Un pastor le gana la partida a una urbanización de 2.285 viviendas

LAVERDAD/Murcia/Jumilla* : El Tribunal Supremo ha decidido suspender cautelarmente el Plan Parcial y el Programa de Actuación Urbanística 'Santa Ana del Monte Jumilla Golf', en el que estaba previsto levantar 2.285 viviendas y un campo de golf porque la posible insuficiencia hídrica afectaría al interés general.

El Supremo acuerda como medida cautelar la suspensión del acuerdo de Pleno del ayuntamiento de 5 de diciembre del 2006, por el que fue definitivamente aprobado el Plan Parcial 'Santa Ana del Monte Jumilla Golf'; así como del acuerdo de la Junta de Gobierno de 13 de diciembre, por el que se aprobó definitivamente el Programa de Actuación Urbanística de la Unidad de Ejecución Unica del Plan Parcial, además del Proyecto de Estatutos y Bases de la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución Unica del Plan Parcial 'Santa Ana del Monte Jumilla Golf'.
Con este auto se impugna el que la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia dictó en hace dos años, que desestimó el recurso de súplica contra el anterior Auto de 9 de octubre de 2007 por el que fue desestimada la solicitud de suspensión cautelar del Plan Parcial y el Programa de Actuación Urbanística.
El TSJ desestimó la petición porque «no se concreta ni acredita los posibles perjuicios que se derivarían de la no adopción de la medida cautelar», y que los que cita «son fácilmente identificables mediante la correspondiente indemnización».
En el auto del TSJ no consideró que el interés general «demandara la suspensión» y, en relación al abastecimiento de agua reconocía la existencia de un «expediente de concesión de aguas subterráneas para la modificación de características o condiciones del aprovechamiento inscrito en el Registro de aguas, que se tramita en la Confederación Hidrográfica del Segura a instancias de 'San José Inversiones y Proyectos Urbanísticos, S. A.'». Además, «en el Plan Parcial se contempla la ejecución de una planta desaladora y potabilizadora a ejecutar en el sector».
Falta de abastecimiento
Por el contrario, el Supremo considera que «el motivo debe de prosperar» , ya que el anterior Auto da «una valoración, provisional y limitada, de los fundamentos de la pretensión articulada y, frente a ellos, la Sala ha considerado que debía prevalecer el desarrollo urbanístico implícito en los Acuerdo impugnados, sin tomar en consideración las alegaciones que insistían, desde la perspectiva de la legalidad de fondo, en la ausencia de un abastecimiento de agua suficiente y proporcional con el desarrollo urbanístico proyectado». Por tanto, acuerda la suspensión cautelar hasta que se acredite «la suficiencia de los recursos hídricos necesarios para el desarrollo urbanístico en proyecto».
El alcalde, Francisco Abellán, explicó ayer que la primera demanda fue presentada por un vecino, Pascual Carrión, que tiene una explotación ganadera en esa zona, y que pedía que el Plan Parcial se hiciera más pequeño y así no afectara tanto a su parcela, sobre todo el tendido eléctrico que iba a darle energía a la urbanización, que en un primer momento iba a contar incluso con más viviendas. La denuncia de Carrión, sin embargo, no tiene relación con la que ahora ha estimado en su recurso el Supremo, que se refiere al suministro de agua.
Tras la sentencia del Tribunal Supremo será el promotor el que se planteará, si le interesa, hacerlo más pequeño y que se ajuste al Auto del Supremo. No obstante, Abellán quiso dejar claro que los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento de Jumilla estaban, en su momento, ajustados a los informes técnicos favorables y al Plan General de Ordenación Urbana.






* La Verdad - 26.12.09 - 00:29 - I.M. / G. H. / EP | MADRID / MURCIA
Foto: Pascual Carrión Guardiola junto a su rebaño en el año 2003, cuando inició su lucha para que el tendido eléctrico de la futura urbanización no afectara su explotación ganadera. :: JUAN LEAL, laverdad.es


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Valencia: Sobre los jardines de Monforte

JULIO LACARRA LÓPEZ* : El presidente de la asociación de Amigos de los Jardines Valencianos defiende no sólo el mantenimiento del muro de Monforte sino la reapertura del acceso público desde el palacete. El intento de eliminación del muro de los jardines de Monforte y su sustitución por una verja constituye un eslabón más en la larga serie de agresiones que el jardín ha padecido por parte de su actual propietario, el Ayuntamiento de Valencia. La mala gestión de este Bien Cultural, que obliga a los ciudadanos a visitarlo por la puerta de atrás (un añadido de los años 70 del pasado siglo) origina declaraciones tales como las del concejal señor Bellver o las de la señora Broseta, presidenta de la Federación de Asociaciones de Vecinos de Valencia en las que siempre hablan del «singular parque», eludiendo la condición de jardín histórico-artístico que caracteriza a Monforte.

Nos resulta del todo indignante que este relevante jardín valenciano sea únicamente accesible por una puerta trasera que impide la comprensión del programa iconológico expuesto en la entrada histórica y además evita la percepción sensorial de un espacio que desde su origen marca diferentes direcciones. La entrada por el Palacete o Pabellón de Descanso es la que permite comprender el jardín y emocionarse con sus ambientes tan diferentes, resguardados por ese muro que ahora se pretende eliminar.
No nos olvidemos que nos encontramos ante un Bien de Interés Cultural al haber sido declarado en el año 1940 Jardín de Interés Histórico Artístico y no en un jardín de barrio con pipican.
Tras varios años de instancias y papeles con el Ayuntamiento de Valencia (su propietario) y con la Consellería de Cultura, sin conseguir que el Palacete sea abierto al público como medio de acceso al jardín (se alega que está dedicado a bodas, que Protocolo tiene allí las oficinas, que hay un comedor de trabajadores.) se denunció esta situación ante los tribunales y se iniciaron dos procedimientos contencioso-administrativos.
En uno de ellos, la mismísima Directora General de Patrimonio, doña Paz Olmos Peris, dio a entender en fase probatoria (pues fue llamada como testigo por parte nuestra) que el jardín y el palacete eran entidades diferentes, cuando la misma Consellería, en su catalogación de Bienes Culturales, incluye dentro de la misma unidad (como no puede ser de otra manera) el jardín y el palacete. El acceso se define a través del zaguán del pabellón de descanso, es más, se describen con detalle los valores arquitectónicos del Palacete. En concreto, se dice textualmente: «En consonancia con el carácter señorial del jardín se conserva el pabellón de recreo, especie de palacete construido a iniciativa del propio Marqués de San Juan, y cuya puerta es paso obligado y único al jardín».
La no apertura al público del palacete, y la falta de difusión adecuada tanto en los medios de comunicación como en los centros de información turística y cultural ha sido acreditada por esta Asociación en los referidos procedimientos judiciales pudiéndose comprobar fácilmente este extremo, por ejemplo, consultando la Oficina Municipal de Turismo. El Plan Especial de Protección del BIC tampoco ha sido elaborado por el Ayuntamiento. Nos preguntamos si todo ello tiene que ver con el uso que se le ha atribuido, en ningún caso incompatible con lo que la Ley de Patrimonio determina y esta Asociación reclama, siempre que se adopten las correspondientes medidas de seguridad tal y como refiere la Ordenanza de Parques y Jardines de Valencia, que en todo caso habrían de establecerse estuvieran o no dichas oficinas por la relevancia del BIC (Bien de Interés Cultural). Las administraciones y entidades de la Comunitat Valenciana puedan destinar el ejercicio de una actividad pública en estos inmuebles siempre y cuando no se desvirtúen los valores históricos, artísticos o culturales de los edificios integrantes del patrimonio cultural del que sean titulares, previo informe de la Consellería.
El objetivo de la Asociación AJAVA es conseguir que el Ayuntamiento de Valencia y la Consellería de Cultura recuperen el respeto por el Jardín de Monforte manteniendo el muro y abriendo la entrada histórica al mismo y cumpla con las obligaciones que la legislación vigente prescribe, a fin de que se recuperen las medidas de protección y fomento necesarias para que todos los ciudadanos puedan contemplar y disfrutar de esta obra de arte que es herencia de la capacidad colectiva de un pueblo. En un estado democrático estos bienes deben estar adecuadamente expuestos al servicio de la colectividad en el convencimiento de que con su disfrute se facilita el acceso a la cultura y ésta es en definitiva el camino seguro hacia la libertad y el bienestar de todos los ciudadanos de esta hermosa Comunitat y de este maravilloso país.







* Las Provincias - Opinión - 26.12.09

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Telde: Turcón pide la dimisión del edil de Urbanismo por su "escandaloso" proceder en la legalización de Las Terrazas

TELDEACTUALIDAD/Gran Canaria: El colectivo Turcón-Ecologistas en Acción pide la dimisión del concejal de Urbanismo de Telde por el “escandaloso” proceder del Ayuntamiento en la legalización y apertura del Centro Comercial Las Terrazas, sito en la costa de Jinámar.La organización recuerda en un comunicado que en un principio "se negó" al colectivo Turcón la posibilidad de ver el expediente administrativo y ahora en sede judicial los ecologistas han ratificado todos los extremos de sus denuncias.

Añaden que han recurrido todos los actos administrativos relacionados con el Parque Marítimo de Jinámar, "desde el inicio de las obras de urbanización en el año 2003 que ya posee una sentencia firme confirmando las denuncias ecologistas".

De este modo, señalan que las últimas demandas efectuadas contra el Ayuntamiento de Telde en los juzgados de Lo Contencioso-Administrativo dan como resultado la presentación por parte de los juristas de Turcón de un documento de más de doscientos folios donde se argumentan las supuestas irregularidades.

El colectivo recuerda que el Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Las Palmas de Gran Canaria emitió un auto de fecha 1 de abril de 2009, por el que aceptó la petición de Turcón para la acumulación de los expedientes que contiene los actos administrativos impugnados referidos, entre otros, al acuerdo de la junta de gobierno local del Consistorio donde se aprobó el proyecto de urbanización del equipamiento estructural del Parque Marítimo de Jinámar.

A ello se suma la impugnación de la licencia de apertura de establecimiento para dedicarlo a la actividad de Parque Marítimo de Jinamar, SL.- Centro Comercial de Las Terrazas y el decreto de 11 de noviembre de 2008 por el que se otorga definitivamente la licencia de apertura al promotor del Centro Comercial Las Terrazas.

"Legalización encubierta de las obras"
Una vez examinada toda la documentación que contienen los siete tomos del expediente judicial, Turcón denuncia la "legalización encubierta de las obras y la autorización para la apertura del Centro Comercial sin cumplir los parámetros exigidos". Asimismo, Turcón informa de que ha puesto en manos del juez todas las supuestas irregularidades detectadas, solicitando que "se profundice en la investigación por si pudiera existir otro tipo de responsabilidades".

"Como ejemplo de los trapicheos del concejal de Urbanismo", aluden a una "dispensa" presentada al pleno del 31 de octubre de 2008 por el edil, a fin de solicitar al Consejo de Gobierno de Canarias que "adopte acuerdo de dispensa previsto en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias.

Los ecologistas argumentan que esta petición de dispensa tiene que ver con que "el proyecto presentado dispone de unos 1.000 metros cuadrados en exceso que contribuye a garantizar la evacuación del edificio".

Añaden que el debate plenario es posterior a la inauguración oficial del Centro Comercial de Las Terrazas --20 de octubre de 2008--, y a diez días de la concesión de la Licencia de Apertura que se pretende anular por Turcón.

"Descalabro de la Administración"
Según los ecologistas, el concejal de Urbanismo dijo al resto de miembros de la corporación que "se cumple con todos los trámites, y sorprendentemente después no la eleva al consejo de gobierno de canarias, tal como se acordó en el Pleno Municipal y, lo más grave, se concede la licencia de apertura".

"Este hecho en sí mismo demuestra, además del descontrol del concejal de Urbanismo, el descalabro de una administración a merced de unos determinados intereses, y que los hechos consumados son la tónica general en este proyecto", sostiene Turcón.

De este modo, tras analizar toda la documentación en vía judicial y comparando con el resto de documentos existentes en poder de este colectivo, los ecologistas reclaman la dimisión del responsable de Urbanismo del Ayuntamiento de Telde porque, a su juicio, "ha dejado de ser garante de los intereses del municipio, así como no ha sido capaz de velar por la legalidad vigente en Jinámar".

Comunicado íntegro de Turcón
Primeramente se negó al Colectivo Turcón la posibilidad de ver el expediente administrativo y ahora, en sede judicial, los ecologistas ratifican todos los extremos de sus denuncias. Como recordarán, los ecologistas de Turcón, han recurrido todos los actos administrativos relacionados con el Parque Marítimo de Jinámar, desde el inicio de las obras de urbanización en el año 2003 que ya posee una sentencia firme confirmando las denuncias ecologistas.

Pues bien, las últimas demandas efectuadas en los juzgados de lo contencioso-administrativo da como resultado la presentación por parte de los juristas de Turcón contra el Ayuntamiento de Telde, de un documento de más de doscientos folios donde se argumentan las supuestas irregularidades.

El Juzgado Contencioso-Administrativo nº. 1 de Las Palmas de Gran Canaria, emitió un auto de fecha 1 de abril de 2009, por el que aceptó la petición de Turcón para la acumulación de los expedientes que contiene los actos administrativos impugnados y que son los siguientes:

 Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Telde realizado el día 30 de julio de 2008 donde se “aprueba con carácter retroactivo a la fecha 15-12-2003 el Proyecto de Urbanización del S.U.S.O. Equipamiento Estructural 1-3-5 Parque Marítimo de Jinámar, cedido por la entidad mercantil Parque Marítimo de Jinámar SL. y asumiendo el M.I. Ayuntamiento de Telde las iniciativas en el sistema”.

 Decreto nº 5.470 de fecha 31 de octubre de 2008, por el que se recepciona la urbanización y resuelve la licencia de apertura, expediente nº 1.491/2005. Licencia de Apertura de establecimiento para dedicarlo a la actividad de Parque Marítimo de Jinamar, SL.- Centro Comercial de Las Terrazas.

 Denegación de la condición de interesado en un expediente administrativo. Contestación del Ayuntamiento de fecha 7 de noviembre de 2008 por el que no accede a la petición de Turcón en los expedientes administrativos de la licencia de apertura y otros referidos al Parque Marítimo de Jinámar.

 Decreto nº 5.635 de fecha 11 de noviembre de 2008 por el que se otorga definitivamente la licencia de apertura al promotor del Centro Comercial Las Terrazas.

Una vez examinada toda la documentación que contienen los siete tomos del expediente judicial, Turcón denuncia la “legalización encubierta de las obras” y la autorización para la apertura del Centro Comercial sin cumplir los parámetros exigidos. Asimismo, Turcón informa que ha puesto en manos del Juez todas las supuestas irregularidades detectadas, slicitando que se profundice en la investigación por si pudiera existir otro tipo de responsabilidades.

Como ejemplo de los trapicheos del Concejal de Urbanismo, recordamos el tema de la famosa dispensa. Las fuerzas políticas de Telde respaldaron una solicitud de dispensa presentada al Pleno del 31 de octubre de 2008, por el Concejal de Urbanismo, José Antonio Perera, que decía así:

Solicitar al Consejo de Gobierno de Canarias para que adopte acuerdo de dispensa previsto en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias, aprobada por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.

Viene esta petición de dispensa porque el proyecto presentado dispone, … de unos 1.000 m2 en exceso que contribuye a garantizar la evacuación del edificio.., y en otro apartado nos dice la propuesta del Concejal que “Sin lugar a dudas, las dispensas sólo son admisibles en supuestos previstos legalmente, pues suponen una quiebra del principio de igualdad”.

Todo este debate plenario es posterior a la inauguración oficial del Centro Comercial de Las Terrazas (20 de octubre de 2008), y a diez días de la concesión de la Licencia de Apertura que ahora se pretende anular por Turcón.

El Concejal de Urbanismo dice al resto de miembros de la corporación que se cumple con todos los trámites, y sorprendentemente después no la eleva al Consejo de Gobierno de Canarias, tal como se acordó en el Pleno Municipal (así consta en el expediente judicial) y, lo más grave, se concede la Licencia de Apertura. Este hecho en sí mismo demuestra, además del descontrol del Concejal de Urbanismo, el descalabro de una administración a merced de unos determinados intereses, y que los hechos consumados son la tónica general en este proyecto.

Turcón después de analizada toda la documentación en vía judicial y comparando con el resto de documentos existentes en poder de este Colectivo, concluye, como primer paso, pedir la dimisión del Concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Telde porque ha dejado de ser garante de los intereses del municipio, así como no ha sido capaz de velar por la legalidad vigente en Jinámar.






* Telde Actualidad - 26.12.09
Foto: teldeactualidad.com

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