Alicante.- Así cree el juez que se 'apañó' el PGOU

LASPROVINCIAS* : Enrique Ortiz utilizó su influencia sobre la alcaldesa y su predecesor para cambiar la calificación de distintos suelos a su antojo y conseguir así maximizar sus beneficios.
La exposición razonada que el juez Manrique Tejada ha enviado al Tribunal Superior de Justicia (TSJ), al margen de detallar los indicios delictivos contra Sonia Castedo y Luis Díaz Alperi, constituye casi un tratado de urbanismo. Y es que el instructor, para fundamentar el presunto amaño del Plan General de Ordenación Urbana de Alicante a favor del constructor Enrique Ortiz, profundiza en la legislación urbanística y enumera todos los sectores que están bajo sospecha. Así, el magistrado afirma que «el beneficio pretendido por las sociedades mercantiles en las que participa el imputado Enrique Ortiz sería el que seguidamente se expone».

«En el sector ubicado entre el parque natural de Lomas del Garbinet y el antiguo APA9 (...) podría tener intereses el imputado a través de la sociedad Inmovist Inversiones Inmobiliarias». Comparando los planes diseñados por el antiguo redactor del PGOU, Lluís Cantallops, y el actual, Jesús Quesada, imputado en la causa, el juez concluye que hay una franja de suelo que pasa de no urbanizable a urbanizable. Además, «se aprecia otra mejora en la parcela, consistente en el desplazamiento hacia el noroeste de la línea de suelo urbanizable, haciendo que la carretera de conexión del planeamiento parcial con la autovía se desplace junto a los límites del parque matural de Las Lomas de Garbinet». Esto implica la reducción de los metros de suelo protegido y el aumento de la superficie urbanizable, «sin que el vial de conexión proyectado rompa ya la continuidad del planeamiento a desarrollar».
Este sector es especialmente relevante para el juez puesto que, días después de una reunión en la Gerencia de Urbanismo entre Ortiz, Quesada y Castedo, la entonces concejal de Urbanismo le dice al constructor: «Te hemos apañado también lo que hay entre el APA9 y Lomas de Garbinet».
El escrito remitido al TSJ también incide en el supuesto beneficio obtenido por el máximo accionista del Hércules derivado «de las modificaciones llevadas a cabo para sufragar el coste de rehabilitación» del estadio Rico Pérez con «el aprovechamiento urbanístico obtenido en otra zona susceptible» de generarle ganancias. Tras esa misma reunión en la Gerencia de Urbanismo, que tuvo lugar el 15 de mayo de 2008, «Sonia Castedo comunica a Enrique Ortiz que se ha atendido a sus pretensiones sobre el estadio».
El juez asegura que «existen indicios» de que «una parcela ubicado en el centro del casco urbano de Alicante y ocupada por el estadio Rico Pérez y otras instalaciones no residenciales cercanas a la calle Ceres son clasificadas por el anterior equipo redactor en el año 2004 como integrantes de la red primaria de equipamientos y, tras las reuniones y conversaciones ya referidas que tienen lugar antes de la presentación de la revisión del planeamiento al Ayuntamiento, pasa a tener la clasificación de suelo terciario-dotacional», supuestamente destinado a una zona comercial.
Sin embargo, el magistrado también recoge que «ante la reacción pública» de oposición que se suscita, este suelo finalmente «pasa a tener la clasificación de residencial».
Otro de los sectores en los que Enrique Ortiz supuestamente se prevalió de su influencia sobre Castedo y Alperi para salirse con la suya fue la zona de Fontcalent, donde se sitúa el campo de entrenamiento del Hércules. «Las gestiones pudieran ir encaminadas a obtener el mayor número de metros posible en la zona de Fontcalent, del mayor coeficiente de ponderación posible y de la adscripción de dicho suelo protegido a la zona de suelo urbanizable que más conviene a los intereses del imputado». Es decir, el empresario, presuntamente empleando información privilegiada, habría comprado suelo que se iba a proteger para que después el ayuntamiento le compensara con edificabilidad en otro sector.
Entre las diferencias entre el PGOU de Cantallops y el de Quesada, el juez destaca que este último califica como urbanizable una zona que en 2004 era no urbanizable porque afectaba a unas ramblas. «En dicha zona tendría 125.117 metros cuadrados de suelo la mercantil Enrique Ortiz e Hijos», afirma.
En principio, las maniobras de Enrique Ortiz se encaminan a sacar rentabilidad de la ubicación de la llamada Ciudad de la Economía en una parcela «que finalmente acaba incluida dentro del parque natural de los Saladares de Aguamarga. «En este caso no se adquiere directamente suelo, sino participaciones de empresas que son propietarias de suelo», explica el escrito del juez.
Una de estas firmas es Dreamview, en cuyo «pacto de socios» se menciona que «si bien las fincas están ubicadas en suelo no urbanizable, está previsto el cambio de calificación urbanística del sector en el que se hallan». Esto, a juicio del magistrado Tejada, «constituye un indicio más de la información privilegiada» que supuestamente manejaba Ortiz.
«A partir de este conocimiento, las gestiones del imputado parecen ir encaminadas a obtener beneficio de la inversión realizada en las mercantiles propietarias de dicho suelo, o bien manteniendo la clasificación (...) como urbanizable u obteniendo el mayor beneficio de su clasificación -que finalmente ocurre- como parque natural», mediante los aprovechamientos urbanísticos en el sector denominado Torres de la Huerta.
Al final, el PGOU aprobado provisionalmente en 2010 reduce «notablemente» los metros de parque natural adscritos al sector de Torres de la Huerta, lo que, según el instructor, «beneficia al imputado». El magistrado indica que «el aprovechamiento urbanístico a materializar en esa zona habría de distribuirse entre menos metros cuadrados», con lo cual Ortiz podría construir edificaciones de hasta 15 plantas en las Torres de la Huerta.
Además, el escrito del juez reproduce una conversación entre Ortiz y uno de sus trabajadores, Javier Llorens, en la que el promotor le advierte de que «si te pregunta alguien si tienes el plano, le dices que no». Y le indica: «Mírate ahora con el plano los suelos nuestros, (...) puedo hacer que los pinten de verde, de azul, de lo que tú me digas para que nos den los aprovechamientos en otro lado».
A este respecto, el magistrado insiste en que «lo relevante de la conversación es que (...) el imputado manifiesta estar en disposición de influir para determinar la clasificación de un suelo de manera que pueda beneficiarle».
En las negociaciones de Aguamarga incluso participa Alperi, cuando ya ha dejado la Alcaldía, y le indica a Ortiz que «con quien tiene que hablar para resolver el problema es con él y con los socios de Salvetti Abogados». En este bufete, subcontratado por Laboratorio de Proyectos para resolver las alegaciones al Plan General, trabajaba el hermano de la alcaldesa, José Luis Castedo, también imputado.
En este sector, también conocido como La Condomina, la investigación judicial se centra en las parcelas propiedad de Viviendas del Mediterráneo Orvi. En esta empresa participan, además de Enrique Ortiz, el empresario manchego Aurelio González- Villarejo y Vicente Pérez Cañas (contra estos dos últimos no habría indicios de delito, en opinión del juez).
De los 'pinchazos' se desprende la intención del constructor «de buscar comprador a las participaciones» de sus socios, y para ello «parece tener la colaboración intermediaria del que todavía era alcalde de Alicante, el cual le pone en contacto y realiza gestiones» con el imputado Bernardo Campos, también empresario. Este último busca unos supuestos inversores armenios, representados por el abogado Jorge Yacobi, que un principio parecen interesados pero no consuman la compra. De todas negociaciones, el juez resalta «la especial relación de influencia» de Ortiz sobre Alperi.


* Las Provincias - A. S. MOLLÁ - 7.7.12
Foto: Alicante, Castedo y Ortiz en el estadio - lasprovincias

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Una sentencia anula el plan que sustenta la expansión urbana de Santa Brígida

LAPROVINCIA/GranCanaria* : Al Ayuntamiento de Santa Brígida se le acumulan los problemas urbanísticos. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado el Plan Parcial que sustenta la expansión urbana de buena parte del municipio satauteño, lo que deja sin cobertura legal a un centenar de casas y dúplex construidas junto al casco histórico de la villa al amparo de ese planeamiento.
La sentencia, dictada por la Sección 2ª de Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC el pasado 20 de junio, de la que es ponente el magistrado Alfonso Rincón González, considera nulo de pleno derecho el Plan Parcial Sector 2 de Suelo Apto para Urbanizar de la villa, que fue aprobado de forma definitiva el 25 de septiembre de 1997 por la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias.

Ese acuerdo de aprobación definitiva es nulo porque es anterior a las Normas Subsidiarias municipales de Santa Brígida, que se publicaron en 2001 y, además, de forma incompleta, pues no se incluyeron las fichas que establecen y desarrollan el régimen jurídico del suelo.

Por tanto, "la falta de publicación de la normativa de las Normas Subsidiarias impide su entrada en vigor y consiguiente eficacia", lo que determina "la imposibilidad jurídica de su desarrollo mediante el Plan Parcial impugnado", según concluye el fallo judicial, que admite parcialmente los argumentos empleados por el abogado Ignacio Cáceres Cantero para estimar su recurso contra el acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente.

La Sala, por tanto, desestima todas las cuestiones de inadmisión planteadas contra la demanda del letrado por el Gobierno de Canarias, el Ayuntamiento de Santa Brígida, el Cabildo de Gran Canaria y la constructora Maherma SA.

El plan parcial que ahora ha quedado sin efecto está "prácticamente ejecutado y edificado", según reconoce el Ayuntamiento en su escrito de oposición al recurso. Esa enorme parcela, antes catalogada como suelo rústico, se extiende desde el centro comercial, también con problemas de legalidad, hasta cerca de La Angostura y el cruce de Los Olivos. En esos terrenos hay construidos varias urbanizaciones de chalés adosados y un centro social, entre otras edificaciones. También estaba prevista la instalación de un Mercadona, pero la cadena de alimentación desistió ante los problemas con la parcela.

Polémica

Las licencias para llevar a cabo esos proyectos, el centro social y el supermercado, fueron concedidas por el pleno de corporación en 2010, siendo alcalde Lucas Bravo de Laguna, que siempre ha defendido la legalidad del plan parcial anulado.

El actual regidor también se ha enfrentado públicamente con el abogado y vecino de Santa Brígida que ahora ha ganado el pleito, Ignacio Cáceres Cantero, incluso lo amenazó con demandarlo por actuar de mala fe e ir en contra de los intereses del municipio. El letrado advirtió en su momento de la ilegalidad de esos proyectos, precisamente porque no estaban publicadas las Normas Subsidiarias. Esta normativa, de carácter superior, es la que proporciona cobertura legal a los planes parciales que luego desarrollan el suelo.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJC, de 15 folios, aún no es firme, por lo que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, algo que las partes derrotas en primera instancia es muy probable que hagan.


* La Provincia - M. REYES - 7.7.12
Foto: Santa Brígida (Gran Canaria), vista - sobrecanarias

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