalizasen», precisó la regidora in situ. Advirtió que otros edificios podrían seguir el mismo camino: «O exceso de edificabilidade é clamoroso», reprobó.

Despliegue policial

Un enorme operativo policial ya estaba desplegado en los aledaños del inmueble a primera hora de la mañana de ayer para comenzar el desalojo de la estructura. Al menos ocho policías locales y cinco guardias civiles vigilaban el entorno, que fue acordonado y, posteriormente, vallado.

Los agentes locales tardaron unos minutos en acceder al edificio para desalojar a los ocho inquilinos, que salieron sin ofrecer resistencia tras recoger sus pertenencias. Sin embargo, se encontraron con la negativa del dueño, que acabó saliendo esposado de la casa. El propietario, Pedro Prieto, que cumple 80 años el próximo mes, estaba en la cama cuando fue detenido por la Policía Local. «Non se resistiu», afirmó la regidora, pero «houbo que levantalo», precisó.

El hijo de los propietarios se lamentó: «Entraron en casa, se acercaron a mi padre que estaba en cama, lo vistieron y se lo llevaron esposado». El abogado de la familia afirmó que hoy mismo presentará alegaciones ante el TSXG para intentar salvar in extremis el inmueble.





* La Voz de Galicia - 28.04.10
Foto:
Inquilinos del edificio Boavista, ubicado en la localidad de Portonovo, en Sanxenxo, se afanaban ayer en sacar sus pertenencias de los pisos - CAPOTILLO, lavozdegalicia.es


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Condenan a siete años de inhabilitación al alcalde de Canillas de Albaida

ADN/Málaga* : El alcalde de Canillas de Albaida (Málaga), Antonio Gregorio Díaz Navas (PP), ha sido condenado por el Juzgado de lo Penal nº5 de Málaga a siete años de inhabilitación para cargo público de concejal o alcalde, y a una multa de quince meses por un delito de prevaricación urbanística. El tribunal considera aprobado que el alcalde concedió una licencia de obras de una vivienda unifamiliar en suelo no urbanizable "con grave incumplimiento de la normativa reguladora de la concepción de licencias", según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe.

Por todo ello, la sala ha acordado la nulidad de la licencia otorgada el 2 de noviembre de 2004 para la construcción de una vivienda unifamiliar en el paraje "El Mosquín", en el término municipal de Canillas de Albaida.

El tribunal también ha ordenado que se manden oficios a la Junta Electoral Central, a la Oficina del censo y al ayuntamiento "al objeto de constancia y ejecución de la pena de inhabilitación especial para cargo público".

En los hechos probados se relata que en 2006 el propietario de unos terrenos y un constructor edificaron una vivienda unifamiliar aislada en un terreno no urbanizable, y que presentaron la solicitud de licencia de obra al consistorio.

La solicitud se realizó sin el preceptivo proyecto técnico ni el de actuación, pero se concedió la licencia por decreto del alcalde en noviembre de 2004.

Asimismo, el tribunal considera que el alcalde omitió la reclamación de documentación técnica visada del arquitecto municipal, según se indica en la sentencia.

En los fundamentos de derecho se recuerda que el propio alcalde durante el juicio reconoció haber conseguido la licencia pese a la falta de documentación, pero se excusó "en que eran muy pesados".

Por todo ello, el tribunal ha destacado que el acusado actuó "con clara conciencia de la arbitrariedad e ilegalidad de la resolución", y que ha cometido una infracción de la normativa urbanística de manera "patente y grosera".




* ADN - EFE - 27.04.10
Foto: Canillas de Albaida (Málaga) - malagapueblos.com

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La Fiscalía critica que ayuntamientos promuevan "el borrón y cuenta nueva" en la ordenación del territorio

EUROPAPRESS* : La Fiscalía de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Sevilla ha criticado que los ayuntamientos promuevan "una tendencia interminable al borrón y cuenta nueva inasumible y de lamentables resultados en la ordenación del territorio, por el mensaje de impunidad que se envía al ciudadano". En la memoria de 2009, consultada por Europa Press, la Fiscalía asevera que, a pesar de que en 2009 se ha detectado "una cantidad algo mayor de comunicaciones al fiscal, sigue siendo escaso el nivel de colaboración de algunos ayuntamientos", pues en cuanto a infracciones penales, "de muchos de ellos no se tiene noticia si no es por la comunicación realizada desde las distintas fuerzas policiales por atestado".

En este sentido, precisa que, en ocasiones, "cuando se inician investigaciones del fiscal o del juzgado por edificaciones masivas en un municipio, se intenta minimizar la relevancia de las investigaciones penales aludiendo a iniciativas de regularización, acuerdos de Pleno donde muestran la resolución de modificar el planeamiento y aluden a un acuerdo de colaboración con la Dirección General de Inspección y Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, usado por muchas defensas para tratar de hacer creer que la legalización de las construcciones ilegales es inminente".

Añade que, en los casos en que llega a la Fiscalía la noticia del delito, "sigue apreciándose que no hay efectividad alguna a la hora de ejecutar medidas cautelares de los ayuntamientos eventualmente acordadas en el expediente administrativo", criticando también "la casi nula colaboración municipal en materia de demoliciones, con contadas excepciones".

DEMOLICIONES EN LAS MINAS

Tras todo esto, la Fiscalía considera que "uno de los mayores problemas" es la zona de Las Minas, en Castilblanco de los Arroyos, ya que la mayor parte de las sentencias condenatorias que se reflejan en el apartado relativo a los delitos sobre la ordenación del territorio "se derivan de acusaciones por delitos cometidos por particulares promotores en esta zona, donde el espacio ocupado por las parcelaciones ilegales y consiguientes edificaciones irregulares ejecutadas en su interior excede muy notablemente de la superficie del casco urbano del municipio".

Al hilo, llama la atención sobre el "problema" suscitado por el "discrepante" criterio de las secciones de lo Penal de la Audiencia Provincial respecto a las demoliciones en este paraje, "problema que se ha agravado durante este año por haber recaído numerosas condenas por delitos sobre la ordenación del territorio".

Así, indica que, "aunque en prácticamente todos los casos las secciones de esta Audiencia revocan las posibles sentencias absolutorias en la instancia, estimando así recursos de apelación de la Fiscalía, se da la circunstancia de que tres de las secciones acuerdan al mismo tiempo la demolición de las construcciones alzadas, mientras que una de ellas considera que las especiales circunstancias de consolidación edificatoria de la zona desaconsejan demoler lo edificado", lo que en la práctica "hace inútil o testimonial la respuesta penal".

Según agrega, la consecuencia "indeseable" de todo esto "es que se dictan sentencias radicalmente discrepantes en tan fundamental aspecto, lo que no es entendido por la ciudadanía, que ve como en la mayor parte de los supuestos se ordena derribar lo construido, y si por azar la apelación corresponde a la sección discrepante, se resuelve lo contrario, por mucho que se ofrezcan agudos argumentos dignos de consideración".

"TRABAS" A LA DEMOLICIÓN

En relación a los procedimientos por delitos sobre la ordenación del territorio donde por sentencia firme se acuerda la demolición, señala que, hasta finales de 2008, han llegado a la treintena las sentencias firmes en las que se ordena la restauración del suelo a su estado originario, "lo que ha ocasionado notables problemas a la hora de ejecutar este concreto pronunciamiento de las resoluciones, por las naturales trabas creadas por los condenados, la sistemática impugnación de cualquier providencia orientada a ejecutar tal pronunciamiento y la falta de colaboración de algún ayuntamiento particularmente afectado".

Además, y tras lamentar que, "en otras ocasiones, se retrasa innecesariamente la efectividad de la demolición señalando el Juzgado de lo Penal plazos injustificadamente amplios", la Fiscalía aboga por negar cualquier suspensión de la ejecución de las penas de prisión "en tanto no se satisfaga el pronunciamiento relativo a la responsabilidad civil que constituye la demolición, naturalmente si existe solvencia", mientras que también muestra su oposición a la sustitución de prisión por multa, pues ello "demuestra la falta de compromiso del reo en reparar el daño causado".

A pesar de todo lo anterior, la Fiscalía reconoce la calidad de las resoluciones judiciales de las diferentes secciones de esta Audiencia Provincial, así como la postura "abiertamente favorable" de éstas "a huir de un Derecho Penal simbólico por el que se limitara la respuesta a estos delitos a una sanción pecuniaria y a una pena de prisión siempre suspendida, prescindiendo de la demolición".

COLABORACIÓN CON MEDIO AMBIENTE

En su memoria, la Fiscalía se refiere a la colaboración prestada por la Delegación Provincia de Medio Ambiente, lamentando que "se aprecian en demasiadas ocasiones retrasos considerables en las diligencias de investigación y en la instrucción judicial por las demoras" en los informes técnicos solicitados, añadiendo que "se es consciente de la escasez de medios de esa Delegación en relación al ingente número de informes que deben evacuarse, pero la relevancia de esos informes por la entidad de los bienes jurídicos en juego exigen tal vez la preferencia en la emisión de los que afectan a autoridades judiciales y fiscales".

Así, considera que, "a pesar de que se ha tratado de solventar la cuestión mediante contactos del delegado con la Delegación provincial de la Consejería para evitar dilaciones en las investigaciones, la consecuencia es que suelen judicializarse las mismas sin haber llegado el informe requerido a esa Delegación, cuando en ocasiones es determinante de la relevancia penal del asunto y no solamente de algún aspecto accesorio o de mera responsabilidad civil".

Respecto a los datos numéricos, la Fiscalía incoó en 2009 un total de 162 diligencias de investigación, de las que 132 fueron por delitos sobre la ordenación del territorio --en 2007 fueron 198 y en 2008 un total de 255--, seguidas de las 15 relacionadas con el medio ambiente; siete por flora y fauna; cuatro por patrimonio histórico; tres por incendios forestales y una por malos tratos a animales domésticos.

PEQUEÑAS EDIFICACIONES

Sin embargo, llama la atención sobre el hecho de que sobre la sección de Medio Ambiente "sigue pesando una similar o mayor carga de trabajo a causa de que todas las diligencias de investigación tramitadas en los pasados años han dado lugar a procedimientos judiciales incoados en 2009 --145--, más las incoadas antes que, una vez judicializadas, naturalmente siguen pendientes de sentencia firme en su mayoría".

En esta línea, incide en que ese aumento "provoca que los esfuerzos de las Fuerzas de Seguridad se centren en esta materia, fundamentalmente en pequeñas edificaciones hechas por particulares", aseverando que "la forzosa dedicación de esas fuerzas policiales a la investigación de decenas de edificaciones menores como cabañas de madera y casas prefabricadas, está produciendo el efecto indeseable de no poder atender a otras materias también propias de su competencia, como es la investigación de delitos de mayor gravedad y complejidad".




* Europa Press - 26.04.10
Foto: castilblancodelosarroyos.es

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Salvem considera la concesión de licencias como una "insumisión" al Estado de Derecho y una "burla" al TC

EUROPAPRESS/Valencia* : Salvem el Cabanyal tildó hoy de "insumisión al Estado de Derecho" la decisión del Ayuntamiento de Valencia de aprobar la concesión de otras 18 licencias de derribo en el barrio valenciano de El Cabanyal-Canyamelar, al considerar que esta acción supone un "claro desacato" al Tribunal Constitucional (TC). Por esta razón, la plataforma, en un comunicado, anunció que sus servicios jurídicos pondrán en conocimiento del Alto Tribunal esta "burla".

Según la plataforma, "la inmensa mayoría de los edificios que pretende derribar el Ayuntamiento se encuentran incluidos en el catálogo de edificios protegidos del Plan General de 1988, que es el que marca la legalidad urbanística una vez suspendido el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (Pepri)".

Salvem el Cabanyal desveló que, en el caso de aquellos edificios que no cuenten con ninguna protección, la concesión de la licencia de derribo debería ir acompañada del proyecto de la edificación sustitutoria, con el objetivo de no generar nuevos solares, tal y como marca la Ley de Patrimonio Valenciana.

Por este motivo, la plataforma criticó las "trampas, artimañas y desobediencia" del consistorio valenciano al TC, pues "las viviendas no son propiedad municipal ni han sido expropiadas". Manifestó que esta acción es "una maniobra más" del Ayuntamiento, que pretende "acosar, amenazar y extosionar a los ciudadanos que se oponen a la destrucción y a la especulación", apuntó.

Por último, Salvem el Cabanyal consideró que se trata de un acto de "desobediencia y burla" al TC y, en consecuencia, los servicios jurídicos de la plataforma pondrán este "desacato e insumisión" en conocimiento del Tribunal Constitucional, "al que tanto dicen respetar".





* Europa Press - 26.04.10
Foto: Protesta de Salvem el Cabanyal. - lasprovincias.es

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Aroma de tierra

SALVADOR FRAGA/Galicia* : Otra vez más, está abierto el melón de la Ley del Suelo. El urbanismo, en las sociedades modernas y de modo singular en España, marca una característica línea de fractura entre las élites gobernantes (políticas y económicas) y los ciudadanos. Este roto viene de antiguo y su desgarro, que ahora sacude el seísmo de la crisis, desnuda un estropicio; a la espiral de descontento social no se le ve fin y los vaivenes de timón de los poderes públicos parece que más que aplacarlo lo encrespa. Imposible olvidar que en anteriores reformas legales, con demasiada frecuencia, salió el tiro por la culata. Se quiso abaratar el suelo y el precio se disparó, se quiso dar un golpe de gracia al "feísmo" y los filtros colocados los pasa mejor la mala que la buena arquitectura, se quiso atajar el "riesgo de formación de núcleo urbano" y se alentó la dispersión…como colofón de este contorno irónico se daña algo esencial: la legitimidad y necesidad de tocar en profundidad el marco administrativo del urbanismo junto con la Ley del Suelo.

Dado que no basta con ser bienintencionados para acertar, intentemos una perspectiva clara de la situación. La prioridad, durante siglos, fue el sustento directo de la población con los recursos de la tierra. Galicia se cuajó de adaptaciones pragmáticas, asentamientos de población, soutos de varas, prados, levadas, represas, carreiros, socalcos, cantiles o peiraos, una obra ingeniosa que además perdura como un derroche de gracia y belleza. Y dos lecciones aún vigentes: a) una intervención humana intensiva, ayer y hoy (puente del Tarn de Norman Foster), puede también, ser armónica con una naturaleza inmensa de valores y b) la racionalidad, ayer y hoy, emana del bien entender el lugar.
Ahora bien, hubo un momento en que la geografía pasó de ser territorio a llamarse suelo. La ley del Suelo del 56 marcó el inicio de una epopeya, dar techo en la ciudad al vaciado del hábitat rural. El entramado técnico-jurídico desplegado surgió pues al hilo de un problema muy específico: la provisión extensiva de vivienda urbana. En las siguientes décadas, miles de millones de metros cuadrados construidos (forjado) se levantaron con fogosidad para hacer de España una sociedad de clases medias urbanas con piso en propiedad, coche y guiños al bienestar. El urbanismo, con sus deformidades (resonancia de Valle-Inclán), interpretó un papel dentro de una misión de país.
Hoy la historia y los problemas son otros. La cuestión ya no es la habitación sino la cohabitación. Formamos una democracia sofisticada con un alto nivel educativo, asistencia y servicios públicos donde, si bien cargada de reticencias y fragilidades, se sabe que nuestro territorio es el espacio urbano de muchos en cohabitación difícil con un medio natural escaso. Se ejercen con plenitud los "fingers" de la globalidad (vuelos de bajo coste, internet, dinero digital, autopistas de la comunicación) y, a la vez, la ciudadanía presta oído más atento a los "avisos" de la sostenibilidad (finitud de recursos, cuestión del carbono o salud general).
Si está meridianamente claro que lo que tenemos hoy entre manos nada tiene que ver con lo anterior, ¿por qué no intentar, de nuevo, entender el lugar (ya comentamos que tiempo atrás así se hizo), comprender que reclaman nuestras calles y periferias urbanas (gusten más o gusten menos), y actuar con realismo positivo? ¿No vale la pena tomarnos la libertad y el riesgo de darle unas cuantas vueltas a lo construido en las pasadas décadas de los 60, 70, 80… y mejorar vida, humor y salud en el mundo del urbanismo?¿las viejas prácticas y herramientas no deben ser puestas al día para afrontar nuevas ilusiones?
No se trata de refundar el urbanismo ni de jubilar planes o archivar normas, pero sí es terapéutico drenar el marco técnico-político de cuanto lo obstruye funcionalmente y a la postre lo degrada. Administración, ley y acción política se pueden adaptar y simplificar, mientras se gana en orientación práctica y resolución. Contamos con los conceptos, la técnica y los equipos humanos para afrontar una nueva aventura: recualificar la realidad construida elevándola a objeto de otras bellezas. Un reciclaje intensivo, arquitectónico, social, y urbanístico; útil, tangible y posible. Su horizonte (éxito o fracaso) dependerá de si se asume, o no, el desafío intelectual y político.
Para ello es tan importante acertar como pactar. No se puede tocar una estructura sin tener antes perfectamente claro lo que se va a hacer. Hay que identificar lo prioritario, enunciar con claridad una estrategia y relacionar con precisión, suma y detalles de los contenidos de las acciones. Y desplegar convicción social. Mostrar que la administración del territorio (urbanismo) es, en sí misma, una actividad decente y honesta esencial para el interés general, presente y futuro. Nuestros antiguos conocieron un "pathos" del territorio de Galicia. Ahora, quizás coincidiendo con la salida de la crisis, podemos encontrar el nuestro, el sentimiento de un nuevo entusiasmo. Tras el suelo, se vuelve a percibir aroma de tierra.


* Salvador Fraga - Arquitecto



* Faro de Vigo - Opinión - 22.04.10


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