LAOPINIÓN/Málaga* : El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido continuar la causa abierta por los delitos de prevaricación y cohecho contra el juez Francisco Javier de Urquía, suspendido de forma provisional; el presunto cerebro de la trama de corrupción en Marbella (Málaga), Juan Antonio Roca, y un tercer imputado Arnau F.A.
Según el auto de elevación a procedimiento abreviado, al que tuvo acceso Europa Press, el instructor Miguel Pasquau entiende que tras finalizar la investigación "lo pertinente no puede ser el sobreseimiento ni definitivo ni provisional, sino la continuación de la causa" por los trámites del procedimiento abreviado respecto a los tres imputados.
Así, añade, indiciariamente, a los dos delitos iniciales un tercero de asesoramiento accidental al servicio de un particular en asunto en el que había de resolver. Esta resolución se podrá recurrir en reforma y en apelación, aunque una vez sea firme, se dará traslado de las actuaciones al fiscal para que pida la apertura de juicio oral, formulando en este caso escrito de acusación, o el archivo de la causa.
Estas diligencias se iniciaron en julio de este año al remitir el entonces instructor del caso 'Malaya', Miguel Ángel Torres, un informe policial y otro del fiscal, en los que se apuntaban presuntos pagos de Roca a De Urquía supuestamente relacionados con la actuación profesional del juez y asesoramiento de éste para subsanar defectos procesales de una querella.
Dentro de esta causa, han declarado en dos ocasiones tanto el magistrado suspendido cautelarmente por el Consejo General del Poder Judicial como el ex asesor de Urbanismo marbellí, aunque también han comparecido varios testigos, propuestos por todas las partes personadas.
El instructor asegura que existen indicios racionales para creer que Roca entregó cantidades de dinero a De Urquía "en consideración a su condición o actuación como magistrado y que éste aceptó la dádiva", y no descarta que fuera el propio juez el que la solicitara, una circunstancia que tendrá que ser valorada por las acusaciones y por la sala.
PAGOS PARA LA COMPRA DE LA VIVIENDA.
Las cantidades de dinero a las que hace referencia el auto son 63.000 euros y 10.800 euros, que se supone entregó Roca a Arnaud F.A., para que éste se la entregase al juez que pagaría de este modo en B dicha cantidad al formalizar el contrato de compraventa de un piso que adquirió en la urbanización Azalea Beach-Fase III de Marbella.
Roca actuaría así después de que en marzo de 2006, el juez De Urquía, en el ejercicio de sus funciones, "favoreciera voluntariamente" los intereses de una de las partes en un procedimiento, en concreto a Roca, a quien asesoró a través de Arnaud F.A., "con la finalidad de conseguir el conocimiento de un asunto de especial relevancia", que era la suspensión de un programa informativo.
El 14 de marzo de 2006 en el Juzgado de Instrucción 2 de Marbella se recibió una denuncia de Roca contra Cristóbal Toro Ortiz, por supuestos delitos contra la intimidad y el derecho a la propia imagen, por un programa de televisión que emitía Telemar, y en la que solicitaba la medida cautelar de suspensión inmediata de la emisión.
Aunque el día 15 el juez acordó incoar las diligencias y estimó la medida cautelar prevista, posteriormente, ese mismo día, anuló dicha resolución al no reunir la denuncia los requisitos exigidos. Fue entonces, según consta en el auto, se produce una conversación entre Arnaud A.F. y Roca para informarle de que "su amigo" --De Urquía, según el instructor-- le había dicho que era necesario presentar una querella y una papeleta de conciliación.
Si bien la conversación no presenta suficiencia cualitativa y cuantitativa para la realización de un informe pericial de identificación de voz, el instructor por el "entorno circunstancial" y tras oír a De Urquía en las declaraciones considera que "comporta gran fuerza indiciaria", aunque será la Sala la que proceda a su cotejo y valoración si lo estimase necesario.
En cualquier caso y volviendo a la querella, la representante de Roca la presentó pero un día después, que ya no estaba de guardia Instrucción 2, aunque se le entregó una copia de la querella a éste, que dictó sobre la base de una mera copia antes de que fuera turnada la resolución. Lo hizo también "sin competencia para ello" por haber sido turnado a un juzgado distinto.
"FRUTO DE LA AYUDA RECIBIDA".
Por ello, "fruto de la ayuda recibida" por Roca y en "agradecimiento" de la misma, es por lo que, según Pasquau Liaño, cuando Roca tiene conocimiento por Arnaud F.A. --amigo de ambos-- de la intención de De Urquía de adquirir un inmueble, "decide ofrecer la dádiva, que fue aceptada por éste".
El dinero, entiende el instructor, sale del despacho de las oficinas de 'Maras Asesores' S.L., que fue quien medió con los compradores para formalizar el contrato privado que el vendedor le dijo que "Francisco tenía que ver si disponía del dinero", a lo que Roca contestó en una de las conversaciones mantenidas para preparar la documentación "no te preocupes que eso ya lo ponemos aquí, ¿vale?".
La coincidencia en las cantidades, así como los recibos intervenidos uno de los cuales apareció en los archivos informativos de 'Mara Asesores' y las declaraciones de testigos hacen que el instructor "no albergue duda alguna" de que constituyen reflejo de entregas efectivas que Roca hizo a De Urquía para la "excedencia" del precio que figuraría en el contrato privado, 180.000 euros.
Roca medió ocultando deliberadamente su identidad a los vendedores y se interesó luego personalmente por el resultado de la operación, a lo que Arnaud F.H. le dijo que De Urquía "había quedado contento".
La versión ofrecida por el juez, que no tenía además una situación holgada económicamente en las fechas, la considera "no imposible" el instructor de la causa, para quien las manifestaciones del juez que dice que recibió ayuda de su esposa y su padre para la compra "restan en nada fuerza" a los indicios expuestos.
En lo que respecta a la ayuda de su esposa se trata, según el auto, de una "mera manifestación efectuada sin obligación de decir la verdad, dada la condición de cónyuge del imputado" y no se puede deducir cuál fue el dinero que supuestamente le entregó a éste.
Igualmente, su padre, que sí consta que le hizo entregas sucesivas de dinero aunque menores y en fechas posteriores, hizo las manifestaciones como testigo sin juramentar. Es posible, dice el instructor, que las cantidades estuvieran destinadas a ayudar a su hijo en la adquisición de la vivienda, puesto que cuando fue detenido Roca amplió la hipoteca a una cuantía superior.
No cree el juez que De Urquía pusiera en conocimiento que había percibido las cantidades de Roca ni siquiera en el ámbito familiar más estrecho, por lo que apunta incluso que pudo recibir "doble ayuda" de Roca y de su familia para comprar la vivienda.
* La Opinión de Málaga - Europa Press - 11 de diciembre de 2007
Foto: Marbella (Málaga), vista aérea - laopiniondemalaga.es
El TSJ de Andalucía decide procesar al juez De Urquía, a Roca y a otro imputado
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11.12.07
por UrbanismoPatasArriba
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Tema: NOTICIAS Andalucía
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