Alhaurín: El gran pelotazo de San Joaquín

DIARIOLATORRE/Málaga* : El próximo lunes, día 1 de febrero, a las ocho de la mañana, se celebrará un Pleno extraordinario y urgente, con un punto único: “La aprobación del convenio urbanístico de planeamiento entre el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre y los propietarios de la Finca San Joaquín”. La aprobación de este Convenio es un mero pretexto para transformar unos terrenos rústicos, de escaso valor, en terrenos urbanizables de un valor incalculable.

La futura Ciudad Deportiva Municipal puede construirse en los innumerables terrenos, que según nuestro Alcalde tiene el Ayuntamiento, sin necesidad de beneficiar a la familia del asesor jurídico de Urbanismo de nuestro Ayuntamiento, Sr. Lamothe, que entró a dedo a trabajar en el Consistorio y a la familia Portales. Los terrenos que ceden, según el Convenio, están calificados como Equipamiento de la citada Finca. Ese proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, 'Plan E 2' por el Estado de la Nación.

CONVENIO: La familia Lamothe y Estezuelas, S.L.(familia Portales parece ser) son propietarios de la Finca No Urbanizable o rústica, San Joaquín, y firman un Convenio con el Ayuntamiento (Sr. Alcalde), en presencia del Secretario del Ayuntamiento, don Alfonso Moreno Olmedo que se limita a dar fe del acto y no a Certificar su Legalidad.

Algunos objetivos del Convenio:

1.- Aprobar por el Pleno y después por la Comisión Provincial de la Junta el siguiente “Pelotazo”: Modificar las Normas Urbanísticas para que la Finca San Joaquín, rústica o no urbanizable (no se puede edificar nada) se convierta en urbanizable (para que se pueda edificar).

¿Quiénes tienen potestad para hacer ese cambio?:

- Primero, el Pleno del Ayuntamiento aprobará, el próximo lunes, el citado Convenio, cosa fácil porque el PP tiene mayoría absoluta. Y después la Comisión Provincial de Urbanismo de la Junta de Andalucía (el PSOE tiene la llave aquí) ratificando la aprobación del Pleno o rechazándolo, como hizo en el 2004.

- Nuestro Alcalde, de muy dudosa reputación, manifiesta en dicho Convenio que la Finca San Joaquín tiene una extensión total de 263.489m2. ¿Están incluidos en esa cantidad el Camino de los Callejones que atraviesa la citada finca, el arroyo Blanquillo y sus cinco metros de deslinde, al margen del cauce, la vía Agropecuaria, servidumbre de paso debido al canal,etc.).

- Este desarrollo urbanístico se lleva a cabo por el sistema de compensación. Es decir, que el 10% de las parcelas que le corresponde al Ayuntamiento se queden con ellas los propietarios del Sector, a cambio de una compensación económica. En la mayoría de los casos realizados previamente por el Ayuntamiento, lo promotores han abonado, en mi opinión, una cantidad muy inferior al precio de mercado. ¿Otro posible aspecto del Pelotazo?

- Ahora viene lo bueno y transcribo lo que dice el Convenio, pag. 4, párrafo 7:”…los propietarios autorizan y ponen a disposición del Ayuntamiento un total de 67.559,90m2, ubicados zona Oeste del Sector … Los suelos citados figuran como Sistema General de Equipamiento, 50.865,95m2 y como Sistema Local de Equipamiento 16.689,95m2. El suelo citado 67.555,90m2 que se pone a disposición del Ayuntamiento con antelación a la tramitación de la Innovación (Pelotazo o modificación de terrenos Rústicos en Urbanizables. Lo que está entre paréntesis lo digo yo y no el documento), obedece a motivos de interés público…”

El siguiente párrafo del punto 4 del Convenio, en mi opinión es una barbaridad porque dice:”Dichos terrenos, aún cuando la cesión se formalizara en el proyecto de Reparcelación, serán puesto a disposición del Ayuntamiento en el mismo momento de la firma del presente documento, siempre que el mismo esté firmado por todos los propietarios de la finca San Joaquín, autorizándose a su vez que por el Ayuntamiento y de forma inmediata, se realicen en los terrenos cuantas mediciones topográficas y pruebas geotécnicas sean necesarias para la construcción de la Ciudad Deportiva, así como, evidentemente, todas las obras necesarias para su ejecución”

¿Preguntas?

¿Hay una ley para los ciudadanos y otras para el Ayuntamiento de Alhaurín? De no ser así, ¿cómo se puede comenzar a edificar antes que se haya aprobado la Innovación (paso de rústico a urbanizable) y el Plan Parcial y los siguientes pasos no hayan sido culminados? Todo ese proceso conllevaría al menos, dos años. A mi parecer, parte del contenido de este Convenio no se ajusta a Ley.

Por último, ¿qué demonios nos regalan estos señores propietarios? O el Alcalde sigue siendo un embustero, o no tiene terrenos para edificar esta Ciudad Deportiva en otro lugar. El Alcalde siempre manifestó, que el ayuntamiento no había vendido la mayoría de los terrenos que le correspondían al Ayuntamiento como cesión obligatoria por desarrollos urbanísticos. ¿Dónde están? ¿Por qué no se hace ahí la Ciudad Deportiva?





* Diario La Torre - 31.01.10
Foto: Alhaurín de la Torre ( Málaga) - alhaurin.com

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