La Xunta demolerá un tanatorio en Pontevedra por orden del Supremo

ELPAÍS* : La Consellería de Política Territorial que autorizó su construcción el 20 de diciembre de 1993 es la que ha dictado 17 años después la orden de demolición del tanatorio de Montecelo , lindante con el hospital público pontevedrés, tras década y media de pleitos en los tribunales. La Axencia de Protección de Legalidade Urbanística (APLU) dependiente de la cartera de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas que dirige Agustín Hernández tiene listo ya el proyecto de demolición del edificio para devolver la finca a su estado original, tal y como mandata una sentencia del Tribunal Supremo.

Las máquinas tumbarán la construcción el próximo 12 de agosto. El presupuesto para demoler el tanatorio declarado ilegal por varias sentencias del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, ratificadas posteriormente por el Supremo, es de 198.075 euros, IVA incluido, a los que habrá que sumar otros 3.000 euros para que los trabajos de derribo respeten al máximo las medidas de seguridad y salud, dado que el edificio está pegado al hospital de Montecelo.

El coste de las obras lo asumirá en primera instancia la Xunta que ya las ha adjudicado provinsionalmente por un importe de 105.867,67 euros, más IVA. La Consellería pasará después la factura a las empresas Pompas Fúnebres SL, Central Funeraria SL, y Alianza y Barros SA, porque según se deriva de la sentencia judicial deben ser estas firmas las que asuman el coste.

Con su decisión, la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística, cumple con la providencia dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que requirió a la Consellería de Medio Ambiente el pasado 4 de diciembre de 2009 para que ejecutase una sentencia previa del Supremo y decretase "el cierre de la actividad [del tanatorio], la demolición de la edificación para restaurar la legalidad urbanística".

A la vista del requerimiento judicial, la APLU, dictó el pasado 3 de marzo de 2010 -cuando su anterior director, Hipólito Pérez, todavía no había sido cesado por el conselleiro, una orden para seguir el mandato de los tribunales. El servicio técnico de la agencia concluyó la redacción del proyecto de demolición de las obras e instalaciones el pasado junio. Ahora sólo falta que la empresa adjudicataria presente la documentación correspondiente. Deberá hacerlo necesariamente antes del 7 de agosto. El 12 de este mismo mes las excavadoras empezarán a desmontar el tanatorio de Montecelo que según ha decretado el Tribunal Supremo se construyó hace 17 años sobre un terreno no urbanizable según el planeamiento urbanístico del Ayuntamiento de Pontevedra.

La sentencia declaraba ilegal la licencia concedida por la Comisión Provincial de Urbanismo de Pontevedra, de la Consellería de Política Territorial que dirigía entonces (en 1993) Xosé Cuiña, para edificar el tanatorio sobre suelo rústico y anula por tanto el permiso municipal. Tanto el Ayuntamiento de Pontevedra, como la Xunta y las adjudicatarias recurrieron sin éxito en varias ocasiones hasta el Tribunal Supremo. Perdieron la batalla legal y el tanatorio queda ahora a merced de la piqueta.
Las firmas podrán reclamar a la Xunta

La decisión de la Consellería de Política Territorial -que presidía en 1993 el fallecido Xosé Cuiña- de dar licencia a las promotoras del tanatorio de Montecelo para levantar el edificio sobre suelo rústico puede salir cara a la Administración 17 años después. La sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ratificada por el Supremo declara ilegal ese permiso otorgado entonces por el Gobierno gallego, lo que ahora se traducirá en el derribo del tanatorio. El fallo judicial estipula que el coste de la demolición -que en un primer momento asume la Xunta- debe ser repercutido posteriormente a las empresas promotoras. Sucede que, con ese fallo judicial en la mano -que declara nula la licencia de la Xunta- , es más que previsible que Pompas Fúnebres, Central Funeraria SL y Alianza y Barros SA inicien otra batalla legal para reclamar al Gobierno gallego que pague no sólo el coste de las obras de derribo, sino también los daños y perjuicios que la sentencia ocasione a estas empresas, además del lucro cesante.

El hecho de contar con una licencia de la Xunta ampara legalmente al administrado para llevar a cabo las obras. Si finalmente un tribunal declara nulo el permiso otorgado por la Administración, el particular puede presentarse como perjudicado y litigar para que se le indemnice por los perjuicios causados.

El caso tiene su origen en el recurso presentado por unos vecinos de la zona contra la resolución de la Comisión Provincial de Urbanismo de la Xunta que autorizó la obra sobre suelo rústico. El Tribunal Superior de Xustiza dio la razón a este particular por primera vez en mayo de 1997. Antes, el mismo vecino había presentado reclamación ante la Xunta sin obtener respuesta alguna.





* El Páis - 2.08.10
Foto: Pontevedra, ayuntamiento - e-global.es

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