E.A.ELRINCÓN* : En una sentencia muy contundente y crítica con el Cabildo tinerfeño, el ayuntamiento orotavense y hasta con el juez que respaldó las tesis de esas instituciones, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias estima el recurso vecinal e impide la creación de los 51 pisos, locales y garajes por los que se derribó el teatro y casas con valor patrimonial. La satisfacción vecinal no puede ser mayor "porque la lucha no ha sido en vano y teníamos razón".
Tras los tensos días 10 y 11 de marzo de 2005, aquellas 19 noches de acampada al frío villero, aunque con el calor humano de los sentimientos compartidos, de la valentía frente a los poderes de distinto signo, el amor al patrimonio arquitectónico, cultural y sentimental de un pueblo y, por qué no, la defensa de sus propios intereses y criterios, no fueron sólo la reacción romántica y contestataria de "los cuatro de siempre", como se les ha censurado desde entonces.
No se puede negar la voluntad y convicción del Movimiento Vecinal Atlante y de la Coord. El Rincón-Ecologistas en Acción, sus argumentos y lucha merecían elogio más allá de si finalmente le daban la razón los juzgados. El pasado viernes, el respaldo que le ha dado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) es tan contundente que, en las primeras horas, hasta le costaba creérselo a sus miembros más activos.
En una sentencia que no tiene desperdicio y que deja en muy mal lugar al gobierno orotavense (CC), al Cabildo tinerfeño y hasta al juez que previamente había rechazado los argumentos de los vecinos, el TJSC da la razón al Movimiento Atlante y anula el decreto local por el que se le concedió a la empresa Pejomar el 30 de agosto de 2004 licencia para construir 51 viviendas, locales y garajes en el solar donde previamente había derruido el histórico teatro Atlante y hasta cinco casas, dos con valor patrimonial reconocido por el propio Cabildo con posterioridad, inmuebles ubicados entre la calle Juan Padrón y Nicandro González, en pleno casco histórico de la Villa.
Además, anula el decreto del Cabildo de 7 de marzo de 2005 por el que se autoriza la edificación, "dictada justo un día antes del decreto de 8 de marzo por el que el ayuntamiento ratifica la licencia". También deja sin valor el decreto de 8 de marzo de 2005 por el que, "una vez concluida la delimitación del Entorno de Protección del Bien de Interés Cultural, con categoría de Conjunto Histórico Villa de La Orotava (22 de febrero de 2005), inmediatamente informada en sentido favorable (7 de marzo de 2005) por la Comisión Insular de Patrimonio, se ratificó la aprobación de la licencia, que ya había sido concedida bajo el número 155/2004".
Tras este contundente fallo, que consta de nueve folios y que, aunque sin mencionarlo, deja abierta muchas opciones para que se renegocie con la constructora, se recupere el espacio para uso público y se reconstruya el teatro o, por lo menos, su fachada, el portavoz del gobierno local, Francisco Linares, y el abogado de Pejomar, Manuel Estévez, prefirieron ayer no hacer declaraciones, si bien CC estudiará la sentencia y seguramente se pronunciará después.
La satisfacción vecinal no puede ser mayor "porque la lucha no ha sido en vano y teníamos razón".
Argumentos "insólitos"
La sentencia que firma Pedro Hernández Cordobés como presidente y que tiene de magistrados a Adriana Fabiola Martín y Juan Ignacio Moreno (ponente) recalca que la parcela se hallaba en el casco histórico declarado como Conjunto Histórico Artístico y subraya que así se recogía en el Catálogo del Patrimonio Arquitectónico de La Orotava de 1996, aludiendo a algunos inmuebles como "muy interesantes". Por eso, tilda de "verdaderamente insólito" que en un informe del Cabildo se afirme que antes de la suspensión cautelar de las obras acordada por el consejero el 17 de julio de 2003 "ya se habían demolido los inmuebles parcialmente, no siendo justificable su preservación". Para el TSJC, esta afirmación resulta "insólita" si se atiende a que "los decretos de demolición del consistorio son de 2004, es decir, posteriores". También recalca que el Cabildo falsea la situación al afirmar que las demoliciones no requerían autorización por estar fuera del conjunto histórico, cuando, en realidad, "no existía delimitación y, sin embargo, se encontraban catalogados como patrimonio". El fallo critica otras razones locales e insulares por insostenibles, cree que algunas licencias contienen "vicios de nulidad" y "legitiman lo imposible en un espacio que la administración estaba obligada a proteger". Censura que se hayan incumplido "todos" los plazos para aprobar el Plan del Casco y que, en vez de proteger, se permitieran edificios con "parámetros obsoletos y anteriores al espíritu de la ley". A su juicio, la "vulneración" de la ley de Conjuntos Históricos de Canarias resulta "flagrante".
* Ecologistas en Acción de El Rincón - 5 de noviembre
Foto: La Orotava (Tenerife) - Wesisnay (wikipedia.org)
Tenerife: Los tribunales dan la razón al movimiento ciudadano en La Orotava
en
7.11.07
por UrbanismoPatasArriba
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Tema: COLABORACIONES , NOTICIAS Canarias
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1 comentarios :
¿te permitiria a ti urbanismo rodar una farola para hacer tu obra mas comoda y sencilla? en la urb. los naranjos si, hasta el propio ayto se a ofrecido a rodarla para estos vecinos con tantos registros ilegales abiertos y todavia mas, y sobre esto le permiten tirar el muro de la urbanicion para ellos poder hacer su entrada mas comoda, si quieren, los de urbanismo les dejo las llaves de mi casa y que entren por mi terraza y asi no hacen ninguna clase de obra.Ahora pregunto que tipo de licecia hace falta para estos este tipo de obra, porque a mi no me dejan ni levantar mi propio muro para que no me sacudan la mopa arriba de mi hierbahuerto que como no, es para la sopita de mi hijo. estoy indignada con todo esto y no puedo hacer nada por medio del ayto. aqui me dicen que espere a que abran la puerta y vaya por lo judicial que les parece señores¡abajo urbanismo esta fatal
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