El TSJA anula el plan urbanístico de Llanes por su «directa vulneración de la legalidad»

MarcelinoGUTIÉRREZ.- El Comercio* : "El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha anulado el plan urbanístico de Llanes por segunda vez en menos de diez años y a menos de dos meses de las elecciones. Los magistrados de lo Contencioso-Administrativo consideran que la elaboración y aprobación del documento comportaron una «directa vulneración de la legalidad urbanística». El fallo señala que las notables modificaciones que introdujo la CUOTA deberían haber pasado a información pública. El tribunal cree injustificada la inclusión de nuevos núcleos urbanos y urbanizaciones de la norma derogada en 1997. El documento constituía el soporte legal para la construcción de cinco mil viviendas en el municipio.


El fallo supone la contundente respuesta al recurso presentado en 2002 por Andecha Astur. Esta formación política denunció la aprobación por parte de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) de un Plan General de Ordenación Urbana que incluía las grandes áreas residenciales de las normas anuladas por la misma instancia judicial cinco años antes.

La resolución de la sala que preside Julio Luis Gallego incluye una amplia enumeración de las razones por las que el texto, que pretendía servir de soporte legal a la construcción de cinco mil viviendas, «no se ajusta al ordenamiento jurídico». Su principal argumento es la decisión del Principado de aprobar por unanimidad el texto el 10 de julio de 2002 con la condición de que la Administración local aceptase 16 de los 54 recursos presentados por los particulares e importantes limitaciones en las principales áreas de actuación. Con estos cambios, el equipo de gobierno de Llanes, del PSOE, presentó un texto refundido que fue ratificado en abril de 2003.

Según el criterio de los jueces, la propuesta municipal vulneraba la legalidad y la Administración regional no podía aprobarla en ningún caso. «Tendría que haber aplazado la aprobación hasta que se garantizara la participación de los ciudadanos».

El tribunal señala que las «deficiencias» corregidas por la CUOTA fueron tan importantes que deberían haber sido sometidas a alegaciones. Entre otros aspectos, pidió justificar de nuevo el carácter urbano de los suelos de Niembro, Barro, Nueva, Poo y Toró. También sometió a numerosas condiciones el desarrollo de las urbanizaciones previstas en Celorio, La Llavandera, Llanes y Posada, y reclamó la ampliación de los informes urbanísticos, históricos, etnográficos y económicos que sustentaban las propuestas del equipo redactor. Para subsanar estos errores, el Pleno de Llanes remitió al Principado una nueva propuesta acompañada de un informe del redactor del plan, otro del arquitecto municipal y un dictamen del secretario municipal.

Informes

A juicio del Superior de Justicia, las abundantes carencias aún estaban muy lejos de quedar solventadas por estos informes. «Y en definitiva, la Administración autonómica aprueba la clasificación como suelo urbano de unos terrenos que no se acredita que tengan tal carácter y sustrae relevantes elementos de juicio al debate en fase de información pública, que constituye una de las más importantes formas de control democrático del planeamiento», concluye la sentencia, que incluso reprocha a la Administración haber convertido «la participación ciudadana en una simple formalidad o apariencia».

Otro de los elementos que sustentan la decisión de los jueces es la inclusión de las urbanizaciones previstas en las normas subsidiarias anuladas en 1997. El fallo establece que este intento de «convalidación», defendido tanto por los técnicos que realizaron el plan como por el entonces alcalde de Llanes, Antonio Trevín, no respeta la exigencia de elaboración de planes parciales para cada una de las actuaciones.

Las cinco promociones más importantes de la ordenación derogada fueron 'legalizadas' con una única y somera referencia: «Se declaran vigentes los instrumentos de planeamiento y gestión aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de este plan, cuyas determinaciones se ajusten al mismo y que son los siguientes: Plan Parcial de La Talá, Plan de La Huertona, La Llavandera, el Polígono Industrial de Posada y la Unidad de Actuación de El Sablón». Cada una estas actuaciones también debería haberse sometido a información pública de forma independiente.

De 'coste cero'

Ni siquiera la memoria inicial de la que parte el Plan General resulta bien librada. En este punto, el tribunal indica que es «forzoso reconocer» que estos criterios básicos, planteados ya al inicio de la tramitación «no son congruentes» con las soluciones adoptadas. Sobre este aspecto, destaca que no se recogen las fuentes de financiación con las que se pretenden acometer actuaciones de «coste cero», como dotaciones deportivas al aire libre en Celorio o en espacios libres de Pancar, Barro, Niembro o El Humedal. Aún más: «la capacidad inversora del Ayuntamiento no permite asegurar la viabilidad financiera del plan», a pesar de que la aportación municipal es sólo el 3,39%.

Este varapalo judicial fue recibido ayer con evidente preocupación por las administraciones responsables de su tramitación y los empresarios. En cambio, el PP ve en la decisión de los magistrados una de sus principales bazas electorales en Llanes. La norma hasta ayer considerada «ejemplar» por el Ayuntamiento y el Gobierno asturiano queda a expensas de un posible recurso ante el Tribunal Supremo. Y cinco mil viviendas, la base del desarrollo del municipio en los próximos quince años, se cobijan ahora bajo una absoluta incertidumbre legal. Igual que hace diez años. ANTONIO TREVÍN




*El Comercio - 12 de abril de 2007
Foto: LLANES. Zona Este de la villa, donde el Plan General de Ordenación Urbana autorizaba la construcción de quinientas viviendas. / DAVID ESPINOSA


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