Detenido por estafa el dueño de un 'chiringuito hipotecario' para inmigrantes en Madrid

ELPAÍS* : El gerente de una oficina que se dedicaba a colocar hipotecas entre inmigrantes con bajos ingresos durante los años de la burbuja inmobiliaria fue detenido el pasado jueves por orden de un juez de Madrid que le imputa un presunto delito de estafa. Los denunciantes son varias familias inmigrantes con créditos hipotecarios que no pueden pagar y que se encuentran en mora o en proceso de desahucio. Debido a la legislación hipotecaria española, cuando pierdan sus casas, aún les quedarán deudas millonarias.
La orden del juez Agustín Morales, del Juzgado de Instrucción 42 de Madrid, fue emitida el pasado 23 de noviembre. Enrique Caño, administrador de un chiringuito hipotecario llamado Central Hipotecaria del Inmigrante (CHI) y otros con nombres parecidos, fue detenido en su domicilio de Madrid el pasado jueves, según informaron fuentes jurídicas. El juez no le pudo tomar declaración al no estar presente la acusación particular del caso, a la que no dio tiempo a avisar, por lo que lo dejó en libertad y lo citó de nuevo para comparecer como imputado a mediados de enero.
Se trata de un paso adelante inaudito hasta el momento entre las pocas denuncias por estafa que se han podido presentar en España contra unas prácticas que fueron comunes en los años de mayor auge de la burbuja inmobiliaria.

La denuncia fue presentada hace un año, el 30 de noviembre de 2010. La argumentación de la estafa se basa en que Enrique Caño abusó de la confianza de los inmigrantes y de su escasa formación económica para involucrarlos en operaciones financieras de alto riesgo de las que desconocían las consecuencias.

La carta de presentación de la CHI, según su propia publicidad, decía: "Somos una entidad de apoyo al inmigrante y trabajamos en un programa de integración basado en la adquisición de viviendas". Caño cobraba un porcentaje de cada hipoteca que vendía.

Los denunciantes son inmigrantes ecuatorianos con ingresos inestables que obtuvieron a través de la CHI créditos de más de 200.000 euros entre 2004 y 2007 para comprar pisos. Originalmente denunciaron cinco familias, pero se han ido sumando víctimas y hoy son ya diez. Según relatan, Caño conseguía los créditos hipotecarios mediante una trama de avales cruzados, de tal forma que los compradores se avalaban unos a otros con viviendas a su vez hipotecadas. Las operaciones se cerraban con pocos días de diferencia para eludir los controles mensuales de riesgo que hace el Banco de España.

Para conseguir un piso, según los denunciantes, Caño exigía al comprador que primero firmara como copropietario en otra operación. Después, el chiringuito buscaba a otros inmigrantes para figurar como copropietarios con el comprador, y así seguía la cadena. De hecho, los denunciantes están todos vinculados porque tienen pequeños porcentajes de otros pisos y otros tienen porcentajes de los suyos.

De esta forma se conseguía que, entre todos, cumplieran los requisitos mínimos de riesgo. Es decir, tres personas con perfil de riesgo muy alto juntas en una escritura, se suman y dan como resultado un perfil de riesgo aceptable para el banco, que concede una hipoteca que por separado no les concedería jamás. El problema es que si el pagador principal falla en el pago de la hipoteca, arrastra a todos los demás a la ruina, porque todos son responsables del total del crédito.

Los inmigrantes se daban cuenta de la jugada y sus riesgos en la misma mesa del notario, al ir a firmar la escritura. Sin embargo, no era fácil echarse atrás. La CHI les exigía una señal como adelanto por la operación que rondaba los 10.000 euros, dependiendo de la capacidad de cada familia. El dinero no se devolvía en ningún caso. Por tanto, aunque no estuvieran de acuerdo con el régimen de copropiedad o de avales cruzados, en ese momento se enfrentaban a la disyuntiva de perder los ahorros de su vida, o cumplir su sueño y comprarse una casa en España, que en teoría no bajaba de precio.

Central Hipotecaria del Inmigrante cerraba operaciones, según la denuncia, con la Caja de Ahorros del Mediterráneo, Caja Madrid (hoy Bankia) y Caja España. Las dos primeras entidades ya han remitido al juzgado información sobre sus operaciones con Enrique Caño. En el mismo auto en el que ordena la detención, el juez requiere a Caja España que le envíe urgentemente esa información.

La denuncia por estafa, presentada por el abogado Rafael Mayoral, no es solamente contra el gerente de la CHI. El pasado 14 de abril se amplió contra directores de sucursales concretas de esas tres entidades y dos representantes de las tasadoras que realizaron la tasación de los pisos. La acusación afirma que todos estos actores tenían perfecto conocimiento de la naturaleza de las operaciones y de que estaban engañando por un lado a los inmigrantes sobre el risgo que corrían y por otro al regulador, para conceder más hipotecas. Según el relato de la estafa, las operaciones no podían hacerse con el desconocimiento de las entidades financieras. El juez no los ha llamado a declarar aún.

El juez también ha rechazado reiteradamente una de las principales demandas de los afectados, que se frenen los procedimientos de ejecución hipotecaria. La denuncia persigue la nulidad de los contratos hipotecarios. Al existir un posible delito penal, argumentan, debería paralizarse de forma cautelar el proceso civil por el que serán desahuciados de sus casas hasta que se resuelva. El juez admite en sus resoluciones que existen indicios de delito hasta el punto de ordenar una detención, sin embargo afirma que no puede frenar el proceso de desahucio. Aun así, los denunciantes basan sus esperanzas en que el juez ha pedido a la Fiscalía que informe sobre el asunto.


* El País - PABLO XIMÉNEZ DE SANDOVAL - Madrid - 03/12/2011
Foto: Un miembro de la asociación que asesora a los inmigrantes, junto a dirigentes de IU, durante la presentación de la denuncia.- elpais

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Alhaurín.- El fiscal cambia la cárcel para Martín Serón por una multa millonaria

SUR/Málaga* : El alcalde de Alhaurín el Grande, Juan Martín Serón, enjuiciado por corrupción urbanística no irá a la cárcel si, en el peor de los casos, resulta condenado. El fiscal cerró ayer esa posibilidad al cambiar notablemente su escrito acusatorio final, en el que sustituyó la pena de cuatro años y medio de cárcel, que inicialmente solicitaba, por el pago de una multa de dos millones de euros (frente a los 500.000 euros que pedía inicialmente) y tres años y nueve meses de suspensión para ocupar cargo público por trece delitos de cohecho. Idéntica pena solicitó para el concejal de Urbanismo, Gregorio Guerra.
Solo el regidor y el edil continúan sentados en el banquillo de los acusados por el 'caso Troya' después de que el representante del Ministerio Público retirara ayer también la acusación contra los dieciocho procesados restantes (dieciséis empresarios y dos funcionarios municipales), que abandonaron la sala de vistas tras hacerse público que ya no pesaban cargos contra ellos.
El 'caso Troya', pues, se ha desinflado. Cinco años después, la supuesta trama de corrupción urbanística destapada por la policía en el municipio en la que presuntamente estaban implicados numerosos empresarios queda reducida al enjuiciamiento de la conducta del alcalde y el concejal, al quedar exentos de culpabilidad el resto los acusados.

El fiscal de Medio Ambiente y Urbanismo, Juan Calvo-Rubio, llegó a la vista oral con cambios en la cartera. Tras retirar la acusación por delito urbanístico, mantuvo los cargos contra Martín Serón y Guerra, aunque sólo por cohecho, en concreto por 13 delitos de carácter continuado, del artículo 425 del Código Penal pero con la redacción vigente en el momento en que se cometieron los hechos (2002-2006), al considerarla la acusación pública «más beneficiosa» para los procesados, y que se refiere a la petición de dádiva para actos propios del cargo. Es decir, el fiscal considera que Serón y Guerra pidieron dinero por conceder licencias.
A pesar de las modificaciones, el representante del Ministerio sigue sosteniendo en su escrito final que entre 2002 y 2006 «ha venido funcionando una trama cuyo objeto no era otro que el obtener el enriquecimiento personal ilícito» de Juan Martín Serón y Gregorio Guerra, que «exigían» a los empresarios y promotores inmobiliarios, «la entrega de ciertas cantidades de dinero» a cambio de licencias de obras.
Las sumas se calculaban de forma proporcional «en cuanto a los metros edificables y viviendas a construir sobre la base de un pretendido exceso de edificabilidad y de viviendas permitidas respecto de lo legalmente previsto en la norma de planeamiento municipal», añade en su escrito el fiscal, que sin embargo ha retirado la acusación por delito urbanístico . No obstante, precisa que durante el juicio «no se ha acreditado» realmente la existencia de exceso de edificabilidad ni de viviendas.
Calvo-Rubio precisa en sus conclusiones finales que todas las autoridades municipales de urbanismo «consideraban plenamente eficaz y en vigor» el PGOU de 1994, aunque añade que desde el punto de vista penal se considera que la normativa en vigor era la de ámbito provincial de 1975. Hace referencia también a la «confusión» existente en cuanto a la normativa que era aplicable y considera que probablemente fue creada desde el propio Ayuntamiento, lo que «contribuyó a crear un clima propicio a las exigencias planteadas de cantidades de dinero para la concesión de las licencias de obras». No obstante, matiza que «al parecer», todas las licencias «cumplían» la norma urbanística aplicable, según los peritajes aportados por las defensas.
Casi 800.000 euros
La responsabilidad de la conducta delictiva la hace recaer por igual en el edil de Urbanismo y en alcalde, ya que el primero, según siempre su escrito acusatorio, se encargaba directamente de negociar las condiciones urbanísticas y las contrapartidas a abonar por los empresarios, así como de la contabilidad, pero «siempre bajo la supervisión y dirección del alcalde». Recuerda también que estos pagos aparecen recogidos en ciertas anotaciones manuscritas y archivos informáticos intervenidos a Gregorio Guerra.
Según esas anotaciones, los procesados recibieron un total de 211.900 euros, en relación a cuatro proyectos de construcción, aunque el fiscal añade que habrían exigido a otros empresarios un montante de 575.105 euros más cuyos pagos no se han podido acreditar, por lo que la cantidad total ascendería a 783.005 euros.


* Sur - 03.12.11 - MONTSE MARTÍN
Foto: Alhaurín el Grande (Málaga) - juntadeandalucia

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A Coruña.- El Concello permitió aumentar la superficie del edificio Fenosa y reducir sus plazas de ´parking´

LAOPINIÓN* : El Gobierno local de A Coruña autorizó en los años noventa todo tipo de facilidades a Martinsa-Fadesa para que rehabilitase el edificio Fenosa. No solo le permitió cambiar el uso del inmueble de terciario a residencial sino que le autorizó a reducir el número de plazas de aparcamiento de 72 a 67 y también le dejó situar 28 en un edificio colindante, lo que prohibía expresamente el plan general de 1998, que ahora acaba de entrar de nuevo en vigor. El Concello también autorizó aumentar la superficie construida en 2.400 metros cuadrados y el plan del 98 otorga al inmueble una ordenanza que obliga a que el edificio tenga la misma superficie que el original.
Dos de las deficiencias que tiene el edificio Conde de Fenosa y por las que los tribunales anularon su licencia y abocaron a la demolición fueron autorizadas en su día por el Ayuntamiento de A Coruña. La comisión de gobierno de noviembre de 1999 dio permiso a Martinsa-Fadesa para reducir el número de plazas de garaje de 72 (que ya incumplía el estándar mínimo) a 67; y también para aumentar la superficie construida en 2.473 metros cuadrados más de lo proyectado.

Martinsa-Fadesa redujo el número de garajes para ganar espacio para ubicar los trasteros y el Ayuntamiento no sólo lo permitió sino que también dio luz verde a que Fadesa ubicase 28 plazas de aparcamiento en un edificio colindante, en el número 17-19 de Alfredo Vicente donde existe una servidumbre de paso (se comunican los dos por el subsuelo). En aquel momento estaba vigente el Plan General de Ordenación Municipal de 1998 (igual que ahora), que prohibía expresamente computar plazas en "aparcamientos exteriores a la parcela", según figura en su artículo 6.6.6.2.

El Gobierno local actual acaba de solicitar a Fadesa que presente un proyecto refundido para tratar de subsanar las deficiencias que dieron origen a la anulación de la licencia, entre ellas el del número mínimo de plazas de garaje. Por eso solicitó a la comunidad de propietarios que presentase documentos que probasen que existían las plazas mínimas que exige la legislación.

Acaba de caducar el período de suspensión de licencias derivada por la aprobación inicial del nuevo plan general por lo que ahora está vigente el PGOM del 98, este plan que prohibe situar plazas fuera del edificio. Desde ayer el Concello ya puede otorgar licencias para este inmueble, en caso de que así lo solicitase Fadesa con un proyecto para legalizarlo. Como ahora mismo está en vigor el plan general de 1998, para el edificio Conde de Fenosa se mantiene la norma zonal 1 grado 2 de conservación de la edificación.

Esta ordenanza autoriza obras de reestructuración general pero le aplica los criterios de obra nueva y según la normativa del plan general urbano la nueva edificación "deberá ceñirse al volumen envolvente del edificio sustituido" o bien, mediante un estudio de detalle, hacer una reordenación pero sin "superar la superficie edificada total del edificio sustituido".

Es decir, que con el plan general urbano del 98 en la mano se podría intentar legalizar este edificio pero no ampararía los 2.473 metros cuadrados de aumento de superficie construida que se autorizaron en 1997 (según figura en el informe técnico del entonces arquitecto municipal) porque la normativa prohibe aumentar la superficie edificada y también impide la reestructuración en más del 50% del inmueble y en el caso del Conde de Fenosa se hizo una reestructuración de la práctica totalidad del edificio original.

El Concello podría, con el plan del 98, legalizar el 50% del edificio demoliendo lo que se construyó a mayores como el bajo cubierta (donde están los dúplex), reestructurando el sótano para cumplir la dotación mínima de garajes) y ampliando los patios. La otra opción es demoler todo lo que se hizo en la rehabilitación integral lo que dejaría al edificio con sólo la estructura.

El Gobierno local evitó pronunciarse ayer directamente sobre la petición del denunciante del edificio Fenosa, que ha solicitado al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que imponga multas coercitivas al regidor (a pagar de su bolsillo) por no cumplir la sentencia judicial, además de solicitar que se inicie el proceso para "exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder".

El grupo de Gobierno, en un comunicado enviado ayer, se refiere solo al hecho de que el director de Urbanismo ha solicitado a Martinsa-Fadesa que presente un proyecto refundido que incluya las "los trabajos o acciones que son necesarios" para "reponer la legalidad urbanística en el edificio". En este escrito, Urbanismo cita tres de los cuatro motivos por los que los magistrados reiteradamente han confirmado el derribo del inmueble pero se olvida del principal, y es que en un edificio que está fuera de ordenación no se puede autorizar una rehabilitación integral por lo que se otorgó una licencia ilegal.

Tanto el Tribunal Superior de Galicia como el Supremo ya confirmaron en distintas resoluciones que los sucesivos recursos y propuestas no legalizaban el inmueble porque subsistía esta causa fundamental de la ilegalidad.

El Ejecutivo coruñés asegura que "centra todos sus esfuerzos en solucionar un problema heredado" y por eso desde "el primer día" que entró en la Alcaldía no han "perdido ni un minuto" de tiempo para estudiar el problema.

El Ejecutivo municipal añade que "el departamento de Urbanismo trabaja en el expediente de reposición de la legalidad urbanística" (aunque los magistrados lo que reclaman es la ejecución de la sentencia). Añade no obstante que este proceso "tiene sus plazos y sus períodos de garantía".

El Concello finalmente destaca en su comunicado que "se han dado todos los pasos necesarios para que exista la mayor seguridad jurídica" posible respecto a este inmueble denominado Conde de Fenosa.


* La Opinión Coruña - 2.12.11
Foto: A Coruña, edificio Fenosa - laopinion

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Granada.- El Supremo confirma la condena a José Luis Del Ojo por prevaricación

GRANADAHOY* : El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso del ex diputado nacional del PP José Luis del Ojo y ha confirmado la sentencia que lo condena a 7 años de inhabilitación por un delito de prevaricación en su etapa de concejal de Urbanismo en el Ayuntamiento Ogíjares.
Se confirma así la sentencia de la Audiencia Provincial, que consideró probado que en julio de 2003, el entonces edil de Urbanismo en Ogíjares, José Luis del Ojo, que ejercía como alcalde en funciones al estar el regidor de vacaciones, encargó verbalmente a la empresa García Mejías SL varias obras fraccionado los contratos para que tuviesen la condición de menores.
En diciembre de 2010, el tribunal granadino condenó a Del Ojo a siete años de inhabilitación como concejal o alcalde por eludir los requisitos de publicidad necesarios para la contratación de dichas obras, que no contaron tampoco con los expedientes administrativos requeridos.
José Luis Del Ojo recurrió la sentencia ante el Supremo al considerar que el fraccionamiento de obras por el que se le condenó se ajustó a la legalidad, ya que contaba con el "asesoramiento" del secretario municipal. El alto tribunal ha desautorizado la "inútil pretensión del acusado para esconderse tras una imaginaria iniciativa" de alguien que tenía que seguir las "instrucciones recibidas" y calificó el fallo de la Audiencia de "intachable".

La sentencia ahora confirmada absuelve al ex diputado de uno de los dos delitos de prevaricación que se le imputaban por la adjudicación de otras obras de la Casa de la Cultura, y le condena por el encargo de determinadas obras en el Ayuntamiento y varias calles de la localidad.

Con la finalidad de que los contratos tuviesen la condición de "menores", al no superar la cuantía de 30.020 euros, eludir así el procedimiento con publicidad y obviar los trámites más estrictos de su contratación por mayor cantidad, se fraccionó la documentación relativa a las obras mediante su "división en lotes".

La sentencia recoge que tampoco se cumplió con otros requisitos previstos para obras menores, lo que determinó que se emitieran "informes de reparos" por el secretario del Ayuntamiento y por su interventora.

No existió de esta manera procedimiento o expediente administrativo para la adjudicación de la obra, sino "sólo una serie de anotaciones en unos formularios y unos presupuestos", precisa la sentencia, que entiende que Del Ojo prescindió "total y absolutamente de todo procedimiento administrativo en la adjudicación de las obras, siendo perfecto conocedor de la ilegalidad que estaba cometiendo".


* Granada Hoy - Efe - 4.12.11
Foto: Ogíjares (Granada) - todopueblos

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El espejismo de la desregulación urbanística (I)

JOAQUÍN CASARIEGO/Canarias* : ¿Por qué estamos sufriendo en Canarias tantos ataques directos al sistema urbanístico vigente? ¿Se trata de una actitud desesperada debido a la crisis y la consecuente falta de inversión o hay razones objetivas para pensar que sobra Urbanismo?
Hace ya la friolera de treinta años, el destacado arquitecto y entonces responsable de la política urbanística de Barcelona, Oriol Bohigas, se despachaba en la revista del Colegio de Madrid con aquel exabrupto "El Urbanismo no es posible". Cinco años después, en este caso en el periódico El País, él mismo se desdecía de la mayor parte de los argumentos esgrimidos en aquel escrito, con otro titulado "Muerte y resurrección del planeamiento urbanístico". Una autocorrección pública con la que el arquitecto catalán hacía un acto de humildad, totalmente innecesario de no haber caído ingenuamente en la ola de desregulación que azotó al mundo entero durante esos años.
Los cambios a todos los niveles (sociales, económicos, culturales?) que aceleradamente se habían precipitado durante los años setenta, entre cuyas causas se encontraba la crisis que había provocado el incremento de los precios del crudo, coincidieron con (o quizá estimularon) un periodo de liberalización creciente (para algunos el despe- gue del llamado neoliberalismo), que en términos urbanísticos se tradujo en un ataque despiadado al modelo que en Europa se había estado fra- guando durante décadas. La desregulación urbanística, especialmente en este continente, comenzaba a tomar cuerpo y, aunque con diversa intensidad según zonas, con la suficiente capacidad de seducción para dejar "tocado" el entramado legislativo de casi todas sus regiones.

Sin duda el caso más espectacular por su determinación y dureza fue el experimentado en Inglaterra a raíz del ascenso al poder de Margaret Thatcher, pues supuso una profunda transformación de los principios que habían regido el urbanismo en aquel país desde la Segunda Guerra Mundial. Una compleja transformación que en pocas palabras se resumía en la supresión de la circunscripción metropolitana, que era el ámbito responsable del seguimiento y control de los planes estructurales de las grandes ciudades y la introducción, en su lugar, de una serie de órganos de gestión dependientes del Estado (y por tanto de la primera ministra) que actuaban directamente sobre una serie de áreas urbanas previamente seleccionadas. Las actuaciones más significativas se produjeron en Londres sobre el borde urbano del Támesis, pero operaciones de este tipo hubo en casi todas las metrópolis británicas.

Estas transformaciones, que afectaban a lo más profundo de la tradición urbanística británica, venían justificadas, según sus defensores, por las dificultades que imponía el entramado legislativo en materia urbanística de aquel país, en relación con las urgentes operaciones que Inglaterra necesitaba en orden a superar la crisis y ponerse a la altura de los países más desarrollados. El referente inmediato: los Estados Unidos, que casualmente acababan de elegir presidente a Ronald Reagan.

Un referente en principio apropiado, puesto que en los Estados Unidos se disponía, y se dispone, de una legislación urbanística mucho más flexible y diferenciada por estados, así como proclive a resolver cada problema mediante negociaciones puntuales pactadas con la iniciativa privada. Ahora bien, donde el control democrático (que hace del urbanismo estadounidense uno de los menos corruptos del mundo) se organiza a través de un creciente cuidado con la igualdad de oportunidades, la transparencia administrativa y la participación pública, aspectos que en la legislación urbanística británica se vinculaban a la administración de las áreas metropolitanas o de los municipios, y que con la desregulación y la acción directa del Estado quedaban absolutamente desnaturalizados.

Al margen de lo que la desregulación estaba suponiendo en términos de debilitamiento del estado del bienestar (uno de los orgullos británicos), distanciamiento de las comunidades locales, descontrol de los precios del suelo y sometimiento del interés público a las estrategias del mercado financiero, tampoco las operaciones más emblemáticas estaban justificando aquella tremenda catarsis. Visto con perspectiva, ¿la planificación del centro financiero Canary Wharf (la guinda del pastel), que fue un desastre, no hubiera funcionado mejor con la legislación urbanística "regulada"? Un centro que tardó 20 años en llevarse a cabo debido a la quiebra financiera de la promotora (Olimpia y York) y una descoordinación absoluta entre la construcción del centro y sus infraestructuras, es decir, la red viaria, el metro, el tren ligero...

Pero la desregulación había pinchado en carne (nunca mejor utilizado el símil taurino) y a ella se iban sumando muchas comunidades que veían en el nuevo modelo una formula fácil para resolver antiguos contenciosos urbanísticos o sorprender con operaciones espectaculares con la esperanza de progresar en el ránking de "ciudades mundiales".

El caso de Japón fue realmente paradigmático. De hecho, algunos expertos aseguran que la burbuja inmobiliaria desarrollada durante aquel periodo no ha sido nunca superada. La desregulación urbanística, que allí se llamó "minkatsu" ("Tokio 1985", LA PROVINCIA, 1 de noviembre de 2009), fue un calco del modelo desarrollado en Inglaterra, pero con consecuencias, si cabe, mucho más dramáticas. Las operaciones de revitalización urbana programadas en la bahía de Tokio durante los años ochenta, dejadas casi totalmente a los privados, generaron tal cúmulo de desajustes sobre los precios del suelo que quedaron absolutamente bloqueadas durante más de una década y no se pudieron reactivar hasta bien entrado el siglo XXI. Una desregulación que fue más allá de lo estrictamente urbanístico y que ha sumido a Japón en una latente recesión, de la que no parece desprenderse.

En los países latinos, especialmente en Italia y España, las experiencias fueron igualmente nefastas. En España no son difíciles de señalar, porque todavía nos estamos rascando, ¡y cómo!, con la desregulación reciente de los noventa y las consecuencias de todos conocidas. Y en Italia porque la indisciplina urbanística ya estaba grabada en lo más profundo de la tradición nacional y la desregulación (Leyes de Emergencia de 1980) no fue sino la oficialización de la discrecionalidad y por tanto del fomento a la corrupción y a las maneras "tangentes", como allí se conocen, de practicar el urbanismo.

En resumen, que lo que ahora se está experimentando en Canarias, no solo con declaraciones, sino con acciones directas contra su sistema urbanístico, no es sino el reflejo (tardío y cuando ya no pasa nada... Serrat dixit) de aquellas políticas añejas, corruptas e inútiles, producto de la impotencia y de la ausencia de inversión de ahora. Como si algún tipo de desregulación "a la canaria", fuera a mejorar las condiciones económicas del archipiélago cuyas bases están en una quiebra profunda del sistema a nivel planetario.

Pero con el riesgo de tirar el agua, la palangana y el niño dentro.


* La Provincia - Opinión - 3.12.11

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