LAOPINIÓN/A Coruña* : El Plan de Ordenación del Litoral (POL) que ha redactado la Xunta sólo prohibe levantar viviendas en 26 de las 505 hectáreas de suelo vacío y apto para construir que tiene el municipio de A Coruña. Las nuevas directrices del Gobierno gallego para proteger la costa gallega afectan sólo al 5,1% del suelo urbanizable y urbano no consolidado, por lo que se convierte en el municipio de la comarca menos afectado por el frenazo al ladrillo.
El nuevo plan del litoral que la Xunta ha entregado a los concellos ordena un total de 2.661 hectáreas de las 3.800 que posee el municipio de A Coruña, pero sólo impide la edificación en una pequeña parte, la que está protegida. Algo más de 22 hectáreas tienen la calificación de protección ambiental (marismas, acantilados, bosques) y cuatro, la de protección de corredor (ríos y lagunas). Sólo en estas zonas está prohibido el desarrollo residencial.
El Ejecutivo gallego clasifica 121 hectáreas de A Coruña con la denominación de mejora ambiental y paisajística, que permite la construcción, aunque impone limitaciones. Sin embargo la Xunta deja al Ayuntamiento total libertad para construir en 357 hectáreas de suelo urbanizable y urbano no consolidado. La protección ambiental es la que más afecta a este municipio, sobre todo en primera línea de costa, a menos de 500 metros del mar. En este tramo de litoral están protegidas 17,06 hectáreas.
El POL afecta sobre todo a la urbanización de 3.200 viviendas que el Concello prevé construir en O Portiño. Otras dos zonas, donde el plan general prevé importantes desarrollos urbanísticos, salen muy bien paradas con este plan. Es el caso de San Roque de Afuera, donde se prevé levantar dos edificios de ocho plantas. A pesar de que este ámbito está casi al borde del mar la Xunta ha determinado que lo ordene el plan general coruñés.
Lo mismo sucede con otro sector, el de San Amaro, donde se construirán cinco edificios de siete plantas, menos uno que tendrá una. El sector de San Amaro tampoco sale perjudicado porque el plan del litoral establece en su artículo 3 que no afecta a los desarrollos urbanísticos que tengan su instrumento de desarrollo y de gestión aprobados definitivamente antes de la entrada en vigor del POL, lo que sucede en este caso.
El plan del litoral de la Xunta no se aplica al suelo urbano consolidado ni los núcleos rurales ni los sectores o ámbitos con sus instrumentos de planeamiento y gestión aprobados. Un dato importante es que el POL no fija plazos por lo que en un sector que tenga un plan parcial o una reparcelación, por ejemplo, aprobada aunque fuese hace años, no estará afectada por la nueva normativa del litoral aunque se trate de terrenos ordenados por dicho plan del litoral.
A Coruña es el municipio menos afectado por el POL, mientras que en el extremo opuesto está Oleiros: de las 503 hectáreas de suelo vacío y apto para construir que posee, la Xunta le prohíbe edificar en 81,66, es decir, el 37,8%. Oleiros además es el municipio con más hectáreas con protección de corredor, más que las de protección ambiental, debido a la cantidad de ríos y la laguna que posee.
Casi igual se encuentra Culleredo, con el 37,6% de suelo en el que no podrá poner ni un ladrillo. Le siguen Bergondo, Sada, Betanzos, Arteixo, Miño y A Coruña de último.
El POL prevalece
El Plan de Ordenación del Litoral, una vez aprobado de forma definitiva, prevalece sobre el planeamiento municipal, por lo que los municipios tendrán que adaptar sus planes o normas subsidiarias a lo que disponga esta nueva norma. Además, el propio plan del litoral establece que en caso de dudas en su interpretación se aplicará la que contemple un mayor nivel de protección.
Los objetivos generales del POL son favorecer el desarrollo compacto, evitar la dispersión, fomentar la rehabilitación y la renovación, e impedir nuevos crecimientos aislados. Aunque en este caso hace una excepción, las industrias y equipamientos, pues permite clasificar suelo urbanizable industrial aislado, según figura en su artículo 37.
El POL protege en A Coruña dos zonas de interés paisajístico, la del entorno de la Torre y la de las islas y el Monte de San Pedro. Esta última afecta a la futura urbanización de O Portiño, que en parte queda incluida en esta protección. El entorno de esta urbanización, además, figura clasificado al mismo tiempo como urbanizable y como rústico especialmente protegido en los paneles del plan general expuestos en la Casa del Agua.
Urbanizable o rústico
El responsable de Urbanismo del Concello, Alfredo Cerezales, ha explicado que no existe ninguna contradicción pues es suelo rústico y lo que figura como urbanizable sólo significa que la consecución de estos terrenos para convertirlos en zonas verdes y espacios libres se hará imputándolo, adscribiéndolo, a tres urbanizaciones, sectores urbanizables, que se desarrollarán en las cercanías. Este experto recuerda que el artículo 32 de la legislación permite hacerlo.
Un suelo rústico puede clasificarse, como sistema general, adscrito a un sector de suelo urbanizable, efectivamente, pero la clase de suelo debe aparecer siempre como rústico. Y no sólo figura como urbanizable en los planos, también en las fichas de los sistemas generales adscritos, cuando, si fuese como afirma el Concello, debería figurar como rústico.
* La Opinión Coruña - 4.02.10
Foto: A Coruña, vista general - seriestemporales-ieo.net
El Plan do Litoral sólo protege el 5% del suelo urbanizable
en
4.2.10
por UrbanismoPatasArriba
Unknown
Tema: NOTICIAS Galicia
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