Anulan «por abusiva» la cláusula de un crédito hipotecario a un cliente

ELCORREO/Vitoria* : La entidad financiera cargó «más de 9.000 euros» a su cuenta en virtud de unos anexos sobre los que no informó al demandante. La suscripción de una hipoteca, ya de por sí gravosa, se convirtió en una pesadilla «por sorpresa». Un juzgado de Primera Instancia ha dado la razón a un vitoriano que demandó a su entidad de ahorro por considerar «abusiva» una cláusura del contrato, conocida como 'Swasp'. El hombre alegó que solo le informaron en dos folios de la cobertura y que cuando reclamó -tras recibir «una factura de 9.629 euros»- recibió un documento de veintiún hojas y dos anexos «que desconocía antes de firmar». Todo empezó en abril de 2007, cuando el demandante, para afrontar la compra de una vivienda, solicitó un crédito por 227.000 euros en una sucursal ubicada en Zaramaga.

Poco después le ofrecieron un «blindaje» por si el euríbor fluctuaba. Si sobrepasaba el 4,70%, el registrado en aquellas fechas, la entidad financiera le ayudaba con un pequeño porcentaje. Si bajaba, le tocaba apoquinar un extra. «Nunca me especificaron cuánto», asegura. La sorpresa llegó dos años después, cuando este índice de interés se desplomó. «Debía abonar 9.629 euros. No me lo podía creer», confiesa. Sus acreedores argumentaron su exigencia con un voluminoso informe de condiciones «que nunca había visto antes».
Apelar al Banco de España
Comenzó entonces un agotador recorrido por servicios de atención al cliente y la escala directiva de la entidad. Por esa vía no obtuvo ninguna muestra de «comprensión». Así que cambió de táctica y recurrió al Banco de España. Su servicio de reclamaciones le regaló el primer espaldarazo. «No han actuado con la transparencia exigible», rezaba su resolución. Lo malo es que este dictamen carecía de validez legal.
El hombre no desesperó y, con ese informe en la mano, acudió al Palacio de Justicia. Este otoño debía celebrarse el juicio, pero la entidad financiera se «allanó justo en el último momento». ¿Qué significa allanarse? «Que reconoció su error y retiró esa deuda de mi cuenta», certifica el demandante, que avisa de que «otras miles de personas en el País Vasco podrían estar en mi situación». Además echa de menos «algo más de elegancia por parte de la caja de ahorros, trataron de que las dos partes pagáramos por igual las costas. El juez les tuvo que obligar a abonarlas».

LA CRONOLOGÍA
Abril de 2007 La entidad financiera cita al cliente para explicarle un producto «para blindar» el tipo de interés de su préstamos. Le presentan dos hojas a modo de resumen.
Las condiciones. Si el Euríbor bajaba del 4,70%, debía pagar. Si subía, el banco le abonaba un pequeño plus.
La factura. Tras dos ejercicios recibiendo alrededor de 200 euros, le llega una orden para abonar «más de 9.000 euros».
La queja. Al pedir explicaciones, en el banco le enseñan un documento de veintiún hojas y dos anexos con «compleja información» sobre su préstamo. Para poder anularlo le exigían 9.000 euros.
El desenlace. El hombre apeló hace unos meses al Banco de España y a la Justicia. Ahora, ambos le han dado la razón. La entidad financiera se «allana» y asume su error.



* El Correo - 28.11.10
Foto: Imagen de la sentencia favorable al cliente. :: EL CORREO

3 comentarios :

Radeberger dijo...

Si hay normas y leyes contra las cláusulas y contratos abusivos, lo normal es que los que redactan esos contratos las cumplan. Si no lo hacen, y el cliente firma el contrato sin que le hayan informado correctamente (como la LEY OBLIGA), y además, con cláusulas abusivas, lo normal es que se anule el contrato. Estos contratos hacen referencia a otro contrato, el CMOF, que NUNCA ha sido mostrado al cliente (y por tanto, éste contrato nunca se ha firmado). En ese CMOF puede haber una cláusula que diga que "si el euribor baja, te cuelgas del pino más alto de tu pueblo". Según tú, hay que cumplirlo, no? Hasta el final... Y ya ni te cuento, de la gente que lo único que firmó fue una SOLICITUD, y NUNCA un contrato, y aún así,tienen que cumplir un contrato sin firmar...


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noclip dijo...

Enhorabuena al afectado del swap . Es un ejemplo a seguir para todos para las entidades financieras y los clientes afectados de los bancos ; El reconocer la justicia entre davisd y goliat . Sin que lleguar antes a los juzgados , Y devolverle el dinero al cliente Cobrado mediante productos especulativos y de alto riesgo no adecuados para el cliente . Y para el beneficio mediante comisiones nulas abusivas y leoninas , de los contratantes del swap y las del Banco y demás entidades financieras.


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maite dijo...

El nombre podría ser cualquiera, todos actúan al límite y en su propio beneficio. Si tienes que pagar una cuota de hipoteca y te retrasas mas de siete días te multan, pero tienen la obligación de notificártelo con anterioridad. Bueno pues primero te multan sin notificarlo, así que se puede recurrir y te devuelven la multa por no respetar las cláusulas. Otro ejemplo es si tienes dinero a plazo y lo quieres retirar al cumplir el mismo. Tienes que hacerlo en tu sucursal, hablar antes con tu asesor y avisar con antelación para que preparen el dinero, nada de eso está escrito en el contrato a plazo que firmaste. La derecha es amenazar de llamar a la policia para proceder a retirar tu dinero en un plazo razonable, y sin tantos requisitos impuestos arbitrariamente. Las cajas y los bancos llevan años abusando de los intereses que pagamos y encima son las culpables de esta crisis que estamos sufriendo todos los trabajadores,mientras ellos siguen ganando.


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