Un catedrático advierte que la ley del suelo dinamitará las normas autonómicas

L.Ballester.- Levante* : «La Ley del Suelo es pura dinamita. Obliga a desmontar la legislación autonómica», aseguró ayer el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Valladolid, José Manuel Díaz Lema, en las jornadas sobre el nuevo texto legal organizadas por Edival y la Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente que se celebran ayer y hoy en Valencia. Díaz Lema destacó que la nueva normativa legal, que entrará en vigor el 1 de julio, aporta entre otras novedades «las bases constitucionales del urbanizador, una figura que aquí en Valencia ya es conocida pero que en algunas comunidades autónomas supondrá una revolución. Domina la libre empresa y el urbanizador que puede actuar sobre un suelo sin ser propietario».


Aunque el verdadero eje central sobre el que se mueve la Ley del Suelo, y su principal objetivo, según Díez Lema, es «dar la vuelta al proceso liberalizador del suelo» y evitar los procesos especulativos. El «todo urbanizable a excepción del suelo que debe ser protegido» de la Ley del Suelo de 1998 aprobada por el PP ha pasado a mejor vida. La nueva Ley del Suelo aprobada por el Gobierno socialista pasa a «eliminar el carácter estatal de la clasificación del suelo (presente desde 1956) porque asegura que es una técnica urbanística que le compete a las comunidades. Para evitar la especulación y la valorización del suelo se evita la clasificación para no pagar [las expectativas] del suelo urbanizable. Es la obsesión» , explicó el catedrático.

Así, el nuevo texto legal sólo diferencia entre el suelo rural y el urbanizado (ya construído y con todos los servicios) por lo que a efectos de expropiaciones no contarán las expectativas de negocio que se esperan conseguir de un suelo rústico pendiente de reclasificarse como urbanizable. «Todo suelo rural seguirá siéndolo hasta que se declare urbanizado y obtenga los servicios básicos completos (la única excepción que admite es que falte la conexión generral de la red de colectores, por ejmplo) por lo que los suelos urbanos consolidados pero sin servicios básicos no se consideran suelo urbano sino que siguen siendo rurales» , apuntó el catedrático. «Este asunto tiene una trascendencia enorme en las valoraciones de suelo. Es un punto delicadísimo aunque la ley incluye para estas situaciones una disposición transitoria que será decisiva» . «Cada palabra en esta ley -incidió Díaz Lema- puede ser un terremoto en las respectivas leyes autonómicas» . Y, de hecho, la Ley del Suelo cuida escrupulosamente el lenguaje que utiliza. En lugar de la palabra «clasificación» del suelo se habla de «situaciones básicas» . Incluso mediante otro juego de palabras se alude la clasificación sin citarla. En el artículo 10 señala que sólo los planes asignarán «destino» al suelo, un concepto inédito, en la legislación urbanístico. Así pues, todo el suelo urbanizable (pendiente de construir) se queda en una especie purgatorio.




* Levante-EMV - 08 de junio de 2007



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