
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias notificó esta mañana la sentencia que desestima el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento capitalino contra el fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria que en marzo del año pasado dio la razón colectivo vecinal Avecalta y declaró nulo el permiso.La licencia de obra mayor de las torres del Canódromo fue concedida por el Ayuntamiento capitalino a Realia el 21 de marzo de 2006.
La resolución judicial en primera instancia, ahora confirmada por la Sala, se limitó a suscribir los argumentos expuestos por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en las dos sentencias previas que anularon el Plan Especial, la primera de ellas fechada el 3 de septiembre de 2007, y la segunda, a instancias de la citada asociación, el pasado 10 de enero. De hecho, el texto de la sentencia ahora ratificada en apelación transcribe en 13 folios las consideraciones ya expuestas en las anteriores sentencias del caso, y considera nula la licencia de obra mayor al compartir «plenamente los argumentos expuestos por la Sala respecto a la ilegalidad tanto del Pan Especial como del PGO de Las Palmas, disposiciones al amparo de las cuales se dictó la que es objeto de impugnación en este juicio». Por ello, «procede igualmente declarar la ilegalidad» de la licencia, «y la consiguiente anulación».
* Canarias 7 - Antonio F. de la Gándara - 21.10.09
Foto: Las Palmas, torres Canódromo - canarias7.es
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