Prisión para los delincuentes urbanísticos

SEBASTIÀ VERD* : El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Palma y ha ordenado el ingreso en prisión del ex alcalde de Andratx, Eugenio Hidalgo y del ex director general de Ordenación del Territorio del Govern, Jaume Massot, condenados respectivamente a cuatro y tres años y medio de prisión. Para el alto tribunal no hay justificaciones que valgan. Los hechos probados por los que se condenó a los dos políticos no son meras irregularidades administrativas, como alegaron, sino delitos como la copa de un pino. Delitos que afectan a la ordenación del territorio, es decir al urbanismo y delitos de prevaricación por aprovecharse de su posición dominante en beneficio propio y contra el interés social.

La sentencia corresponde al primero de los juicios a los que Hidalgo y el resto de la trama han tenido y tendrán que hacer frente desde que fueron detenidos a finales de la legislatura pasada, por lo que, muy probablemente, les espera una larga temporada entre rejas.
La sentencia del Tribunal Supremo se hace eco con todo detalle de la alcaldada de Hidalgo al construirse un chalet en zona protegida y cómo Massot o el entonces asesor legal del ayuntamiento, Ignacio Mir, pretendieron encubrir el delito alegando razones paisajísticas –como que la zona ya estaba parcialmente urbanizada– o al considerar que el chalet no era tal sino una nave agrícola. Los hechos en sí mismos ya son suficientemente graves como para merecer el castigo que les impuso la Audiencia. Sin embargo, al confirmar la condena, el Tribunal Superior sienta cátedra y justifica la vía penal para erradicar este tipo de comportamientos. La sentencia es tan clara que merece la pena reproducirla y hasta enmarcarla para aviso de quiénes quieran seguir especulando con el territorio o construir ilegalmente.

La sentencia no sólo tiene en cuenta los hechos en sí sino los nefastos resultados que estos delitos provocan sobre el territorio. Como ejemplo, esta cita: "la desastrosa situación a que, a pesar de la normativa legal y administrativa, se ha llegado en España respecto a la ordenación del territorio, incluida la destrucción paisajística, justifica que, ante la inoperancia de la disciplina administrativa, se acuda al Derecho Penal". El Tribunal Supremo defiende, como no puede ser de otra manera, que las leyes urbanísticas, como todas, están para cumplirse y que no pueden ser interpretadas arbitrariamente. Por ejemplo, no se puede considerar urbanizable una zona por el hecho de que se haya autorizado un vial o existan construcciones anteriores, una teoría surgida del despacho de Massot, de quien el president Matas dijo que era el mejor experto en urbanismo de las islas.
La sentencia es una condena en toda regla para un modelo urbanístico que ha destrozado nuestras costas, y las de todo el Mediterráneo. Un aviso para quienes están en la lista de espera de los tribunales por esta causa y para quienes están al acecho de que pase la crisis para volver a las andadas. La posibilidad de ir a parar a la cárcel es algo más que una amenaza para los delincuentes del ladrillo, sobre todo para aquellos que –como Hidalgo– "se aprovechó (aprovechen) de su condición de alcalde (o de los cargos que ostenten) para ejecutar el delito con mayor facilidad".







* Diario de Mallorca - Opinión - 29.12.09

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