Imputado el alcalde de Zarza de Tajo en un presunto delito de corrupción urbanística

EUROPAPRESS/Cuenca* : El alcalde de Zarza de Tajo (Cuenca), Roberto López Infantes, declaró ayer en el Juzgado nº2 de Tarancón por un presunto delito de corrupción urbanística que denunciaron sus propios vecinos. López Infantes, del Partido Independiente, es promotor inmobiliario y entre su patrimonio figuran bienes inmuebles, cinco empresas de construcción, 27 vehículos -algunos de alta gama- e incluso una avioneta.

La denuncia surgió de varios vecinos del municipio que aseguraron que el primer edil se ha lucrado gracias a la recalificación de terrenos y a la venta de naves industriales en este pueblo de apenas 200 habitantes.

La acusación particular, en declaraciones a Ser Tarancón recogidas por Europa Press, calificó como "escandaloso" el patrimonio que tiene el imputado desde que juró su cargo de alcalde en el Ayuntamiento. El abogado de la acusación, José Romero, criticó que el primer edil "resta importancia a todo". "Le resta importancia a su hangar, a su avioneta y a su ostentoso patrimonio, diciendo que tiene lo que tenía, más o menos", apuntó.

ENFRENTAMIENTO VECINAL

Por su parte, el abogado del imputado, Gonzalo Domínguez, defendió hoy en rueda de prensa que "todo se debe a un enfrentamiento vecinal" y aseguró que no se han hecho construcciones ilegales y recordó que el alcalde no tiene dedicación exclusiva en el consistorio, por lo que puede dedicarse a negocios particulares. Además, rechazó un supuesto atentado contra el plan de ordenación del territorio y de construcciones ilegales, resaltó que el patrimonio del alcalde no es tan alto como se quiere aparentar y justificó el patrimonio de López Infantes con la actividad económica generada por cualquier constructora española en los últimos años.

"Como titular de empresas de construcción y material de construcción, por las construcciones realizadas, más fuera de Zarza que dentro de Zarza, ha venido experimentando el progreso que han experimentado estos años atrás".

Según Domínguez, todo se debe a una rencilla vecinal, por lo que se mostró confiado en que no se juegue con los 200 puestos de trabajo que ha creado el primer edil en las dos legislaturas que lleva en el mandato, gracias a la construcción de naves industriales en el municipio, donde se ya han asentado varias empresas.

El abogado recordó que la LOTAU permite la construcción en suelo rústico cuando los municipios carecen de suelo industrial, como es el caso de Zarza de Tajo.

Por otra parte, Gonzalo Domínguez mostró su disconformidad ante la actuación de la Guardia Civil en el registro de las propiedades del imputado.

"En esas diligencias de registro y entrada, que se desarrollaron de forma vergonzosa por más de una docena de agentes que, efectivamente, no cabían en las dependencias, ni en el Ayuntamiento, ni en las empresas y propiciaron un gran revuelo social, no encontraron nada", criticó Domínguez.

De otro lado, tras la queja del abogado de la acusación particular, José Romero, por la ausencia de la Fiscalía Anticorrupción en la declaración de López Infantes, Domínguez aseguró que no se presentó ningún miembro de la Fiscalía porque no tiene más trascendencia que un enfrentamiento vecinal.

"Si ayer no estaba aquí la Fiscalía Anticorrupción, que parece que era lo que se esperaba, es porque la propia Fiscalía tiene una seriedad y ha evaluado el tema y se ha dado cuenta de que el tema no tiene más trascendencia que un enfrentamiento entre dos vecinos del pueblo", concluyó el abogado.

Por el momento no se ha tomado ninguna medida contra el imputado y el caso continúa en fase de instrucción.





* Europa Press - CUENCA, 17 Sep 2008

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El TSJC declara nulas las licencias del Hotel Princesa Yaiza en Lanzarote

LAPROVINCIA* : La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una sentencia en la que estima el recurso interpuesto por el Cabildo de Lanzarote contra las licencias que el alcalde de Yaiza concedió el 1 de junio de 1998 y 10 de enero de 2001 a la empresa "Hotelera de Yaiza S.A." para la construcción de un hotel de 660 plazas en la parcela "B" del Plan Parcial Costa Papagayo.

Según un comunicado de la corporación insular, el Alto Tribunal notificó dicha resolución el pasado 15 de septiembre de 2008, en el que estima el recurso formulado por el Cabildo de Lanzarote y declara nulas de pleno derecho las licencias que el alcalde de Yaiza concedió al Hotel Princesa Yaiza.

Agrega que dichos permisos fueron otorgados por el ayuntamiento aplicando únicamente un plan parcial aprobado en 1974, que no adaptado al Plan Insular, sin contar con el informe previo, preceptivo y vinculante del Cabildo de Lanzarote que para la autorización de obras en los planes inadaptados resulta requisito absolutamente necesario y exigido por Ley, al tratarse de un planeamiento jerárquicamente superior al municipal.

"Como en todas las licencias recurridas por el Cabildo, el informe ni siquiera se solicitó en este caso", asegura el Cabildo. Dicho informe fue emitido por la Oficina del Plan Insular durante la defensa del procedimiento judicial y en el mismo se advierte la incompatibilidad del proyecto de hotel autorizado en los dos actos municipales recurridos con el Plan Insular de 1991 y con las propias ordenanzas del Plan Parcial, aunque sobre el análisis de estas cuestiones materiales y sus consecuencias no se pronuncia la sentencia porque el Tribunal considera que habrán de ser consideradas en la fase de ejecución.

Al entender de la corporación insular, el TSJC "confirma, una vez más, la prevalencia y superioridad del Plan Insular de Lanzarote y su fuerza obligatoria y vinculante para todos los ayuntamientos".


NO SE EXCLUYE LA DEMOLICIÓN. Sobre las consecuencias del fallo también advierte en el Fundamento Octavo de su Sentencia, una vez declarada la nulidad de las licencias ello significa que "desaparecen del mundo jurídico dichos actos, lo que significa que cualquier obra amparada en dicha licencia queda sin cobertura jurídica, con las consecuencias materiales que de ello se deriven, entre las que no se excluye la demolición".

La resolución concluye "reconociendo expresamente el derecho del Cabildo de Lanzarote al restablecimiento del orden jurídico alterado --por los actos anulados-- que es la consecuencia de toda anulación de una licencia que autoriza un acto edificatorio".

Con esta nueva sentencia (la número 25 de las que se han dictado en los recursos formulados por el Cabildo), contra la que no cabe interponer recurso, han quedado anuladas todas las licencias que ampararon la construcción de dicho establecimiento hotelero y su actual anexo (inicialmente conocido como Aparthotel Son Bou), cuya licencia fue anulada en Sentencia de este mismo Tribunal el 31 de octubre de 2005 y confirmada por el Tribunal Supremo en reciente sentencia del 24 de abril del presente año.





* La Provincia - EUROPA PRESS - ARRECIFE/LANZAROTE - 17 de septiembre de 2008
Foto: Yaiza (Lanzarote), hotel Princesa Yaiza - google.com

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Vitoria: El fiscal pide seis meses de cárcel para Ibarrondo por prevaricación urbanística

ELCORREO* : El proceso contra el ex concejal popular Jorge Ibarrondo por un presunto delito de prevaricación urbanística sigue adelante. El pasado mes de julio la jueza que lleva el caso, Ana Jesús Zulueta, emitió el auto en el que se admitía la apertura de juicio oral.

La defensa del ex edil no recurrió la resolución, según confirmaron fuentes jurídicas. Ahora la Fiscalía formula el escrito de acusación: pide una pena de seis meses de prisión para Ibarrondo, su inhabilitación para el cargo de concejal durante siete años y que pague el derribo del séptimo chalé que permitió construir, «contraviniendo la norma municipal», en una parcela que por sus dimensiones «sólo admitía seis», según las acusaciones personadas en el caso. Además, el Ministerio Público solicita que se abra un proceso para determinar «las responsabilidades pecuniarias del acusado» y que se le exija una fianza para hacerles frente.

En este punto, ya están sobre la mesa las cartas que decidirán la resolución del conocido como 'caso Ali'. La historia se remonta al año 2003. El 16 de septiembre Ibarrondo, siendo concejal delegado de Ordenación del Territorio y Vivienda de Vitoria, denegó una licencia de obra a la empresa Salgado Iglesias S.A. La constructora pretendía levantar siete chalés en una parcela de su propiedad situada en el número 24 de la calle Ali. El motivo de la negativa era que la finca tenía una superficie de 1.974,85 metros cuadrados, según el Catastro, y para construir siete casas la normativa municipal requiere 2.000 metros. La empresa recurrió, y el concejal volvió a reiterar su negativa el 4 de marzo de 2004.
Pese a todo, Salgado Iglesias S.A. volvió a presentar la misma solicitud el 15 de diciembre de 2004. El Servicio de Régimen Jurídico de Edificaciones del Ayuntamiento mantuvo el criterio municipal y emitió una propuesta de resolución negativa, pero Ibarrondo cambió de opinión. Dice la Fiscalía que no hubo ni informe técnico ni motivo alguno que justificase este comportamiento. De hecho, tanto el fiscal como la jueza -en el auto en el que admitía la apertura de juicio oral- mantienen que el concejal «ocultó» a los servicios jurídicos municipales su resolución favorable a que la constructora levantase siete chalés, que se produjo el 1 de junio de 2005.
Responsabilidad municipal
Para explicar este cambio de criterio y la concesión de la licencia de obra, Ibarrondo alegó que los antecedentes catastrales de 11 de mayo de 1988 «acreditan que la parcela disponía de una superficie de 2.160 metros cuadrados». Y añadía que la medición que le otorga 1.974,85 metros «no ha tenido en cuenta la pérdida de superficie por la regularización del lindero común con el PERI-2 de Ali».
En el Ayuntamiento supieron que las casas habían sido construidas cuando la empresa solicitó la licencia de primera ocupación, y entonces salió a la luz el escándalo. Según recuerda la Fiscalía en su escrito de acusación, seis de las casas ya fueron vendidas a terceras personas, y la séptima sigue siendo propiedad de Salgado Iglesias S.A. Ahora, aparte de las penas para Ibarrondo, el fiscal pide el derribo de este séptimo chalé, y que sea «a cargo del acusado». También apunta al Consistorio como responsable civil subsidiario.





* El Correo Digital - 17.09.08 -LUIS LÓPEZ
Foto: Vitoria-Gasteiz, ayuntamiento - Miguel A. Garcia (vitoria-gasteiz.org)

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El fiscal superior de Andalucía defiende la demolición para combatir los delitos urbanísticos

IDEAL* : El fiscal superior de Andalucía, Jesús García Calderón, se mostró ayer partidario de aplicar la demolición «como regla general» cuando se produzca un delito urbanístico, de modo que la no aplicación de esta medida sea «una circunstancia excepcional». El fiscal hizo estas declaraciones con motivo del curso 'El Derecho a la vivienda en el marco de la legalidad urbanística' que organiza el Centro Mediterráneo de la Universidad de Granada y el Consejo Consultivo de Andalucía, en Almuñécar.

García Calderón habló en su ponencia sobre 'La perspectiva de la protección penal de la ordenación del territorio y el urbanismo' y consideró asimismo que en este ámbito confluyen muchas cuestiones.

El fiscal superior centró la mayor parte de su intervención en explicar la filosofía y la penalidad que recoge el artículo 319 del Código Penal, que hace referencia a la situación de aquellos promotores o constructores o técnicos directores, que llevan a cabo una construcción no autorizada en suelo destinados viales, zonas verdes o lugares que tengan administrativamente reconocido su valor paisajístico, ecológico, artístico o histórico cultural.

García Calderón, que reconoció que el sistema podría mejorarse para este sector del urbanismo y la parcelación ilegal, se ha referido a los problemas técnicos y jurídicos en esta materia, y ha considerado que la delincuencia urbanística «requiere una respuesta institucional coordinada». Al respecto, añadió que es un tipo de delincuencia que presenta un elenco de actividades delictivas muy diversas y heterogéneas. «Hay situaciones que afectan a particulares que se han visto abocados en esta situación por distintas circunstancias. También presenta caracteres de delincuencia organizada y por ello cada una tiene que ser examinada para los casos concretos», señaló.

Para García Calderón, es urgente buscar «la aplicación uniforme» de la Ley Penal para que tenga el desarrollo adecuado del Estado de la autonomía. El fiscal dijo que el verdadero efecto disuasorio en la delincuencia urbanística es un efecto de naturaleza económica y muy vinculado a la real y efectiva demolición de lo construido, ya que ha sido alterada contraviniendo la legislación urbanística.

Por otra parte, manifestó que aunque los instrumentos legislativos sean muy defectuosos y tengan que ser modificados, no impide el que sí se pueda combatir la delincuencia urbanística. García Calderón expresó que la delincuencia urbanística incide en la subida del precio de la vivienda. Además señaló la importancia de que los cuerpos policiales se especialicen en estos delitos al igual que lo han hecho los fiscales.




* Ideal - 17.09.08 - L. U.
Foto: Estepona (Málaga), derribo hotel Prasa - urbanismopatasarriba

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