Pego: El TSJ condena al Consistorio por aplazar durante 4 años la demolición de una casa ilegal

INFORMACIÓN/Alicante* : No basta con abrir un expediente o poner una sanción. Las infracciones urbanísticas requieren de los poderes públicos que actúen con contundencia para el restablecimiento de la legalidad, y el Ayuntamiento de Pego lo acaba de sufrir en sus carnes.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana acaba de condenar al consistorio pegolino por no ejecutar la demolición de una casa prefabricada en suelo no urbanizable, pese a que los informes municipales concluían que no era posible la legalización.
Las obras de la casa en cuestión, levantada sin licencia, fueron denunciadas por unos vecinos en el año 2004. Más de 4 años después el ayuntamiento, tras haber advertido al propietario con la demolición de la vivienda en dos ocasiones, no ha llegado a ejecutar el derribo. Ahora tendrá que hacerlo por mandato del TSJ, que además condena al consistorio al pago de las costas judiciales "pues su comportamiento procesal puede calificarse de temerario, dada la ausencia de razones para mantener una situación de inactividad como la analizada".
La Sala argumenta que en casos como el estudiado "no basta con incoar un procedimiento sancionador y hacer efectiva una sanción, es preciso además restaurar la legalidad", lo que es una "obligación" de la administración. Más aún cuando, en el caso de autos, "existen dos informes urbanísticos municipales que indican que la edificación no sólo es ilegal, porque carece de licencia, sino que además es ilegalizable". La sentencia señala que el Ayuntamiento de Pego "contemporizó" el asunto, dejando caducar el primer procedimiento de legalización e incoando después un segundo expediente en el que "acoge la paradójica y absurda afirmación del promotor de haber adquirido licencia por silencio" (la vivienda requería una licencia de obra mayor, y la que solicitó el promotor era de obra menor para instalar una balaustrada).
Por hallarse en suelo urbanizable, la construcción ilegal está tipificada en el Código Penal. Y "la administración aparece como la cooperadora necesaria para la posible comisión de un delito por un promotor", indica la sentencia.





* Información - SERGI GARCÍA - 8.10.2008
Foto: Pego (Alicante), vista general - flickr.com

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