La Audiencia apunta a que al menos un querellado por La Zerrichera se lucró con las «importantísimas plusvalías»

R.F./M.B.- La Verdad* : «No se puede descartar una actuación concertada», recoge la resolución.
La investigación judicial sobre el caso Zerrichera seguirá adelante. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Murcia ha rechazado el recurso planteado por cinco altos cargos de la Administración Regional, el alcalde en funciones de Águilas y un ex concejal, que habían reclamado el archivo de la querella presentada por la Fiscalía del TSJ contra todos ellos.

La citada querella, admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción número 3 de Murcia, imputa la comisión de delitos de prevaricación, falsedad en documento público, negociaciones prohibidas a los funcionarios, tráfico de influencias y cohecho a Encarnación Muñoz, que fue directora general de Medio Natural; Antonio Alvarado Pérez, director general de Calidad Ambiental; Manuel Alfonso Guerrero Zamora, director general de la Vivienda, Arquitectura y Urbanismo; José María Ródenas Cañada, subdirector general de Vivienda; Juan Ignacio Sánchez Gelabert, jefe de servicio de Calidad Ambiental; Juan Ramírez Soto, alcalde de Águilas; y José López Díaz, ex concejal del PP.

En el auto dictado por la Sección Primera de la Audiencia, integrada por los magistrados Andrés Pacheco, Francisco Carrillo y Álvaro Castaño, se rechazan todos los argumentos de los querellados, que habían alegado que la querella del fiscal jefe se había presentado fuera de plazo, que no se individualizaban los cargos para cada uno de los imputados y que los hechos relatados no están tipificados como delito, entre otras cuestiones.

Argumentos rechazados

Por lo que se refiere a la denuncia de que la querella estaba fuera de plazo, la Audiencia niega que sea así, ya que se presentó al día siguiente del día tope y ello, sostiene, es legalmente válido. Además señala que, aún en el caso de que realmente se hubiese presentado fuera de plazo, los hechos serían investigables de oficio por el juzgado.

Pero el párrafo más interesante de la resolución es el que se refiere a si los hechos relatados por el fiscal López Bernal pueden ser incluidos en la categoría de delitos. «No es éste el momento de entrar a examinar tales cuestiones, pues lo único que debe tenerse en cuenta es que la querella, en su conjunto, lo que viene a relatar es una actuación concertada de diversas personas, todas ellas con cargos de relevancia en las administraciones local y autonómica, para conseguir el cambio de calificación urbanística de determinados terrenos (los de la finca La Zerrichera), pasando de tener la consideración de no urbanizables a permitir la construcción de una gran urbanización con campo de golf, generando unas importantísimas plusvalías, de las que, al menos, se beneficia uno de los querellados».

Y todo ello, añade, «pese a tener la finca determinadas condiciones medioambientales que le reconocen especial protección, habiendo informes de técnicos y autoridades de la Administración que han mostrado la imposibilidad de tal cambio, pese a lo cual, en un expediente salpicado de irregularidades, se ha llegado finalmente a permitir dicho cambio».

Y concluye: «La mera lectura de la querella evidencia que el Ministerio fiscal atribuye a los distintos partícipes hechos que son susceptibles de encajar en tipos penales como los referidos, no pudiendo, en principio, descartarse que el cambio de calificación urbanística responda a una actuación concertada para conseguir alterar la protección de esos terrenos y conseguir determinados beneficios económicos».






* La Verdad - MURCIA - 7 de junio de 2007
Foto: La Zerrichera (Águilas - Murcia) /laverdad.es


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