El Supremo ratifica el derribo de dos bloques con 118 viviendas en Viveiro

LAVOZ/Lugo* : La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación interpuestos por el Ayuntamiento de Viveiro y la empresa Mareber contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que ordenaba la demolición de dos edificios en Lodeiro, en Viveiro.

El alto tribunal condena a las partes recurrentes, Concello y promotora de los inmuebles, a abonar las costas del recurso. La sentencia del Supremo no es recurrible.

Licencias ilegales

En noviembre del 2003 se hizo pública la sentencia del TSXG que ordenaba el derribo de dos edificios situados en la calle Río dos Foles (continuación de la avenida Benito Galcerán). La noticia convulsionó Viveiro, pues afectaba a los propietarios de 118 pisos, en los que habitan más de 320 personas. La concesión de las licencias de obra tenía que haber ido precedida de un estudio de detalle, que no se efectuó, según recogía la sentencia. De ahí concluyó el tribunal que los permisos «fueron contrarios a derecho».

El Ayuntamiento de Viveiro otorga sendas licencias urbanísticas a Mareber, el 17 de junio de 1996 y el 9 de agosto de 1999, para la construcción de dos inmuebles en la calle Río dos Foles. Al frente del gobierno local estaba entonces el popular César Aja. El 14 de junio del 2000, Francisco José Santiago García, propietario de un chalé ubicado al otro lado de la misma calle de los edificios proyectados, insta al Concello a revisar y anular las licencias dadas a Mareber y a que mande tirar todas las obras ejecutadas al amparo de esas autorizaciones.

El demandante fundamenta su petición en la ausencia de un estudio de detalle previo -preceptivo de acuerdo con la normativa urbanística vigente-, puesto que el Concello ha habilitado ese suelo para construir edificaciones residenciales cerradas, cuando el entorno «está liderado plenamente por viviendas unifamiliares». La comisión de gobierno no admite a trámite la solicitud de revisión de este particular, en la sesión celebrada el 7 de septiembre del 2000. Santiago García interpone sendos recursos contenciosos administrativos contra la licencia concedida por el Concello el 9 de agosto de 1999 y contra el acuerdo de la comisión del 7 de septiembre del 2000.

Casi nueve años de litigio

A finales del 2003, el TSXG anula las dos licencias de obra y el acuerdo de la comisión de gobierno y decreta la demolición de los edificios. El Ayuntamiento, en aquel momento dirigido por el ejecutivo bipartito PSOE-BNG, y la promotora de los inmuebles interponen sendos recursos de casación contra el dictamen del tribunal autonómico. Cuatro años y medio más tarde, el Supremo da la razón a Santiago García y ratifica el derribo de las viviendas. El litigio comenzó hace casi nueve años.





* La Voz de Galicia - 17.05.2008
Foto: En los 118 pisos de los dos edificios, divididos en dos bloques cada uno, residen más de 320 personas - lavozdegalicia.es

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