Segunda demolición por delito urbanístico en Madrid

ECOLOGISTASENACCIÓN* : El Juzgado de Ejecuciones Penales de Madrid ha ordenado la demolición de un edificio construido en suelo protegido incluido en el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, en el término municipal de Colmenar Viejo. La construcción fue denunciada inicialmente por los agentes forestales y en la causa se personó como acusación particular la Asociación para la Defensa del Valle del Lozoya y la Sierra de Madrid, entidad colaboradora de Ecologistas en Acción. Se trata de la segunda demolición por delito urbanístico que se produce en la Comunidad de Madrid.

De nuevo, el Juzgado de lo Penal 12 de Madrid, ha hecho comparecer al responsable de una construcción ilegal en zona de máxima protección dentro del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, en el término municipal de Colmenar Viejo, para instarle a que efectúe antes del doce de octubre de este año, la demolición, que deberá ser costeada por el infractor, de la edificación.

La persona condenada, el arquitecto Ricardo Carretié Barcaiztegui, fue requerido para que se personara en el Juzgado antes del verano. Sin embargo al eludir su presencia tuvo que ser requerido por la policía para que se presentara en septiembre de forma inexcusable.

La edificación ilegal de 200 metros cuadrados, se llevó adelante en el mes de enero de 1999, en la finca “El Guindo”, P.K. 13 margen izquierdo, carretera M-618, término municipal de Colmenar Viejo, parcela 35 A del Polígono 23. Esta construcción se levanta en Zona A1, de máxima protección, del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares. El titular es la Sociedad Anónima Montenebro, cuyo administrador único es el arquitecto anteriormente mencionado.

La Sentencia, además de multa y demolición, condena al infractor a su inhabilitación especial para profesión y oficio ligada a las actividades de construcción durante un año, así como a condena de prisión de un año y medio.

El procedimiento Penal se inició por denuncia de los Agentes Forestales de la Comarca de Colmenar Viejo, en enero de 1999, habiendo advertido al hoy penado, cuando empezó la construcción, en otoño de 1998, que la misma suponía una infracción que podía ser constitutiva del delito de ordenación del territorio (artículo 319 del Código Penal). A pesar de ello y de las ordenes de paralización, siguió adelante, rompiendo los precintos que le fueron colocados, en tres ocasiones.

Hay que manifestar que el Juez de lo Penal 24, hizo referencias en la Sentencia, del buen hacer de los Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid en el procedimiento penal, tanto en la instrucción del mismo, como en el juicio oral.

La Asociación para al Defensa del Valle del Lozoya y de la Sierra de Madrid, entidad colaboradora de Ecologistas en Acción, ejerció la Acusación Particular, considera imprescindible que las órdenes de demolición se ejecuten para evitar la sensación de impunidad que actualmente existe entre las personas que construyen ilegalmente.






* Ecologistas en Acción - Comunidad de Madrid, 27 de septiembre
Foto: Pedriza_Cuenca_Alta_Manzanares - Pablo A. Salguero Quiles (enciclopedia.us.es)




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