ABC* : La sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, TSJA, significa algo más que revocar la cesión de suelo municipal para la construcción de la mezquita. Además de considerarla un fraude urbanístico, especifica que sin perjuicio de las potestades del planificador «los ciudadanos tienen derecho a decidir cómo debe ser el lugar que constituye el centro de su convivencia, o al menos a ser oídos»...
...y señala que no parece correcto que se sustraigan esos derechos a los ciudadanos, «otorgando calificaciones e interpretaciones no ajustadas a una realidad palpable y mediante un procedimiento que dificulta, cuando no impide, el cumplimiento de esos derechos ciudadanos».
Fuentes jurídicas consultadas por ABC de Sevilla señalan que la sentencia del TSJA no juzga más que el caso de la mezquita de Los Bermejales pero sienta doctrina aplicable a otros casos, como sucede con los fallos que dicta el Tribunal Supremo que sientan jurisprudencia. Resaltan, asimismo, estas fuentes dos aspectos novedosos de esta sentencia y es que no sólo especifica el derecho de los ciudadanos a participar, sino también, y esto es lo más nuevo. a decidir en los asuntos que les afectan más directamente.
Por este motivo la sentencia marca un nuevo período, un antes y un después en las actuaciones del Ayuntamiento sobre cesiones de suelos, porque incluso los ciudadanos le pueden pedir cuentas de cesiones de SIPS, Suelos de Interés Público y Social, que se han realizado desde el equipo de Gobierno en estos últimos tiempos de forma unilateral, no sólo sin contar con los vecinos, sino en contra de la opinión y los deseos de éstos. Y no se trata de suelo para pequeñas dotaciones de barrio, sino que se trata de grandes dotaciones consideradas de interés general. Por poner un ejemplo, los vecinos habrían de decidir en el caso de que en cualquier barrio la Iglesia Católica quisiera ahora construir una nueva catedral.
Es el caso del suelo SIPS cedido a la Universidad para la construcción de la Biblioteca del Prado justo donde se levantaba la zona más frondosa de los Jardines, construidos con fondos de la Unión Europea, si bien en el Prado los suelos son de sistema general y no propiamente para el barrio. En el mismo caso está el templo de los mormones en el Polígono Norte, aunque en esta ocasión no fue propiamente una cesión sino intercambio de suelos entre la Iglesia de los Santos de los Últimos Días y el Ayuntamiento.
Con todo, no deja de resultar paradójico que un Ayuntamiento como el de Sevilla que presume de la participación de los vecinos, incluso en asuntos decisorios del gasto público, como es el caso de los Presupuestos Participativos, haya sido condenado por actuar al margen de los vecinos y continúe teniendo problemas por cesiones de suelo del mismo tipo.
El problema de estas cesiones municipales no consensuadas puede tener su origen, su génesis, en las distintas modificaciones realizadas al Plan General mientras éste se desarrollaba y después del proceso de participación ciudadana, que se realizó sólo al principio. Hay que recordar que muchas asociaciones y colectivos pidieron una segunda exposición del PGOU que el Ayuntamiento finalmente no concedió, por lo que la participación en el Plan, tan cacareada, fue meramente testimonial.
* ABC - GLORIA GAMITO - 18.10.2008
Foto: Sevilla, ayuntamiento - sevilla5.com
Sevilla: El Ayuntamiento tendrá que contar con los vecinos
en
19.10.08
por UrbanismoPatasArriba
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Tema: NOTICIAS Andalucía
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