ALFONSO VILLAGÓMEZ* : En ningún sector del ordenamiento se ha manifestado tanto, y con tan graves consecuencias, las variaciones legislativas como en el urbanismo. Llevamos mas de veinte años tejiendo y destejiendo la legislación del suelo. Galicia es un mal ejemplo de este penelopismo normativo sobre una materia que es crucial para nuestra comunidad autónoma como es la ordenación del territorio. Una materia que reclama más que ninguna la estabilidad regulatoria y la seguridad jurídica. En efecto, una ley tras otra del Parlamento de Galicia han provocado la irritación en los ciudadanos, el desconcierto en los profesionales y un sobresfuerzo añadido para los tribunales de justicia. A una regulación que inicialmente solo incidía sobre aspectos organizativos de la competencia autonómica, le siguieron nuevas disposiciones legales que abordaban ya la actuación, los medios de intervención y definición de las distintas categorías del suelo por parte la por parte de las administraciones publicas de Galicia.
Y, así, en el primer día del año 2003, entraba en vigor la ley de Ordenación Urbanística de Galicia (LOUGA), que pretendía sentar las bases para un urbanismo moderno a partir de un nuevo planeamiento municipal ajustado a la realidad territorial, costera y rural del país. Sin embargo, las ambiciosas novedades normativa que se contenían en el articulado de esta ley quedaron en gran parte amortiguadas por las eclécticas y comprensivas disposiciones adicionales y transitorias incorporadas en la misma . Los límites edificatorios que se establecen en el articulado de la Louga para los suelos rústicos y de protección especial, parecían evaporarse en función de criterios utilitaristas contrarios al espíritu de la misma ley; y similar suerte corrieron las serias advertencias impuestas a los municipios para que procedieran a la adaptación de los instrumentos del planeamiento en sus respectivos ámbitos territoriales.
Pero lo peor estaba todavía por llegar. El 90% de los municipios de Galicia no han adaptado sus planes generales de ordenación, y, una vez más, por medio de nuevas modificaciones legislativas, se trastocaron aquellos aspectos mas conflictivos referidos a los límites para la construcción en los municipios del litoral o las medidas de disciplina para las construcciones carentes de la preceptiva licencia, sin que el legislador autonómico se inmutara. El resultado de este desorden no podía ser así otro que un semillero de pleitos para nuestra muy estresada Justicia.
* El Correo Gallego - Opinión - 22.08.10
El desorden urbanístico en Galicia
en
26.8.10
por UrbanismoPatasArriba
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Tema: ARTÍCULOS URBANISMO , NOTICIAS Galicia
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