El TSJA desestima el recurso de Nerja contra el Plan Comarcal del Territorio

SUR/Málaga* : Nuevo revés judicial para el Ayuntamiento de Nerja, después de las dos sentencias adelantadas por este periódico en los últimos meses, la primera, en mayo pasado, en la que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) obliga a indemnizar a una empresa por la expropiación, por debajo de su valor, de parte de los terrenos donde se ha previsto la construcción de la futura depuradora; y la segunda, conocida esta misma semana, en la que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº5 de Málaga anula el planeamiento del polígono industrial de Castillo Alto. Ambas han sido recurridas por el gobiernod local del PP. Ahora el TSJA ha desestimado íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto a finales de 2006 por el Ayuntamiento nerjeño en contra del Plan de Ordenación del Territorio de la Axarquía (POTAX), aprobado por la Junta de Andalucía en el decreto 147/2006 de 18 de julio.

Entre otras cuestiones que afectan al planeamiento urbanístico del municipio, este documento anuló la clasificación como suelos urbanizables de los terrenos del campo de golf de La Coladilla, que el Ayuntamiento vendió cuatro años antes a la multinacional Medgroup por quince millones de euros. Estos suelos estaban reconocidos como urbanizables en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), que la propia Junta de Andalucía aprobó en el año 2000.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso SUR, el Ayuntamiento nerjeño denunciaba que la aprobación del POTAX era contraria a derecho ya que «fue anterior al Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, por desconocer el derecho de participación y audiencia de la actora y por omisión en su tramitación del trámite de evaluación ambiental», según recoge el fallo, que puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo.
Asimismo, el Consistorio nerjeño, gobernado con mayoría absoluta por el PP desde 1999, entiende que el plan urbanístico de la Junta «desconoce asimismo la autonomía de los municipios al proceder indebidamente a la clasificación de suelo, vulnerando igualmente la legislación sobre dominio público», según se recoge en la sentencia.
Sin embargo, el alto tribunal andaluz va desmontando, a lo largo de las doce páginas que componen este veredicto, los argumentos municipales, con alusiones a normativas regionales, nacionales, y europeas, así como a diversa jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. En el apartado séptimo, el TSJA se centra en la demanda del Ayuntamiento acerca de que el POTAX cambia la calificación de varias zonas del PGOU nerjeño, en concreto «Los Tablazos, Maro, Sanguino o en el sector del suelo urbanizable SUNP-RDT, que en la aprobación definitiva del documento pasaron a estar contempladas como tales zonas de interés territorial». A este respecto, el TSJA sostiene, citando la sentencia del Tribunal Constitucional 170/1989: «En relación entre el interés local y el supralocal es claramente predominante este último». «Es más, en ámbitos estrictamente urbanísticos, propios de la intervención local, las atribuciones no sólo en materia de ordenación del territorio sino en otras como el medio ambiente o incluso el urbanismo, autorizan también la actuación autonómica», señala también el TSJA.
Pleito con Medgroup
El alto tribunal asegura que el POTAX respetó la autonomía local constitucionalmente garantizada. En el fallo no se hace un pronunciamiento especial sobre las costas. El alcalde de Nerja, José Alberto Armijo (PP), dijo ayer a este periódico que no tenía constancia oficial de este fallo, pero que cuando lo tengan estudiarán si se puede recurrir. La sentencia podría sentar un precedente judicial en el pleito que mantiene Medgroup contra el Ayuntamiento, al que le reclama los 15 millones pagados al no poder ejecutar el campo de golf.




* Sur - 27.11.10< Foto: nerja - hotel-construido-en-dominio-publico - google

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