El TSJ sentencia que el alcalde de Arroyo primó los intereses de Mahía sobre el interés general

NORTECASTILLA/Valladolid* : El Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, presidido por el hoy independiente José Manuel Méndez Freijo, «confundió» entre el 2004 y el 2005 los intereses privados de la constructora gallega Mahía con el interés general, en el proceso de tramitación del Estudio de Detalle en el sector SAU 13 de ese municipio, que permitió a la promotora aumentar en 150 pisos de más los fijados en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). De este modo, Mahía obtuvo el permiso municipal del Pleno, entonces con mayoría del PP, para elevar la edificabilidad de 500 viviendas a 650 en esta zona próxima al centro de Hipercor.

Fue una antigua empleada de Méndez y apoderada de Mahía, María Iluminada Miguel Fernández, la que el 10 de diciembre del 2004 tramitó la petición de la promotora ante el Ayuntamiento. En tres meses, el Consistorio dio, con el informe favorable del arquitecto municipal y del secretario pero con el rechazo de la Comisión Territorial de Urbanismo (CTU), su conformidad para elevar la edificabilidad. A pesar de ello, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha «anulado de pleno derecho» dicho acuerdo del Consistorio aprobado el 15 de marzo del 2005 sobre el Estudio de Detalle del sector SAU 13, así como la desestimación que el propio Méndez hizo del recurso que presentó el concejal del PSOE, Evaristo López, que se postuló contrario a la autorización a Mahía.

La sentencia reconoce que la modificación acordada por el Pleno del 2005 comportó para la constructora «un incremento de la edificabilidad privada en 23.064 metros cuadrados, como se admite por la representación del Ayuntamiento», y que defendió el letrado municipal, el procurador en las Cortes, Raúl de la Hoz.

De este modo, según la sentencia del TSJ, el equipamiento privado creció en 13.317 metros cuadrados y la edificabilidad residencial en otros 9.746 metros cuadrados, aumentándose el número de viviendas en 150 pisos.

Los magistrados del TSJ, que han analizado este contencioso-administrativo durante más de dos años, sostienen que la autorización a Mahía supuso que se elevase la densidad máxima del sector fijada por ley de 30 viviendas por hectárea para pasar a 34,8 viviendas. «En el propio Estudio de Detalle se admite que la densidad pasa de 26,8 viviendas por hectárea a 34,8», dice la sentencia, para cuyo resultado ha sido clave el informe pericial que el TSJ encargó a una arquitecta. El Tribunal sostiene que no se respetó la ley al calificar el suelo como 'urbano consolidado' cuando éste no estaba urbanizado al aprobar el Estudio. En diciembre del 2004 el arquitecto municipal, Buenaventura Conde, informó que la urbanización del SAU 13 «estaba prácticamente concluida», por lo que suponía que el suelo podría ser calificado como urbano consolidado. Sin embargo, dos años más tarde, la perito judicial del TSJ informó que «la urbanización no había concluido».

Se afirma además en el fallo que hubo una «patrimonialización por el propietario (Mahía) del sector del cien por cien del aprovechamiento de la modificación aprobada», y se insiste al respecto en que la autorización de los 150 pisos de más a la constructora gallega por parte del Consistorio presidido por Méndez «no comportó un incremento de espacios libres públicos necesarios en proporción al incremento de edificabilidad y viviendas que se establecen en ese instrumento de planeamiento».

La Ley de Urbanismo recoge que las cesiones a los ayuntamientos han de ser «en pleno dominio, y libre de cargas, gravámenes y ocupantes», aunque en el acuerdo municipal se daba a Mahía la explotación del subsuelo y el vuelo, un hecho que el TSJ cuestiona. Se considera insuficiente que Mahía cediese dos parcelas para uso público, aunque se quedaba con la explotación del subsuelo.

La anulación supone además la paralización del edificio de 108 habitaciones destinado para un apartotel que la empresa Binurba, del grupo Mahía, había comenzado a levantar hace dos años en la avenida de Salamanca. El proyecto de este complejo fue realizado por el arquitecto Javier González Barriuso, vocal en la empresa pública Emuva y facultativo que dirigió la obra del chalé particular de José Manuel Méndez a finales de los años 90.

El PSOE de Arroyo de la Encomienda valorará hoy la sentencia que podría acarrear consecuencias al Consistorio. El fallo puede ser recurrido ante el Supremo que tardaría cuatro años en resolver.







* El Norte de Castilla - 12.12.07 - J. MORENO
Foto: Uno de los bloques del SAU 13 en el barrio de Vega Mahía cuya edificabilidad ha sido anulada por el Tribunal Superior de Justicia/ MIGUEL ÁNGEL SANTOS, nortecastilla.es



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