El Tribunal Supremo anula el PGOU de Chiclana

LAVOZ/Cádiz* : El Tribunal Supremo ha fallado en contra del actual Plan General de Ordenación, siguiendo las pautas marcadas en su día por el TSJA, que ya emitió varias sentencias desfavorables a este documento, y anulándolo. En unos días la sentencia será firma, y obligará a Urbanismo a regir la ciudad con las Normas Subsidiarias, un diseño de la ciudad que data de 1987 y que no reconoce siquiera las Áreas de Gestión Básica.
La historia se remonta al 23 de marzo de 2007, cuando la Comisión Provincial de Urbanismo aprobaba de manera definitiva el planeamiento vigente desde entonces en la ciudad. Varios propietarios particulares que consideraron agraviados sus intereses presentaron diferentes recursos, el primero de los cuales fue aceptado por el TSJA el 13 de enero de 2009. Aquel día al alto tribunal autonómico anulaba el PGOU por "no haber seguido la tramitación legalmente exigible" a la hora de dar vigencia al documento.

Esos "defectos de forma" no eran otra cosa que el no haber sometido al plan a información pública o no haberse dado aprobación provisional al documento tras la subsanación de diferentes defectos en su redacción. El TSJA condenó incluso al Ayuntamiento de Chiclana al pago de las costas procesales.
A las pocas semanas, el Consistorio chiclanero anunció la presentación de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero inició de inmediato la redacción de un nuevo documento para evitar que la ciudad quedase en situación de inseguridad urbanística si el TS fallaba, como finalmente ha hecho, contra esa aprobación.
Así las cosas, la sentencia contraria a la aprobación del Plan General chiclanero conocida en la jornada de hoy supone que el documento debe dejar de tener vigencia. Ello llevará a que Chiclana se rija a partir de ahora, y presumiblemente durante los dos próximos años, por un documento previo a éste, conocido como normas subsidiarias, que data de 1987.
Hay que recordar que los problemas judiciales de los sucesivos planeamientos urbanísticos chiclaneros no son nuevos. Y es que los tribunales también tumbaron la primera aprobación del documento en diciembre de 2003, así como el texto refundido elaborado con posterioridad, que fue aprobado en 2005 y anulado tras aceptarse los recursos que se presentaron contra él.


* La Voz de Cádiz - 30.06.11 - Jesús M. Aragón
Foto: Chiclana (Cádiz), ayuntamiento - pueblos-espana.org

0 comentarios :