,+costa+-+mma.es.jpg)
En el caso de las viviendas que están fuera del marco urbanístico, la reforma legislativa habilita un plazo de dos años para una regularización que, además, requerirá de un pago por parte del propietario. Estos condicionantes, que fueron pactados en la ponencia parlamentaria en la que finalmente no cristalizó el acuerdo inicial entre populares y socialistas, matizan la lectura de que la norma podría permitir una amnistía generalizada de las construcciones fuera de ordenación. La ley abre un cauce para regularizar esas viviendas, pero no implicará una legalización automática.
Los dueños de esas casas anteriores al 2003 no podrán realizar obras de consolidación ni ampliación, porque solo estarán permitidas aquellas que se consideren imprescindibles para su mantenimiento.
Instalaciones industriales
La Xunta calcula que las medidas incorporadas a la Lei do Solo para legalizar asentamientos industriales construidos en suelos que nunca se desarrollaron urbanísticamente o en suelo rústico de uso común pueden favorecer a unas 1.200 naves diseminadas en 45 concellos. Al igual que sucede con las urbanizaciones residenciales sin licencia, la inclusión de esas instalaciones en un ámbito de suelo urbanizable queda supeditada a que sus propietarios urbanicen el entorno y lo doten de los servicios básicos necesarios.
Con estas medidas, la cuarta reforma de la Lei do Solo sumará miles de viviendas y naves industriales, y decenas de urbanizaciones, al proceso de regularización que en su día permitió legalizar 34.000 granjas. La redacción original de la norma urbanística 9/2002 dejó todas esas construcciones fuera de la ley.
* La Voz de Galicia - 2.04.10
Foto: Barreiros (Lugo), costa - mma.es
No hay comentarios:
Publicar un comentario