Condenado el ex alcalde de La Iruela por permitir urbanizaciones ilegales

IDEAL/Jaén* : Habrá quien diga que la condena de seis meses de inhabilitación al ex alcalde de La Iruela, Antonio C.L., y otros cuatro compañeros de Corporación (todos del PSOE) por delitos urbanísticos se queda en nada, pues ya ninguno ocupa cargo público. Sin embargo, la sentencia, que ya es firme pues se obtuvo por conformidad, marca un hito: por primera vez se condena a un responsable político en la provincia por permitir que en el territorio de su competencia proliferen urbanizaciones ilegales.

Y nada menos que en Arroyo Frío, pedanía de La Iruela y lugar de máxima proliferación del ladrillo en el parque natural señero de la provincia y uno de los más importantes por su valor ecológico de toda Andalucía.

Antonio C.L. y sus compañeros de Corporación miembros de la Comisión de Gobierno entre 1995 y 2001 Serafín V.T., José Ramón G.P., José Luis G.R. y Martín F.L. se declararon ayer culpables ante el magistrado José Antonio Lucini, titular del Penal 1. Así que admitieron que permitieron «a pesar de tener conocimiento» -según la acusación del Fiscal con la que se mostraron conformes- «la realización de todo tipo de construcciones con importantes irregularidades urbanísticas» en suelo especialmente protegido. Hay viviendas construidas sin proyecto, una urbanización de apartamentos y viviendas que se hizo en tres fases, otra urbanización de apartamentos y hasta un campamento juvenil.

Suavizó los cargos

El Fiscal pedía inicialmente dos años de inhabilitación para empleo o cargo público contra los acusados. Sin embargo, suavizó los cargos que presentaba para lograr una conformidad: eliminó de su escrito de acusación la referencia al artículo 74 del Código Penal que indicaba que los responsables políticos de La Iruela actuaron según «un plan preconcebido» a la hora de consentir las irregularidades urbanísticas. De forma que sólo dejó el reproche para la omisión de deber de vigilancia, sin considerarlo un delito continuado como sostenía en principio. Así que la pena que finalmente reclamó, y que fue aceptada por los condenados, fue de seis meses, la mínima que contempla el Código Penal para este tipo de conductas.

También se elimina de la sentencia cualquier responsabilidad civil que pudieran tener los acusados en la reparación del daño causado por su actuación (en este caso, por su no actuación). El fallo será comunicado a Medio Ambiente para que la Junta tome, si lo estima oportuno, medidas de reparación del daño causado a la naturaleza desde el ámbito administrativo.

En el mismo juicio fue absuelto Pablo B.S., técnico del Ayuntamiento, contra el que el Fiscal retiró los cargos por ser beneficiario junto a su esposa de la licencia para construir un hotel. El Ministerio Público modificó su escrito de acusación para afirmar que no queda acreditado que fuera funcionario público. Letrados del resto de acusados indican que estaba contratado por obra y servicio en el Ayuntamiento, pero que no incurrió en negociación prohibida a funcionario porque no era funcionario. Le pedían la condena más dura, de nueve meses de prisión.

INHABILITACIONES
• Primera condena a un alcalde por urbanismo: Lo más parecido fue la inhabilitación de Juan Ramón Romero (La Guardia) por prevaricación al modificar días antes de salir de la alcaldía un convenio urbanístico del Ayuntamiento con un histórico militante socialista.

• ¿Habrá más?: Media docena de alcaldes de la provincia han sido imputados en casos similares.






* Ideal - JUAN ESTEBAN POVEDA J. E. P - 16.10.2008
Foto: La Iruela (Jaén), ayuntamiento - cazorla.es

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