El Supremo anula unos planes urbanísticos de Torrent y Paterna por no garantizar agua

Muy lentamente, pero parece que en ciertos casos judiciales están empezando a contemplar las aberraciones urbanísticas cometidas en el pasado. Así es el caso de estos dos Planes valencianos que contaban con la ilegal aprobación de la Generalitat, sin tener el visto bueno de la Confederación de Aguas correspondiente.
"EFE* : El Tribunal Supremo ha emitido sendas sentencias en las que declara nulos un plan urbanístico de Torrent y otro de Paterna por no contar con los preceptivos informes de la Confederación Hidrográfica del Júcar que garantizasen la suficiencia hídrica de los proyectos. Las sentencias, de la sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, estiman sendos recursos de la Abogacía del Estado y declaran nulos el plan parcial del sector 4 Santa Apolonia Canal-1 de Torrent, y la modificación del plan general del área Llano del Cura, en Paterna".

Ambas actuaciones urbanísticas contaron con el visto bueno de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, a pesar de que había informes en contra de la Confederación Hidrográfica del Júcar, que consideraban que los proyectos no acreditaban "la disponibilidad de recursos hídricos".

El Tribunal recuerda que la normativa vigente establece que los planes de las comunidades autónomas o de las entidades locales que comporten nuevas demandas de recursos hídricos deben contar con un informe de la confederación hidrográfica correspondiente que determine la existencia o no de recursos suficientes.

Añade que aunque las autonomías han asumido la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio y urbanismo, el Estado sigue manteniendo su capacidad de decisión en aquellas cuestiones que repercuten sobre las competencias generales.

El Supremo advierte de que la competencia autonómica en urbanismo "no puede entenderse en términos tan absolutos que elimine o destruya las competencias que la propia Constitución reserva al Estado, aunque el uso que este haga de ellas condicione necesariamente la ordenación del territorio".

La sentencia que afecta al planteamiento de Torrent defiende que el informe de la confederación hidrográfica es "preceptivo" y "vinculante" y es exigible, tanto en cumplimiento de la ley estatal de Aguas, como de la ley valenciana de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje.

El Supremo sostiene que el informe sobre la viabilidad hídrica del proyecto es competencia de las confederaciones y rechaza la posibilidad de que este lo haga una "entidad colaboradora autorizada para el suministro", tal y como contempla la ley autonómica.

Si la intención del legislador autonómico con esta fórmula era dejar "al albur de la discrecionalidad del órgano de tramitación del plan" acudir al organismo de cuenca, se trataría de una normativa "claramente inconstitucional", ya que estas entidades colaboradoras no tienen "ni la competencia técnica, la objetividad, los conocimientos y la visión panorámica" que tienen las confederaciones.


* El Mundo - 16.4.13
Foto: Paterna (Valencia) - uv.es



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Juicio a Millet y la excúpula de Urbanismo el 30 de septiembre por el hotel del Palau

Por fin hay fecha para el juicio sobre el escándalo urbanístico barcelonés del hotel Palau. Aunque con los años pasados y la no construcción al final del hotel, hay que temerse que todo quede en agua de borrajas, después de estar implicado también el departamento de Urbanismo del ayuntamiento gobernado entonces por CIU.
"EUROPAPRESS* : La Sección Quinta de la Audiencia de Barcelona juzgará el lunes 30 de septiembre al expresidente del Palau de la Música Fèlix Millet, su mano derecha, Jordi Montull, y cuatro exresponsables de Urbanismo del Ayuntamiento por la operación para construir un hotel de lujo al lado de la institución musical, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC). Según el auto de la titular del Juzgado de Instrucción 10 de Barcelona que daba por cerrada la instrucción, los trámites durante la operación urbanística para levantar el hotel --que nunca se llegó a construir-- en Ciutat Vella pueden suponer delitos de apropiación indebida, tráfico de influencias, falsedad documental y prevaricación.

En esta operación, presuntamente Millet y Montull se embolsaron 900.0000 euros de comisión utilizando el estatus que les otorgaban sus cargos en el Palau de la Música para "influir" en diferentes implicados de la tramitación urbanística, según la juez.

En este caso están imputados el entonces teniente de alcalde de Urbanismo, Ramon Garcia-Bragado, y el gerente de Urbanismo, Ramon Massaguer, por delitos de tráfico de influencias y prevaricación.

Según el juzgado, durante la tramitación administrativa ocultaron que desde el 12 de julio de 2007 los terrenos destinados a la edificación del hotel ya no eran propiedad de la Fundación Palau sino de Olivia Hotels, la adjudicataria del proyecto.

Esta ocultación, según la magistrada, pretendía hacer posible que Millet y Montull se apoderaran de 900.000 euros provenientes de Olivia Hotels y una vez transmitida a la constructora la propiedad de las fincas que debían ser recalificadas urbanísticamente apoderarse también de 3.606.072 euros que debía pagar dicha empresa dos meses después de la aprobación definitiva de la modificación del PGM.

OCULTACIÓN DE LA OPERACIÓN

La juez considera que Massaguer y Garcia-Bragado aprobaron algunas de estas operaciones sabiendo que partían de una información "que no se ajusta a la realidad y ocultando una operación de lujo privado".

En definitiva, en opinión de la juez, Massaguer y Garcia-Bragado, así como el director jurídico de Urbanismo del Ayuntamiento, Enric Lambies, dieron un trato de favor a Millet y Montull "ocultando la operación lucrativa privada" y la existencia de Olivia Hotels.

También habría contribuido a ocultar la cesión del derecho de las fincas a la constructora el arquitecto contratado por la Fundación, Carles Díez, quien presentó la documentación ante el Ayuntamiento en la que aparecía la Fundación como única interesada "ligando el futuro del hotel aparentemente solo al interés público".

LES PIDEN 10 AÑOS

El fiscal ha pedido para Millet y Montull diez años y dos meses de prisión para por presuntos delitos de apropiación indebida, tráfico de influencias, falsedad documental y prevaricación.

También ha pedido cuatro años y siete meses de cárcel para Bragado, Massaguer, Lambies, y para el arquitecto del proyecto, Carles Díaz, acusados de falsedad en documento oficial y del delito continuado de prevaricación, según recoge la calificación fiscal.

La acusación popular --formada por la Asociación de Vecinos en defensa de Ciutat Vella y la Asociación de Vecinos del Casc Antic-- pidió siete años de cárcel para Millet y Montull.


* Europa Press - 10.4.13
Foto: Barcelona, Palau de la música - educastur.es



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