Sanlúcar la Mayor.- La Justicia anula la compra de una casa por carecer del club social prometido

20MINUTOS/Sevilla* : Puede que tarde, pero cada vez más veces la Justicia acaba dando satisfacción al consumidor. La compra de una casa no es poca cosa, de modo que al compromiso asumido por la constructora o inmobiliaria le exigimos todo. Si promete vistas, que tenga vistas; si promete buenos acabados, que los tenga; y si promete un club social, deberá tenerlo.
Es lo que ha ocurrido en Sevilla. La promotora prometía un club social que a la hora de la verdad no existía. Ahora, la Audiencia de Sevilla ha confirmado el derecho de una pareja a rescindir la compra de su vivienda porque la urbanización donde está situada no ha construido el prometido club social. Según el juez, ésto constituye "un incumplimiento grave de un elemento esencial del contrato" ya que dado el lugar donde se ubica la urbanización, la casa "sin duda se destina no solamente a morada de los adquirientes, sino que incluye entre sus posibilidades las del ocio deportivo y social".

Sentencia similar del Supremo

Además, la promotora indicaba esas posibilidades de ocio "como uno de los elementos esenciales de la urbanización" cuando anunciaba su venta.

Las sentencia sucede en el tiempo a una de similar contenido del Tribunal Supremo, el pasado mes de agosto. En ese caso, el Supremo ratificó una sentencia de la Audiencia de Málaga que condenaba a una empresa inmobiliaria a resolver el contrato de compraventa de una vivienda que, según el folleto publicitario, tendría vistas a campo de golf, montaña y mar, lo que no se ajustó a la realidad.


Sin club social 3 años después de comprar

La Sección Octava de la Audiencia confirma la obligación de los promotores de devolver al comprador 49.125 euros, incrementados en los intereses legales, así como a pagar las costas del juicio en primera instancia y en la apelación.

El matrimonio compró el 4 de febrero de 2006 una vivienda en la urbanización Camino Real de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), en un contrato que recogía como elementos comunes de la urbanización un club social de 400 metros cuadrados construidos y otros 3.000 metros de zonas verdes, con "restaurante, bar, comedor, dos pistas de pádel, gimnasio, dos saunas, piscina de 200 metros cuadrados y zona comercial".

En junio de 2008, fecha de entrega de la vivienda, no se habían concluido los equipamientos ofertados y consta que hasta julio de 2009 no se terminó la piscina. Además, en noviembre de 2009 no se había obtenido aún autorización para la construcción del club social, recoge la sentencia.


* 20 Minutos - EFE - 11.09.11
Foto: Nueva promoción de chalets adosados. (EFE)

1 comentarios :

IRONMAN 1 dijo...

"La pena es que estas cosas tengan que llegar al supremo siendo tan de cajón".
He aquí el problema real de muchisimas cosas en éste pais. La lentitud de la JUSTICIA, hace que incluso cuando se hace HONOR A LA PALABRA JUSTICIA en los tribunales, debido a esa lentitud en la mayoría de las ocasiones ya se ha perdido el sentido de JUSTICIA.

A veces pasan años e incluso décadas, y eso ya no es JUSTICIA.


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