El fiscal Vercher denuncia que algunas CCAA legislan en urbanismo en contra del Código Penal

EFE /Santander* : "El fiscal de Medio Ambiente, Antonio Vercher, denunció ayer que algunas comunidades autónomas, que no citó, están dictando normas en materia de urbanismo que contravienen el Código Penal para permitirse legalizar construcciones declaradas ilegales o para evitar su derribo. En un curso de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en Santander dedicado a examinar los excesos urbanísticos, Vercher recordó que, aunque el Tribunal Constitucional sentenció en 1997 que esta materia es básicamente competencia de las comunidades autónomas y de los ayuntamientos, hay determinadas actuaciones que constituyen delito y que están reguladas en el Código Penal. Y suele "olvidarse", continuó, que el Código Penal es una ley orgánica de rango constitucional, que se define a sí misma en su preámbulo como "la Constitución en negativo" y que no puede ser enmendada por una ley autonómica, por una norma administrativa ni por un decisión discrecional de una autoridad pública.


La Fiscalía de Medio Ambiente ha encontrado al menos dos normas autonómicas sobre urbanismo que infringen el Código Penal, algo que Vercher achaca al "desconocimiento" o a "la complejidad del tema", porque su condición de fiscal le obliga a presuponer que "todo el mundo actúa de buena fe salvo que se demuestre lo contrario".

El Código Penal, explicó, castiga con hasta tres años de cárcel a quien construya sin autorización en suelos destinados a viales, zonas verdes, zonas de dominio público o lugares que tengan legal o administrativamente reconocido su valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural. Y en esos casos, concede además al juez la facultad de ordenar el derribo de lo edificado.

En el primero de los dos ejemplos citados por Vercher, la comunidad en cuestión dispone que, aunque el juez haya ordenado la demolición, el derribo no se ejecutará si afecta a un propietario que no tiene ningún otro tipo de bien, si es una persona joven o si la construcción no supera determinada superficie.

"¿Pero qué me está diciendo? Si es el Código Penal el que deja esto en manos del juez. Y, si es un delito, ¿cómo va a ser la Administración, mediante una norma administrativa, la que va a dejar sin efecto el contenido del Código Penal?", replicó el fiscal.

En el segundo de los ejemplos, otra comunidad autónoma dice que si una construcción ilegal se puede legalizar, se legalizará, y si no es posible, la Administración decidirá qué hacer guiada por un criterio de "proporcionalidad".

Esa norma, a juicio de Vercher, es una suerte de imitación de las 'Leyes del jefe': "Artículo uno, el jefe tiene siempre la razón. Artículo dos, si no la tiene, se aplica el artículo primero".

"Eso no puede ser. Si una construcción es ilegal, es ilegal. Lo que no podemos hacer es decir que la ilegalidad desaparece si hay determinados intereses que valorará la Administración con el principio de proporcionalidad", añadió.

Durante su conferencia, el fiscal de Medio Ambiente se declaró partidario de aplicar la medida de demolición que prevé el Código Penal para los delitos contra la ordenación del territorio.

Vercher reconoció que "está costando" introducir ese principio en España, "porque tradicionalmente no se ha demolido", pero también argumentó que hay determinadas conductas que "empiezan a ser un problema para la paz pública y para la convivencia" y que requieren recurrir a ese tipo de medidas para atajarlas.

Explicó así que, en la circular sobre urbanismo que ha enviado a los distintos fiscales autonómicos, les instruye para que pidan que sólo se conceda a un condenado por este tipo de delitos la suspensión de la pena de cárcel cuando haya derribado lo construido.





* La Ley, diario de noticias - [21/06/07]


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