Burgos: El TSJ anula por segunda vez el proyecto de actuación del sector urbanístico S-7

DIARIODEBURGOS* : La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha anulado por segunda vez el proyecto de actuación del sector urbanístico S-7 (Fuentecillas norte) al considerar que vulnera la legislación urbanística vigente. En la sentencia, que estima el recurso de apelación presentado por 10 propietarios de terreno, se anula el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 29 de diciembre de 2006 por el que aprobó definitivamente ese proyecto de actuación.

La resolución judicial obliga a retrotraer el procedimiento administrativo al momento inmediatamente posterior al acuerdo de aprobación inicial para que se tramite el expediente conforme a la Ley de Urbanismo de Castilla y León y se eliminen todos los defectos detectados.
Así, los magistrados ponen de manifiesto que, al tratarse de un sector desarrollado a través del sistema de concurrencia, el proyecto de actuación debe incluir el urbanizador propuesto, así como la adjudicación del concurso para la selección del urbanizador, extremos que no han sido recogidos en el proyecto de actuación impugnado y que son «causa suficiente para anularlo y retrotraer actuaciones».
Otra de las irregularidades detectadas se refiere a que en ese proyecto aprobado definitivamente no consta la identificación registral y catastral de las fincas incluidas en la unidad con fecha posterior a la aprobación inicial. Tampoco figuran la relación de propietarios.
Además, la Sala señala que en esos terrenos existen unos inmuebles que no han sido tenidos en cuenta en el proyecto «y, que según parece, no van a ser respetados». «Los proyectos de actuación deben contener los documentos de información que reflejen adecuadamente las características relevantes de la unidad de actuación y entre ellas indica precisamente las construcciones e instalaciones existentes», indican, tras recordar que por la pericial aportada se acredita que existen construcciones en las parcelas sobre las que no figura información en el proyecto de actuación que refleje de forma adecuada las características de esas edificaciones. Igualmente, el tribunal recuerda que no se han determinado, tal y como establece la Ley, los criterios para determinar las compensaciones y las indemnizaciones que proceden por esas construcciones.
Por último, la sentencia destaca que el proyecto obvia la cuestión relativa a la retribución del urbanizador, pese a que la legislación lo exige.







* Diario de Burgos - B.D. / Burgos - 29.04.09
Foto: Imagen de archivo del sector S-7 (d.), junto a Fuentecillas. - Luis López Araico, diariodeburgos.es

0 comentarios :