El TSJ vuelve a anular la adjudicación de otro sector urbanístico en La Vila

INFORMACIÓN/Alicante* : El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha vuelto a dar un varapalo a la política urbanística del gobierno popular de La Vila Joiosa, en la etapa del ex alcalde José Miguel Llorca, con una nueva sentencia que anula un acuerdo plenario adoptado en diciembre de 2002.

Aquel acuerdo aprobó la programación y adjudicación del sector PP-13 Almadraba a la Agrupación de Interés Urbanístico PP-13 Almadraba. El alto tribunal ha estimado el recurso contencioso administrativo interpuesto por un particular y ha resuelto revocar el mencionado acuerdo plenario. En esta ocasión, el recurrente no ha sido el edil de Iniciativa Independiente, Pedro Lloret, aunque el procurador y el abogado sí son los mismos que en otras ocasiones similares.
El TSJ no aceptó la petición del Ayuntamiento vilero que argumentaba la falta de legitimidad del recurrente porque "no es propietario de inmueble alguno afectado por la actuación" y, por lo tanto, sus alegaciones "no se encaminan a conseguir la observancia de la legislación urbanística sino que responden a un interés no legítimo dirigido a perturbar el normal funcionamiento de la Administración demandada". Sin embargo, el tribunal aplicó la jurisprudencia anterior y resolvió que el recurrente sí poseía dicho interés "legítimo y directo", por lo que "decae la petición de inadmisibilidad por falta de legitimación", según recoge la sentencia del tribunal.
El recurrente aludía a que la Agrupación de Interés Urbanístico no reunía los requisitos legales para ser agente urbanizador del citado sector urbanístico y, por lo tanto, no podía contratar con la Administración. También se refería al hecho de que la adjudicación del programa "ha sido realizada obviando de forma absoluta las reglas de procedimiento y publicidad" establecidas en la legislación. El TSJ se remite a una sentencia anterior, de igual contenido, y emplea los mismos argumentos jurídicos. Así, el tribunal deja claro que la "ejecución urbanística concedida por el Ayuntamiento al agente urbanizador reúne las características de obra pública y tiene la naturaleza propia de un contrato de obras" y también afirma que la adjudicación del programa en cuestión "no ha respetado los principios de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas" al contrario de lo que sostenía el Ayuntamiento de La Vila Joiosa. Finalmente, el TSJ falla anular y dejar sin efecto el acuerdo plenario del Consistorio "por ser contrario a Derecho".






* Información - JULIO MARÍN - 5.01.2009
Foto: Una imagen del PP-13 Almadraba, cuya adjudicación ha echado abajo el Tribunal Superior de Justicia ROSARIO FRAILE, diarioinformacion.com

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