La DIA de la Ciudad del Golf coincidió con el fin del plazo para recalificar los terrenos

ÁVILADIGITAL* : La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que daba luz verde a la Ciudad del Golf de Las Navas del Marqués se firmó justo cuando vencía el plazo para recalificar los terrenos. Según el contrato suscrito entre Montes de Las Navas y Residencial Aguas Nuevas, si la finca no se recalificaba en dos años, la mercantil, de la que formaban parte el Ayuntamiento, la Diputación y la Junta, tendría que pagar a la promotora tres millones de euros.

Así lo ha explicado Carlos Bravo, presidente de Centaurea, una de las organizaciones personadas como acusación en el caso de la Ciudad del Golf, quien ha destacado que la imputación de la consejera de Medio Ambiente y vicepresidenta primera de la Junta, María Jesús Ruiz, era “previsible”.

“La Consejería de Medio Ambiente actuó en contra de informes técnicos previos en los que se reconocía el valor del pinar y la presencia de especies protegidas como la cigüeña negra”, ha señalado Bravo, quien ha destacado que a pesar de ello “se forzaron informes que contradecían los primeros y se emitió una Declaración de Impacto Ambiental favorable en 2004”.

A su juicio, la Junta “violó su propia normativa”, teniendo en cuenta que doce de las 210 hectáreas sobre las que pretendía construirse la macrourbanización eran Área Crítica para la cigüeña negra y aún así fueron recalificadas.

Tres millones de euros

Señala, además, que “en un acta del pleno del Ayuntamiento, de 2004, se relata la visita de la consejera en la que se comprometió a agilizarlo” y que “a los pocos días se firmó la Declaración de Impacto Ambiental”. Bravo ha destacado en este sentido que coincidía con el vencimiento de un plazo por el cual Montes de Las Navas tendría que pagar tres millones de euros a Residencial Aguas Nuevas si no se recalificaban los terrenos: 950.000 metros cuadrados estaban clasificados como suelo urbanizable delimitado en las normas urbanísticas y el resto, 970.000, como no urbanizable.

De hecho, en la escritura de compraventa, firmada en agosto de 2002, se incorporaba una cláusula que establecía que “si en el plazo de dos años desde la firma de la escritura pública no se hubiera aprobado con carácter definitivo la clasificación como suelo urbanizable delimitado de los 970.000 metros cuadrados que se encuentran clasificados como suelo no urbanizable, la compradora podrá exigir a la vendedora la devolución de la parte del precio correspondiente a dicho suelo (2.953.943,55 euros), más el 50 por ciento del descuento (250.028,22 euros)”.

Para Centaurea, la petición de imputación de la consejera efectuada por el fiscal “avala la denuncia que se presentó en noviembre de 2006” y que “hay indicios claros de que pudieron cometerse delitos urbanísticos, medioambientales y económicos”.





* Ávila Digital - María Cuenca - 17.10.2008
Foto: Navas del Marqués, tala Ciudad Golf - aviladigital.com

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