¿Dónde está el dinero de los españoles?... en el ladrillo

CINCODÍAS* : El 76% del patrimonio de los españoles está en ladrillo, y los depósitos son el principal destino de la riqueza financiera de las familias. El secretario de Estado de Economía, José Manuel Campa, animaba la pasada semana a los ciudadanos a procurar a sus descendientes una herencia diferente a la vivienda. España necesita "lograr que las familias crean que lo mejor para sus hijos no es dejarles un piso", decía en unas jornadas organizadas por el IESE. Las palabras de Campa contradicen, no obstante, la política tributaria y social instaurada en el país desde la democracia, principal acicate de la inversión en ladrillo de los particulares. Según el planteamiento de Campa, el cambio del modelo económico español exige que la vivienda pierda terreno frente a otras alternativas de ahorro e inversión, más líquidas y productivas. Con un parque de viviendas cercano a los 27 millones de casas y algo más de 17 millones de familias registradas por la EPA, España es uno de los países con mayor riqueza de los hogares concentrada en el inmobiliario. De hecho, ésta representa un valor del 530% sobre el PIB, frente al aproximadamente 600% que supone el patrimonio total de las familias.

Pero, ¿qué ocurre con el dinero que no está en el ladrillo? ¿Cómo distribuyen los españoles ese capital?

Atendiendo a la disección por productos de los activos financieros, puede observarse que los españoles optan por los vehículos de inversión y ahorro más conservadores. Casi la mitad de la riqueza de las familias no asociada al inmobiliario (859.913 millones de euros de 1,7 billones) corresponde a efectivo y depósitos, según la información del Banco de España. De esta cantidad, un 53% son depósitos a plazo o estructurados, mientras que el 35% son depósitos transferibles, es decir que pueden ser movilizados o convertibles en efectivo ipso facto sin restricciones o grandes penalizaciones.

A continuación, se sitúan las acciones en empresas cotizadas o no, así como otras participaciones por ejemplo en sociedades de responsabilidad limitada, en cooperativas, etc. También aquí se engloban las aportaciones en fondos de inversión, así como las cuotas participativas que emiten las cajas de ahorros. En conjunto, la cuantía absorbida por esta categoría asciende a 520.678 millones de euros, de los que la inversión en Bolsa alcanza un 20%.

El tercer puesto del ranking lo ocupan las reservas técnicas en seguros, en la que los españoles tienen alojados algo más de 268.600 millones de euros. Dentro de éstos, los seguros de vida -habitualmente asociados a la contratación de una hipoteca- son los de mayor consistencia. De cerca le siguen los fondos de pensiones y más marginales resultan los relacionados con primas y siniestros, que apenas superan el 11%.

Cerrando la clasificación, y con poca diferencia entre sí, están los valores distintos de acciones y las cuentas pendientes de cobro, que representan poco más del 3%, cada uno. Los primeros hacen referencia a aquellos instrumentos financieros al portador, normalmente negociables, pero que no confieren derechos de propiedad sobre la institución que los emite, los derivados y las permutas de los tipos de interés. Por otra parte, las cuentas pendientes de cobro recogen los créditos concedidos a los hogares por sociedades no financieras -por ejemplo, los grandes almacenes- cuando éstas financian la venta de un bien o servicio, así como los derechos que se producen por desfases temporales entre el momento de la operación y la fecha del pago correspondiente.

De cada 100 euros de patrimonio...

Dejando aparte la deuda generada por los activos, cada familia española tiene de media 329.223 euros de patrimonio inmobiliario y 104.275 euros de riqueza financiera -50.500 euros serían efectivo y depósitos; casi 30.700, acciones y participaciones, y 15.800 euros, seguros-. Es decir, por cada euro de riqueza inmobiliaria, los hogares poseen 30 céntimos de financiera.

En términos prácticos, esto significa que de 100 euros de patrimonio familiar, 76 corresponden a bienes residenciales y solamente 24 euros a otros productos: casi 12 euros, a efectivo y depósitos; poco más de 7 euros, a acciones y participaciones, y cerca de 4 euros, a seguros. Estos cálculos evidencian ese desequilibrio en la cartera de ahorro e inversión de los españoles que tanto disgusta al secretario de Estado de Economía.

Menos inversión productiva

El mapa de reparto del dinero no ha variado demasiado en la última década, según se extrae del histórico del Banco de España. Las familias no han cambiado su pauta de ahorro en años, y depósitos, acciones en empresas y seguros han configurado, por este orden, las preferencias. Eso sí, cabe algún matiz significativo.

Comparando las estadísticas de 2002 y las de 2010, se observa que el capital destinado a la adquisición de acciones y participaciones ha caído en favor de los depósitos. Es decir, la crisis ha vuelto a los españoles aún más reacios al riesgo. Así, del 36% que representaban los derechos de propiedad en sociedades en 2002 se ha pasado al 29% actual. Por el contrario, las cuentas bancarias que suponían un 42% del total de activos financieros superan ahora el 48%. La apuesta segura de estos productos, en detrimento de la inversión que incentiva la actividad empresarial, pone trabas al tan codiciado cambio de modelo productivo.

Otra nota destacada es el estancamiento de la inversión en Bolsa. Pese a que algunos análisis evidencian que en un periodo medio-largo la renta variable es una de las fórmulas de ahorro más rentable, los españoles no acaban de entrar en el mercado. Durante los últimos diez años su peso ha caído. En 2002, el importe en acciones cotizadas representaba un 7,27% del total de activos financieros. Al cierre del cuarto trimestre de 2010, era más de un punto inferior, del 5,95%.

Llama la atención, asimismo, todo el dinero al que los españoles no dan utilidad: 93.000 millones de euros -algo menos del que los particulares tienen en Bolsa- son líquido y cuentas corrientes, y como tal, no reportan ningún beneficio a los propietarios más allá del estar ahí.
Evolución cronológica de la deducción en vivienda

- El incentivo a la inversión en vivienda está presente en el Impuesto sobre el IRPF desde 1978, cuando se introdujo una deducción del 15%.

- En 1987 llegó el primer cambio: el tipo aplicado sobre los inmuebles de nueva construcción ascendía hasta el 17%. Duró poco y solo un año después la legislación lo recortaba hasta el 10%.

- El ministro de Economía y Hacienda Carlos Solchaga eliminó a principios de los noventa la deducción por vivienda distinta a la habitual.

- Durante 1998 se establecieron los tipos incrementados, es decir, la deducción pasaba a ser del 25% aplicable a la mitad de la base de deducción durante los dos primeros años después de la compra y del 20%, a partir del segundo año.

- En 2006 se produce una nueva modificación y se fija una deducción del 15%.

- La última revisión es de este mismo año. A partir de 2011, las rentas inferiores a 17.100 euros podrán deducirse un 15%. Para las rentas inferiores a 24.000 euros cabe el mismo porcentaje pero cayendo según el nivel de ingresos. Por encima de este umbral, desaparece el incentivo fiscal asociado a la adquisición de vivienda.


* Cinco Días - Mamen Ponce de León - 20.04.11
Foto: Vivienda Digna, manifa ladrillo y presos (archivo)

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Abren otro proceso contra el exalcalde de Polop y el edil Montiel por cohecho

LASPROVINCIAS/Alicante* : La investigación de la Guardia Civil sobre el crimen de Alejandro Ponsoda sigue deparando sorpresas. Primero fue la apertura de una nueva causa relacionada con una supuesta trama urbanística en Polop, por la que están imputados uno de los presuntos inductores del asesinato, Juan Cano, que sucedió a Ponsoda como alcalde, el ingeniero José Vicente Martí y el exedil Jaime Narbó. Ahora, la magistrada María Antonia Raedo, titular del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción 2 de La Vila, ha ordenado abrir otro procedimiento por un delito de cohecho contra el propio Cano y quien fuera su mano derecha en el Ayuntamiento y el PP local, Joaquín Montiel. Así se desprende de una providencia dictada por la juez instructora el pasado 8 de octubre a la que ha tenido acceso este diario. En ella, Raedo incorpora a la causa un oficio de la Unidad Central Operativa (UCO), el grupo de élite de la Benemérita que continúa al frente de las pesquisas. Los agentes han obtenido una conversación grabada que apunta a que los todavía concejales podrían haber exigido dinero a un constructor a cambio de algún trato de favor desde sus respectivos cargos públicos. El CD con esa grabación ha sido incluido ya en las diligencias previas 2793/2007, las del crimen, aunque Raedo ha ordenado que se deduzca testimonio de la misma como paso previo a incoar un procedimiento distinto por soborno.

Esa providencia fue recurrida por el abogado de Juan Cano, Carlos Ruiz Manero, y la de Robert Franek, uno de los dos presuntos sicarios checos acusados de liquidar a Ponsoda. Ambos letrados sostenían que la UCO estaba actuando de forma irregular al realizar indagaciones sin mandato expreso de la juez.
Sin embargo, la Audiencia, en un auto fechado el pasado 5 de abril y publicado también por este periódico, avala ese proceder, aunque no se pronuncia sobre la validez de la grabación incorporada al sumario. «La resolución judicial trata de incorporar al proceso el resultado de la investigación policial, que es donde debe estar, para proceder a la oportuna contradicción», precisan los magistrados de la Sección Primera.
En la providencia recurrida no se hace mención alguna al contenido de la conversación. Raedo se limita a ordenar su incorporación a la causa y a requerir a los investigadores que aporten la «transcripción» de la misma para «la oportuna adveración por la secretaria del juzgado», previo paso a «deducir testimonio por la posible existencia de un delito de cohecho presuntamente cometido por Juan Cano y Joaquín Montiel».
Fuentes jurídicas consultadas por este diario confirmaron que la grabación es la misma a la que se hace referencia al principio del sumario y que dejaron fuera del Ayuntamiento a ambos regidores en las elecciones municipales de 2003.
El exconcejal Juan Andrés Llorens, enfrentado a Cano, a quien sucedió en la Concejalía de Urbanismo durante la legislatura 2003-2007, declaró a la Guardia Civil que fue el entonces presidente de la Diputación de Alicante y del PP provincial, Julio de España, quien tomó la decisión de apartarles.
Según su versión, el dirigente popular convocó a una reunión a Ponsoda, él mismo y otros tres concejales para pedirles que sacaran de la lista del PP para las municipales a Cano y Ximo Montiel. «Nos dijo que si no lo hacíamos, se presentarían otras listas. Todos protestamos porque no sabíamos qué pasaba. La explicación que nos dieron es que estaban afectados por una trama urbanística y que habían sido grabados mientras pedían dinero a un constructor».
Esa grabación no ha visto la luz hasta ahora. La dirección provincial del PP decidió echar tierra sobre este asunto ante la proximidad de los comicios. «Nos dijeron que no querían dar publicidad a las cintas debido a que afectaban a las próximas elecciones», relató Llorens a los agentes.
Los representantes del PP de Polop llamaron a Cano y Montiel para que diesen su versión de los hechos, «pero se negaron rotundamente, dando a entender la veracidad de los hechos», prosigue el testigo. «Negociamos la salida de estas personas y se les posicionó en los puestos 10 y 11, en los que realmente no tenían posibilidad de salir elegidos».
Este presunto delito de cohecho podría haber ya prescrito. La misma sombra de prescripción planea también sobre otra de las causas judiciales abiertas a raíz del crimen por una supuesta trama urbanística.


* Las Provincias - 25.04.11
Foto: Polop (Alicante) - flickr.com

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Pasaia.- El Ministerio de Medio Ambiente da un varapalo al puerto exterior

ELPAÍS/Guipúzcoa* : Las autoridades medioambientales no se encuentran nada conformes con el proyecto de construir un puerto exterior adosado al monte Jaizkibel, como pretende la Autoridad Portuaria de Pasaia. El Ministerio de Medio Ambiente ha elaborado un documento de alegaciones muy crítico con esta infraestructura. Los reparos que plantea a la futura dársena cobran especial relevancia al ser Medio Ambiente quien, en última instancia, debe aceptar la ejecución de dicha infraestructura o impedirla, como hizo recientemente al denegar la ampliación del puerto de Tarifa. El informe ministerial, al que ha tenido acceso EL PAÍS, concluye que el puerto exterior altera "significativa e irreversiblemente" los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC, un ecosistema protegido) de Jaizkibel y Ulía y que la operación resulta "insostenible" desde el punto de vista económico. Y avisa de que, si se libera el puerto interior, estos terrenos "no pueden patrimonializarse, ni incorporarse a un proceso urbanizador".

Como colofón, el informe del departamento que encabeza Rosa Aguilar considera conveniente profundizar en la llamada "Alternativa 2": mantener el puerto actual, crear la plataforma logística Lezo-Gaintxurizketa y regenerar el área de La Herrera. Apuesta por esta solución porque "permite mantener inalteradas las condiciones del litoral exterior, incide favorablemente en la regeneración de la bahía y propicia alcanzar un volumen de tráfico compatible con el desarrollo de la actividad portuaria".

Medio Ambiente deja claro que "el tráfico portuario no parece justificar en modo alguno la operación" de construir un puerto exterior. Basa esta afirmación valiéndose precisamente de las previsiones que realiza el Puerto de Pasaia. Expresa su extrañeza por la pretensión de invertir 765 millones de euros en la dársena exterior para lograr "un incremento inferior a los dos millones de toneladas anuales". Con el puerto actual y una plataforma logística, en 2030 se moverían 7,6 millones de toneladas, mientras que con el puerto exterior, 9,39 millones de toneladas.

Ante el propósito de la central térmica a la futura dársena, el ministerio advierte de que la Ley de Costas fija que "no puede haber rellenos para usos no portuarios" y que quedan denegadas las actividades energéticas, industriales y similares, "para cuya ubicación pueden existir alternativas fuera del relleno propuesto".

Los principales reproches contenidos en el informe de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar van dirigidos a los impactos que ocasiona la solución elegida por Pasaia. "La alternativa seleccionada altera significativa e irreversiblemente la naturalidad de la Zona de Especial Conservación (ZEC)" que forman los LIC Jaizkibel y Ulía "al introducir un elemento discordante, totalmente artificial, en la franja litoral: el denominado puerto exterior". Afecta a los valores "más relevantes" del entorno: "paisaje, geomorfología y biodiversidad marina, dinámica y procesos litorales, sedimentos del fondo marino, vegetación y fauna marinas, entre otros".

El informe critica que no se hayan tenido en cuenta las afecciones ambientales, ni la viabilidad técnica y económica de los accesos al puerto por carretera y ferrocarril mediante sendos túneles. Y echa en falta concreción sobre los dragados precisos para construir la infraestructura.

El ministerio aconseja "verificar" que el plan director no afecta a especies y hábitats protegidos por la legislación, y recuerda que la zona donde se pretende construir el puerto exterior "se incluye en el PSSA" (Áreas marítimas particularmente sensibles) de la OMI (Organización Marítima Internacional) de las Naciones Unidas, que califica el litoral del Jaizkibel como "un área que requiere una especial protección por sus valores ecológicos, socioeconómicos o científicos y que es especialmente vulnerable a las actividades marítimas".

En su parte final, el documento concluye que el análisis económico financiero que el propio Puerto de Pasaia ha incluido en su plan director de infraestructuras "pone de manifiesto la insostenibilidad, sin aportaciones externas, de la operación", incluso contabilizando los ingresos procedentes del negocio que generaría la regasificadora prevista. Es crítico porque Pasaia no ha contemplado siquiera el coste de las medidas preventivas y correctoras, ni de los accesos viarios a la dársena exterior.

Este informe se suma al entregado por la Dirección de Biodiversidad del Gobierno vasco, también muy crítico con el puerto exterior, y que, entre otras consideraciones negativas, subraya que la futura dársena afecta a elementos "clave" del ecosistema, por lo que su construcción en las faldas del Jaizkibel solo podría justificarse alegando raznes relacionadas con "la salud humana y la seguridad pública", siempre "previa consulta a la Comisión Europea".
La regeneración de la bahía es incompleta

Todos los informes de las autoridades medioambientales vienen a decir lo mismo. Coinciden en que la Autoridad Portuaria de Pasaia deja en un segundo plano la regeneración integral de la bahía y da prevalencia a su principal pretensión: construir el puerto exterior. Así lo expresa también el Ministerio de Medio Ambiente. Cuestiona a la dirección del puerto por dedicar tantos detalles a plasmar las nuevas instalaciones y, en cambio, ofrece un listado insuficiente de medidas para corregir los destrozos ambientales que provocaría el puerto exterior. Tampoco entiende las razones por las cuales no se han incluido las medidas correctoras en la bahía.

La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa llega a enumerar hasta un total de siete soluciones para mejorar el entorno portuario, las zonas que se encuentran más próximas a los vecinos. La primera tarea consistiría en "recuperar los espacios terrestres del frente litoral de la bahía", con la "apertura al público y al tránsito peatonal de toda la ribera marítimo-terrestre de la bahía". También propone la "recuperación ambiental de la lámina de agua", mediante la retirada de rellenos, recuperación de fondos y regeneración de playas y marismas. En tercer lugar, plantea recuperar el entorno de la zona portuaria, como los tramos finales de la ría de Oiartzun o la regata de Molinao.

El ministerio dedica especial atención a que "no consta mención alguna" en el Informe de Sostenibilidad de Pasaia sobre la zona de transición entre el acabado del relleno de la nueva dársena y el LIC del Jaizkibel.

En este mismo apartado, Medio Ambiente amonesta a la Autoridad Portuaria por incluir en sus planes la posibilidad de utilizar arena de algunas playas para hacer el relleno de la futura infraestructura. "De producirse la ampliación, debe plantearse de manera que no se utilice la arena como material de relleno, sino que sea extraída y depositada, bien en tierra o en mar, para su posterior reutilización en la regeneración de playas o para las medidas correctoras o compensatorias que se determinen", asegura el ministerio en esta parte el informe.

Las cinco soluciones planteadas

- "Alternativa 0". También denominada "No intervención". Se mantiene la configuración operativa del puerto actual y se construye una plataforma logística portuaria en el corredor logístico Lezo-Gaintxurizketa.
- "Alternativa 1". Colaboración con otros puertos. Se desvían los tráficos de chatarra y productos siderúrgicos a instalaciones cercanas (Bilbao o Bayona), al tiempo que se complementa con una plataforma logística (puerto seco) en el corredor Lezo-Gaintxurizketa.
- "Alternativa 2". El puerto actual se mantiene y se crea una infraestructura logística en la zona de Lezo-Gaintxurizketa. La Herrera se desafecta del ámbito portuari0 y se regenera tanto ambiental como urbanísticamente.
- "Alternativa 3". Nuevo puerto con una superficie terestre de 172 hectáreas en el litoral del Jaizkibel y al que se trasladan todos los tráficos comerciales actuales.
- "Alternativa 4".Configuración optimizada del nuevo puerto con una superficie terrestre establecida en 100 hectáreas. Recibe toda la actividad portuaria de las actuales instalaciones.


* El País - 26.04.11
Foto: Pasaia - wikipedia

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El TSJ confirma la anulación de la macrourbanización de Villanueva de Gómez

ÁVILADIGITAL* : El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ávila, ante la “patente” y “palpable” vulneración del procedimiento. Igualmente, se confirma la orden de desmantelar las instalaciones y obras realizadas, devolviendo la zona al estado original y se apunta al alcalde de la localidad, José Martín Llorente, como “autor material de la ilegalidad”. Para Juan Carlos Atienza, coordinador del Área de Conservación de la organización ecologista SEO / BirdLife, “ahora toca conseguir la restauración del pinar” y “exigir responsabilidades a los culpables de este atropello”, pues este caso “tiene que servir de ejemplo para todos los promotores que piensen que pueden enriquecerse a costa de la destrucción de zonas de alto valor ambiental”.

En este sentido, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el Consistorio de Villanueva de Gómez, contra la sentencia del Contencioso-Administrativo de Ávila de julio de 2010, de manera que se revoca la sentencia sólo en el punto 4 del fallo, referido a la modificación puntual número 4 de las Normas Subsidiarias Municipales que aprobó la Comisión Territorial de Urbanismo de Ávila el 29 de marzo de 2001. El resto del fallo se mantiene.

Así, la sentencia del TSJ, contra la que no cabe recurso y que está fechada el pasado 15 de abril, señala que el Ayuntamiento de Villanueva de Gómez “omitió completamente los trámites y procedimientos propios para poder aprobar” el proyecto de obras, de manera que “no es suficiente con localizar en el planeamiento los sistemas generales”, sino que “resulta imprescindible, además, aprobar un planeamiento más específico que desarrolle, de forma detallada y pormenorizada, la ordenación contenida en los planes generales”.

Y añade: “en suelo urbanizable, la actividad de ejecución exige siempre la aprobación de un plan parcial”, a lo que hay que sumar la consideración de que “el Proyecto de Sistemas Generales de Infraestructuras vulnera las Normas Subsidiarias de Villanueva de Gómez”, ya que se desarrolló “sin respetar el trazado de los viales definidos de forma estructural y esquemática en la modificación número 4”.

“La importancia y envergadura de los cambios introducidos en la modificación, así como en la enorme superficie afectada, supone que debía haberse tramitado una revisión de las normas urbanísticas, y no una simple modificación, tal y como declara la sentencia” que ahora ha ratificado el TSJ, cuyo fallo, al igual que la sentencia del Contencioso Administrativo, considera también acreditado que dicha modificación número 4 planteó “un desarrollo intensivo urbanístico con pequeñas islas de bosque”, lo que “suponía un cambio radical en la ordenación”.

Quedó, igualmente, acreditada la “realidad fáctica de importantes valores ambientales, naturales y ecológicos en las 412,4 hectáreas de pinos de la ribera del río Adaja”, de manera que “los importantes cambios de parámetros del uso del suelo que introdujo la modificación número 4 no sólo no se justificaron en la documentación del plan, ni se basaban en el interés general, sino que eran incompatibles con la riqueza natural y rústica de la zona, y con la normativa urbanística y de protección del medio ambiente vigente en el año 2001 para proteger dichos valores, por lo que hubiese procedido reclasificar el suelo en la modificación o en la revisión de las normas urbanísticas como suelo no urbanizable de protección natural”.

Así, en este supuesto, “la vulneración del procedimiento, la causa de nulidad, es tan patente y palpable que evidentemente concurre”, al igual que “lo evidencia” el hecho de que el expediente administrativo “sólo lo constituye una mera publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia y en un diario de difusión provincial, abriendo un periodo de información pública, a efecto de alegaciones, por plazo de 15 días, y dictando posteriormente el alcalde, previo informe de la Diputación Provincial, la correspondiente resolución, que es precisamente la objeto de revisión en este procedimiento”.

“El procedimiento que se debió seguir es el de aprobación de los planes de desarrollo urbanístico previstos en el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León”, por lo que “la causa de nulidad es total y absoluta, faltando todo el trámite procedimental establecido”, por lo que “la declaración de nulidad es estimable”.

Concesiones de agua
Tras conocer el fallo del TSJ de Castilla y León, según ha recordado SEO / BirdLife, aún falta conocer el pronunciamiento de este tribunal sobre las concesiones de agua a los promotores y el resultado del procedimiento penal en el que se encuentran imputados tanto el alcalde como el promotor.

Así, hasta la fecha, se han llevado a cabo las obras de los viales que han supuesto la tala de “miles” de árboles y el asfaltado de las calles, aunque la sentencia, que ya es firma, anula la posibilidad de construir 7.500 viviendas y tres campos de golf que se proyectaban para este espacio y que “supondría la destrucción de gran parte de la superficie forestal de esta zona tan valiosa”.


* Ávila Digital - 25.04.11
Foto: Villanueva de Gómez (Ávila), pinos talados - HENAR SASTRE (nortecastilla.es)

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El TSJ anula un plan entre La Vila y Finestrat con golf y 1.600 viviendas

ELPAÍS/Alicante* : La política urbanística de La Vila Joiosa que llevó a cabo el PP ha recibido un nuevo revés judicial. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) ha ratificado la sentencia del juzgado Contencioso-administrativo por la que retira la condición de agente urbanizador del sector L'Almisserà de La Vila Joiosa a la mercantil Los Almendros de Alicante, S A. Este proyecto pretendía construir un campo de golf y 1.600 viviendas en más de un millón de metros cuadrados de suelo en los términos municipales de La Vila Joiosa y Finestrat. El plan fue tramitado fuera del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de La Vila, aunque la parte de Finestrat era urbanizable, y sin justificación de la existencia de recursos hídricos. Entre los propietarios de Los Almendros de Alicante, S A, figuró la mujer de Eduardo Zaplana, Rosa Barceló, y en su consejo de administración el entonces senador Miguel Barceló, suegro del expresidente Zaplana.

Pero no fue esta la única polémica que generó esta reclasificación de suelo. El entonces alcalde de La Vila, José Miguel Llorca, del PP, condenado por ejercer de médico sin tener la titulación, decidió vender el año 2000 una finca de 665.000 metros cuadrados propiedad de la Fundación Aragonés, que él mismo presidía, a Los Almendros a un precio de 4,2 euros el metro (luego incrementado a 5,4 euros por la consejería de Hacienda), muy inferior al que la mercantil pagó a otros propietarios de un suelo que llegó a pagarse 30 veces más caro. La fundación fue creada en 1997 tras el fallecimiento sin descendientes de Pedro y Antonia Aragonés Urrios al objeto de construir un asilo para desfavorecidos, pero el suelo que atesoraba acabó en una finalidad especulativa, a pesar de que atesora un yacimiento íbero y una mezquita del siglo XII.

A pesar de todo ello, el TSJ ha apartado a Los Almendros del proyecto por una razón aparentemente menor: la mercantil no tenía en su momento la calificación adecuada para obtener la condición de agente urbanizador, según exige la legislación estatal para la contratación pública.

El alto tribunal considera ahora que "la clasificación era una condición necesaria para ser agente urbanizador y consiguientemente también lo es para todos aquellos que los sucedan como cesionarios en tal condición jurídica" y, de esta manera, da la razón al recurrente e impone el pago de las costas del proceso judicial a la empresa.

El concejal vilero de Iniciativa Independiente Pedro Lloret fue quien llevó en su día este asunto al juzgado, va más allá en su interpretación: "La situación parece todavía más complicada ya que Los Almendros ha resultado ser ilegal para su cometido como agente urbanizador, lo que puede dar lugar a que todas sus actuaciones sean invalidadas".

Lloret también se ha sumado a las denuncias que en su día formuló Ecologistas en Acción y considera que debe protegerse "el valor ecológico, paisajístico, medioambiental y de biodiversidad de la zona a toda costa. Si lo que se pretende bajo la excusa de construir campos de golf es llenar el monte de ladrillos. Trataremos de impedirlo con los medios legales a nuestro alcance".

L'Almisserà

- Los Almendros pretendía construir un campo de golf y 1.600 viviendas entre La Vila y Finestrat al margen del PGOU.
- Entre los propietarios de la mercantil figuraba la esposa de Eduardo Zaplana y en el consejo de administración su suegro, el senador Miguel Barceló.
- El ex alcalde de La Vila, José Miguel Llorca vendió una finca a Los Almendros a un precio muy inferior al que pagó a otros propietarios de suelo, que llegaron a cobrar 30 veces más caro.
- El TSJ aparta a la mercantil por no tener la calificación adecuada para ser agente urbanizador, según la legislación.


* El País - 25.04.11
Foto: La Vila Joiosa (Alicante) - mma.es


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El increíble bosque menguante

LAUREANO LÓPEZ* : Donde esté una casa o un adosado, que se quite el árbol. Así al menos se desprende de un vistazo a muchos de los planes urbanísticos de la comarca, donde el proyecto estrella casi siempre es una urbanización. En el lugar que sea y como sea, independientemente de si hay o no demanda, se aprueban estudios de detalle para levantar edificios que quizás, dentro de mil años, quienes nos sucedan investigarán sorprendidos como nosotros mismos ahora investigamos, por ejemplo, las pirámides de Egipto. Ni la crisis ni el pinchazo de la burbuja inmobiliaria han saciado la sed constructiva: hay alcaldes que intentan pasar a la historia como plusmarquistas del cemento armado. Existen múltiples ejemplos en Miño, en Abegondo, en Culleredo... Sí, viajamos hacia una Gran Coruña, pero de hormigón armado si no se remedia ya. A veces, hormigón esquelético, porque algunas ilegalidades se detectan, curiosamente, cuando ya ha sido levantada la estructura del inmueble. Mientras se desarrolla este urbanismo más o menos rampante, en Cecebre caen árboles como hojas de calendario. Hace dos semanas, cien. Un arboricidio en toda regla perpetrado de manera ilegal (dijo la Xunta) en la fraga que noveló Wenceslao Fernández Flórez en 1943. Siguiendo el rastro de los cien árboles caídos, La Voz reveló en estas páginas que en los últimos sesenta años ha desaparecido el 50% de la superficie arbolada de la fraga, que antaño, como recordaba en su obra Fernández Flórez, era un bosque frondoso que cruzaba la vía del tren, llegaba hasta el río y alcanzaba hasta Guísamo. Kilómetros de árboles en los que una ardilla no tenía que poner pie a tierra en ningún instante. Hoy, esos recuerdos de papel son apenas siete hectáreas en peligro de extinción. Un dato para ponernos, todos, colorados.

Con el estropicio de estos días, el Concello de Cambre reconocía que «non se puxo todo o empeño necesario en preservar a fraga». Claro. El bosque animado, que ha parido tantas leyendas, corre el peligro de convertirse en leyenda él mismo, «una relación de sucesos que tienen más de tradicionales o maravillosos que de históricos o verdaderos», dice la Real Academia, porque quizás algún día, y no muy lejano, -si no se ponen los medios, si no se pone el mismo interés que en construir pisos- nos preguntemos si existió de verdad o fue fruto de la imaginación de un escritor.

La agonía de la fraga de Cecebre salta a la vista con una visita, muy recomendable, al lugar en el que el autor de El malvado Carabel pasó sus veranos durante más de medio siglo. Fernández Flórez dejó escritos advirtiendo de la desprotección de los bosques. Entre otros, algunos como este, muy gráficos y premonitorios: «El que no ame el árbol no tiene delicadeza espiritual. El que lo tale arbitrariamente revela una aborrecible dureza de sentimiento [...] Cada árbol tiene su alma; pero esto no lo sabe un concejal, ni tampoco un director general de Agricultura». Quizás porque no alborotan, no torpedean inauguraciones, no cortan calles. Permanecen quietos y mudos, a merced del pirómano y de la sierra mecánica. Ay, si los árboles estuvieran llamados a la urnas...

Ni la crisis ha saciado la sed constructiva de algunos alcaldes, plusmarquistas del cemento armado


* La Voz de Galicia - Opinión - 24.04.11


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