Orihuela.- La infracción por casas de madera es «grave» salvo para la madre del exedil Ortiz que es solo «leve»

LAVERDAD/Alicante* : Ríos de tinta se han derramado a cuenta de lo sufrido que puede llegar a ser el papel. Esta cuestión queda demostrada en el hecho de que la construcción de una casa de madera sin permiso lo ha tipificado el Área de Urbanismo de Orihuela como constitutivo de una o varias infracciones de carácter «grave», de conformidad con la Ley 16/2005 de 30 de diciembre Urbanística Valenciana (LUV), sobre todo cuando se levantan en terrenos calificados como rústicos o no urbanizables.
Así ha ocurrido al menos durante los últimos cinco años en el municipio con todas las construcciones de madera o prefabricadas, salvo con una casa levantada en una parcela propiedad de la madre del exconcejal de Educación del Partido Popular, Antonio Ortiz, en la pedanía de San Bartolomé.

La infracción que presuntamente protagoniza esta vivienda, y que fue detectada hace ahora casi dos años por la brigada de disciplina urbanística del Consistorio orcelitano, solo fue calificada como «leve», según consta en las notificaciones emitidas desde el área que dirigió durante la pasada legislatura el también edil popular, Antonio Rodríguez Barberá, ahora en la oposición municipal al tripartito, a Ovidia Ruiz Bertomeu, que es la madre de su excompañero de grupo político y exconcejal de Educación, Antonio Ortiz; este hace solo unos meses que dejó la política para dedircarse plenamente a su trabajo como médico, siendo también decano de la Universidad de Murcia en su facultad y de su especialidad, la Odontoestomatología.
La cédula de notificación oficial a la que ha tenido acceso este periódido fue redactada el pasado 26 de mayo, apenas cuatro días después del que el PP no lograra revalidar su mayoría absoluta en las elecciones municipales el pasado 22 de mayo, y en el transcurso de las primeras negociaciones para formar el gobierno del tripartito, lo que no ocurrió hasta el 16 de julio, si bien el ecologista Monserrate Guillén tomó posesión de la Alcaldía oriolana el 11 de junio, o sea dos semanas depués del informe que contiene la hasta entonces inédita calificación de la infracción urbanística de Ruiz Bertomeu, y eso que en el momento de incoar el expediente de sanción urbanística aún no tenía, como ahora, la piscina que ya es visible desde las inmediaciones de la finca sancionada. En todo caso, se trata de una vivienda en planta baja de unos 70 metros cuadrados, levantada sobre un forjado sanitario de unos 100 metros cuadrados.
Los servicios de disciplina redactaron el primer documento oficial referido a la infracción allá por el mes de enero de 2010, si bien el expediente no recibió nuevas aportaciones hasta el mes de mayo de este mismo año. Dicha notificación fechada el último día del mes, admite también que en ese caso concreto «no se aprecia en principio la concurrencia de circunstancias atenuantes ni agravantes, la sanción se impondría en su grado medio», conforme a lo dispuesto en el artículo 241 de la L.U.V. Reconoce, además, este expediente como promotora a la madre del exconcejal, aunque admiten los funcionarios que desconocen «por el momento a la persona del constructor y la del director de las obras (art. 237 de la L.U.V.)».
El documento remitido por el Área de Urbanismo a la infractura especifica que la sanción oscilará entre el 2% y el 6% del valor del importe de la obra ejecutada, y no será inferior a 300 euros. De ahí que el informe, al recoger que no el caso recoge circunstancias antenuantes ni agravantes, la sanción se imponga a medio gas. Hay que aclarar que en el momento de la notificación se ordena la (inmediata) paralización de las obras, sin que estas llegaran a detenerse en nigún momento, dado que las fotos capturadas entonces por los funcionarios municipales nada tienen que ver con las obtenidas por este diario el pasado viernes a mediodía.
Sin embargo, desde el área de Urbanismo, ahora, sostienen que el terreno está calificado como 'No urbanizable, regadíos tradicionales 1.2', que el escalón justo inferior a la máxima protección. Esto significa que la sanción tendría que haber alcanzado entre el 25 y el 50% del valor presupuestado de las obras, o al menos el 37,5, por lo que nadie puede explicar ahora el alcance mínimo de la multa impuesta.


* La Verdad - 14.02.12 - JESÚS FERNÁNDEZ
Foto: Perspectiva del pasado viernes de la casa de madera en San Bartolomé, con la piscina al fondo, de la familia del exedil del PP. :: A. ARAGÓN

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