La nueva ley de costas y las contradicciones del Gobierno

FERNANDO PRIETO* : ¿A quién debemos creer sobre la costa, a Montoro o a Cañete? ¿Al ministerio de Hacienda o al de Agricultura?
Graves y profundas contradicciones entre el proyecto de ley presentado por el Ministro de Agricultura, Arias Cañete y el documento del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Montoro sobre la política de costas.
Existen dos documentos recientes sobre la política de costas absolutamente contradictorios, uno el proyecto de ley presentado por el MAGRAMA[i] aprobado el consejo de ministros de octubre Proyecto de ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley 22/1988 (PUSLI) y actualmente en el Parlamento y otro el informe sobre Evaluación de la Política de Costas[ii] elaborado por la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas (AEVAL) dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

La AEVAL se dedica a hacer evaluaciones de políticas públicas, es decir informar al gobierno y a la sociedad de cuales han sido los resultados de la aplicación de una política con criterios de eficacia, eficiencia, transparencia, etc. Es un organismo público de los regulados en la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos. Es la primera de las establecidas por dicha Ley, de acuerdo con un nuevo modelo de gestión pública en línea con los principios de gobernanza de la Unión Europea: responsabilidad, eficiencia, participación, apertura y coherencia.
Es decir se trata de una Agencia Estatal, igual que la de meteorología, con su correspondiente presidente y altos cargos. Esta Agencia es la que va a ser responsable de la ley de transparencia. En todos los países civilizados existe una importante tradición de evaluación de políticas que posteriormente son incorporadas a la agenda pública.

La Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios (AEVAL) realizó en 2009 una evaluación de la gestión y funcionamiento de las Confederaciones Hidrográficas en la perspectiva de su adecuación a la Directiva Marco de Agua (DMA). Partiendo de esta evaluación en la que se puso de manifiesto “… la importancia del nuevo concepto de Demarcación Hidrográfica que incluye las aguas transicionales y costeras resaltando la conveniencia de una buena coordinación entre las administraciones responsables de los dominios públicos hidrológicos y marítimos terrestres, respectivamente”, el Consejo de Ministros, en su reunión del 23 de abril de 2010, acordó incluir dentro del Plan de Trabajo de la AEVAL para ese año, la evaluación de “la gestión y funcionamiento de las Demarcaciones de Costas para la protección del dominio público marítimo, en la perspectiva de su adecuación tanto a la Directiva Marco de Agua como a la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina (DMEM)”.
Al mismo tiempo, se recoge la necesidad de “conocer el grado de progreso alcanzado en España en los trabajos previos a la implantación de la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina así como las actuaciones a desarrollar para adaptar las Demarcaciones de Costas a los requerimientos de esta Directiva”.[iii]

Esta evaluación se ha publicado [iv] en el año 2012, es decir durante el priodo de tramitación de borrador del anteproyecto y del propio proyecto de ley. El borrador lo tuvieron varios meses los asesores de montoso antes de decidir su publicación o no, que finalmente se produjo en junio de 2012.

La evaluación de la política de costas analiza la evolución de esta política de desde 1988, fecha en que se aprobó la ley, y a partir de un exhaustivo estudio estadístico, de gastos, presupuestos, indicadores, entrevistas con los funcionarios, estudio comparativo de las políticas de otras países, estudio en algunos municipios concretos, entrevistas con actuales y antiguos responsables de la política, y del contraste con los agentes implicados (hoteleros, constructores, ecologistas), para hacer un diagnostico de la política de costas. El informe expone una serie de conclusiones y recomendaciones sobre lo que debe ser una política de costas alineada con las experiencias de otros países de nuestro entorno y con la legislación ya existente y prevista.

Las principales diferencias importantes entre los dos documentos son lo siguientes:

1. el informe de la AEVAL comienza considerando la enorme presión que existe sobre este ecosistema y considera que estamos cerca de una situación de no retorno por el aumento de la urbanización en la costa y la contaminación. Es decir se deben de reducir esas presiones por ser un recurso estratégico para el turismo y otros sectores económicos claves. Bien el PUSLI lo que hace es permitir este incremento de la presión.

2. El informe de la AEVAL indica que la Constitución de 1978 reconoce la calificación de dominio público marítimo-terrestre, a partir del artículo 132.2 que resulta incompatible con la existencia de enclaves de titularidad privada sobre el mismo. Podría abordarse desde el Estado la definición de unos criterios mínimos con el objetivo de implementar una normativa básica de protección del litoral sobre la base del artículo 149.1.23º de la Constitución. Por el contrario el PUSLI, por permitir desigualdad entre unos y otros municipios al privatizar terrenos comunes en contra del artículo 132.2 de la Constitución.

3. El informe de AEVAL incluye referencia al cambio climático que va a ser determinante en cualquier tipo de política de costas. el Banco Mundialacaba de hacer una referencia explícita a este proceso explicandoque con los compromiso actuales de reducción de emisiones, al final de siglo habrá cuatro grados más, y los niveles de concentración de CO2llegarían a 800 partes por millón (cuando el objetivo de Naciones Unidas era no superar los 450), con sequías e inundaciones mas frecuentes, es decir va a afectarnos a todos los países y todas las políticas, menos a la costa españolas, (¡!) .En el Proyecto de ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley 22/1988 (PUSLI) no se hace una sola mención, mientras se permite construir e a 20 metros del litoral, con todo el aumento de riesgo que se deriva de ello, tanto sobre personas como sobre propiedades. Es llamativo que mientras tanto, el MAGRAMA financia estudios junto a CEPAL para la evaluación de impactos del cambio climático en zonas costeras de los países de América Latina y el Caribe, para evaluar impactos, vulnerabilidad de las costas, la evaluación de los impactos derivados y la integración de todos los factores en la evaluación de los riesgos plantear medidas de adaptación y realizar un análisis económico de las mismas.

4. Hacer referencia a la gestión integrada de zonas costeras, Recomendación 2002/413/CE, de 30 de mayo de 2002, relativa a la aplicación de la gestión integrada de las zonas costeras en Europa, recogido en al recomendación del parlamento europeo para que las políticas tiendan hacia este marco conceptual, esto implica la planificación en relación a los ecosistemas, reducir la construcción en las primeras líneas de playa, dejar zonas naturales como salinas o dunas sin construir, etc. esto es totalmente opuesto al anteproyecto de ley de costas presentado en el parlamento. Algunas ideas en este sentido son por ejemplo: Trabajar en sintonía con los procesos naturales, aplicar una planificación participativa para suscitar el consenso, conseguir el apoyo y la participación de todas las instancias administrativas competentes o adoptar decisiones que no hipotequen el futuro. Por supuesto ninguna de estas ideas ha sido seguida por el proyecto de ley del MAGRAMA.

5. Recomienda al gobierno de que se adopten medidas, proyectos y programas, para cumplir el protocolo del Mediterráneo, vigente desde marzo del 2011, cuando todavía no se ha tomado ninguna medida para su cumplimiento. Así demanda una estrategia nacional de la costa, desgranada en planes y programas. En el PUSLI se olvidan estos temas y se propone una gran privatización del litoral, tanto amnistiando algunos municipios como privatizando salinas, dunas y reduciendo a 20 metros las zonas de construcción en muchas zonas de España.

6. El informe de AEVAL considera como obligatoria, como no podía ser menos, el cumplimiento de la directiva marco de aguas y la directiva marina Ley 42/2010 de protección del medio marino, ambas traspuestas al derecho español y que obligan a la planificación conjunta de las aguas de estuarios, mejorar la calidad del agua, el PUSLI ni siquiera comenta la existencia de estas directivas de obligado cumplimiento ni explicita como va resolver los compromisos que se derivan de ellas en el ámbito costero.

7. Esta política va en contra de las realizadas desde 1988. En una parte importante de este periodo, entre 1996 y 2004, estas políticas fueron asumidas por el partido popular, y técnicos muy cualificados y expertos de ese partido pelearon por el cumplimiento de la ley de costas en las diferentes demarcaciones. Sin embargo ahora el PUSLI propone cargárselo. En algunos temas, como el deslinde supone volver a iniciarlo en muchas zonas con el despilfarro de tiempo y dinero consecuente.

8. La preocupación por el aumento del urbanismo observado en los últimos años hace que el informe de la AEVAL se refiera como el mayor problema que tienen ahora las costas, hablando incluso de un punto de no retorno si siguen las tendencias actuales.

9. Sobre el deslinde, el informe de la AEVAL recomienda acabarlo cuanto antes y “Para una superior protección del DPMT, podría valorarse hacer uso de la posibilidad prevista en la LC de ampliar la anchura de la zsp a 200 m, en especial, en aquellas franjas del litoral que carecen de este tipo de protección al no contar con planes de ordenación del litoral o del territorio aprobados por las CCAA. Debería de ultimarse la recuperación posesoria de DPMT, distinguiendo claramente estos supuestos de aquellos a los que resulta de aplicación el régimen transitorio de la Ley de Costas. Tanto la recomendación relativa a la finalización del deslinde, como la de la ampliación de la zona de servidumbre de protección y la recuperación posesoria, no constituyen más que la recomendación de implementar tres de las medidas para aguas costeras y de transición previstas en la Orden de 2008 que aprueba la instrucción de planificación hidrológica y que, hasta la fecha, no se han llevado a cabo.

10. El informe de AEVAL se refiere ala importancia de los bienes comunes, su importancia y especificad, definidos según el artículo 132.2 de la Constitución. Bien, con la reforma PUSLI se enajenan parte de estos bienes dejando construirse hasta 20 m en algunas zonas y se amnistían 11 núcleos que corresponden a 10 municipios, también se devuelven las salinas a los anteriores propietarios con lo cual, disminuye el el DPMT. Es decir que va en contra del informe de AEVAL que recomendaba fortalecerlo y de la propia constitución.

11. En el informe de AEVAL se sugiere el modelo de Asturias, que ha recibido varios premios europeos y ha sido puesto como ejemplo por la Comisión Europea como ejemplo de políticas de costas y de planificación integrada entre la ribera del mar y la franja interior de la misma y con numerosos premios europeo de planeamiento urbanístico bien realizada para extender a todo el país. Hay que recordar que los planes litorales de esta CCAA contemplan la protección hasta los 500 metros de costa. Se propone extender este modelo al Mediterráneo. Bien en el PUSLI se propone todo lo contrario, es decir incrementar la construcción hasta los 20 m con un modelo de municipio con playa urbana que reduce a 20 m la franja de protección. Además de las otras excepciones ya reseñadas en el punto anterior.

12. Los dos informes coinciden en que una vez acabado el deslinde se registren las propiedades. En cualquier caso hay que considerar el carácter dinámico de las riberas del mar, con sus propias tasas de erosión y acreción. “La incorporación del deslinde al Catastro se configura como una imperiosa necesidad para crear un sistema público de acceso informático a tan relevante información y cumplir con la obligación establecida en la normativa catastral. La incorporación de esta información es no sólo necesaria y garantía de seguridad jurídica, sino obligatoria”. Por otra parte, es evidente que aunque una zona este determinada como privada, en caso de que la dinámica del mar la invada, será muy probablemente el mar el que acabe llevándose la razón. La costa española está deslindada en el 95% por 100 de su longitud y desde el año 2004 se han deslindado 3.830 kilómetros de litoral que se suman a los 4.659 deslindados desde 1988 hasta 2003. Provincias como Alicante todavía tienen deslindado solo un 67%. El iniciar otra vez todo el deslinde sería costosísimo y generaría una gran inseguridad jurídica.

13. El informe AEVAL respecto al efecto 2018 recomienda soluciones en la medida de lo posible consensuada con los interesados, sin detrimento del carácter público de los bienes en juego. EL PUSLI propone directamente aumentar a 75 años las concesiones con lo cual se compromete muy seriamente el carácter público de los bienes en juego.

14. El Informe de AEVAL hace referencia a los traspasos de las competencias ya realizados a Andalucía y Cataluña en el año 2011, este tema se olvida totalmente en el PUSLI. Es decir se olvida la gobernanza del litoral con CCAA. Parece que habrá que desarrollar la colaboración con las que ya tiene transferidas competencias y con el resto. ¿Se piensa seguir con el proceso de trasferencias a todas o se da ya por concluido?

15. Llama la atención que el programa de adquisición de fincas del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino que se estableció para la incorporación de terrenos de elevado valor ecológico, o sometidos a presión urbanística, colindantes con el Dominio Público Marítimo-Terrestre, de forma que quede garantizada la conservación y protección del mismo. Desde el año 2005 el Ministerio ha destinado más de 75 millones de euros a este programa, y que se valora muy positivamente en la evaluación de la AEVAL, El PUSLI olvida totalmente y se propone justo lo contrario, es decir pasar el Dominio Público Marítimo terrestre a los propietarios, reduciendo el espacio común en beneficio de los propietarios privados.

16. El informe de AEVAL hace referencia al plan de turismo 2020 y a otras estrategias e instrumentos de planificación del turismo y para ello propone conservar al máximo el principal recurso. En el PUSLI ni siquiera se cita la palabra turismo, apoyando de una forma evidente y única al sector constructor, a las industrias que tienen propiedades en el DPMT y al de acuicultura, olvidando todos los demás, y especialmente el turismo que supone el 12% del PIB.

17. En el informe de AEVAL se recomienda la planificación en relación la biodiversidad y al plan estratégico de patrimonio natural 2011-2017. Esta palabra no sale ni una vez en el PUSLI, ni por supuesto se toman medidas para su mantenimiento.

18. Respecto a la delimitación del DPMT en el informe de AEVAl se reconoce su lentitud y que en muchas ocasiones ha habido falta de criterios geomorfológicos y ecológicos en la definición, pero se apuesta por acabarlo cuanto antes y por revisar todos los problemas que haya podido haber, sobre todo para no abrir la “caja de truenos jurídica” que supondría el revisar todos los casos, una vez ya finalizado el 9% de los 8.000 km y que la inmensa mayoría de los juicios han sido ganados por el Estado. En El PUSLI se propone una reducción.

19. el informe de AEVAL recomienda “debiera aprovecharse para asentar definitivamente un esquema de coordinación entre la administración hidráulica con la del litoral y la marina”. Este aspecto de coordinación institucional y entre políticas esencial para cualquier política de costas tampoco se pone de manifiesto en el PUSLI.

20. El tema de los puertos esencial en la costa también es comentado en el informe de AEVAL constatando “la ausencia de coordinación que parece advertirse entre la política portuaria y la de costas: a) por un lado, las modificaciones normativas operadas a instancias del Ministerio de Fomento con incidencia directa en costas y sin intervención del MARM y b) las observaciones formuladas por Puertos del Estado respecto al protocolo del mediterráneo”. Esto se propone solucionar. También recomienda que el “Dominio Público Portuario formara parte de las líneas de acción de la política de costas bajo un enfoque medioambiental”. En el proyecto de ley PUSLI ni siquiera se comenta la existencia de los puertos y la política portuaria.

21. En el informe de AEVAL se propone, fijándose en políticas de costas diseñadas en otros países:

o Determinar los criterios para la definición de capacidad de carga del territorio litoral y del concepto de huella ecológica de las actuaciones, así como establecer criterios básicos para determinar su cuantificación.

o Desarrollar mecanismos y técnicas de compensación interterritorial, utilizando el concepto de equidistribución de costes y beneficios ambientales entre los distintos territorios (intermunicipal, intercomarcal e interregional).

o Fomentar y estimular la preservación del territorio litoral: desarrollar la capacidad estatal de gestión e inversión dirigidas a las administraciones regionales y municipales, orientadas al fomento de las buenas prácticas en el territorio litoral. Por ejemplo, a través de la elaboración de códigos de buenas prácticas y establecimiento de premios.

o Incentivar la mejora del estándar proteccionista común contenido en la normativa básica estatal por parte de las CCAA. Tal sistema de incentivos podría estimular, a su vez, otro de las CCAA para con la CCLL que incorporaran en su planeamiento determinaciones orientadas a una superior protección y conservación de ecosistemas litorales (sistema de incentivos “en cascada”)

o Establecer los mecanismos necesarios para la resolución de los conflictos que puedan surgir e entre administraciones y entre éstas y la sociedad

En el PUSLI ni siquiera se citan estos instrumentos, si bien es cierto que se habla de eficiencia energética en las reformas o en las nuevas casas que se dejen hacer en el litoral (¡!!???)

22. El informe de AEVAL recomienda ampliar las escalas temporales en la planificación, mientras el informe PUSLI, en su primer borrador hablaba de una escala temporal de tan solo 10 años.

23. El informe AEVAL recomienda “que la asignación de inversiones respondiera en el futuro a criterios claros y pautados, priorizando los criterios ambientales y sostenibles en función de la particular problemática de la Demarcación con un mayor equidad en la asignación presupuestaria”. En este año las inversiones del MAGRAMA, es decir la verdadera política realizada, han caído de una forma muy pronunciada. Lo cual también supone una contradicción entre las recomendaciones de AEVAL del 2012 y las políticas realizadas por MAGRAMA en el mismo año.

24. Respecto las relaciones con las Comunidades autónomas: la AEVAL escribe “Las relaciones con las CCAA deberían articularse a través de convenios específicos, con abandono del convenio tipo y dotados de suficientes instrumentos que permitan la efectividad de sus estipulaciones y la adopción de medidas para el caso de incumplimiento. Esto convenios abordarían, entre otros aspectos, compromisos sobre plazos para la emisión de informes y colaboraciones concretas y pautadas en ámbito tales como la vigilancia del DPMT y zona de servidumbre de protección y cofinanciación de obras”. Se hace indispensable establecer procedimientos conjuntos de adopción de decisiones entre los distintos niveles de administración implicados en la gestión del litoral, reforzando la interlocución de las demarcaciones con los órganos competentes de las CCAA. La palabra CCAA apenas se utiliza en el PUSLI, quizás por una reivindacion estatalista de recuperación de competencias a pesar de que son esenciales en la gestión del ZSP y del propio DPMT.

25. Respecto a la participación de la sociedad civil, la transparencia y las relaciones con la comunidad científica la AEVAL sugiere: Deberían fomentarse las relaciones con las instituciones académicas y científicas que contribuyan un mejor conocimiento del litoral. Asimismo, debería promoverse una cultura de gestión basada en la transparencia informativa, posibilitando la accesibilidad de la actividad de las demarcaciones de costas.” En el PUSLI y durante su elaboración ni siquiera se han utilizado a la comunidad científica en el proceso de participación.

26. Sobre los autores, y, este tema es esencial, hay que reseñar que en el informe de AEVAL participaron mas de una docena de expertos reconocidos a escala nacional e internacional, catedráticos, con grupos de discusión de hoteleros, empresas constructoras, urbanistas, representantes de CEOE, sindicatos, ecologistas, etc. Este proceso no se ha producido en el PUSLI que se ha aprobado directamente y presentado en el Parlamento, no se conoce ni su autoria, ni quienes han sido los expertos que han asesorado al gobierno. Excepto el Sr. Matutes que ha reconocido que “ha trabajado mucho en la ley”[v], que tiene importantes intereses inmobiliarios e industriales en la costa, aunque se supone que el Sr. Cañellas también beneficiario[vi] del la privatización de las salinas de Ibiza y hoy públicas también puede haber tenido algo que ver.

Como comentario final, el informe de AEVAL, reconoce que la ley de costas ha sido insuficiente para la gestión adecuada del DPMT, que le deslinde se ha realizado con extraordinaria lentitud y en ocasiones con fallos clamoroso, pero que sin esta ley los impactos sobre el litoral serían mucho mayores. La Ley de Costas de 1988 constituye una garantía para la protección del DPMT, aunque insuficiente para avanzar en una GIZC, por ello debe aprovecharse la entrada en vigor del Protocolo GIZC del Mediterráneo ya es una oportunidad para avanzar en los aspectos normativos que requiere la gestión integrada. La ley de costas de 1988 precisaría de un refuerzo para su correcta aplicación con adecuados medios humanos y organizativos, pero la reforma del PUSLI va en una dirección totalmente contraria que provocará caos, incertidumbre, mayores impactos e insostenibilidad.

Como conclusión se propone que se devuelva el proyecto de ley y se inicie un verdadero proceso de consulta para mejorar la ley actual con el máximo de consenso y apoyo científico para que se haga una verdadera ley de costas con el máximo consenso, basada en la mejor ciencia disponible y con la máxima participación y consenso, posible para que dure por lo menos otros 25 años.


[i] http://www.magrama.gob.es/es/costas/temas/anteproyecto.aspx5 de octubre de 2012, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) dio luz verde al Proyecto de Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley de Costas 22/1988 de 28 de julio.
[ii] http://www.aeval.es/export/sites/aeval/comun/pdf/evaluaciones/E28-Costas.pdf
[iii] Este encargo se enmarca, a su vez, en la Estrategia Española de Desarrollo Sostenible (EEDS), que explicita la necesidad de que algunas de sus políticas hayan de ser evaluadas por la Agencia anualmente, en concreto, en la política referida a la conservación y gestión de los recursos naturales y ocupación del territorio, que busca minimizar los daños originados en los recursos naturales y potenciar el uso eficiente y sostenible de estos recursos, fundamentales para el desarrollo económico y el bienestar social.
[iv] http://www.aeval.es/export/sites/aeval/comun/pdf/evaluaciones/E28-Costas.pdf
[v] Menos protección para la costa Los ecologistas denuncian que la nueva ley favorece la especulación urbanística, mientras que el Consell d’Eivissa defiende que da más seguridad a la propiedad C. Roig | Eivissa | 13/10/2012Ultima hora. http://ultimahora.es/ibiza/noticia/noticias/local/menos-proteccion-para-costa.html
[vi] MANRESA ANDREU Un dudoso privilegio para la última isla balear sin ladrillo. La familia Cañellas, beneficiada por la excepción de Formentera y en la costa de Ibiza
http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/10/06/actualidad/1349520126_552041.html

GLOSARIO

AEVAL: Agencia de Evaluación de Políticas Públicas
CEPAL: Comisión Económica para América Latina
DMA: Directiva Marco de Agua
DMEM: Directiva Marco sobre la Estrategia Marina
DPMT: Dominio Público Marítimo Terrestre
GIZC: Gestión Integrada de Zonas Costeras
MAGRAMA: Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
PUSLI: Proyecto de ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley 22/1988.
ZSP: Zona de Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo Terrestre
GIZC: Gestión Integrada de Zonas Costeras

* Fernando Prieto es ecólogo. Participó en el proceso de aprobación de la ley de costas de 1988 y ha colaborado en la evaluación de esta ley para la AEVAL.

Fuente: http://www.sinpermiso.info/textos/index.php?id=5525


* Rebelión - Opinión - 17.1.13
Foto: Costas - google

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Marbella.- Condenan a Muñoz a un año de cárcel por prevaricación urbanística

LAOPINIÓN/Málaga* : El exalcalde de Marbella Julián Muñoz y seis exediles del GIL han sido condenados cada uno a un año de prisión y diez años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito continuado de prevaricación urbanística contra la ordenación del territorio.
Por otra parte, el tribunal de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga absuelve al exalcalde de los delitos de malversación de caudales públicos y el subsidiario o alternativo de fraude. Durante el juicio, Muñoz se conformó con la petición de pena del fiscal respecto al delito de prevaricación pero respecto al delito de malversación se declaró inocente y aseguró que fue el fallecido Jesús Gil quien negoció la licencia de obra que le había llevado a sentarse en el banquillo de los acusados.

Muñoz y los exediles aprobaron por unanimidad en una comisión de gobierno de agosto de 1998 otorgar licencia al proyecto básico a la sociedad Moansa y, posteriormente, en enero de 1999, dieron luz verde al permiso de obra al proyecto de ejecución de la edificación.

Estas autorizaciones se hicieron sobre su adecuación al documento de revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) "contraviniendo a sabiendas el ordenamiento jurídico aplicable", según se explica en la sentencia.

Pero, además, estas obras afectaron a un vial público, para lo que se inició expediente de desafectación y posteriormente se permutó mediante un convenio con la empresa.

En los fundamentos de derecho, el Tribunal explica que en este procedimiento ha habido dos fases distintas, la primera, que fue objeto de acusación por el fiscal y se adhirieron las acusaciones y cada uno de los acusados se conformó.

Y un segundo grupo, que centró el objeto de la vista oral, el delito de malversación, y que la Sala considera que los hechos no son legalmente constitutivos de infracción penal.

En este sentido, el Tribunal mantiene que no se ha producido sustracción al servicio público, ni al patrimonio municipal, sino una permuta.

Durante el juicio, Julián Muñoz aseguró al tribunal que, para su "desgracia", firmaba todo "desde que Gil y el teniente alcalde de Marbella, Pedro Román, dejaron de hacerlo".

Muñoz subrayó que respecto a este tema nunca negoció nada, que fue un asunto que siempre llevó personalmente Jesús Gil y que él sólo firmó la permuta sin leerla.


* La Opinión Málaga _ EFE - 17.1.13
Foto: Marbella, ayuntamiento - turismo

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Las tasas judiciales dañan el medio ambiente

ELPAÍS* : La ley de tasas judiciales encarece hasta diez veces los costes de los procesos judiciales.
El pasado año 2012 concluyó con varias noticias en torno a la paralización de proyectos urbanísticos que afectaban a medios naturales especialmente sensibles. El cabo Cope en Murcia, la sierra de Las Nieves (Málaga) y la laguna y humedal de Valdoviño (A Coruña) se salvaron del ladrillo gracias a sentencias judiciales tras las que había un trabajo previo de denuncias y recursos ante tribunales de justicia que emprendieron ayuntamientos, partidos políticos y asociaciones ecologistas. Tras la aprobación de la ley de tasas judiciales, estos procedimientos se encarecerán notablemente y, según denuncian varias ONG, será imposible iniciar procesos contra proyectos que conlleven graves impactos ambientales. Y la cosa puede ir a peor con otras normativas en ciernes.

“Si recurriéramos hoy el proyecto de la Marina de Valdecañas en Cáceres, urbanización ilegal según sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, se debería abonar previamente una tasa de 10.350 euros, puesto que la cuantía del procedimiento se fijó en 40 millones de euros. Un recurso de casación contra una sentencia desfavorable, como el planteado contra la inadmisión de la suspensión cautelar de las obras del vertedero de Toledo, tendría un coste de 1.290 euros”. Ecologistas en Acción ejemplifica así el lastre que supone para la defensa de la protección ambiental la ley impulsada por Alberto Ruíz Gallardón, ministro de Justicia, y advierten de que su participación en casos tan populares como el hotel del Algarrobico sería imposible con esta normativa.

La cantidad sería menor (440 euros) en procedimientos con cuantía indeterminada, como el proyecto de cementerio nuclear de Villar de Cañas (Cuenca), el plan parcial de la playa de Valdevaqueros (Cádiz) o los permisos a Repsol para prospecciones petrolíferas en aguas canarias. Sin embargo, las asociaciones ecologistas y vecinales consideran que incluso estas cuantías menores también limitan el acceso a la justicia ambiental, más si se multiplican por la decena de casos que se abren al año y se tienen en cuenta los presupuestos reducidos de muchas de ellas. Los abogados que llevan estos casos hablan de replantearse muchos procedimientos o acudir a herramientas de financiación popular y colectiva, como el crowdfunding.

En la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife) ya han empezado a notar los efectos de la nueva normativa. Juan Carlos Atienza, director de Conservación, afirma que su asociación "es la que más procesos judiciales tiene abiertos [unos cincuenta] y más dinero invierte en tribunales [unos 50.000 euros al año] para defender el medio ambiente, y hemos calculado que el presupuesto anual asignado a los mismos se multiplicará por diez”. “Desde que se aprobó la ley hemos iniciado solo un caso y vamos a intentar seguir adelante con los que tenemos ya abiertos, teniendo en cuenta que la ley es retroactiva y afecta también a estos; pero lo que es seguro es que nos limitará mucho presentarnos a nuevos”.

Eduardo Salazar y Jaime Doreste son dos abogados ambientalistas que trabajan en casos como el de la Marina de Valdecañas, el soterramiento de la M-30 en Madrid o la instalación del almacén temporal de residuos en Villar de Cañas. Salazar confirma que van a "denunciar la ley ante el convenio internacional de Aarhus, ratificado por España en 2005, donde se dice que el acceso a la justicia tiene que ser real y efectivo y los procesos rápidos y poco onerosos o gratuitos”. La pretensión es que aquellas personas y colectivos que inicien un proceso en defensa del medio ambiente no paguen las tasas, y si es así, que “haya una condena internacional que obligue al Estado a revisar la ley”, concluye. El Convenio de Aarhus, llamado así por la ciudad danesa donde se firmó, es un tratado internacional de la ONU sobre acceso a la información y la justicia y participación pública en tomas de decisiones en materia ambiental.

No solo ecologistas, asociaciones de jueces, fiscales y secretarios judiciales, sindicatos y organizaciones de consumidores y usuarios están en pie de guerra contra la discriminación que supone la ley de tasas. Jaime Doreste añade el envío masivo de cartas a la Defensora del Pueblo para reclamarle que interponga un recurso de inconstitucionalidad, y advierte de nuevas reformas por llegar de las que ya se han presentado borradores y pueden limitar aún más la personación popular no solo por la vía administrativa, sino también penal. “El anteproyecto de reforma de la ley de asistencia jurídica gratuita prevé que una persona o colectivo solo pueda usar este servicio tres veces al año, salvo que acredite que no hay abusos, algo que se antoja muy arbitrario”. Según Doreste, esto limitará también el trabajo de ONG y asociaciones con escasos recursos económicos. Pero hay más, ya que un documento elaborado por expertos sobre la reforma de la ley de enjuiciamiento criminal limita el ejercicio de la acción popular a partidos, sindicatos y asociaciones.

Desde el Ministerio de Justicia recuerdan que “el anteproyecto de ley de acceso a la justicia gratuita contempla que las asociaciones de interés público que acrediten insuficiencia de recursos para litigar en defensa de su objeto social podrán beneficiarse de la justicia gratuita en los mismo términos en lo que recogía la ley en vigor”. Ruiz-Gallardón afirmó el viernes pasado, en la presentación del anteproyecto: “Se establece una presunción de abuso de derecho en aquellas personas que soliciten más de tres veces al año instancia de justicia gratuita salvo en lo penal. Eso no significa que no tengan derecho a acogerse; significa que a partir de la tercera serán sometidas a una investigación puesto que hay presunción de abuso de derecho”. Respecto a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la limitación de la acusación popular, el ministro confirmó en la misma comparecencia que el Consejo de Ministros encomendó a una comisión de expertos la elaboración de un nuevo código procesal penal, cuya propuesta “no ha sido trasladada aún al Gobierno”.

Casos de gran notoriedad, como el hundimiento y posterior contaminación del Prestige o la rotura de la balsa de residuos mineros de Aznalcóllar y su vertido sobre Doñana, han contado con la acusación popular. “Y todos los de envenenamiento de fauna o de las urbanizaciones ilegales de Navas del Marqués y Villanueva de Gómez en Ávila”, añade Juan Carlos Atienza. El representante de SEO/BirdLife aclara que “en medio ambiente y protección de la biodiversidad hay pocas personas que, como entidad jurídica, inicien un proceso judicial. Si te roban o te ponen una multa injusta recurres porque afecta a tu patrimonio personal, pero el medio ambiente es de todos y nadie va a poner tiempo y ahora dinero de su patrimonio para defender el de todos. Eso solo lo hacemos las ONG ecologistas u otros colectivos, como asociaciones de vecinos o plataformas creadas al efecto”.


* El País - JAVIER RICO 16 ENE 2013
Foto: Arenal y laguna protegida de A Frouxeira, en el ayuntamiento coruñés de Valdoviño. / XURXO LOBATO

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Piden 180 años de cárcel al exalcalde de Zurgena por presunta corrupción urbanística

EUROPAPRESS/Almería* : La Fiscalía Provincial de Almería va a solicitar penas que suman 180 años de prisión y 1.050 años de inhabilitación para cargo público para el exalcalde de Zurgena y actual concejal de Obras Públicas, Cándido Trabalón (PA), en el marco del conocido como caso 'Costurero' contra la corrupción urbanística en el que también están procesadas otras 23 personas, entre ellas exediles de la corporación, funcionarios, arquitectos y promotores inmobiliarios.
El juez instructor de la causa, que ha ordenado en un auto abrir juicio oral por falsedad documental, prevaricación urbanística, cohecho, desobediencia, negociación prohibida a funcionarios y contra la ordenación del territorio, ha resuelto imponer a Trabalón, quien forma parte del equipo de gobierno en coalición con el PP, una fianza civil de 571.147 euros.

El fiscal, que acusa al exregidor andalucista de un total de 120 delitos aunque interesa la aplicación del artículo 76 del Código Penal con respecto al máximo cumplimiento de penas, le atribuye, entre otros comportamientos, la concesión de licencias para la construcción de inmuebles unifamiliares en no urbanizable por diferentes cauces "irregulares". Sostiene además que en, al menos dos ocasiones, lo hizo "a cambio" de que las empresas promotoras beneficiarias construyeran "sin cobrar precio" un residencial y un bloque de viviendas en dos solares de su propiedad que han sido tasados en casi 400.000 euros.

Tijeras, el otro principal acusado en esta causa contra la corrupción urbanística y quien en la actualidad no ejerce cargo público, el fiscal tiene previsto solicitar penas que suman 178 años y seis meses de prisión mientras que los otros ocho excargos públicos imputados en la causa, de PSOE y PA, se enfrentan a penas de 18 meses de cárcel por cada licencia a la que dieron voto favorable en pleno y que oscilan entre las 80 y las 15, dependiendo de si asistieron a las sesiones plenarias o no. Los exconcejales son Miguel M.R., Emilia J.P., Aniceto L.M., José Antonio R.M., Juan M.D., Josefa S.G., Pedro S.C. y José Juan S.

Para el exconcejal de Urbanismo, el juez instructor ha fijado la fianza civil en 8.630 euros aunque el Ministerio Público destaca que, entre los años 2003 y 2007, recibió cantidades de dinero "cuya cuantía y número no ha podido determinarse" y un vehículo tasado en casi 31.000 euros por parte del acusado Antonio L.R., administrador de las mercantiles 'Antonio de la Jacinta' y 'New Horizon Villas' y principal beneficiario de las licencias urbanísticas concedidas presuntamente de manera "irregular".

'MODUS OPERANDI'

El Ministerio Público indica en su detallado escrito de 69 páginas, al que tuvo acceso Europa Press, tres fases en la trama tejida por los dos principales procesados, quienes, según remarca, decidieron y persistieron en tiempo "de común acuerdo" en conceder licencias para construir viviendas sobre suelo calificado como no urbanizable "no permitidas por la legislación urbanística".

En una primera etapa, que encuadra en marzo de 2003, habría actuado en solitario Tijeras como concejal delegado de Urbanismo y alcalde accidental de Zurgena, quien, conocedor de que los informes preceptivos de la Diputación Provincial serían contrarios a la concesión de las licencias, "decidió no solicitar" los citados informes y "prescindir" de ellos al tramitar los expedientes "prescindiendo totalmente del procedimiento administrativo legal".

En virtud de esto, el fiscal le atribuye la concesión a sabiendas de que eran contrarias a la normativa, de 40 licencias para un total de 80 inmuebles en distintas pedanías. Estas dieron lugar posteriormente a licencias de ocupación que contaron con informes favorables del técnico municipal y acusado Carlos Domingo B.F., quien también era el director de obra de estas promociones impulsadas por las constructoras 'Antonio de la Jacinta' y 'Chaviort'.

En una segunda fase, con Trabalón como alcalde y hasta finales de 2005, ambos habrían acordado, tras entrar en vigor la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), aprobar las licencias en pleno cuando hasta ese momento era bien el alcalde o bien la comisión de gobierno la que resolvía los expedientes para eludir los "informes técnicos y jurídicos que iban a ser contrarios a las licencias solicitadas". Así, se dio luz verde a alrededor de un centenar de permisos a promotoras de imputados por la presunta trama.

El fiscal remarca que, en este punto, el exalcalde contrató Carlos Domingo B.F., a quien, arquitecto, se le encargó que emitiera informes técnicos favorables, una labor a cargo del ayuntamiento que desarrolló al tiempo que, en el ejercicio de su profesión, dirigía obras de "numerosas edificaciones" en el municipio.

Tras cesar en octubre de 2005, Trabalón contrató a Francisco S.G., también arquitecto y acusado de perpetuar el modo de actuar que se achaca a su predecesor, del que era "conocedor", con informes favorables para más de 150 viviendas promovidas por otros acusado, Tomás Z.S. y Jose Miguel D.N., administrradores de 'Zuydy SL'. El socio de Francisco S.G. en su estudio, José María G.R. también esta acusado en el proceso.

"SUBTERFUGIO"

El citado modo de actuar fue diseñado por el exregidor y el exconcejal de Urbanismo, y consistía en, "para dar apariencia de legalidad" a las licencias, usar el "subterfugio" de considerar suelo no urbanizable como suelo urbano cuando "contará con servicios básicos como acceso rodado, abastecimiento de agua y suministro de electricidad". Con este objetivio, según detalla, indicaban a los promotores que "antes o al solicitar" las licencias, hiciesen obras de urbanización "sin ningún tipo de permiso para ello".

De este modo --añade-- los promotores era quienes adquirían el suelo no urbanizable y lo dotaban "a veces de forma incompleta, a veces de forma nula" para "llevar a cabo aparente transformación de la naturaleza del suelo vulnendo la normativa urbanística pues se hacía sin cobertura de ningún instrumento de planeamiento urbanístico, sin las necesarias licencias y no permitidas legalmente y sin cesiones de suelo y aprovechamiento urbanístico que establece la ley para los municipios".

Las tercera etapa se habría iniciado, según el Ministerio Público, en febrero de 2006 cuando Trabalón dejó de convocar plenos y de conceder como Alcalde licencias de obra "ilegales" e ideó una manera de hacerlo "de forma menos manifiesta" utilizando la vía del silencio administrativo. Así, "decidió voluntariamente dejar transcurrir" el plazo de tres meses sin dictar una resolución sobre la licencia para "luego certificar su concesión por silencia administrativo".

El escrito recoge que la secretaria del Ayuntamiento, María Trinidad L.G., quien también está acusada como cooperadora necesaria en 30 presuntos delitos de prevaricación, expidió este certificado de silencio administrativo a efectos positivos para la construcción de casi 200 viviendas en el término municipal y subraya que el exalcalde "no inició, como era su obligación, ningún procedimiento de revisión de oficio para dejar sin efecto las licencias".

El fiscal también señala que, entre 2005 y 2006, Trabalón y Tijeras concedieron unas 18 licencias de segregación de fincas rústicas situadas en no urbanizable "con conocimiento de que eran auténticas parcelaciones urbanísticas y que ley las prohíbe" en este tipo de fincas.

En la causa también están procesados el cuñado el exregidor Juan José G.R., los empresarios Francisco y José Manuel N.T. como administradores de las constructoras 'La Vacazul y Grupo de Inversiones 'Solnor', así como Francisco Javier D.C. como administrador de 'New medina Villas', Faustino M.B., de 'Promociones Inmobiliarias Arboleas' y 'Welcome to Spanish Home' y José S.S., Fernando J.R. y Adoración G.F., admnistradores y arquitecta de 'Colyar SLL'.


* Europa Press - 16.1.13
Foto: Zurgena (Almería), zona viviendas ilegales - ideal.es

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Los casos valencianos de corrupción urbanística doblan la media española

ELPAÍS* : Más de un 8% de los municipios de España (676 de un total de 8.116) se vieron involucrados en casos de corrupción urbanística en el periodo 2006-2010, la época de expansión de la burbuja inmobiliaria y del urbanismo salvaje. La Comunidad Valenciana, con 94 municipios afectados (lo que representa un 17,3%) es una de las cuatro autonomías que duplican la media del 8,35% estatal, junto a Galicia, Andalucía y Cantabria. Otras cinco comunidades superan esas cifras y porcentajes. Se trata de Madrid y Asturias, que triplican la media, de Canarias y Baleares, que la cuadruplican y de Murcia, que multiplica por siete la media española.

Esta evaluación del impacto de la corrupción urbanística, que alcanza a municipios habitados por 26,3 millones de personas (el 56,1% de la población española) está recogida en un estudio de Luis M. Pérez Darías, Víctor O. Martín y Ramón Pérez González, de la Universidad de La Laguna, titulado Aproximación a una geografía de la corrupción urbanística en España, y se basa en una investigación de más amplio alcance, financiada por el Ministerio de Educación y Ciencia, sobre las características singulares que, debido a la burbuja inmobiliaria y la corrupción, ha adquirido la crisis económica en los países del sur de la eurozona conocidos como PIGS (acrónimo de las iniciales en inglés de Portugal, Irlanda, Grecia y España). El trabajo fue publicado en el número 87 de Ería, revista cuatrienal de geografía de la Universidad de Oviedo.

Según los autores del estudio, la corrupción es solo “la punta del iceberg” de un urbanismo desmesurado cuyas consecuencias y efectos preocupantes, por ejemplo sobre el sistema financiero y la actividad económica, todavía están por aclarar. “El último ciclo económico expansivo de España”, constata el estudio, “basado en el boom inmobiliario y el consumo, finalizó en 2008, haciendo entrar al país en la crisis más importante de su historia reciente: cifras récord de parados, deflación, decrecimiento del PIB, endeudamiento público y privado. Un sombrío panorama en el que algunos datos pueden dar cuenta de la indiscutible relación entre la crisis económica y el boom inmobiliario de la última década”.

El más evidente de esos datos es que España, que apenas representa el 10% del PIB europeo, ha construido desde 2000 el 30% de todas las viviendas en la Unión Europea. La mayoría de esas nuevas viviendas se han financiado con dinero que procedía del exterior, por lo que la crisis inmobiliaria española está estrechamente ligada a la crisis financiera.

“Parece que una gran parte de la expansión económica, del milagro económico español, se entretejió con la telaraña de la corrupción política y urbanística”, señala la investigación. “Parece también que esta ligazón entre la economía, la deuda y la corrupción ha sido propia de los países de la periferia de la Unión Europea de la moneda única”. Tras estudiar algunos casos en Portugal, Irlanda y Grecia, el estudio hace una búsqueda exhaustiva y pormenorizada de la casuística de la corrupción urbanística en España, algo que elabora a partir de la información extraída de la prensa, dado que “España no dispone de ninguna estadística oficial que recoja información de este tipo”.

El resultado constata que “el problema de la corrupción urbanística municipal presenta una enorme envergadura en España y existen comunidades autónomas donde está mucho más acentuado”. Afecta principalmente a “aquellos municipios donde se está acentuando la economía inmobiliaria, es decir, donde el referente urbano ya era destacable (urbanos, turísticos y en menor medida mixtos: un 50% de los casos)”, pero también a municipios que se están incorporando al modelo económico inmobiliario desde una base tradicional agrícola o industrial. Por lo que se refiere a los partidos, las tres cuartas partes de los casos se los reparten el PP (44%) y el PSOE (31,2%), “mientras que el 25% restante corresponde a partidos autonómicos, nacionalistas y regionalistas y los de ámbito local, así como IU y gobiernos de coalición”.

Los casos de corrupción municipal por el partido gobernante coinciden con el partido gobernante en Andalucía, con el PSOE, y en Murcia, Madrid y la Comunidad Valenciana, con el PP. En general, por tipos de irregularidades urbanísticas, el 88% se relacionan con la planificación y el suelo; es decir “con la propiedad del suelo y con el instrumento que permite la revalorización del mismo”. ¿Por qué se ha desarrollado la corrupción urbanística?, se pregunta el estudio. Algunas de las explicaciones son el interés de “una determinada fracción de las clases dominantes” por elevar la renta diferencial de la tierra al capitalizarla para urbanizarla, así como una administración local y unos partidos “predispuestos al soborno”. Los casos de corrupción evidencian “cómo se recurre de manera indiscriminada a determinados instrumentos de las leyes y los reglamentos para facilitar la transformación del suelo rústico en urbanizable”.

“¿Habrá que volver a estudiar el suelo, la propiedad del suelo urbano y el nuevo caciquismo como clave explicativa de la situación de atraso y escasa productividad y competitividad de la economía española, de las altas tasas de paro, de la desagrarización y desindustrialización y del calado de la actual crisis que soporta y soportará España, de la misma manera que hubo que estudiar la agricultura, la propiedad de la tierra y el viejo caciquismo del débil desarrollo del capitalismo español en la primera mitad del siglo pasado?”, se preguntan los autores a modo de conclusión.


* El País - ADOLF BELTRAN - Valencia 15 ENE 2013
Foto: Zona urbanizada en el litoral valenciano. / JESÚS CÍSCAR

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A Coruña pierde 40 millones por una herencia urbanística de Vázquez

ELPAÍS* : Hasta unos 40 millones de euros, entre pérdidas e indemnizaciones, asciende el agujero en las arcas municipales de A Coruña causado por una de las herencias urbanísticas más dolosas del exalcalde socialista Francisco Vázquez. Bajo su “supervisión directa” se sucedieron múltiples irregularidades detectadas en el proceso administrativo para la urbanización del barrio de Someso, a la entrada de la ciudad, según concluyen las funcionarias del Ayuntamiento a las que encargó una investigación el equipo del actual regidor, Carlos Negreira, del PP. Un informe del que fue informado ayer el pleno municipal y que ya está en manos de la Fiscalía para que determine si ve indicios de delito en una operación en la que no hubo “enriquecimiento de ningún funcionario o cargo público” pero sí jugosos beneficios para promotores privados, “en particular la familia de Antonio Fontenla”, jefe de la patronal gallega y exsocio de la familia de Vázquez en otros negocios.

El caso Someso o Relámpago, como le gusta llamarlo al PP, que hizo de él su principal caballo de batalla en las elecciones de 2011 que pusieron fin a 28 años de hegemonía socialista, cuesta ya indemnizaciones millonarias al Ayuntamiento —está pagando una primera factura de 8,1 millones— al perder en los tribunales frente a las reclamaciones de los expropietarios de solares expropiados. Todo partió de la adquisición en 1989 “bajo supervisión directa del alcalde”, entonces Vázquez, y de sus “órdenes por escrito”, de terrenos para construir inicialmente un campo de fútbol para el club Relámpago. Pero nunca se hizo y en su lugar se erigieron torres de pisos y un centro comercial. La investigación municipal desvela un cúmulo de anomalías en la valoración y procedimiento seguido por el Ayuntamiento para expropiar esos 21 solares, en total 9.499 metros cuadrados. “No es posible individualizar la responsabilidad sobre las irregularidades producidas que tuvo lugar en distintos departamentos”, concluye la investigación , y por lo tanto “deben achacarse a una mala organización y una gestión ineficiente”, especialmente en Urbanismo.

Los beneficiarios fueron empresas y personas incluídas en la Junta de Compensación de la urbanización, que presidía Fontenla. Además de la constructora del presidente de la patronal, también están entre los promotores de esa junta Caixa Galicia, Home Galicia, Vallehermoso, Multiveste, Uneda, Marte SL y Ferisa. Aportaron las 21 parcelas adquiridas por el Ayuntamiento, que inexplicablemente nunca había registrado su propiedad. Hay también otros particulares beneficiados, como la familia Yordi Catoira que al hacer una permuta con un solar de su propiedad, situado en el monte de San Pedro, recibió a cambio una superficie mucho mayor en Someso, en las inmediaciones del recinto ferial de la ciudad. Y la Administración local, al vender en 2004 a esa junta de compensación edificabilidad en esos terrenos —una “decisión de índole política”, reseña el informe municipal— ganó plusvalías importantes pero también perdió más de 1,1 millones de euros ya que cedió los solares a precio para viviendas protegidas, muy por debajo de lo que valía al ser terreno de libre urbanización.

La lista de anomalías es larga. Por ejemplo, la expedición de certificados del Ayuntamiento con el encabezado con nombre y apellidos del secretario municipal pero sin su imprescindible firma. En un punto sí da el informe la razón a los anteriores gobernantes al coincidir en que el Ayuntamiento compró, pero no expropió, a los dueños los terrenos para el campo de fútbol, por lo que no deberían obtener indenmización al no cumplirse el fin para el que vendieron sus propiedades. Pero el Tribunal Superior de Xustiza tumbó esta interpretación y obligó a compensar con sumas millonarias a los afectados.


* El País - PAOLA OBELLEIRO A Coruña 14 ENE 2013
Foto: A Coruña, zona Someso - elideal

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La Fiscalía pedirá entre 20 y 30 años de cárcel para el exalcalde de Yaiza

LAVOZDELANZAROTE* : El exalcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, podría enfrentarse a una pena de entre 20 y 30 años de prisión. Eso es al menos lo que solicitará el Ministerio Fiscal, a la luz de los delitos que imputa al ex alcalde en la Operación Yate, cuya investigación ya ha dado por terminada.
En su último dictamen, la Fiscalía señala que hay “claros indicios” de que José Francisco Reyes, durante su etapa al frente de la Alcaldía de Yaiza, incurrió en delitos de prevaricación urbanística, cohecho activo y pasivo, blanqueo de capitales, actividades y negociaciones prohibidas a funcionario, malversación de caudales públicos y falsedad de documento mercantil. La mayoría de esos delitos están vinculados a la corrupción urbanística, con la concesión de decenas de licencias ilegales en Playa Blanca a cambio de presuntos sobornos, pero también con otras actividades supuestamente ilegales cometidas desde el Ayuntamiento. Entre ellas, el desvío de fondos a cuentas de su partido, el PNL, y también a empresas de las que era socio, junto a otros líderes del Partido Nacionalista de Lanzarote.

El aparejador Pablo Carrasco, fuera de la causa

Junto a José Francisco Reyes, en el banquillo se sentarán finalmente otras once personas, ya que la causa se ha quedado finalmente con doce imputados. El último en salir de la lista ha sido el aparejador del Ayuntamiento, Pablo Carrasco, al que la Fiscalía no ha incluido en su último escrito de conclusiones.

Quienes sí continúan imputados son el secretario de Yaiza, Vicente Bartolomé Fuentes, el jefe de la Oficina Técnica, Antonio Lorenzo, y otro aparejador municipal, Alfredo Morales. Los tres están acusados de presuntos delitos de prevaricación urbanística, que puede ser castigada con penas de un año y medio a cuatro años de prisión.

En el caso del aparejador Alfredo Morales, su imputación está vinculada al informe que emitió para conceder la licencia al Puerto Deportivo Marina Rubicón, mientras que la de Antonio Lorenzo está ligada a su intervención en el expediente que permitió aprobar el Plan Parcial Playa Blanca, que ya ha sido declarado ilegal por los Tribunales.

En cuanto a Vicente Bartolomé Fuentes, se enfrenta a la imputación por tres delitos. Por un lado, la Fiscalía ve indicios de prevaricación urbanística en los informes que realizó en esos dos expedientes (el del plan parcial y el del puerto), y además le imputa otro delito de malversación de caudales públicos, por su función como interventor del Ayuntamiento. Así, además de las posibles penas de cárcel por dos delitos de prevaricación, el Ministerio Fiscal pedirá también para él entre seis meses y seis años de prisión más, dependiendo del importe de las cantidades supuestamente malversadas. En cualquier caso, sumando los tres delitos, Vicente Bartolomé Fuentes podría enfrentarse a una de las mayores penas solicitadas por la Fiscalía en esta causa, después de la de Reyes.

Familiares y “testaferros”

Entre el resto de los imputados que se sentarán en el banquillo se encuentran los familiares más directos de José Francisco Reyes. Es decir, su mujer, Antonia Rafaela Torres, y tres de sus hijos (María Beatriz, María Noelia y José Francisco Abel). Todos ellos están acusados de presuntos delitos de blanqueo de capitales, y la Fiscalía pedirá para ellos entre tres y seis años de prisión.

Según el escrito del Ministerio Fiscal, todos ellos ayudaron a Reyes a “encubrir la titularidad de sus bienes ilícitamente obtenidos”, para que pudiera “disfrutar de los mismos sin riesgo”. Para ello, actuaron “a modo de testaferros para reintroducir dentro del mercado financiero y de los circuitos económicos legales el lucro procedente de las ilícitas actividades desarrolladas por el alcalde de Yaiza”.

El mismo delito de blanqueo de capitales se imputa a los otros cuatro imputados: José Rafael Mesa Ferrer, Manuel Benito Mesa Ferrer, Antonio Marcelo Machín y Simeón Camacho. Los dos primeros, como asesores fiscales, ayudaron supuestamente al alcalde a blanquear sus cuentas a través de una “sociedad pantalla”, Sea Sun Lanzarote S.L., en la que se encargaban de la contabilidad. Según la Fiscalía, ambos tenían “pleno conocimiento de la finalidad perseguida por el imputado Reyes Rodríguez, la de ocultar la titularidad de los fondos y bienes que se habían adquirido ilícitamente así como de los que se siguieran adquiriendo con posterioridad, para permitir su disfrute por dicho imputado mediante su inserción en el circuito económico legal”.

La otra sociedad supuestamente utilizada para blanquear dinero fue Acuimar Cachazo, en la que figuraban como titulares una de las hijas de Reyes, junto a Antonio Marcelo Machín y Simeón Camacho, ambos pertenecientes al “círculo íntimo de amistad” de José Francisco Reyes. Según la Fiscalía, los dos aceptaron “prestar su más eficaz contribución para ocultar ese patrimonio” de Reyes, “ya que conocían el origen delictivo de los fondos que manejaban, al ser perfectamente conocedores de cuáles eran las fuentes de ingreso lícitos del imputado, así como de su cuantía”.

La investigación, que se inició en el año 2006, pero tuvo que perseguir hechos cometidos desde los años 90, consiguió localizar un millón de euros obtenidos por el ex alcalde de forma presuntamente ilícita. Y para ello, fue necesario rastrear pagos realizados en efectivo, compras sin asiento contable, así como movimientos de créditos bancarios y otras operaciones inmobiliarias. Por eso, por la complejidad de la investigación, la Fiscalía considera que ese millón de euros podría ser sólo una parte del dinero obtenido por los presuntos delitos de corrupción del ex alcalde sureño.


* La Voz de Lanzarote - ISABEL LUSARRETA - 14 de enero de 2013

Foto: Yaiza (Lanzarote), Playa Blanca, Hotel Papagayo Arena - panoramio.com

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Madrid.- Un rascacielos casi vacío que sólo mantener cuesta un riñón

CINCODÍAS* : La utilidad ahora mismo para Bankia de poseer el rascacielos más alto de España es tan difusa como lo ha sido durante los últimos días en Madrid la visión del edificio, ocultado por una espesa niebla. Sólo el mantenimiento de Torre Bankia -antes Torre Caja Madrid, antes Torre Repsol- le cuesta a la entidad financiera más de seis millones de euros al año.
En 2007 el entonces presidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, acordó la adquisición del rascacielos -entonces en construcción- a Repsol por 815 millones de euros, con el objetivo de convertirlo en la sede de la entidad. La operación fue la última que se hizo en España con cifras del boom. Poco después de la compra por parte de Caja Madrid de la torre fue constatable el desplome del sector inmobiliario español.

A continuación vinieron la caída de Lehman Brothers, la integración de Caja Madrid en Bankia y, en mayo del pasado año, la intervención de la entidad, que forzó la salida de Rodrigo Rato como presidente y el nombramiento al frente del banco de José Ignacio Goirigolzarri. Y a todo esto el rascacielos, inaugurado en 2009, ha estado prácticamente vacío generando millones de euros en gastos de mantenimiento y financieros. Mientras, sus gigantes vecinos -Torre PwC (Sacyr), Torre de Cristal (Mutua Madrileña), y Torre Espacio (OHL)- se van llenando, a duras penas, de inquilinos.
Bajo la presidencia de Rato los planes para el rascacielos pasaban por vender el edificio que hasta ahora ocupa la entidad como sede, una de las Torres Kio, y trasladar el personal al rascacielos situado a unos trescientos metros. Pero esos planes se han quedado en un cajón. Bankia, inmersa ahora en un agresivo plan de reestructuración que contempla el despido de cerca de 5.000 empleados, tiene asuntos más urgentes que atender. Además, el hecho de que una entidad intervenida con graves problemas financieros coloque su logotipo a 250 metros de altura mirando por encima del hombro a seis millones de madrileños castigados por la crisis provoca cierto pudor.
El rascacielos está "parcialmente ocupado", indican fuentes del banco, sin detallar cuántos empleados trabajan en la actualidad en la torre. Fuentes del sector estiman que sólo están ocupadas cinco de las 45 plantas y que en realidad la presencia de personal del banco en el inmueble responde a "razones contables". La entidad ha percibido "interés" por parte de inversores para hacerse con la torre, pero de momento nada concreto.
La sociedad encargada de la gestión del inmueble es Torre Caja Madrid, fundada en el año 2000 y controlada en la actualidad por Bankia. Sus cuentas depositadas en el Registro Mercantil desvelan el gasto que supone para la entidad financiera mantener prácticamente vacío el edificio creado por el arquitecto Norman Foster.
En 2010 Torre Caja Madrid firmó un contrato de arrendamiento con Bankia por el que la entidad se comprometió al pago de 1,5 millones de euros al mes, cantidad revisable. En 2011 Torre Caja Madrid recibió 16 millones de euros por ese contrato de arrendamiento, y 5,3 millones en 2010.
Por costes relacionados con el mantenimiento del edificio la sociedad gastó 6,9 millones en 2010 y 6,5 millones en 2011. De esa cantidad, 2,1 millones (2,3 millones en 2010) correspondieron al pago de reparaciones y conservación; 1,9 millones (1,8 millones en 2010) se destinaron a pagar impuestos sobre Bienes Inmuebles; 388.000 euros se pagaron a Bankia por servicios administrativos (667.000 euros en 2010). Por servicios de vigilancia, de limpieza y consumo de luz la empresa paga cerca de dos millones al año.
Los gastos financieros en los que incurrió la sociedad propietaria del rascacielos ascendió en 2011 a 13,6 millones de euros. Responden a créditos concedidos por Caja Madrid y renovados por Bankia.
La empresa contrató una cuenta de crédito con Caja Madrid en julio de 2007 con un límite máximo de 700 millones de euros. Ese límite se ha ido reduciendo hasta los 153,2 millones en 2011, después de que en julio de 2010 se cancelara parcialmente la cuenta; entonces Bankia otorgó tres préstamos a la sociedad Torre Caja Madrid destinados a la amortización parcial de dicha financiación. El importe de dos de esos préstamos fue de 150 millones y de 100 millones el préstamo restante.
Al cierre del ejercicio 2011 la sociedad de Bankia propietaria del rascacielos tenía una deuda a largo plazo de 400 millones de euros y de 158,1 millones a corto plazo.
Inquilino, propietario y financiador
Bankia es el propietario del rascacielos creado por Norman Foster (el banco controla el capital de la sociedad dueña del inmueble, Torre Caja Madrid), el único inquilino (ocupa cinco de las 45 plantas) y la entidad que financió la compra del inmueble en 2007 a Repsol, por 815 millones de euros.
Deloitte, auditor de las cuentas de Torre Caja Madrid, llama la atención en su informe de auditoría del ejercicio 2011 sobre el hecho de que la principal fuente de ingresos de la sociedad corresponde al alquiler del edificio a Bankia, principal accionista de la sociedad -Bankia tiene el 99,9999% del capital de Torre Caja Madrid y Corporación Financiera Caja Madrid el 0,0001%- . "Por su parte", señala Deloitte, el banco es "la entidad que presta la totalidad de la financiación a la sociedad".
La empresa Torre Caja Madrid registró pérdidas en 2011 y 2010 de 10,5 millones y 8,9 millones. El pasivo corriente es superior a su activo corriente, como consecuencia de deudas con Bankia. Esto motivaría el apunte por parte de la consultora Deloitte de una incertidumbre sobre la capacidad de Torre Caja Madrid para continuar sus operaciones.
No obstante, al pertenecer la sociedad a Bankia, su acreedor, los administradores aseguran que se "adoptarán las medidas oportunas que garanticen la viabilidad futura" de la empresa, y que esta pueda desarrollar con normalidad su actividad refinanciando la deuda con la entidad presidida por José Ignacio Goirigolzarri.


* Cinco Días - ALBERTO ORTÍN - MADRID - 13/01/2013
Foto: Torres de la antigua Ciudad Deportiva de Madrid con el edificio Bankia en primer plano - Getty

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La Fórmula 1 le ha costado ya a Valencia lo mismo que la construcción de 55 colegios o seis hospitales comarcales

ELPLURAL* : El coste que las carreras de Fórmula 1 en Valencia le ha supuesto a las arcas públicas se ha convertido en los últimos años en uno de los símbolos del derroche de recursos en grandes eventos de la Generalitat Valenciana. Según los cálculos más aproximados, el gobierno valenciano lleva “enterrados” más de 275 millones de euros en un circuito que iba a tener “coste cero”. Con ese dinero, los ciudadanos valencianos podrían disponer ahora de otros 55 colegios públicos o de seis nuevos hospitales comarcales.
Meses antes de las elecciones autonómicas de 2007, el entonces presidente de la Generalitat Francisco Camps se inventó otro de sus megaproyectos y, con la complicidad pagada a precio de oro del patrón de la Fórmula 1, Bernie Ecclestone, se inventó el circuito urbano del puerto de Valencia para hacer de la ciudad otro Montecarlo. Camps aseguró que el Gran Premio de la F-1 no le costaría “ni un euro a las arcas públicas” porque todo quedaría en manos privadas.

Construir el circuito costó 100 millones
Cinco años y cinco carreras después, ese “coste cero” de Camps se ha convertido en realidad en un dispendio para la hacienda pública superior a la 275 millones de euros, aunque difícil de concretar por la opacidad de la administración autonómica. Los gastos de la Fórmula 1 se han trasladado al final a la Generalitat a través de la Agencia Valenciana de Turismo, la empresa pública Sociedad Proyectos Temáticos o la sociedad pública Circuito del Motor y Promoción Deportiva, que gestiona el circuito de Cheste.

Para la celebración de la primera carrera en 2008, la Generalitat invirtió unos cien millones de euros en la construcción del circuito en el Puerto de Valencia. El Consell señaló que su coste sería cero, porque esperaba recuperar la inversión cuando la zona se urbanizara con el sobrecoste que pagarían los promotores para la construcción de viviendas. La burbuja inmobiliaria se llevó por delante las fantasías de Camps y la zona sigue siendo un inmenso solar.

Un canon anual de 26’9 millones
Si de la construcción del circuito la Generalitat no ha recuperado ni un euro, lo mismo ocurre con el canon anual, que en un principio debía correr a cargo de Valmor Sport, la empresa privada encargada de montar y desmontar la carrera. Según desveló el informe de la Sindicatura de Cuentas de 2001, el canon que cada año recibe Ecclestone es de 26’9 millones de euros, por lo que las cinco carreras celebradas han supuesto un gasto de 134’5 millones de euros. Un canon que la Generalitat habría ido ingresando en cuentas de paraísos fiscales británicos, según ha denunciado el portavoz de Compromís, Enric Morera.

El consell asume un déficit de 41 millones
Por otra parte, el déficit de 41 millones que la empresa gestora del GP acumuló obligó al gobierno valenciano a “rescatarla” en diciembre de 2011. Valmor se encontraba ya en causa de disolución y su incapacidad para organizar el Gran Premio en Valencia habría significado una penalización de 71 millones de dólares. Con la compra de Valmor -“lo más sensato que se podía hacer”, declaraba recientemente el vicepresidente del Consell, José Císcar- la Generalitat asumía también su deuda.

Una señal que costaba 22 millones
Al margen quedan los 22 millones más IVA que Canal 9 se comprometió a pagar a Mediapro por el subarrendamiento de la retransmisión de las carreras por las temporadas 2010 a 2013. En 2011, último que la televisión pública valenciana ofreció el automovilismo, desembolsó 4,95 millones de euros por una retransmisión simultánea con La Sexta. La primavera pasada, Canal 9 rescindió unilateralmente lo que quedaba de contrato, desconociéndose la penalización que ha tenido que asumir.

Sumando los gastos de la construcción del circuito, el canon anual y la condonación de la deuda a Valmor, la Generalitat ha tenido que desembolsar al menos 275’5 millones durante estos cinco años. Un periodo que ha coincidido con la mayor crisis económica conocida y que en el País Valenciano ha provocado unos recortes brutales en la educación, la sanidad y los servicios sociales.

Seis hospitales como el de Gandía
Con el despilfarro de la Fórmula 1, la Generalitat Valenciana podría haber construido al menos 55 nuevos colegios públicos, cuando este curso aún hay 18.000 escolares valencianos que estudian en barracones. Por el contrario, el gobierno de Fabra mantiene su política de recortes en los presupuestos educativos, que la oposición cifra en 500 millones de euros.

También se podrían haber construido seis hospitales comarcales como el de Gandia, con un coste valorado en 50 millones y una previsión de 400 camas. Aunque su entrada en funcionamiento se anunció inicialmente para la primavera de 2011, el nuevo hospital de Gandía se encuentra en la actualidad prácticamente terminado pero cerrado, porque la Generalitat no dispone de los veinte millones que requeriría cada año su mantenimiento.


* El Plural - SALVADOR FAUS - 10.1.13
Foto: Valencia, circuito F1 junto Puerto - elpais.com

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Murcia.- El fiscal apunta al alcalde por el «cúmulo de ilegalidades» en Nueva Condomina

LAVERDAD* : Anticorrupción dice que el alcalde no puede alegar ignorancia en un asunto de tamaña trascendencia y le advierte de que eso solo agravaría su responsabilidad.
Un informe del Fiscal Anticorrupción de Murcia, Juan Pablo Lozano, redactado y remitido al juzgado hace apenas un mes, permite por vez primera, desde que en 2008 se iniciaron las diligencias judiciales sobre el 'caso Umbra' de supuesta corrupción urbanística en el Ayuntamiento de Murcia, conocer al detalle el «cúmulo de ilegalidades» que supuestamente se cometieron en torno al proyecto Nueva Condomina. No solo eso. También es la primera vez que transciende a la opinión pública un documento sumarial en el que se pone cerco, con un amplio argumentario jurídico, al máximo responsable político de ese convenio urbanístico, el alcalde Miguel Ángel Cámara, a quien el fiscal imputa haber actuado «con ceguera jurídica».

Y contra el interés general
El informe de Juan Pablo Lozano no tenía por qué dirigirse, en principio, contra el alcalde Cámara y 'número 2' del PP, ya que su objetivo declarado es ofrecer argumentaciones para que se mantenga la imputación contra el exresponsable de la Gerencia de Urbanismo y autor de la redacción del convenio Nueva Condomina, Pedro Morillas, quien ha solicitado el sobreseimiento de los cargos que pesan contra su persona.
Sin embargo, el fiscal aprovecha ya esa coyuntura para apuntar al también imputado Miguel Ángel Cámara como primer impulsor y último garante del macroproyecto urbanístico y, a la vez, para esbozar las principales razones por las que no podría excusarse de las posibles responsabilidades penales que pudieran establecerse.
Comienza el fiscal recordando que ya anteriormente, cuando se inició la investigación judicial, denunció una serie de «irregularidades administrativas cometidas en la aprobación del proyecto Nueva Condomina, infracciones de tal gravedad que se las calificaba indiciariamente como constitutivas de delitos de prevaricación y fraude». Y añade que ya entonces «se observaba todo un cúmulo de ilegalidades administrativas que siempre beneficiaban al promotor (el presidente del Real Murcia, Jesús Samper), por encima de los intereses generales y que fueron bendecidas por todos los funcionarios intervinientes a fin de conseguir el logro político deseado: un nuevo estadio de fútbol».
Aunque advierte el responsable anticorrupción de que ese objetivo (el nuevo campo de fútbol) es perfectamente legítimo, advierte de que «la decisión política no puede ir contra la Ley y el Derecho», ni siquiera «aunque la misma sea avalada por los servicios técnicos y jurídicos del Ayuntamiento de Murcia, despreciando interesadamente los informes contrarios de la Comunidad Autónoma, que fueron intencionadamente soslayados en la tramitación del plan parcial».
En esta línea, apunta a la experiencia para asegurar que algunos altos funcionarios, incluso cuando no existe una dádiva de por medio, pueden cometer ilegalidades para obtener los favores de los superiores políticos, trepando así «hacia puestos de responsabilidad y nombramiento de jefaturas de servicio o similares (...), y siendo incluidos como personas de confianza». Cuando eso ocurre, «las normas prohibitivas son flexibilizadas en todo lo que perjudique al proyecto que defiende su superior, y las normas discrecionales son interpretadas con pasmosa generosidad, resolviendo cualquier duda a favor del proyecto, al margen de los cauces de interpretación jurídica y vulnerando los principios de legalidad, objetividad e imparcialidad que en teoría debe presidir el actuar funcionarial».
Tal es lo que, en su opinión, ocurrió con Nueva Condomina, que resume con la advertencia de que «lo que no vale es tomar atajos y, evitando actuar según el procedimiento legalmente establecido y contrariando la normativa legal vigente, anteponer el fin, por legítimo que sea, al cumplimiento de la legalidad».

Irregularidades en el convenio.

Perjuicio de 18 millones
«Las ilegalidades en Nueva Condomina», como las denomina el Fiscal Anticorrupción, se habrían cometido tanto con la redacción del convenio (en la que intervinieron Morillas; la jefa de los servicios jurídicos municipales, Ana María Vidal, y el entonces secretario municipal, José Luis Valenzuela, ya fallecido) como con la tramitación y aprobación del plan parcial en la zona norte del municipio.
Una de las «ilegalidades» de mayor calado consistió, siempre según el fiscal, en eximir a Jesús Samper de abonar al Ayuntamiento el 10% del aprovechamiento urbanístico, ineludible por ley, y habérselo conmutado por la entrega del campo de fútbol, cuando debía haber recibido ambos bienes. Y todo ello «mediante una serie de incomprensibles argumentaciones, cuyo resultado último fue la causación de un perjuicio de 18 millones de euros».
Lozano recuerda que el Ayuntamiento acabó recibiendo ese dinero en contra de su propia voluntad, obligado «por imposición de una sentencia judicial», ya que insistía en que no debía cobrarle a Samper.
Otra supuesta vulneración de la ley se habría cometido «al calificar como sistema general para el campo de golf unos suelos calificados como NF (forestales y de protección específica), sin que dicho uso sea compatible, pese al reparo opuesto por la Comunidad Autónoma y sin que exista informa alguno del Servicio de Planeamiento».
Exceso de edificabilidad

Un 60% más de viviendas

En la tramitación del plan parcial participaron los altos funcionarios Morillas y Valenzuela, no así ya Ana María Vidal, y la principal ilegalidad habría consistido en aumentar la edificabilidad en Nueva Condomina hasta los 0,63 m2/m2, cuando la ley entonces vigente solo permitía llegar al 0,4 (se otorgó así a Samper permiso para un 63% más de viviendas de las en apariencia posibles) y, otra vez, pese a la advertencia de ilegalidad cursada por la Administración regional.
Para ello, señala Lozano, «se aplicó parte de un Plan General que todavía no estaba en vigor (no había sido publicado en el BORM) y parte del Plan General del año 2001, escogiendo a conveniencia lo que interesaba en cada caso».
Ese exceso de edificabilidad supuestamente ilegal habría permitido a Jesús Samper obtener un 'regalo' de 190.000 metros cuadrados más para construir, con un total de 1.548 viviendas extra, «tal y como se reiteró por dos veces en los informes de los servicios jurídicos de la Comunidad». Informes que no fueron atendidos.

La ignorancia no es excusa

Pone a Cámara en la diana
Recuerda el Fiscal Anticorrupción de Murcia en su recién elaborado informe que «las autoridades políticas imputadas, el señor Cámara, alegaron su desconocimiento de las cuestiones técnicas y jurídicas, amparándose siempre en que existían informes favorables en tales expedientes, para excusar su responsabilidad».
Pues bien, considera Juan Pablo Lozano que esa pretendida ignorancia no le exime de culpa. «La alegación de no saber nada, cuando existe la obligación de saber dada la importancia y cuantía del asunto en cuestión, no es excusa, sino que agrava la situación personal». Sobre todo teniendo en cuenta, reseña, «que no todas las cuestiones sobre las que se les preguntaron eran de carácter técnico», y también habría eludido ofrecer respuestas aduciendo ignorancia.
«En un expediente -insiste el fiscal- en el que se ventilan más de 24 millones de euros para el Ayuntamiento de Murcia, el conocimiento del alcalde debe ser exhaustivo. Y es la decisión política previa favorable al convenio, por el principio de oportunidad y dirección política, lo que necesariamente motiva los posteriores informes técnicos que dan viabilidad a tales decisiones».
Dicho de otra forma, Lozano considera que primero se decidió por parte de Cámara sacar adelante el proyecto Nueva Condomina, y luego se utilizaron los informes para darle apariencia de legalidad.

«Un falsario 'mantra budista'»

Sentencias que no exculpan
El responsable anticorrupción de la Fiscalía Superior deja traslucir su indignación cuando señala que «conviene desde ya rechazar la falta alegación que repiten, cual mantra budista, todos los imputados (al igual que el falsario mantra de las 41 denuncias presentadas por la Fiscalía de Murcia, de las que 38 habrían sido archivadas), acerca de la legalidad del PGOU de Murcia y de los convenios». Y recuerda que «las dos sentencias del TSJ que se han pronunciado sobre los convenios urbanísticos en nada afectan a esta denuncia de la Fiscalía, sino que, más bien al contrario, la refuerzan».

Soslayando a 'Maco' Navarro

«El responsable político»
A lo largo del todo el documento, Lozano señala que fue el alcalde el principal impulsor del proyecto, desde sus orígenes, y enumera las razones por las que está imputado como último «responsable político». Recuerda de esta manera que «lo primero que hizo Cámara fue, sin expediente alguno y sin informe de ninguna clase, firmar un protocolo con el Real Murcia el 12-7-1999, se supone que por un mero afán político bienintencionado de conseguir un nuevo estadio de fútbol para Murcia». Un protocolo que «no fue objeto de publicidad ni comunicado de prensa alguno» y que se constituyó en «el embrión» del proyecto Nueva Condomina, animando a Samper a adquirir una gran extensión de terrenos para promover la ya entonces comprometida recalificación urbanística.
«Se infiere la presencia de una importante voluntad política en la búsqueda de un nuevo estadio -continúa el fiscal- por los indudables réditos políticos que ello podía suponer. El convenio, que habría sido materia de la Concejalía de Urbanismo, fue asumido directamente por la Alcaldía, soslayando al entonces concejal Navarro (Ginés, 'Maco' Navarro), crítico sobre determinadas cuestiones de las negociaciones ya entonces existentes».
«Esa asunción, legítima», advierte el fiscal anticorrupción, convierte al alcalde en el responsable político del convenio». Argumento con el que insiste en que Cámara no puede alegar ignorancia y aducir que se vio simplemente arrastrado por los informes técnicos.
Lozano destaca que desde el momento en que se firmó el primer protocolo entre el alcalde y el presidente del Real Murcia «comenzaron a surgir problemas entre Cámara y el concejal de Urbanismo». Así, mientras Ginés Navarro era partidario de realizar un concurso (abierto a otras empresas que quisieran construir un estadio a cambio de la aprobación de un plan urbanístico), «el alcalde y el concejal de Deportes apostaron por un proyecto conjunto con el Real Murcia».
Incluso Metrovacesa -promotora del centro comercial Thader y rival de Nueva Condomina- llegó a hacer dos propuestas para construir el campo de fútbol, a las que el Ayuntamiento ni siquiera respondió. «No consta pronunciamiento alguno de los técnicos municipales aportados al expediente de Nueva Condomina ni a estos autos», constata el fiscal.

«Con ceguera jurídica»

Imputación contundente
Algunas afirmaciones del fiscal anticorrupción ponen de manifiesto, por su contundencia, que no va a cejar fácilmente en el empeño de sentar a Cámara en el banquillo por este asunto. «Se aprecian ilegalidades que son objeto de investigación para demostrar que los funcionarios municipales, primero, y después la autoridad política encargada (alcalde), actuaron, en expresión de un reputado penalista, con 'ceguera jurídica'».
En el mismo sentido apunta más adelante que «la actuación de los técnicos (Morillas y Ana Vidal) y de las autoridades que negociaron el convenio (Alcaldía) puede reputarse de fraudulenta, soslayando la ley en todo aquello que perjudicaba el interés político por conseguir un nuevo estadio de fútbol».
Acaba asegurando que «si se quería obtener un estadio sin coste para el erario público, sufragándolo con el valor de un aprovechamiento urbanístico, debería haberse realizado un expediente de venta del aprovechamiento municipal». Lo que ocurrió, al contrario, según Lozano, es que «una voluntad municipal, representada en el alcalde de Murcia, fue la que motivó la decisión, sin estar respaldada en informe alguno, utilizando meras razones de oportunidad y conveniencia sin justificación legal alguna, planteadas durante la negociación previa».


* La Verdad - RICARDO FERNÁNDEZ - 12.1.13
Foto: Murcia, ayuntamiento - wikipedia.org

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AVE de lujo




Además, ahora están quitando los trenes y líneas de velocidad normal. Un despropósito!!

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La Fiscalía de Medio Ambiente denuncia corrupción urbanística en Lanzarote

EUROPAPRESS* : La Fiscalía de Medio Ambiente ha presentado denuncia por la corrupción urbanística en Yaiza, en la isla de Lanzarote, por la concesión de licencias contrarias a la normativa urbanística en hoteles "ilegales" construidos en dicho municipio y que se remontan al periodo comprendido entre 1998 y 2007, periodo en el que gobernó en el Ayuntamiento José Francisco Reyes, del Partido Nacionalista de Lanzarote (PNL).
En concreto, y según ha informado la Fiscalía General del Estado, la Fiscalía de Medio Ambiente que dirige el fiscal de Sala Antonio Vercher ha decidido presentar denuncia al darse por ultimada la denominada 'Operación Yate' contra la corrupción urbanística en Yaiza, investigación de la Brigada Provincial de la Policía Judicial, Sección UDYCO, blanqueo de capitales, de la provincia de Las Palmas.

Ante ello, la Fiscalía presentó, el pasado 20 de diciembre de 2012, un escrito dirigido al juzgado de instrucción competente en el solicita que incoe el procedimiento abreviado para dirigir la acusación contra las doce personas de las que resultan "altos indicios de criminalidad".

Y es que la Fiscalía considera que las personas, hasta ahora imputadas, podrían haber incurrido en uno o varios delitos como son la prevaricación urbanística, cohecho pasivo para fin delictivo, blanqueo de capitales, actividades y negociaciones prohibidas a funcionario público, cohecho pasivo como recompensa, o malversación de caudales públicos en concurso ideal con un delito de falsedad en documento mercantil.

Estos delitos se dirigen contra el ex alcalde de Yaiza en la época de 1998 a 2007, José Francisco Reyes, ya que durante el desarrollo de la fase de instrucción se recabaron "numerosísimos indicios y datos objetivos que ponen de relieve la práctica de conductas corruptas del entonces alcalde de Yaiza y su núcleo familiar mas inmediato y próximo", que se considera ha contribuido de manera "decisiva a la ocultación" del dinero obtenido por la concesión de las licencias y su posterior introducción en el circuito económico legal.

Por ello, la Fiscalía ha considerado, después de realizar una laboriosa investigación, que el imputado, actuando desde su cargo de alcalde, "ideó un plan para enriquecerse durante el ejercicio de su cargo, abusando" de la situación de poder que ostentaba en el ámbito urbanístico de Yaiza.

En este sentido, el fiscal Decano de Medio Ambiente y Urbanismo en Las Palmas, Javier Ródenas, y el Fiscal de la Sección de Medio Ambiente, Ignacio Stampa, han detallado en el escrito remitido al juzgado cómo el imputado logró recaudar "ilícitamente una importante" cantidad de dinero derivada de la masiva concesión de licencias urbanísticas que como alcalde del Ayuntamiento de Yaiza fue otorgando de forma selectiva durante su mandato.

De esta forma, recoge dicho escrito fue provocando el nacimiento de un "urbanismo a la carta" que propició, por la vía de hecho, una alteración total de la realidad urbanística de Yaiza, logrando así hacerse con un "enriquecimiento no justificado que alcanza la cantidad mínima de un millón de euros".

Asimismo, los fiscales pormenorizan los indicios que revelan que el origen del patrimonio que consiguió amasar durante su etapa como alcalde del Ayuntamiento de Yaiza, "en ningún caso" puede estar vinculado o proviene de los ingresos conocidos del mismo, ni se justifica por los cobros que legítimamente percibió como primer edil, sino que "ha sido adquirido como consecuencia directa de su delictiva política municipal instaurada en el delictivo otorgamiento de licencias urbanísticas".

Al respecto, se indicó que para tratar de legitimar los beneficios obtenidos durante esos años, José Francisco Reyes se valió de diferentes procedimientos como utilización de testaferros, amortización en efectivo de un número considerable de préstamos bancarios y seguros, fraccionamiento de operaciones de efectivo de origen desconocido y, sobre todo, grandes inversiones mobiliarias e inmobiliarias abonadas con dinero en efectivo e ingresos constantes de otras tantas y cuantiosas cantidades de dinero en efectivo, en una multiplicidad de cuentas corrientes instrumentales, así como la creación de sociedades interpuestas a modo de 'empresas pantalla'.

Por último, los fiscales concluyen que existen claros indicios de que se prescindió, "de manera grosera", en los expedientes administrativos de concesión de licencias urbanísticas, de un trámite absolutamente esencial del procedimiento, dirigido a hacer valer y velar por el cumplimiento de los intereses insulares que legalmente tutela el Cabildo de Lanzarote.

Ante ello, consideran que existen claros indicios de que el imputado omitió deliberadamente requisitos insoslayables como la falta de informes jurídicos y la autorización turística de la que dependía la validez de la autorización municipal.

LA INSTRUCCIÓN

En cuanto a la fase de instrucción se informó de que se han analizado, con evidente signo incriminatorio, una treintena de expedientes de concesión de licencias para la construcción de complejos hoteleros, tales como los expedientes administrativos para la construcción del hotel Meliá Volcán, del hotel Princesa Yaiza, del hotel Papagayo Arenas, del hotel Dream Gran Castillo, de los apartamentos Iberostar la Bocayna, de los apartamentos Iberostar Papagayo Park, de los apartamentos Río Playa Blanca, del hotel Son Bou, o del hotel Rubicón Palace.

Asimismo, se han analizado los expedientes administrativos para la construcción del hotel Iberostar Papagayo, del hotel Hesperia Puerto Calero, de los apartamentos Coloradamar en la parcela 12 del plan parcial Las Coloradas, de los apartamentos Cay Beach Papagayo en la parcela 14 plan parcial Las Coloradas, del hotel Natura Palace en la parcela 45 y 46 plan parcial Montaña Roja.

También se han analizado los expedientes administrativos para el otorgamiento de licencia de obras a la entidad 'Puerto Deportivo Marina Rubicón, S.A.' y el expediente administrativo para la aprobación del plan parcial Playa Blanca.

Al respecto, se indicó que en todos los expedientes citados en el ejercicio de su actividad como máximo responsable del Ayuntamiento de Yaiza otorgó entre 1998 y 2003 las licencias "a sabiendas de su manifiesta y flagrante ilegalidad".

Estas licencias, recoge el escrito, fueron otorgadas por el entonces alcalde de Yaiza y "vulneran, al menos indiciariamente, los acuerdos de suspensión" del otorgamiento de licencias adoptados por el Cabildo durante la revisión del Plan Insular de Ordenación del Territorio (1998-2000), sin embargo fueron concedidas por un órgano municipal que en aquel momento tenía suspendida la potestad para otorgarlas "y, lo que es más grave, se concedieron con pleno conocimiento de la vulneración de la legalidad que con la concesión de esas licencias iban a cometer", sabiendo que autorizaban edificaciones turísticas incompatibles con el planeamiento insular.

Añade que, en ocasiones, estas licencias incluso eran incompatibles con las ordenanzas del propio plan parcial y con los postulados introducidos en la revisión en tramitación, que era lo que se pretendía salvaguardar, sin tener en cuenta la carga edificatoria de la isla.

Finalmente, el escrito recoge que se autorizaron "de forma desenfrenada miles" de camas turísticas en contra de las propias determinaciones del Cabildo que, como órgano supra municipal, le correspondía velar para la oportuna armonización y el crecimiento sostenible y adecuado a la carga edificatoria de la isla, con la finalidad clara de evitar que por un crecimiento incontrolado pudieran afectarse servicios básicos de la isla de Lanzarote (agua y luz).

Y es que una superación de las camas turísticas y edificabilidad que supere los límites previstos "acarrea restricciones" de servicios básicos que "no pueden cubrir las desorbitadas" áreas turísticas aprobadas por el ex alcalde de Yaiza.



* Europa Press - 11.1.12
Foto: Yaiza (Lanzarote), hotel_Melia_Volcan cuya_licencia_ha_sido_anulada - elpais.com

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Marina de Cope: la razón y la sinrazón

PEDRO BELMONTE/Murcia* : Después de una larga espera de once años, el Tribunal Constitucional declaraba inconstitucional y nula la disposición adicional octava del Texto refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, un serio golpe a la política urbanística del Gobierno regional que afectará de una manera decisiva al megaproyecto de urbanización de Cabo Cope. Esta disposición determinaba que los límites de los Espacios Naturales de la Región de Murcia se debían ajustar a los límites de los Lugares de Importancia Comunitaria de la Red Natura 2000, lo que implicó la desprotección de unas 11.502 hectáreas en diferentes espacios de la Región, principalmente en la zona litoral, entre ellas las de Marina de Cope, que ahora vuelven a quedar bajo protección ambiental. Con esta sentencia se da la razón a las demandas de los grupos ecologistas y sociales de la Región en relación al plan urbanístico de Marina de Cope.

El Tribunal Constitucional ha basado su sentencia en dos argumentos fundamentales: por un lado, la vía inadecuada de aprobación de la disposición, aportándola a última hora a una Ley del Suelo sin haber formado parte de la motivación ni discusión de la Ley; y, por otro, la inseguridad jurídica que se generaba tras su aprobación.

A las pocas horas de hacerse pública esta sentencia, algunos vendedores de humo y sus portavoces señalaban que no pasaba nada, tratando de minimizar el serio revés que la sentencia ha supuesto, e intentaban contribuir a la ceremonia de la confusión señalando el carácter de los magistrados del Constitucional que la habían redactado, hecho que siempre se produce cuando las sentencias no son de su gusto. Por el contrario, desde el punto de vista social, la sentencia respalda las denuncias realizadas por colectivos vecinales, oposición y organizaciones ambientales y pone en cuestión, una vez más, las políticas de urbanización depredadoras, desmesuradas y caóticas del territorio de este Gobierno murciano.

A este serio revés, que descalifica la política regional sobre urbanismo, se unía el pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en la sentencia 91/2011, señalando como ilegal la práctica del teletransporte de edificabilidad de espacios protegidos a nuevos desarrollos urbanísticos.

Como siempre, el Gobierno regional ha mirado para otro sitio a la hora de asumir las responsabilidades por estas irregularidades y este varapalo del Tribunal Constitucional en la política urbanística, cuyas temeridades y errores hemos de pagar los ciudadanos. Esta sentencia debería tener consecuencias en el ámbito político para el gobierno que promovió una ley que desprotegía una parte del patrimonio natural de nuestro territorio. Mucha ciudadanía cree (y no sólo las organizaciones ambientales) que estos hechos deberían tener como consecuencia la asunción de responsabilidades por parte de este Gobierno regional, y obligarían a un cambio radical en las políticas de ordenación del territorio que han favorecido el ataque a los espacios naturales en beneficio de un urbanismo desmesurado y caótico. En definitiva, la sentencia constituye un punto de inflexión definitivo al megaproyecto del ladrillazo de Marina de Cope y un serio revés para muchos planes parciales en diferentes municipios de nuestro territorio.

Es necesaria una reorientación radical de la política urbanística que suponga la paralización inmediata de los trámites de recalificación de suelos en Marina de Cope, y retome el proceso de aprobación definitiva del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Regional de Calnegre-Cope, incluyendo la mayor parte de la zonas que pretendía ser urbanizadas. Se manifiesta necesaria también una moratoria urbanística inmediata en los ayuntamientos, hasta que se depuren las consecuencias de ambas sentencias y la revisión de la planificación urbanística regional y de los 45 municipios de nuestra comunidad, que tenga como objetivo la restitución de la legalidad urbanística y ambiental. Hay que acabar con el modelo de caos y desorden urbanístico que se ha llevado a cabo y que, no sólo ha supuesto un desastre económico y social, sino que ahora se demuestra que era contrario a la propia legalidad ambiental. Esto implica la construcción de una alternativa para otro modelo de desarrollo basado en la conservación de la naturaleza y los recursos naturales que suponga una esperanza real de un futuro sostenible para nuestra Región y no se convierta en el humo de la sinrazón.



* La Opinión de Murcia - 28.12.12
Foto: Marina de Cope (Águilas-Lorca), Murcia - elpais.com

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