El Tribunal Supremo declara nulas las normas urbanísticas de Polanco

ELDIARIOMONTAÑÉS/Cantabria* : El Tribunal Supremo (TS) ha vuelto a pronunciarse a favor de las tesis de Arca y en contra de los procedimientos seguidos por el Gobierno de Cantabria y por los ayuntamientos de la región. Esta vez le echa para atrás a Polanco los documentos de planeamiento urbanístico. Una sentencia del Alto Tribunal declara nulas las normas subsidiarias de este municipio, que fueron aprobadas en 2002 y retrotrae la legalidad urbanística a la década de los ochenta. La resolución, de la que ayer informó la agencia Efe, considera que al revisarse las normas urbanísticas se introdujeron cambios sustanciales en el planeamiento sin someterlos al trámite de exposición pública y, por tanto, sin permitir que los ciudadanos pudieran presentar alegaciones. El Supremo ratifica así, en todos sus términos, la sentencia dictada en el año 2005 por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), cuyo contenido recurrieron tanto el Ayuntamiento de Polanco como el Gobierno de Cantabria.

Sobre el fondo del asunto no se pronunciaron ayer ni el consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo, José María Mazón, ni el alcalde de Polanco, Julio Cabrero (PP), a la espera de una valoración más profunda del documento. José María Mazón advirtió que mañana, lunes, mantendrá una reunión con los técnicos de su departamento para analizar las consecuencias de la resolución judicial, en tanto que Julio Cabrero anunció la convocatoria de los miembros de la Junta de Portavoces para esta misma semana, con idéntica finalidad. Las normas subsidiarias ahora anuladas no fueron aprobadas bajo su mandato -en el año 2002 no era el alcalde-, pero cuando se produjo el primer fallo judicial desfavorable, en 2005, todos los grupos políticos municipales decidieron de común acuerdo presentar el recurso de apelación que ahora ha sido desestimado por el Tribunal Supremo.
En todo caso, la sentencia supone un nuevo varapalo hacia los procedimientos seguidos hasta ahora para la aprobación de los documentos de planeamiento urbanístico, cuya supervisión gestiona la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (Crotu). Desde que en el año 2001 entró en vigor la Ley del Suelo de Cantabria, sólo cuatro ayuntamientos de la región han sido capaces de completar todos los trámites que conducen a la aprobación de un PGOU: Argoños, Potes, Santillana del Mar y Comillas. Pero, más allá de este hecho, sorprende también que muchas de esas normativas terminan normalmente en los tribunales y a menudo estos resuelven en contra de ellas, lo que ha creado una situación de inseguridad e incertidumbre jurídica que a nadie se le pasa por alto, ni en los ámbitos profesionales ni tampoco en los políticos.
Cambios sustanciales
Según el Tribunal Supremo, el hecho de que, una vez aprobado inicialmente, se introdujeran cambios sustanciales en el planeamiento sin someterlos de nuevo al trámite de información pública justifica la anulación de las normas subsidiarias de Polanco y la vuelta a la legalidad urbanística vigente en la década de los ochenta, es decir, antes de la revisión aprobada en el año 2002. «Lejos de tratarse de variaciones nimias o de mero cambio de nomenclatura -como aducían las administraciones- los cambios introducidos durante la tramitación afectan a clasificaciones de suelo, sus categorías y usos, afectan a la ordenación de núcleos urbanos y comportan, en fin, la reclasificación de importantes ámbitos de suelo municipal», sostiene el Tribunal Supremo en la sentencia.
El Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Polanco habían alegado en su recurso que la prueba pericial practicada no acreditaba que las modificaciones fueran sustanciales y que, por ello, las conclusiones a las que llegaron los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC eran el resultado de una valoración «irracional, arbitraria o ilógica de la prueba practicada».
Queda «enteramente justificada» la conclusión del TSJC de que esas modificaciones tienen una «fuerte incidencia» en el modelo territorial global elegido y que, al no reiterar el trámite de exposición pública, tras esos cambios, se está «hurtando a los ciudadanos la posibilidad de contemplar el nuevo modelo urbanístico dibujado en el planeamiento», sostiene ahora el Supremo.
Además, advierte de que nada permite afirmar que esas conclusiones sean el resultado «de una valoración irracional, arbitraria o ilógica de la prueba practicada» ya que, «muy por el contrario», esas apreciaciones «encuentran sólido respaldo en la prueba pericial, de la que se ofrece una cumplida reseña».
Igualmente, el Alto Tribunal rechaza otro de los argumentos esgrimidos por los recurrentes, quienes consideraron que, en el proceso de instancia, Arca se refería de forma «específica y exclusiva» a las modificaciones introducidas ante la aprobación inicial. «La mera lectura de la demanda permite constatar que se hace allí referencia a cambios de clasificación u otras alteraciones introducidas con posterioridad al trámite de información pública. En modo alguno cabe afirmar que el debate quedara circunscrito a los cambios introducidos en el momento de la aprobación provisional», falla el Supremo.
Nuevo Plan General
La sentencia que anula las normas subsidiarias de Polanco obliga al Ayuntamiento y a la Crotu a acelerar la aprobación del nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), del que se han completado trámites esenciales como la presentación del avance, la aprobación inicial y dos exposiciones públicas.
Según el alcalde, es la Crotu quien debe mover ficha ahora y remitir la memoria ambiental, lo que permitiría al Ayuntamiento de Polanco proceder a su aprobación provisional y remitirlo de nuevo a la Crotu para que esta acuerde la definitiva. No obstante, la tramitación puede prolongarse aún durante meses o, incluso, años.



* El Diario Montañés - 27.02.11
Foto: Vista de una parte del casco urbano de Polanco.- diariomontañés

2 comentarios :

Vulcano de Polanco dijo...

Pasada la exposición pública, se realizan cambios en el tipo de suelo. ¿Quién lo hizo? ¿Por qué? Ahora comienza las obras de la autovía del agua Tanos - Polanco, si preguntas en el ayuntamiento dicen no tener información. ¿Se piensan que nos chupamos el dedo? ¿Por que lo ocultan? Cuando haces una obra nueva pagas licencia y una "tasa de aprovechamiento", para que os hagais una idea, pagas dos licencias, dependiendo del terreno que tengas. Esta es una tasa inventada para ingresar más a consta de los ciudadanos.


diariomontañes

Anónimo dijo...

Y quien obliga a restaurar la situación urbanística anterior a la aplicación de estas normas??? supongo que se habrán autorizado licencias con estas normas???
Quién es el guapo que echa atrás todo lo permitdo???