Un juzgado declara ilegales las obras de la M-30

MADRIDIARIO* : El Juzgado Contencioso Administrativo nº22 de Madrid ha declarado ilegales las obras de soterramiento de la M-30, según anuncia Ecologistas en Acción. El Ayuntamiento recurrirá la sentencia y asegura que no tendrá efectos reales.

Ecologistas en Acción ha recibido la notificación del Juzgado en el que presentó un recurso contencioso administrativo por las obras de la M-30, en el que consideraba que el proyecto no contaba con evaluación de impacto ambiental y que incumplía la legislación de protección de patrimonio histórico.

La sentencia del juzgado anula la aprobación de los cinco proyectos de remodelación que dieron pie a la obra, correspondientes al soterramiento de la avenida de Portugal y de las calzadas que discurrían a lo largo del Manzanares. Este miércoles darán a conocer las repercusiones y los detalles de la sentencia, que según Ecologistas se basa en los planteamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Por su parte, el equipo de Gobierno de Alberto Ruiz-Gallardón confirmó este martes que apelará ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la sentencia dictada el pasado 16 de octubre por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 22 en la que se anula los proyectos de la parte oeste de la M-30.

Este juzgado de lo contencioso administrativo planteó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), que fue resuelta el pasado julio. Entonces el TUE sentenció que la legislación comunitaria exige que las obras en vías urbanas, como la M-30, se sometan a una evaluación de impacto ambiental previa. No obstante, el Tribunal Europeo señaló que correspondía al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 22 de Madrid, que fue quien consultó al Tribunal de Luxemburgo, determinar si en el caso concreto de la M-30 se vulneró la normativa de la UE.

En un comunicado emitido por el Consistorio, el equipo de Gallardón sostiene que "respeta, como ha hecho siempre, la decisión judicial, pero considera que la misma no se ajusta a la situación jurídica de los proyectos ni a la jurisprudencia que sobre esta cuestión ha sentado ya el Tribunal Superior de Justicia de Madrid".

Es por eso que el Ayuntamiento planteará un recurso de apelación ante el TSJM confiando en que la sentencia que finalmente dicte este órgano judicial "confirme la doctrina hasta ahora mantenida por el mismo y desestime el recurso interpuesto por Ecologistas en Acción".

Consecuencias "resultas"
También matizaron que las consecuencias materiales de una posible sentencia anulatoria ya están resueltas por el Ayuntamiento con la realización del estudio ambiental acordado con la Comisión Europea. En definitiva, si la sentencia del TSJM fallara en contra del Consistorio ésta sólo tendría un alcance formal que, a juicio del equipo de Gobierno, "carecería de consecuencia alguna sobre los proyectos en su día aprobados y ya ejecutados y en servicio".

Y es que el Ayuntamiento de Madrid acordó con la Comisión Europea la realización de un estudio ambiental completo de naturaleza y contenido equivalentes a los previstos en la normativa comunitaria para el conjunto de actuaciones de remodelación de la M-30, compromiso que el Ayuntamiento de Madrid "está cumpliendo en los términos acordados". De esta manera, la Comisión no ha impuesto sanción alguna a las autoridades madrileñas en relación con la reforma de la vía, matizaron las mismas fuentes.

Desde el Gobierno municipal se recordó asimismo que, tras este acuerdo con la Comisión, el TSJM ha declarado en dos sentencias que los recursos contencioso administrativos relativos a si los proyectos en principio anulados debían o no haberse sometido a evaluación ambiental "han perdido su finalidad y utilidad, desestimando los recursos interpuestos".

Esta jurisprudencia coincide con el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, destacaron desde el Consistorio, que al resolver la cuestión prejudicial afirmó literalmente que una evaluación ambiental formal "puede sustituirse por medidas equivalentes que cumplan las exigencias mínimas" de la normativa ambiental comunitaria, como se acordó en este caso.

Por todo ello, el Gobierno municipal calificó de "sorprendente" que el juzgado 22 haya resuelto "en términos totalmente distintos a lo fallado anteriormente por tres juzgados de Madrid" y, en particular, que "no siga la jurisprudencia establecida por el Tribunal Superior de Justicia en esta materia".

Ecologistas en Acción rechazó hacer valoración alguna sobre la sentencia del Juzgado número 22 aunque adelantó que con ella se da la razón a la entidad ecologistas.






* Madridiario - 28-10-2008 - MDO / E.P.
Foto: Madrid, obras M30 - madridiario.es

1 comentarios :

Jesús García dijo...

yo apoyo plenamente la construcción y soterramiento indiscriminados e ilegales de carreteras en la comunidad de madrid, por que el día de mañana nuestros mayores necesitarán espacios libres (también a la sombra, que en madrid hace calor) para bailar el chotis, cuando ya no haya petróleo. Apoyo también a los tribunales autonómicos corruptos que deciden que medidas equivalentes (que quisiera saber cuales son), pueden sustituir una evaluacion y estudio de impacto ambiental que determinaría la viabilidad de ejecución de una obra faraónica y fuera de escala, como todas las emprendidas por comunidades autónomas a la sombra del vuelo audaz de la gaviota, del tipo de las que dejan secas las arcas públicas en tiempos de crisis generalizada.