Alicante.- El TSJ obliga al Ayuntamiento a pagar por una expropiación para el cementerio 5,5 millones

INFORMACIÓN* : El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha dictado una sentencia en la que eleva de 848.943 euros a más de 5,5 millones de euros más intereses el importe que debe pagar el Ayuntamiento de Alicante a la empresa propietaria de una finca expropiada en 2009 para la ampliación del cementerio municipal. El fallo de la Sección 4ª de la Sala de lo Contencioso -Administrativo del TSJ considera que los terrenos afectados por la expropiación debieron valorarse como urbanizables a pesar de ser rústicos, tal y como reclamaba la empresa Sabatera, propietaria de una finca de algo más de 50.000 metros cuadrados, de los que Adif expropió 5.413 metros para la línea del AVE.

El Consistorio alicantino recurrirá la sentencia al Tribunal Supremo, pero en caso de confirmarse el fallo dificultará los planes municipales para ampliar el cementerio por el elevado precio -5.528.264 euros- que tendrá que pagar a la empresa Sabatera, propietaria de la finca expropiada, y presumiblemente a los propietarios del resto de terrenos incluidos en el plan especial "Operación Integrada I".

La finca, cuyo suelo está clasificado como no urbanizable, se conoce como "El Descanso" y se encuentra en el Camino de la Alcoraya. Tanto esta finca como otros terrenos situados en las inmediaciones estaban afectados al desarrollo de un plan especial de iniciativa municipal para la ampliación del cementerio, según recogía el PGOU de 1987, donde además se establecía que dicha actuación debía desarrollarse en el plazo de cuatro años y ejecutarse por el sistema de expropiación.
Dicho plazo concluyó con creces -20 años- cuando el fallecido Francisco Brotons Baldó, en calidad de administrador de la empresa propietaria de los terrenos, solicitó formalmente al Ayuntamiento, en febrero de 2007, la expropiación de la finca al amparo de la Ley Urbanística Valenciana.
El proceso expropiador se puso en marcha y mientras que la empresa propietaria valoró la finca en 6.380.143 euros al fijar en 132,67 euros el metro cuadrado, el Ayuntamiento partió de un precio de 16,29 euros el metro cuadrado y la valoró en 653.830 euros. El Jurado Provincial de Expropiación acordó en marzo de 2009 que se abonara a los dueños de los terrenos la cantidad de 848.943 euros por la expropiación de 36.651 metros cuadrados de suelo no urbanizable al precio de 21,36 el metro.
Los afectados recurrieron el precio fijado y la superficie expropiada y el fallo notificado esta semana por el TSJ da la razón a los demandantes al estimar que se realizó "la valoración de forma incorrecta".
La sentencia establece que el suelo expropiado eran 45.709 metros cuadrados, como reconoce el Ayuntamiento en documentos de la Gerencia de Urbanismo, y el magistrado ponente da validez al informe pericial de la empresa propietaria de la finca y considera que el suelo debe valorarse como urbanizable pese a no estar clasificado así, "dada la finalidad de la expropiación y el entorno donde se halla la parcela, integrada en un ámbito urbano", indica el fallo.
Aunque el Ayuntamiento tiene previsto recurrir, los dueños de la finca ya alegaron en su día una sentencia del Supremo sobre la expropiación de unos terrenos no urbanizables para el cementerio de Maspalomas (Canarias), en la que establecía que su clasificación no impedía valorar el suelo como urbanizable al tratarse de "sistemas generales que contribuyen a crear ciudad".



* Información - 6.03.11
Foto: Imagen panorámica de la finca expropiada para la ampliación del cementerio de Alicante - información

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