El TSJC obliga a derribar 32 viviendas en Alcanar construidas con licencia nula

LAVANGUARDIA/Tarragona* : El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado una sentencia de un juzgado de Tarragona que obliga al Ayuntamiento de Alcanar a derruir 32 viviendas de la calle Buguenvíl.lea porque se construyeron a partir de una licencia urbanística nula. Las viviendas se edificaron a partir de una licencia urbanística declarada nula en el año 2006 por el mismo juzgado de Tarragona al considerar que no se ajustaba a la legalidad urbanística con respecto a su densidad y tipología.
De estas 32 viviendas, situadas en casas plurifamiliares, 24 son propiedad de particulares, la mayoría segundas residencias, y el resto continúan siendo de la promotora.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el pasado 20 de noviembre el juzgado contencioso administrativo de Tarragona notificó al Ayuntamiento que dispone de 10 días hábiles para dar conocimiento del auto e iniciar el derribo para restaurar la legalidad urbanística.

El denominado caso Turov, nombre de la empresa que promovió la construcción de las viviendas, representa la punta del iceberg de al menos unas 50 licencias urbanísticas más que, si bien no han acabado con reclamación de responsabilidades civiles, los juzgados han corroborado que se otorgaron interpretando las densidades de viviendas como plurifamiliares donde sólo estaban permitidas unifamiliares.
El caso Turov empezó en julio de 2003, justo después de acceder a la alcaldía el socialista Ricard Bort, que aprobó, en su primera junta de gobierno local, una licencia urbanística para la construcción de estas 32 viviendas con sus correspondientes aparcamientos, pese a que el Plan Urbanístico de Alcanar sólo permitía 9 viviendas unifamiliares en esta zona.
Con la construcción de estas 32 viviendas, que correspondían a una primera fase de un total de más de 100 que no se han llegado a construir, se incrementaba la densidad en un 255,5% respecto al planeamiento permitido.
Fue una vecina de la zona quien, conocedora del incumplimiento legal en la urbanización próxima a su casa, acabó llevando el caso a los tribunales y consiguió que en noviembre de 2006 el juzgado contencioso administrativo de Tarragona declarase nula de pleno derecho la licencia urbanística otorgada a Turov.
Pero, poco antes, el Ayuntamiento había aprobado un Plan Especial de Reforma Interior (PERI), ratificado por la Comisión de Urbanismo de las Tierras del Ebro (CUTE), para redistribuir la edificabilidad de las dos parcelas propiedad de la promotora, una acción que no le ha servido para salvar la situación.
También ha resultado infructuosa la batalla legal emprendida por el Ayuntamiento cuando recurrió la primera sentencia de 2006, pues en 2009 el TSJC desestimó el recurso de apelación del consistorio y confirmó la nulidad de la licencia.
En noviembre del año pasado, y al ver que el Ayuntamiento no había derribado las 32 viviendas de la promoción de Turov, Antonia González volvió a presentar en los juzgados una petición de ejecución de la sentencia.

Por otra parte, la promotora badalonesa Turov S.L, en concurso de acreedores, ante la posibilidad firme de que el Ayuntamiento se viera obligado a derrocar las 32 viviendas y en previsión de que los vecinos pudieran reclamarle responsabilidades económicas, interpuso una demanda contra el Ayuntamiento por responsabilidad patrimonial en diciembre de 2010 en la que solicitaba una indemnización por daños y perjuicios de 6.854.090 euros.
Sin embargo, una sentencia del juzgado contencioso administrativo número 2 de Tarragona exoneró al Ayuntamiento de Alcanar de indemnizar a la promotora de Badalona.


* La Vanguardia - EFE - 29.11.12
Foto: El segundo bloque de apartamentos de la promoción construida y comercializada por Turov, S.L. ACN / Jordi Marsal

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