LAVOZ/Pontevedra* : Un simple error administrativo puede tener unas consecuencias catastróficas. Lo saben en el Talaso Atlántico, un hotel de cuatro estrellas del municipio pontevedrés de Oia que asoma al océano y que cuenta con uno de los primeros, y el más grande, centros de talasoterapia que se construyeron en Galicia. El Tribunal Superior de Xustiza acaba de anular mediante una sentencia firme la licencia que otorgó el Concello para ejecutar las obras de este complejo turístico hace nueve años.
El pleno de Oia aprobó en 1996 unas normas subsidiarias de planeamiento para promover el crecimiento urbanístico del municipio y la creación de nuevas infraestructuras turísticas.
Pero al secretario municipal se le olvidó incluir el texto de la ordenanza que permitía la construcción del hotel en un solar junto a cabo Silleiro cuando envió el planeamiento para su publicación oficial. Los redactores del BOP (Boletín Oficial de la Provincia) recibieron el plano con el círculo marcado con el número de la ordenanza y fue lo único que publicaron. Pero para la Justicia ha sido como no haberlo hecho. La jurisprudencia declara reiteradamente la prevalencia del texto sobre las representaciones gráficas en los planes de urbanismo.
Por lo tanto, al no haber entrado en vigor dicha ordenanza, nunca podía haber sido concedida la licencia. Un particular especializado en detectar infracciones urbanísticas descubrió el caso y lo denunció. La Xunta también pidió una revisión de la licencia e inició un contencioso administrativo porque el Ayuntamiento se negó a contestar.
El caso es que uno de los establecimientos turísticos más emblemáticos de Pontevedra, que rivaliza con el parador de Baiona en la zona sur, ha quedado en una situación alegal.
Los responsables del negocio, la empresa Balneario del Atlántico, esperan que la situación acabe arreglándose de alguna manera, puesto que un simple error administrativo no puede echar por tierra un proyecto de esa envergadura y que da empleo a 80 personas del entorno.
El alcalde de Oia, Leandro Rodríguez, no sabe de momento por dónde salir. Indemnizar a la empresa por una licencia mal dada supondría la quiebra para las arcas públicas de este Ayuntamiento de 3.000 habitantes.
* La Voz de Galicia - Alejandro Martínez - 12.06.09
Foto: El Talaso Atlántico es un complejo turístico muy conocido que da trabajo a 80 personas- GUSTAVO RIVAS , lavozdegalicia.es
El Tribunal Superior declara ilegal un gran hotel balneario en Oia
en
12.6.09
por UrbanismoPatasArriba
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3 comentarios :
El tema del Talaso Atlántico, en Oia, es más grave de lo que se pretende hacer ver, al achacar a un error administrativo, el "olvido" de publicar en el BOP esa Ordenanza 13 "Equipamiento hotelero-balneario". ¡vaya numerito!....Lo cual conlleva a un "vicio de nulidad radical". Pero es que además -y la misma sentencia lo viene a ratificar-, lo edificado en nada se adapta a esa hipotética e inexistente ordenanza 13. Para que se hagan una idea, anoten:
-Primeramente se falsea la real superficie del ámbito (viene reflejado en los planos de ordenamiento de Oia), aseverando tener una superficie de 27.000,00 m2, cuando realmente eran y son 9.827,92 m2. ¡No está mal!.
Y basándose en esa falsa superficie,se construye ese hotel-balneario, a base de...
1). Más edificabilidad de la permitida. Le correspondían 5.896,75 m2 (9.827,92x0,6m2/m2), en cambio, y así consta en el cuadro de superficies del proyecto tiene 10.441,52 m2 -el peritaje aportado incluso habla de 10.794,71 m2-, lo cual da que pensar que sea más.
2). Se permitía en esa Ord. 13, TRES ALTURAS (B+2)como número máximo de plantas... Se contabilizan OCHO ALTURAS (B+7).
3). La altura de la edificación, en la mentada Ord. 13, era de un máximo de 10,00 m... en realidad tiene 24,00 m.
Al respecto la sentencia dice:"...Por otra parte el proyecto presentado para obtención de la licencia no cumple las determinaciones no ya de la Ordenanza 6 de suelo no urbanizable común, sino siquiera las de la no publicada Ordenanza 13, en lo referente a altuta y número de plantas de los edificios, como pone de manifiesto el informe pericial aportado por la parte actora y ratificado en el proceso...
¡Eso es todo!. ¿Les queda claro?.
Es una pena que los extorsionadores con afan de lucro puedan campar a sus anchas en esta maravillosa tierra que necesita de empresarios y de empresas que nos ayuden a desarroyar nuestro pueblo, creando riqueza y puestos de trabajo...la sociedad tendría que tomar medidas para que estos individuos no tuvieran cabida en nuestra sociedad.
Hace 2 segundos · Eliminar
¿Cómo se puede hablar de extorsionadores con afán de lucro?. ¿Qué datos puede aportar ese anónimo?. Tal vez, habría que decir, que existen los especuladores. Aquellos que, aprovechando amistades -por no decir cosas peores-, se pasan las leyes por el forro... y después, de resultas de los problemas que aparezcan, es muy fácil intentar culpar a los que piden se cumpla la Ley.
Cuando se dice, lo que el anónimo dice, y de la forma anónima que lo dice, demuestra que no sabe lo que dice. Demuestre que existen -con nombres y apellidos-, esos extorsionadores especuladores. Y sino, deje de decir sandeces.
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