Marbella.- Del Valle buscó facilitar el anonimato, pero no ocultar beneficios ilícitos

SUR/Málaga* : El abogado Fernando del Valle, principal acusado en la operación contra el blanqueo 'Ballena Blanca', ha sido condenado esta mañana a un total de seis años de prisión. Según la sentencia, Del Valle ha sido condenado a tres años, tres meses y un día por blanqueo continuado de capitales y otros tres años por un delito contra la Hacienda Pública. El abogado tendrá que pagar una multa de 1,5 millones de euros el delito de blanqueo más un millón por el delito contra la Hacienda Pública. Además tendrá que indeminizar a la Haciendo Pública con casi 343.000 euros. Del Valle ha sido absuelto del resto de delitos de los que había sido acusado. El Tribunal encargado del caso 'Ballena Blanca' considera en su sentencia que el principal acusado, Fernando del Valle, utilizaba un sistema para facilitar inversiones, a través de sociedades creadas en España y participadas por otras de Delaware, que facilitaba que los clientes podían "asegurarse su anonimato", pero dice que "no consta" que, a parte de determinadas operaciones, hubiese puesto este sistema "al servicio de individuos relacionados con el crimen organizado con la finalidad de ocultar ganancias de actividades ilícitas".

Según se declara probado en la resolución, el despacho en Marbella se había especializado en inversiones en inmuebles por parte de personas no españolas y uno de los sistemas utilizado era el de la creación de sociedades patrimoniales de responsabilidad limitada en España, que estarían participadas por los inversores, bien directamente, bien por medio de otra sociedad extranjera, por lo general, constituida en el estado norteamericano de Delaware.
Se precisa que la legislación de dicho estado "permite que los últimos beneficiarios y dueños de la inversión no aparezcan en la escritura o título constitutivo" y se añade que los clientes que aceptaban este sistema "podía asegurarse su anonimato, ya que la inversión formalmente procedía de una sociedad norteamericana". La investigación reveló que Del Valle tenía participación en 194 sociedades extranjeras.
De éstas, 143 eran en Delaware y 39 de territorios considerados paraísos fiscales --de ellas 25 de Gibraltar, tres en la Isla de Man, tres en Panamá y dos en Islas Vírgenes Británicas--. No obstante, "no consta" para el Tribunal que el letrado, con la colaboración de sus empleadas, Estela Herrera y Beatriz Segurado, acusadas también en esta causa, hubiese puesto en marcha este sistema de inversión "como medio para eludir el cumplimiento de obligaciones fiscales".
Tampoco consta, según se declara probado, que el sistema "lo hubiese puesto al servicio de individuos relacionados con el crimen organizado o que hubiesen delinquido con la finalidad de ocultar ganancias procedentes de actividades ilícitas", más que en las operaciones que se detallan, ni que "representándose la posibilidad de que los fondos a invertir fueran el producto de actividades delictivas de algunos de sus clientes hubiese consentido en proporcionarle su asesoramiento y ayuda".

Los indicios de delito

No obstante, la Sala sí ve delito en dos de las conexiones que fueron investigadas. En concreto, en el caso del acusado Sophian Hambli, que ya había sido condenado en Francia por narcotráfico, se indica que éste "para la inversión de los fondos obtenidos mediante el tráfico de drogas", se sirvió del despacho de Del Valle, que ha sido condenado por delito continuado de blanqueo y otro contra la Hacienda Pública, el cual, "conociendo la procedencia del dinero, aceptó el encargo".
Se estima que la cantidad canalizada por Hambli a través del bufete fue de 835.081,32 euros, condenando también a María Dolores León, que mantuvo una relación con éste y que, según se declara probado en la resolución, entregó dinero que la acusada sabía procedía "de las actividades ilícitas a las que se dedicaba Hambli", al que había ido a visitar en prisión.
En el caso del matrimonio Voutilainen, condenado él en 1998 por delito fiscal, la sentencia señala que con la intención de transformar una sociedad suiza, titular de varios inmuebles, en otra española, este acusado y su esposa fueron en 1995 al despacho de Del Valle, "quien no consta tuviese conocimiento de los hechos que motivarían la condena de aquél". "La cantidad blanqueada en este caso se estima en 765.744,25 euros", se añade.
En estos dos casos, la Sala estima que "estamos ante un efectivo delito antecedente y no ante una mera sospecha, como ocurre en la mayoría de los supuestos que se examinan en esta causa". De hecho, en otra de las conexiones se indica que no hay constancia de que hubiese imputación, mientras que en otros casos se señala que no la hay de que los fondos usados fuesen ilícitos o de que Del Valle supiera de las actividades.

Falsedad

Sobre los delitos de falsedad por los que se acusaba también a Del Valle, por la confección y presentación del impuesto de sociedades, haciendo constar datos de una empresa concreta o de él o sus empleadas, que luego se corregían, para el Tribunal "no consta que esta conducta hubiese tenido por finalidad introducir de propósito datos falsos en las bases de datos de la Agencia Tributaria", destacando "la imposibilidad de establecer cuál podría ser la ventaja", sin poderse afirmar que se pretendiera la ocultación.
Los dos notarios acusados han sido absueltos al considerar la Sala que no está acreditado que "estuviesen al tanto de la supuesta intención de Fernando del Valle de ocultar al titular de los fondos por medio del empleo de sociedades de Delaware o de jurisdicciones consideradas como paraísos fiscales" y se añade que no se ha probado que "hubiesen llegado a tener oportunidad de conocer la posibilidad de que el dinero invertido y/o los bienes aportados en el acto de constitución pudiese provenir de actividades ilícitas".
Asimismo, se apunta a que "en ningún caso se estima probado que los notarios hubiesen incumplido la obligación de comunicación al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) establecida con arreglo a la normativa sobre prevención de blanqueo de capitales vigente en cada momento".

La instrucción

La Sala estima la cuestión previa presentada sobre las escuchas y declara nulas las autorizaciones de las intervenciones telefónicas, al considerar por unanimidad "que cuando fue solicitada la autorización no se habían agotado otros medios de investigación". No obstante, se precisa que por el carácter "meramente complementario" de éstas, "ningún efecto ha de tener dicha declaración sobre las pruebas que directa o indirectamente pudiesen derivar de las intervenciones pues, sencillamente no las hay".
Sí se hace mención en la sentencia a la "dificultad" para localizar informes y documentación bancaria y se apunta a que como consecuencia de esta situación "los interrogatorios de los testigos o testigos-peritos por parte del ministerio fiscal han puesto en evidencia la fragilidad de muchas de las opiniones y/o conclusiones expuestas en los informes policiales".
"Rara vez pudieron ser constatadas documentalmente por medio de la exhibición de los correspondientes soportes habiéndose limitado aquellos a asentir a las preguntas del representante del ministerio público", se indica en la resolución, en la que se pone como ejemplo la intervención de un funcionario de la Agencia Tributaria, quien en su primera declaración "lejos de atenerse a la aportación de los datos que pudiesen apoyar las conclusiones policiales, no dejó de dar su propia opinión basada en documentos que en ningún momento le fueron exhibidos".
Asimismo, la Sala se refiere a la documentación y señala que "las características de la investigación, dominada por la iniciativa policial, han llevado al juzgado --Instrucción número 5 de Marbella-- a descuidar tanto la custodia de la referida documentación como su organización con vistas a la posterior celebración del juicio oral, a cuya preparación está orientado por ley", por lo que, añade, en el inicio del juicio "este Tribunal hubo de adoptar medidas propias de la instrucción para subsanar un grave defecto".
En este sentido, se señala que el sistema de bridas "seguido por la Policía y por el juzgado condujo a crear un grado tal de confusión que varias bridas no se incorporaron efectivamente a este procedimiento sino que fueron consideradas parte de la causa conocida como caso 'Malaya' y remitidas al Tribunal que debía enjuiciarla". También se hace mención del "defectuoso conocimiento del contenido de los discos".
En su fallo, la Sala ha declarado nulas las escuchas telefónicas relativas a dos números, y ha desestimado el resto de cuestiones previas planteadas por las defensas de los 19 acusados. De los 19 acusados, solo cinco de ellos han resultado condenados, con penas que van de uno a tres años de cárcel. Esto cinco procesados que han sido condenados por el tribunal suman diecisiete años de cárcel -que equivale a la pena que había pedido el fiscal para el presunto cerebro de la trama-, y multas por importe total de 6,88 millones de euros. Para estas penas cabe recurso de casación. Entre los 14 absueltos, están los dos notarios acusados.

Los condenados

Además de Del Valle, han sido condenados Sophiane Hambli (tres años y tres meses de prisión por un delito continuado de blanqueo de capitales), María Dolores León (un año por blanqueo), Aimo Veikko Voutilanen y María Leena Voutilainen (ambos a tres años y tres meses de cárcel por delitos continuados de blanqueo).
Hambli fue detenido en marzo de 2009 en Marbella cuando tenía en vigor dos órdenes de detención por su presunta implicación en este caso y en el denominado "Hidalgo", también contra el blanqueo de dinero. Sobre él pesaba una orden europea de detención y entrega emitida por Francia, donde fue condenado en rebeldía a una pena de 18 años de prisión por tráfico de estupefacientes. Tras ser extraditado a Francia en 2002, consiguió fugarse de la prisión de Metz un año después tras amenazar con una pistola simulada a los funcionarios que lo custodiaban.
Contra esta sentencia, que ha sido leída hoy ante abogados, acusados y medios de comunicación, cabe un recurso de casación, posibilidad que el fiscal Anticorrupción, Juan Carlos López Caballero, estudiará en los próximos días, según ha manifestado a los periodistas.

Un año de juicio

El juicio por 'Ballena Blanca' comenzó el 15 de marzo de 2010. Según la Fiscalía Anticorrupción, el letrado creó una red de estructuras societarias "para ocultar su verdadero patrimonio" y diseñó un "entramado internacional de empresas para eludir a la Hacienda". La acusación sostuvo que su bufete se especializó en dar a los clientes cobertura para garantizarles el anonimato de sus inversiones.
Asimismo, el ministerio público mantuvo que a lo largo de la investigación se puso de manifiesto la existencia de un determinado número de clientes del despacho marbellí que se han servido del sistema de ocultamiento de fondos", los cuales estarían relacionados presuntamente "con grupos criminales organizados o que han cometido delitos graves".
La Fiscalía Anticorrupción, en sus conclusiones definitivas, elevó a 17 años de prisión la petición de pena para el letrado, al que acusó de delitos de falsedad de carácter continuado, de blanqueo de capitales, de falso testimonio y delitos contra la Hacienda Pública, introduciendo en éstos un tipo agravado por utilización de sociedades. Según la Fiscalía, Del Valle, diseñó un entramado internacional de sociedades con conexiones en Turquía, Finlandia, Argelia, Suecia, Irán, Francia y Marruecos y el propio imputado tenía participación en 194 sociedades extranjeras, la mayoría de ellas en Delaware (EEUU) y el resto en paraísos fiscales como Gibraltar, Isla de Man, Panamá e Islas Vírgenes Británicas.
La operación "Ballena Blanca" se destapó en 2005 con la detención de medio centenar de personas de varias nacionalidades, entre ellas varios notarios y abogados, por su presunta implicación en una red que supuestamente blanqueó en Marbella 250 millones de euros y a la que se intervinieron recursos por 350 millones y más de 250 fincas.

Acusado Condena Delito

Fernando del Valle 3 años, 3 meses y 1 día, inhabilitación para el ejercicio del derecho pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 1.503.146,37€ por el primer delito; prisión de 3 años, igual accesoria y multa de 1.096.912,70€ por el segundo Blanqueo de capitales y delito contra la Hacienda Pública
Sophiane H. 3 años, 3 meses y 1 día de prisión, igual accesoria y multa de 1.503.146,37€ con 6 meses de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago Delito continuado de blanqueo de capitales
María Dolores L. 1 año de prisión, igual accesoria y multa de 30.000€ con 1 mes de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago Delito de blanqueo de capitales
Aimo Veikko V. 3 años, 3 meses y 1 día de prisión, igual accesoria y multa de 1.378.339,65€ con 6 meses de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago Delito continuado de blanqueo de capitales
María Leena V. 3 años, 3 meses y 1 día de prisión, igual accesoria y multa de 1.378.339,65€ con 6 meses de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago Delito continuado de blanqueo de capitales
Harvey J.L. Absuelto
Karen L. Absuelto
Alvaro E. R. Absuelto
Amelia B.M. Absuelto
Paul Antoine Leon C. Absuelto
Othan S. Absuelto
Yolanda V. M. Absuelto
Ghali L. Absuelto
Beatriz S. Absuelto
Estela H. Absuelto
Sonia María R. Absuelto
Aki. J. Kurjala Absuelto
German P. Absuelto
Irina G. Absuelto


* Sur - 31.03.11
Foto: Del Valle, a la salida de los juzgados.- SUR

5 comentarios :

Español con doble nacionalidad dijo...

Digo estos notas después de la que han liado quieren salir de paso de procesión? Pero en qué país estamos? Pero si es que lo más indignante de todo es que los dos notarios encausados y absueltos, (como funcionarios públicos que son), tendrían que haber dado cuenta y haber denunciado de la posible ilicitud y procedencia de esas mismas sociedades de las que ellos mismos daban fe. Pero esto de España es como poner a la zorra a guardar el gallinero. Tremendo. Qué país!!!


sur

belugas orgullosas dijo...

Cualquiera que se de un paseo por la sentencia podrá apreciar el gran esfuerzo del "juez" en buscar contradicciones y defectos en la instrucción. En algunos momentos parece que se juzgue al juez instructor y a la policía en lugar de a los imputados. Anula las escuchas diciendo que no afectaban al proceso y echa la culpa de la documentacion extraviada al proceso de embridado. Pero a quién le sorprende? Este mismo juez condeno a los mandos de la UDYCO de Ballena Blanca con escuchas ilegales tal y como sentenció el Supremo. Tendrá que volver el Supremo a tirarle de las orejas?


sur

Blanquear es ROBARNOS a todos dijo...

Vaya, vaya qué movilizados están hoy los amiguetes de estos ciudadanos intachables. Qué despliegue de comentaristas. Ya podéis estar todo el día escribiendo y votando que sí, LEGALMENTE, la justicia ha dictado sentencia y no hay nada más que decir, pero MORALMENTE vuestros amiguitos, esos enchaquetados, encorbatados profesionales ejemplares son UNOS CHORIZOS. Los notarios constituyeron decenas de sociedades. Claro, lo normal. Normalísimo. Mirando para otro lado. La ley era distinta entonces, la ética es siempre la misma. Esa ética de la que se han burlado estos tipejos. Ya tenéis vuestra sentencia. A descorchar el champán. Que siga la fiesta.


sur

Vaya caradura!! dijo...

Si han sido absueltos es porque han declarado nulas las escuchas telefónicas; no por que sean inocentes... Si el juez Torres hubiera contado con otros medios, otro gallo cantaría. Nada lo dicho, en España sale barato delinquir. La cuestión es buscar los resquicios legales y "defectos de forma" para librarse del "talego" y llevarselo calentito. En otro país europeo, Alemania por ejemplo, con leyes antiblanqueo más serias no hubieran salido de rositas... Y a los familiares y amigos, nada a disfrutar de lo "robado" con salud.


sur

yomismo dijo...

Pues iros preparando para la sentencia del Malaya, esta es un aviso para navegantes, carta blanca para que blanquees miles de millones aunque sea de actividades criminales y duro con todo el peso de la justicia a los manteros. Así es España. Enhorabuena señor Del Valle pague, cumpla y despues con el resto que ya esta blanqueado a vivir a todo tren, y que trabajen los desgraciados, bueno si pueden, porque igual se quedan parados.


sur