Córdoba.- El TSJA tumba el sistema de valoración de suelo del PGOU

DÍADECÓRDOBA* : Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía puede traerle muchos dolores de cabeza al Ayuntamiento de Córdoba en lo que concierne a la gestión urbanística del Plan General de Ordenación Urbana. Por primera vez, un propietario de terreno ha conseguido tumbar el proceso que permite fijar el valor relativo de unos terrenos dentro de un plan parcial o un plan especial de reforma interior. La sentencia se refiere, en concreto, a una pieza de terreno, el plan parcial Industrial 2 de Córdoba, la ampliación de las Quemadas. Sin embargo, el motivo por el que se anula el llamado coeficiente de ponderación es común a todo el suelo urbano no consolidado y al suelo urbanizable del plan. Se trata de millones de metros cuadrados de suelo que cuestan, a su vez, decenas de de millones de euros.

Para entender el alcance de la sentencia, hay que explicar primero que el urbanismo se fundamenta en la distribución equitativa de los beneficios y las cargas. Cuando se realizó el PGOU se asignaron tres coeficientes a cada plan parcial y cada plan especial, que se ponderan en un coeficiente común. Depende de tres factores: qué uso se le va a dar a un determinado terreno, qué tipo de edificaciones se permiten y, por último, qué lugar ocupan en el territorio. Dentro de un plan parcial, puede haber viviendas carísimas, pisos de VPO y un centro comercial. El valor de cada elemento se pondera según esas circunstancias para que la inversión previa y los beneficios resultantes sean equitativos entre los distintos propietarios. El asunto no tiene importancia cuando el plan parcial tiene un propietario único pero es de mucha relevancia cuando han varios dueños de terrenos que tienen que discutir cuánto ponen y qué reciben a cambio.

La sentencia se fundamenta en una empresa propietaria de fincas dentro de un plan parcial dedicado a la realización de un polígono industrial de Córdoba. Consideraba el recurso que el Ayuntamiento le había establecido un coeficiente de ponderación que le resultaba gravoso para sus intereses. Entendía la empresa que, dentro de ese mismo plan parcial, había fincas que tenían un mejor tratamiento entre el coste a pagar y el beneficio a recibir.

La sentencia ha sido emitida por la sección 20 de la sala de lo contencioso administrativa del Ayuntamiento de Córdoba. Dice el fallo que, de la lectura del Plan General de Ordenación Urbana de Córdoba, "permite observar una falta de motivación, determinante por ello de la indefensión". "La motivación -explica el fallo- es requisito capital de toda resolución administrativa, de suerte que su insuficiencia produce indefensión".

La sentencia explica que el Consistorio dispone de una cierta capacidad de movimiento. Sin embargo, ello no implica que se pueda incurrir en arbitrariedad. El fallo supone, directamente, la anulación de las determinaciones establecidas para las fincas objeto de la demanda. No se establece medida alternativa ninguna. El tribunal ni siquiera escuchó los argumentos de la defensa municipal, que intentó argumentar los coeficientes durante la contestación al recurso de la empresa que ha ganado el pleito. El tribunal le dice que, donde debería haberlo hecho, es en el texto del PGOU.


Consecuencias ¿Una cadena de recursos?

Uno de los riesgos que tiene esta sentencia, explica un urbanista consultado, es que cunda el ejemplo. "Se puede montar un lío impresionante", afirma. El problema es que muchos de los propietarios del Plan General han tenido problemas en sus juntas de compensación cuando se trata de afrontar las inversiones. En este caso, sucede que muchas de las piezas que se regulan por esta vía ya han sido ejecutadas y dar marcha atrás resulta complejo.
Pleno Se tomará conocimiento la próxima semana

El Pleno del Ayuntamiento tomará conocimiento de la sentencia en la próxima sesión plenaria, según se informó ayer en el consejo rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo, donde el Partido Popular preguntó por los efectos de esta sentencia de cara a la gestión urbanística de la ciudad. Todas las sentencias se informan por parte de la asesoría jurídica municipal en el sentido de qué consecuencias debe arrojar el desarrollo del fallo.
objetivos Otro cambio en el plan de la ciudad

Lo que sí es evidente es que la Gerencia Municipal de Urbanismo tendrá que impulsar una modificación del Plan General de Ordenación Urbana a raíz de esta sentencia. No se le obliga a cambiar conceptos sino a explicar por qué usa determinados criterios.



* El Día de Córdoba - 18.01.11
Foto: Córdoba, ayuntamiento - panageos.es

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