
El TSJA paralizó dichos artículos por entender que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) no puede suplir a los planes especiales de protección en las zonas que aún carecen de este tipo de normativa.
Inicialmente el alto tribunal había suspendido 18 artículos del PGOU pero ahora ha admitido el recurso del Ayuntamiento y lo ha levantado respecto a 6 artículos, a la vez que ha rechazado la totalidad de las alegaciones de la consejería de Obras Públicas.
Cuatro sectores paralizados
El auto mantiene la paralización en lo referente a los sectores de Santa Catalina-Santiago, Catedral, Encarnación-Magdalena y Calzada. Según las citadas fuentes, el TSJA cree que el Plan General "no puede entenderse que supla el planeamiento de especial protección" y por tanto "no puede afirmarse que los citados sectores cuenten con instrumentos urbanísticos de especial protección".
El alto tribunal suspende el articulo que determina la densidad de viviendas "y por ende establece la posibilidad de un aumento de edificabilidad", y el que permite obras de sustitución y nueva planta, pero autoriza el artículo que "habilita para la redacción de futuros planes especiales, que como tal no produce perjuicio".
También autoriza otros artículos que regulan las condiciones de uso de los garajes, las garantías de estudios previos de fachadas o la existencia de hueco de acceso en el edificio original, así como el artículo que permite excepcionalmente para usos de interés público las obras de reconstrucción y ampliación.
La sala de lo Contencioso del TSJA, por otra parte, rechaza la argumentación de la Gerencia de Urbanismo municipal de que no fue notificada oficialmente del trámite de alegaciones, y precisa que el escrito que recibió el 31 de julio de 2007 era una notificación y no un mero trámite informativo del plazo dado a la consejería de Obras Públicas.
* ABC - AGENCIAS. SEVILLA - 8 de enero de 2008
Foto: Sevilla, ayuntamiento - sevilla5.com
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